¿Es Obligatorio el Extintor?

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  • Omar Al-Mukhtar
    Usuario
    • 11 jul, 2004
    • 167
    • Al - Andalus

    ¿Es Obligatorio el Extintor?

    Estimados amigos :D ;

    ¿Podriais decirme si es obligatorio/preceptivo el llevar en nuestra Auto-Caravana un extintor y de ser así, de que capacidad y tipo?

    No os hablo de "conveniente" , me refiero a "obligatorio"

    Muchas gracias y un saludo muy cordial.

    O M A R .-
  • M.Carme
    Usuario
    • 22 ene, 2004
    • 1037
    • GIRONA (Girona)

    #2
    Buenas noches;
    Delo que se o he leido hasta hoy, no es obligatorio, pero para mi es recomendable. Nosotros llevamos, creo, 4 o 5 kg., lo hemos usado dos veces, gracias a dios para otros coches.
    Por seguridad yo lo pondria obligatorio

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    • @lbert
      Usuario
      • 17 oct, 2003
      • 4331
      • MATARO (Barcelona)

      #3
      Son de esas cosas que aunque no fuesen obligatorias, es conveniente llevarlas, siempre es mejor prevenir que curar y más cuando tenemos fogones dentro del habitaculo, el riesgo es mucho mayor que en cualquier otro vehículo.

      Saludos.
      @lbert.

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      • PATO
        Usuario
        • 1 dic, 2003
        • 567
        • GUADALAJARA (Guadalajara)

        #4
        Yo he visto una caravana ardiendo en la N-V cerca de Getafe, a unos escasos 50m de una gasolinera...y ***** que rápido son estos materiales en quemarse.

        Yo por si acaso llevo uno de 5kg. que todavía no he tenido que utilizar.
        Rafagasss....y nos vemos en ruta.

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        • antomomo
          Usuario
          • 6 feb, 2004
          • 1502
          • ALJARAQUE (Huelva)

          #5
          Sí que es obligatorio. En algún sitio lo he leído.

          De dónde sale la norma no sabría decirlo, pero paro pensar si es obligatorio o no os cuento una anécdota.

          Autocaravana capuchina con dos parejitas jóvenes; se acercan a nosotros y nos preguntan : ¿es obligatorio llevar un extintor de incendios?. Mi respuesta : si.

          Comentario de uno de los chavales : es que mi padre nos ha dejado la autocaravana; nos ha parado la Guardia Civil y nos han estado pidiendo cosas hasta que nos han multado por no llevar el extintor.

          ¡ Ganas que tenían de fastidiarle el fin de semana a los chavales !. :evil:

          http://picasaweb.google.es/antomomopicasapublico --> Viaje a Cabo Norte.
          ¡ Un cordial saludo a tod@s !

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          • Rafa27
            Usuario
            • 3 ene, 2004
            • 1424
            • TOMARES (Sevilla)

            #6
            Omar, como dice Antomomo yo creo que sí es obligatorio pero aunque no lo fuese es un elemento que no te puede faltar en al Auto ni tampoco en tu casa.

            Por otro lado decrite que cuando lo compres escojas uno de 3Kgrs. como mínimo ya que los que son más pequeños práticamente no sirven y te lo digo por experiencia. Hace unos cuatro años en casa salió ardiendo una sarten y si no llego a tener un extintor de 12 Kgrs. en el garaje hubiese ardido toda la casa.

            Así que ya sabes es mejor prevenir que curar.

            SAludos.
            La democracia es la dictadura de los politicos.

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            • junigro
              Usuario
              • 14 nov, 2005
              • 118
              • PONTEVEDRA (Pontevedra)

              #7
              Dotación obligatoria de los vehículos.
              Todos los vehículos automóviles deben llevar, como mínimo, la siguiente dotación:
              • Placas de matrícula, homologadas.
              • Dos espejos retrovisores (uno en ciclomotores y motocicletas). Si existe visibilidad trasera, el retrovisor del lado derecho puede sustituirse por uno interior.
              • Limpiaparabrisas y lavaparabrisas.
              • Neumáticos con dibujo de una profundidad mínima de 1,6 mm, sin cortes ni deformaciones.
              • Dispositivo antirrobo.
              • Cinturones de seguridad (asientos delanteros).
              • Claxon (con un sonido no estridente).
              • Placas de identificación especifica. Conductor novel (La L), conductor minusválido, remolque, distintivo de I T V, autoescuela, nacionalidad (países extranjeros), servicio público (SP), tara y carga (si está obligado como vehículo comercial, mixto o industrial), velocidad máxima limitada, etc.
              • Un juego de lámparas y las herramientas indispensables para su cambio.
              • Rueda de repuesto (salvo en ciclomotores y motos) y herramientas para su cambio (gato y la llave de ruedas)
              • Gafas para el conductor y gafas de repuesto.(si figura en su Permiso de Conducción).


              Automóviles de segunda categoría (transporte de personas hasta nueve plazas o de mercancías hasta 3.500 kg) dedicados al servicio público , también deben llevar:
              • Extintor de incendios.
              • Dos bujías y un juego de platinos.
              • Un juego completo de correas para el motor.
              • Herramientas indispensables para efectuar pequeñas reparaciones exigibles a los conductores con permiso de la clase C.
              • Triángulo con lados en color rojo reflectante y catadióptricos en sus vértices.
              • Lámpara portátil, a la batería o con pilas.
              • Cinta aislante.

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              • fermin
                Usuario
                • 22 sep, 2005
                • 3299
                • SAN JUAN (Alicante)

                #8
                Vaya por delante que siempre he llevado extintor, y en una ocasion me toco usarlo ( reventon y cuando pare salia humo de la rueda, por si las moscas ... ), y en la nueva venia de serie.

                Pero Junigro, el extintor aparece como obligatorio en vehiculos dedicados al servicio publico, y los nuestros son privados ( o al menos asi entiendo yo lo que tu has puesto ). No se si sera obligatorio o no, pero desde luego por lo que tu has puesto no es obligatorio, a lo mejor hay otro sitio donde lo indique. De todas formas yo lo llevo y llevare, sea obligatorio o no.

                Ya aparte del tema, lo de que dos bujias sean obligatorias ... , ¿ y si el vehiculo es diesel de que me sirven las bujias ? :shock: :shock: :shock: . Esto me a recordado que en una ocasión me paro la GC a las 6:00 AM, me pide una llave de bujias, le digo que no llevo, el GC empieza a pegarme la bronca, que si nadie lleva, que ..., de repente hace una pequeña pausa y no me lo pienso, perdone, este coche es de gasoil, se quedo a cuadros, y me explico que el coche que habia delante tenia un problema y no podian ayudarle por una simple llave de bujias, que habian parado a varios coches y nadie llevaba.

                Un Saludo
                sigpicPilote Reference 692 TG... http://www.fermines.com

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                • Popeye
                  Usuario
                  • 8 sep, 2005
                  • 397
                  • Espinardo (Murcia)

                  #9
                  ¡Hola, holita!

                  Junigro, ¿qué es eso de dispositivo antirrobo obligatorio?

                  Besitos.
                  La vida es lo que pasa contigo mientras estás ocupado haciendo planes.
                  John Lenon

                  Asociación Autocaravanista de la Región de Murcia

                  Comentario

                  • junigro
                    Usuario
                    • 14 nov, 2005
                    • 118
                    • PONTEVEDRA (Pontevedra)

                    #10
                    Veamos: El listado anterior, que ahora no recuerdo de que organismo lo saqué, entiendo que es una compilación de las normas que se aplican al caso y que no se si todas están en vigor. No obstante el Regamento General de Automóviles dice:
                    ANEXO XII.
                    ACCESORIOS, REPUESTOS y HERRAMIENTAS DE LOS VEHÍCULOS EN CIRCULACIÓN.
                    Los vehículos de motor y los conjuntos de vehículos en circulación deben llevar, como mínimo, la siguiente dotación:

                    1. Un juego de lámparas de las luces que esté obligado a llevar de acuerdo con el artículo 16, en estado de servicio. Se exceptúa de llevar repuesto de la luz de cruce a los vehículos que incorporen un tipo de lámparas que garantice el encendido permanente de la luz de cruce (por ejemplo, las lámparas de descarga).

                    Herramientas indispensables para cambio de lámparas.

                    2.1 Los turismos, además del equipo señalado en el apartado 1:

                    Dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro que cumplan con las condiciones establecidas en el anexo XI.

                    Una rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, con las herramientas necesarias para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo al cambio de las mismas que ofrezca suficientes garantías para la movilidad del vehículo. En estos casos se circulará respetando las limitaciones propias de cada alternativa.

                    2.2 Los turismos destinados a servicto público, además del equipo señalado en los apartados 1 y 21: un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso.
                    Lo cual quiere decir que SOLO los vehículos de SP están OBLIGADOS a llevar extintor.
                    En cuanto a la llave de bujías si por que es diesel o los nuevos sistemas de encendido no las usa lógicamente nadie va a exigirlas. Yo recuerdo la obligatoriedad de llevarla. En cuanto al sistema antirrobo no se trata de un accesorio a llevar sino que entiendo un dispositivo obligatorio para la homologación del vehículo. Un saludo.

                    Comentario

                    • Omar Al-Mukhtar
                      Usuario
                      • 11 jul, 2004
                      • 167
                      • Al - Andalus

                      #11
                      ¡¡ GRACIAS a todos, amigos, por vuestra detallada información :D !!

                      Lo mantengo, este foro lo componen un auténtico Consejo de Sabios, es un pozo de sapiencia, un manantial de sabiduria....es "casi" el Oráculo de Delphos.

                      Un saludo muy cordial, de vuestro amigo;

                      O M A R .-

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                      • albertoydani

                        #12
                        Conste que yo sí lo llevo, pero hace bastantes años tenía como compañero a un bombero que, hablando del tema de los extintores en los turismos, me dijo que los que se suelen llevar no sirven para nada, sólo para fastidiar (con jota) el motor en caso de que se usen, o sea que o te arde el coche o te quedas sin motor; no sé si en 20 años los extintores comerciales habrán mejorado mucho.
                        En cualquier caso, cuántos de los que llevamos extintor le hacemos la perceptiva revisión anual? :roll: (aquí no me queda más remedio que entonar el mea culpa)

                        Comentario

                        • PC
                          Usuario
                          • 22 jun, 2005
                          • 155

                          #13
                          EXTINTOR

                          Mi AC lo trae de origen, pero lo que pasa es que ya tiene dos años y no se donde puedo ir para que me hagan la revisión del extintor, pués los extindores de las empresas es obligatorio una revisión anual, para su buén funcionamiento.
                          Si alguien sabe donde los revisan le agradecería darnos información.
                          Saludos

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                          • junigro
                            Usuario
                            • 14 nov, 2005
                            • 118
                            • PONTEVEDRA (Pontevedra)

                            #14
                            ¡Coño! Albertoydani que un bombero diga eso ... Es cierto que lo extintores de polvo polivalente dejan tras de su eficacia una capa de polvo muy fina bastante engorrosa de quitar pero no imposible mediante un buen lavado. La alternativa es usar extintor de gas, bastante mas caro.
                            Amigo PC a los extintores se les da una revisión NO obligatoria consistente en el vaciado, cribado del polvo para eliminar posibles grumos y se les da de nuevo presión. Cada cuatro años SI ES OBLIGATORIO hacer el retimbrado donde además de lo anterior se comprueba el estado del recipiente sometiéndolo a presión con agua.

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                            • Rafa27
                              Usuario
                              • 3 ene, 2004
                              • 1424
                              • TOMARES (Sevilla)

                              #15
                              PC para cuando tengas que hacer la revisión coge las páginas amarillas de tu Ciudad y busca extintores y en cualquier casa que los comercialicen se ocupan de hacer los que te ha comentado junigro.

                              Vaya por delante que hay que hacerle la revisión, pero para que te hagas una idea yo tenía un extentitor viejo de 12 Kgs. en el garaje, venia de un almacen que tenía mi suego, y tendría más menos 15 años desde la última revisión. Pues por este estintor no se quemó la cocina y despues toda la casa; y funciono perfectamente.

                              SAludos.
                              La democracia es la dictadura de los politicos.

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