¿¿¿ surrealista en españa ???

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  • huelva
    Usuario baneado
    • 11 sep, 2005
    • 3448
    • HUELVA (Huelva)

    ¿¿¿ surrealista en españa ???

    De todos es conocido y así aparece en varias sentencias que la Ac es considerada vivienda y se encuentra amparada bajo el mismo manto legal, que para entrar se necesita al igual que en una vivienda una orden judicial. He incluso los tribunales han tirado por tierra detenciones de personas que se dedicaban a la venta de estupefacientes en una camper y que se le encontró droga dentro de ella porque el abogado defensor del delincuente "enfoco" la defensa de su detenido argumentando que era vivienda habitual esporádicamente y la droga la encontraron en un registro de la furgoneta sin orden judicial.

    Visto esto mi pregunta desde la ignorancia es la siguiente:
    Sí la AC es considerada por la ley vivienda y entran unos ocupas , ¿¿¿también se quedan en la AC a vivir eternamente como pasa en las viviendas en España porque no se les puede echar????

    Y otra pregunta aun mas rebuscada:
    De todos es sabido y yo lo se por propia experiencia que cuando tienes unos ocupas en tu casa o tienes un inquilino que no te paga un alquiler,el propietario debe de seguir pagando el agua y la luz que el ocupa esta gastando porque de lo contrario el ocupa lo podría denunciar por coacción.
    Cuando el ocupa de una autocaravana se quede sin agua ¿¿¿ también la ley me obligara a mi a echarle gasoil a la AC para que el ocupa se pueda trasladar a repostar agua y vaciar aguas grises/negras ????

    Todo esto lo pregunto porque además de ser uno mas de los miles que hemos sufrido lo que es tener un ocupa en una vivienda,esta semana en la radio escuche un programa abierto donde llamaban personas que estaban sufriendo por sus casas ocupadas y los relatos eran surrealistas,increibles y tritemente reales para los propietarios, además que curiosamente un político ultra defensor de los ocupas ,esta semana pasada han ocupado su casa y rápidamente fue a denunciar a los mossos de escuadra que estaban ocupando su vivienda.

    Ráfagas desde Huelva.
  • @lbert
    Usuario
    • 17 oct, 2003
    • 4331
    • MATARO (Barcelona)

    #2
    Originalmente publicado por huelva
    ...............................,el propietario debe de seguir pagando el agua y la luz que el ocupa esta gastando porque de lo contrario el ocupa lo podría denunciar por coacción.
    .....................................
    Hola Huelva,

    cuando alquilas una vivienda lo mejor es hacer el cambio de nombre de todas las compañías (luz, agua y gas) del propietario al inquilino, si hay falta de pago será la compañía que corte el suministro quedando al margen el propietario.

    La deuda generada no se le podrá reclamar al propietario, siempre quedará en el historial de la compañía el inquilino como deudor, como mal peor (una vez la vivienda desocupada y a disposición del propietario) el propietario tendría que volver a contratar los contadores y ponerlos a su nombre, empezaría de cero.

    Saludos.
    @lbert.

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    • oscareef
      Usuario
      • 22 ene, 2015
      • 560
      • Plaza de Castilla

      #3
      Si estáis hablando de ocupa, no es lo mismo que inquilino al que puedes o no hacer distintos contratos, ¿como le haces a un ocupa un contrato de luz? por ejemplo, creo que es un tema peliagudo y difícil de resolver con las leyes que tenemos, ya veréis como el susodicho político soluciona pronto el asunto de su casa.

      oscareef

      ES MEJOR VOLVERSE ATRÁS QUE PERDERSE EN EL CAMINO!!!!!!

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      • Nuka
        Usuario
        • 10 nov, 2010
        • 1312
        • Lo más lejos posible de la ignorancia (intentándolo)

        #4
        Por elucubrar un poco con este tema tan interesante que has iniciado, yo lo enfocaría al concepto mixto, "vehículo-vivienda". Cuando circula, se trata de la utilización de un "vehículo" que transporta sobre su chasis una "vivienda". Cuando está parado, se trata de la utilización de una "vivienda" anclada al chásis de un "vehículo". Un vehículo, aunque se trate de una autocaravana, se clasifica como "bien mueble", mientras que una vivienda tipo edificio, se clasifica como "bien inmueble". Entonces ¿como nos definimos?, ¿bien mueble/inmueble? .

        Nuestra vivienda con ruedas no puede inscribirse en el Registro de la Propiedad, reservado únicamente para los bienes-inmuebles. Jamás tendremos tampoco una Escritura de Vivienda al uso y muchas cosas más que diferencian a una autocaravana respecto a una vivienda edificada.

        Si alguna vez me ocurriera algo similar a lo que expones, creo que se perfectamente lo que haría y no voy a detallar aquí, porque resultaría imprescindible que no hubiera testigos. Sin embargo y volviendo al tema legal, en cuanto el vehículo se mueva un metro o alguno de los ocupas se siente al volante, en mi opinión estamos tratando del robo de un vehículo, con sus papeles en regla a nombre del legítimo propietario, y para eso no hay mandato judicial alguno que proteja al chorizo en cuestión.

        Pero todo esto es derecho-ficción cutre. Si por desgracia ocurriera algo así, habría que ver lo que pasaba.

        De todas formas confío tanto en la justicia y leyes de este país (y de muchos otros) como en las probabilidades de que me toque el Gordo de la Primitiva, durante cincuenta sorteos consecutivos.

        Interesante tema......

        Fernando
        Experiencias con las Benimar-Mileo

        Una sonrisa vale más que mil palabras

        Se necesitan dos años para aprender a hablar y sesenta para aprender a callar. (Ernest Hemingway)

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        • Chispeta
          Usuario
          • 9 dic, 2014
          • 234
          • Barcelona

          #5
          No se porque salen temas de este tipo de cosas,porque lo único que hace es aprender cosas y habrir los ojos a los que estén pensando en los temas de los que habláis.tendria que estas prohibido hablarlo en este foro
          sigpic

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          • Jopeso
            Usuario
            • 3 sep, 2014
            • 1035
            • Barcelona

            #6
            Originalmente publicado por José y Juani
            No se porque salen temas de este tipo de cosas,porque lo único que hace es aprender cosas y habrir los ojos a los que estén pensando en los temas de los que habláis.tendria que estas prohibido hablarlo en este foro
            +1


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            • albede
              Usuario
              • 3 may, 2009
              • 283
              • Vitoria

              #7
              Originalmente publicado por José y Juani
              No se porque salen temas de este tipo de cosas,porque lo único que hace es aprender cosas y habrir los ojos a los que estén pensando en los temas de los que habláis.tendria que estas prohibido hablarlo en este foro
              Eso se llama censura. Si queréis vivir en Estados totalitarios lo decís y ya está.

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              • josemanuelagra
                Usuario
                • 17 mar, 2009
                • 2252
                • (Lugo)

                #8
                Originalmente publicado por albede
                Eso se llama censura. Si queréis vivir en Estados totalitarios lo decís y ya está.

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