Hoy a las 10,15 de la mañana una comisión de la PACA se ha reunido con el Delegado de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla, D. Miguel Ruiz, con el fin de tratar de que sus OOMM se ajusten a nuestros derechos a circular y estacionar libremente y siempre respetando le RGT y S.V., independientemente a nuestra permanencia o no en el interior de nuestros vehículos.
Al señor Ruiz se le ha argumentado que estamos en contra de la publicación del artº 94 y por tanto pedimos la supresión del mismo, como quiera que nuestros representantes están manteniendo una nueva reunión con nuestro Gabinete Jurídico por este tema, seguiremos informando cuando recibamos todos los datos referente a ello.
La Plataforma Autocaravanas Autónoma (PACA) hace público el contenido de la reunión mantenida en el día de ayer con responsables de Tráfico del Ayuntamiento de Sevilla, por ser este un tema de gran importancia y que afecta de forma negativa a todos los autocaravanistas.
INFORME SOBRE LAS REUNIONES DEL DÍA 20 DE MARZO 2.014 EN SEVILLA
A las 10,15 horas en el Ayuntamiento de Sevilla Área de Movilidad
Por parte del Ayuntamiento:
D. Juan Frco. Bueno Navarro, Delegado de Movilidad
D. Miguel Angel Ruiz Frutos, Director General de Movilidad
Por parte de PACA:
Presidente
Delegado de Sevilla
PACA puso de manifiesto no estar conforme con la redacción del Artículo 94 de las OO.MM. sobre Movilidad de la Ciudad de Sevilla ya que supuestamente representa un recorte al derecho de utilización de la Autocaravana Homologada como Vehículo Vivienda como así lo acredita el Título Habilitante que es su propia Ficha Técnica, en cuanto a su movilidad está perfectamente definida por el RGC a través de su Instrucción V-08/74 plenamente vigente como así lo determina su propia interpretación hasta la aparición del nuevo RGC en la parte que le afecte teniendo el carácter de obligado cumplimiento como lo indica el apartado:
2. En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con los preceptos de este Reglamento.
También se puso de manifiesto que en la clasificación de vehículos la autocaravana está afecta a la categoría M-1 especial que incluye a vehículos a motor de hasta 3.500 Kilos de MMA y 9 pasajeros incluido el conductor, por lo que no se podían excluir de derechos y obligaciones respecto a otros vehículos de la misma categoría.
Otra apreciación que expusimos fue que en el Artículo 94 se aluden a caravanas y Autocaravanas en el mismo contexto, cuando son vehículos distintos con diferentes normativas y normas de utilización.
Como propuesta final se pidió que se eliminara el articulo en su totalidad y en último caso se limitara el aparcamiento indistintamente si se utiliza como vehículo-vivienda durante 72 horas por ser un tiempo estimado mínimo para el visitante, aun entendiendo que está solución representaría un “agravio comparativo” respecto a otros vehículos.
Por parte del Ayuntamiento de Sevilla se nos comunicó que la medida prevista en la Ordenanza está motivada por la ocupación de la vía pública por una gran cantidad de vehículos que se utilizan para vivienda habitualmente.
Nosotros evidentemente no estamos de acuerdo que la medida sea la solución para evitar un problema que fundamentalmente es de origen social y no de movilidad y no podíamos entrar a analizar o discutir un problema municipal que no nos incumbe.
El Ayuntamiento insistió en que la Ordenanza se aprobaría porque la normativa de Industria, Interior, Turismo y el propio Reglamento General de Circulación no está por encima de una Ordenanza Municipal???
Manifestamos al Ayuntamiento que era una extraña coincidencia que en una Ciudad como Sevilla que nunca ha habido problemas para estacionar y circular en Autocaravana, a partir de poner en uso un Área PRIVADA de Autocaravanas se tomen estas medidas que sin lugar a dudas representarían un fuerte incremento en los beneficios de su propietario ¡ una empresa PRIVADA.!
(Esto parece que no les gustó mucho)
Nos invitaron a que presentáramos Alegaciones a la Ordenanza y que se estudiarían, dando por finalizada la reunión después de 2 horas de debate.
Nuestra conclusión:
Se ha observado que en las distintas reuniones que hemos tenido con la FEEC, con la FEMyP, con la DGT, etc. Todas ellas identificadas con el mismo signo político se ha manifestado el interés en que las Autocaravanas no se utilicen como vivienda en la vía pública, en esta reunión el Sr. Miguel Angel Ruiz en distinta ocasiones nos ha referido que ha tenido últimamente reuniones con otros Ayuntamientos y que se está de acuerdo en hacer Ordenanza Municipal en el sentido de la de Sevilla (ya tenemos una posible también igual en Burgos).
Por lo tanto, se ha de suponer que ciertos Ayuntamientos no están dispuestos a considerar otras Leyes que no sean las suyas propias, por lo que posiblemente nuestros derechos solo tendrán dos vías: una que todos los usuarios hagan piña en unas acciones organizadas y dirigidas a entablar acciones LEGALES contra estas Ordenanzas-Leyes Municipales en los Estamentos Legales que acabe con este “caciquismo de amigos” o solo ir a gastar nuestro dinero donde se nos aprecie y respete dentro o fuera de España.
REUNIÓN CON D. VICENTE JIMENEZ FILPO. ABOGADO DE ARAG PARA PACA
A las 12´30 horas iniciamos reunión con este Sr. El cual nos trató amablemente y se puso a nuestra disposición para llevar las Alegaciones y posible Recurso contra esta Ordenanza Municipal.
Al cual informamos de la reunión mantenida con el Ayuntamiento, dándole detalle de todo su desarrollo, de lo que tomó la debida nota.
Nos presentará el Pliego de Alegaciones para nuestra aprobación
Saludos,
Miguel Ríos
Al señor Ruiz se le ha argumentado que estamos en contra de la publicación del artº 94 y por tanto pedimos la supresión del mismo, como quiera que nuestros representantes están manteniendo una nueva reunión con nuestro Gabinete Jurídico por este tema, seguiremos informando cuando recibamos todos los datos referente a ello.
La Plataforma Autocaravanas Autónoma (PACA) hace público el contenido de la reunión mantenida en el día de ayer con responsables de Tráfico del Ayuntamiento de Sevilla, por ser este un tema de gran importancia y que afecta de forma negativa a todos los autocaravanistas.
INFORME SOBRE LAS REUNIONES DEL DÍA 20 DE MARZO 2.014 EN SEVILLA
A las 10,15 horas en el Ayuntamiento de Sevilla Área de Movilidad
Por parte del Ayuntamiento:
D. Juan Frco. Bueno Navarro, Delegado de Movilidad
D. Miguel Angel Ruiz Frutos, Director General de Movilidad
Por parte de PACA:
Presidente
Delegado de Sevilla
PACA puso de manifiesto no estar conforme con la redacción del Artículo 94 de las OO.MM. sobre Movilidad de la Ciudad de Sevilla ya que supuestamente representa un recorte al derecho de utilización de la Autocaravana Homologada como Vehículo Vivienda como así lo acredita el Título Habilitante que es su propia Ficha Técnica, en cuanto a su movilidad está perfectamente definida por el RGC a través de su Instrucción V-08/74 plenamente vigente como así lo determina su propia interpretación hasta la aparición del nuevo RGC en la parte que le afecte teniendo el carácter de obligado cumplimiento como lo indica el apartado:
2. En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con los preceptos de este Reglamento.
También se puso de manifiesto que en la clasificación de vehículos la autocaravana está afecta a la categoría M-1 especial que incluye a vehículos a motor de hasta 3.500 Kilos de MMA y 9 pasajeros incluido el conductor, por lo que no se podían excluir de derechos y obligaciones respecto a otros vehículos de la misma categoría.
Otra apreciación que expusimos fue que en el Artículo 94 se aluden a caravanas y Autocaravanas en el mismo contexto, cuando son vehículos distintos con diferentes normativas y normas de utilización.
Como propuesta final se pidió que se eliminara el articulo en su totalidad y en último caso se limitara el aparcamiento indistintamente si se utiliza como vehículo-vivienda durante 72 horas por ser un tiempo estimado mínimo para el visitante, aun entendiendo que está solución representaría un “agravio comparativo” respecto a otros vehículos.
Por parte del Ayuntamiento de Sevilla se nos comunicó que la medida prevista en la Ordenanza está motivada por la ocupación de la vía pública por una gran cantidad de vehículos que se utilizan para vivienda habitualmente.
Nosotros evidentemente no estamos de acuerdo que la medida sea la solución para evitar un problema que fundamentalmente es de origen social y no de movilidad y no podíamos entrar a analizar o discutir un problema municipal que no nos incumbe.
El Ayuntamiento insistió en que la Ordenanza se aprobaría porque la normativa de Industria, Interior, Turismo y el propio Reglamento General de Circulación no está por encima de una Ordenanza Municipal???
Manifestamos al Ayuntamiento que era una extraña coincidencia que en una Ciudad como Sevilla que nunca ha habido problemas para estacionar y circular en Autocaravana, a partir de poner en uso un Área PRIVADA de Autocaravanas se tomen estas medidas que sin lugar a dudas representarían un fuerte incremento en los beneficios de su propietario ¡ una empresa PRIVADA.!
(Esto parece que no les gustó mucho)
Nos invitaron a que presentáramos Alegaciones a la Ordenanza y que se estudiarían, dando por finalizada la reunión después de 2 horas de debate.
Nuestra conclusión:
Se ha observado que en las distintas reuniones que hemos tenido con la FEEC, con la FEMyP, con la DGT, etc. Todas ellas identificadas con el mismo signo político se ha manifestado el interés en que las Autocaravanas no se utilicen como vivienda en la vía pública, en esta reunión el Sr. Miguel Angel Ruiz en distinta ocasiones nos ha referido que ha tenido últimamente reuniones con otros Ayuntamientos y que se está de acuerdo en hacer Ordenanza Municipal en el sentido de la de Sevilla (ya tenemos una posible también igual en Burgos).
Por lo tanto, se ha de suponer que ciertos Ayuntamientos no están dispuestos a considerar otras Leyes que no sean las suyas propias, por lo que posiblemente nuestros derechos solo tendrán dos vías: una que todos los usuarios hagan piña en unas acciones organizadas y dirigidas a entablar acciones LEGALES contra estas Ordenanzas-Leyes Municipales en los Estamentos Legales que acabe con este “caciquismo de amigos” o solo ir a gastar nuestro dinero donde se nos aprecie y respete dentro o fuera de España.
REUNIÓN CON D. VICENTE JIMENEZ FILPO. ABOGADO DE ARAG PARA PACA
A las 12´30 horas iniciamos reunión con este Sr. El cual nos trató amablemente y se puso a nuestra disposición para llevar las Alegaciones y posible Recurso contra esta Ordenanza Municipal.
Al cual informamos de la reunión mantenida con el Ayuntamiento, dándole detalle de todo su desarrollo, de lo que tomó la debida nota.
Nos presentará el Pliego de Alegaciones para nuestra aprobación
Saludos,
Miguel Ríos
Comentario