Comunicado del Club Portugues Autocaravanista.

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  • el bruxo
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    • 6 sep, 2004
    • 2480
    • VILLAVICIOSA DE ODON

    Comunicado del Club Portugues Autocaravanista.

    Hola compañeros,

    Os paso un informe que me han pasado nuestros colegas y amigos los Portugueses del Club Portugués de Autocaravanas.

    Esta en idioma Portugués aunque se entiende perfectamente y en líneas generales de este comunicado se desprende lo siguiente:

    La Guardia Nacional Republicana, declara ilegales las señales de prohibición de estacionamiento con el símbolo de autocaravanas.

    Decir que la Guardia Nacional Republicana es como nuestra guardia civil y por ello tiene una gran importancia este comunicado hecho en el país vecino.

    Enhorabuena a los todos los colegas del Club Portugués por estas buenas gestiones.

    Esperemos que nuestras autoridades tomen buen ejemplo de ello.

    Saludos del Bruxo.



    el bruxo
    La humildad se alcanza cuando se acepta que los obstáculos que se tienen enfrente no van a desaparecer.
  • Jordi Carreras
    Usuario
    • 2 nov, 2006
    • 4311
    • Barcelona

    #2
    Muchisimas gracias por su informacion de nuestros vecinos, esperemos que aqui y de una vez hagan lo mismo.Pues somos personas que nos gusta esta forma de hacer turismo y dejamos nuestros euros por donde pasamos.En cambio nos miran como si fueramos la peste del turismo.
    abrazos jordi

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    • tetejose
      Usuario
      • 17 nov, 2004
      • 8059
      • OIA (Pontevedra)

      #3
      Menos mal que nos queda Portugal, levanto mi copa por la GNR Gracias y que cunda el ejemplo.
      A los hombres les gusta el juego y el peligro, por eso les gustan las mujeres, son el juego mas peligroso. Nietzsche

      Comentario

      • Arsenio

        #4
        Es un avance pero hay que puntualizar. En España, y en varios países de la UE, la señal de una "P" de etacionamiento autorizado con un cartel en el mastil que ponga, por ejemplo: "Excepto autocaravanas", o "Excepto autocaravanas de 20:00 a 80:00 horas", es legal desde el punto de vista de las señales.

        El código de circulación en el anexo de señales indica que a una señal se puede adjuntar un texto que aclara el significado de la misma.

        Lo ilegal es prohibir estacionar autocaravanas. Lo ilegal es mantener unas Ordenanzas Municipales que prohiban el estacionamiento de las autocaravanas.

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        • el bruxo
          Usuario
          • 6 sep, 2004
          • 2480
          • VILLAVICIOSA DE ODON

          #5
          Arsenio,

          En ese comunicado lo dice claro,

          Lo que se les ha reconocido a nuestros queridos vecinos de Portugal es que; de acuerdo con su código de circulación (que no es diferente al nuestro) las reglas aplicables ala circulación y estacionamiento de autocaravanas con un peso no superior a 3500kg son las mismas que cualquier vehículo ligero.

          Y esto aunque importante, lo es más si la carta la firma el jefe del estado Mayor.
          saludos
          el bruxo
          La humildad se alcanza cuando se acepta que los obstáculos que se tienen enfrente no van a desaparecer.

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          • Arsenio

            #6
            ¡Ah!, eso está mejor, esto es precisamente lo que solicitamos a la DGT (Subdirección de Normativa) y ha sido paralizado por interferencias con otras gestiones en otros niveles.

            Esta es la carta dirigida a la DGT en Noviembre de 2005 y que no ha sido contestada para mayor gloria de alguien.

            Podríamos insistir hasta que canten también aquí.

            Sr. Subdirector General de Normativa y
            Recursos de la DGT.
            General Aranaz, 86
            20027 MADRID

            Estimado señor,

            Soy un usuario de autocaravana que una vez jubilado la utilizo para recorrer las carreteras europeas y conocer y descubrir el paisaje y el patrimonio histórico de los lugares que visito. Somos muchos miles los jubilados que en toda la UE utilizamos esta nueva forma de entender el turismo.

            Como seguramente conoce, la autocaravana es un vehículo destinado al transporte de personas (Normativa 116/2001/CE), recogido en el anexo II (Definiciones y Categorías de los Vehículos), del Reglamento General de Vehículos aprobado por RD 2822/1998, de 23 de diciembre, bajo los epígrafes de clasificación por criterios de construcción 32 y 33 (autocaravana) y 48 (vivienda), por criterios de utilización.

            Cada día es mas frecuente la presencia de las autocaravanas españolas y extranjeras en nuestras carreteras aprovechando que estos vehículos proporcionan los dos elementos básicos para el turismo: transporte y alojamiento.

            Esta práctica, objeto de una utilización creciente en nuestro país, tanto por usuarios españoles como extranjeros, ha permitido el desarrollo de un segmento particular de la industria automovilística nacional con la producción de autocaravanas, cuyo destino en su mayor parte es la exportación, cada vez mejor equipadas y adaptadas a las necesidades del usuario. Creando riqueza y los consiguientes puestos de trabajo.

            Como vehículos homologados para vivienda, solo es necesario una plaza de estacionamiento autorizado donde posar los neumáticos para ser utilizado como alojamiento y como tales, en tanto y cuanto las autocaravanas son vehículos a motor, en las paradas como en los estacionamientos, bajo nuestro criterio, están únicamente sometidos a las leyes de tráfico.

            A veces sucede que, el estacionamiento de estos vehículos en municipios con una gran afluencia turística suscita reticencias, cuando no reacciones hostiles o desfavorables por parte de algunas autoridades municipales, respecto a las molestias o inconvenientes que pudieran resultar debidos al uso abusivo de algunos usuarios cuyo comportamiento no respeta las leyes o el entorno.

            En este contexto algunas corporaciones locales han llegado a prohibir de manera absoluta el estacionamiento de autocaravanas en todo el territorio municipal, causando así las protestas de los representantes de los profesionales del sector y de las asociaciones de defensa de los usuarios. Esta es la razón por la que parece oportuno revisar y recordar el contenido de las diferentes disposiciones legislativas que figuran en el código de circulación y permitiendo, bajo reserva de la apreciación soberana de los tribunales, fundar las bases de los derechos de los usuarios y las eventuales decisiones de las autoridades locales en materia de estacionamiento de autocaravanas.

            Sobre la vía pública, bajo nuestro criterio, es la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, a la que conviene referirse en primer lugar así como al Reglamento General de Circulación (RGC) que desarrolla las normas sobre parada y estacionamiento de vehículos.

            Tratándose de vehículos, las autocaravanas, en nuestra opinión, no pueden ser privadas del derecho a estacionar en las vías públicas, mientras la parada o estacionamiento no sea peligroso (artículo 90 del RGC), se ejecute en la forma y modo indicados en el artículo 91.1 del RGC, sin que constituya un peligro o un obstáculo para la circulación (artículo 91.2 del RGC), colocando el vehículo en la forma indicada en el artículo 92 del RGC, en un lugar autorizado, fuera de los lugares prohibidos por el artículo 94 del repetido RGC.

            La competencia de las corporaciones locales para dictar normas sobre la circulación y estacionamiento en las vías públicas municipales está respaldado por el artículo 93.1 del Reglamento General de la Circulación (RGC), donde los poderes que les son confiados están justificados únicamente por la necesidad de evitar el entorpecimiento de tráfico y hacer compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios, con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos (Ley 5/1997, de 24 de marzo). Las medidas adoptadas por las corporaciones locales no pueden alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos del RGC (artículo 93.2 del RGC), en concreto los citados artículos 90, 91, 92 y 94, que fijan condiciones generales de estacionamiento y parada para toda clase de vehículos.

            Este artículo, en nuestra opinión, obliga claramente a las autoridades locales a definir con precisión las características de los vehículos, tales como la superficie, volumen, peso o MMA y sus efectos sobre la circulación afectando por igual a todas las categorías de vehículos.

            Las autoridades locales están facultadas para prohibir y sancionar todas las actividades o situaciones que supongan una alteración del orden o de la salud pública en el conjunto del municipio. Disponen también de medios legales para luchar contra los ruidos nocturnos, el vertido de aguas usadas, los depósitos descontrolados de basura o el despliegue e instalación de objetos que signifiquen un uso abusivo de las autocaravanas. Pero estos hechos significan que lo cuestionable es el comportamiento de los usuarios y no las propias autocaravanas.

            Estas son las razones por las que solicito el criterio de ése Departamento y una contestación a las siguientes preguntas:

            - ¿Cuáles son los límites de las competencias de las Corporaciones Locales en materia de ordenación del tráfico local?

            - En virtud del artículo 93.1 del Reglamento General de Circulación, ¿una Corporación Local puede privar, mediante Ordenanza Municipal de una plaza de estacionamiento en las vías públicas locales a un vehículo, como una autocaravana, solo por su clasificación por criterio de construcción?

            - Bajo el criterio del Reglamento General de Circulación, ¿Cuándo, una autocaravana que no despliega ningún elemento auxiliar exterior que desborde el perímetro del vehículo pierde la condición técnica de estacionada?

            - El código de circulación Italiano define claramente la condición específica de estacionamiento de una autocaravana (1), sin embargo el código francés solo regula el estacionamiento y la parada de vehículos aclarando mediante circulares de Ministerio del Interior (Circulaire NOR INTD0400127C 19 octobre 2004) los límites reguladores de los ayuntamientos en defensa de los derechos de los ciudadanos. En España sufrimos en muchas ocasiones la prepotencia de algunas Administraciones Locales que aplican la política de los hechos consumados abusando de su posición predominante y la disposición de fondos públicos procedentes de los impuestos de los propios ciudadanos para hacer frente a los recursos contenciosos que los contribuyentes debemos hacer frente con nuestros propio patrimonio. Hay numerosos ejemplos de Corporaciones Locales como Vejer de la Frontera, Tarifa, Motril, L’Estartit y un largo etcétera. Hay Ordenanzas Municipales que incluyen normas, en nuestra opinión, discriminatorias contra las autocaravanas. Estas normas están basadas fundamentalmente en el uso, en nuestra opinión, abusivo del artículo 93.1 del RGC. ¿plantea o puede plantear en el futuro unas normas en las Leyes de Tráfico que definan con claridad la posición de una autocaravana como vehículo y su equiparación así como la definición de estacionamiento aun teniendo algún tipo de actividad legal privada sin que transcienda a exterior?

            Con las gracias anticipadas y rogándole que sepa excusar los defectos de forma o procedimiento en los que haya podido incurrir al no ser letrado, reciba un cordial saludo en nombre de los colectivos a los que, como autocaravanista pertenezco.

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            • cormoran
              Usuario
              • 22 abr, 2005
              • 20521
              • VIGO (Pontevedra)

              #7
              Como siempre los portuguese de buenos navegantes, aunque sean con ruedas, si señor buen golpe de timon, felicidades
              Desearía poder cuestionar libremente y responder libremente sin adulaciones. Así se comporta aquel que persigue la verdad.
              Vicenzo Galilei
              http://t3.gstatic.com/images?q=tbn:A...4v8hCdsEFHmpgQ

              Comentario

              • el bruxo
                Usuario
                • 6 sep, 2004
                • 2480
                • VILLAVICIOSA DE ODON

                #8
                Arsenio,

                Estoy de acuerdo que el camino pasa por seguir una línea hacia la DGT.

                Pero también diré que si hay gente trabajando como se desprende de algunos comunicados del Senado, debemos de dejar que esa gente trabaje y no entorpezcamos esa labor.

                Si después de algún tiempo no se ha conseguido, entonces se puede hablar de que se puede hacer.

                Debemos de estar ahora más unidos que nunca porque seguro que estas situaciones logradas en los países vecinos, harán despertar el interés más de las autoridades para que se mejore en la toma de lasa decisiones.

                Saludos del Bruxo
                el bruxo
                La humildad se alcanza cuando se acepta que los obstáculos que se tienen enfrente no van a desaparecer.

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                • Arsenio

                  #9
                  ¿Trabajando para conseguir algo que hace tiempo podría haber estado conseguido?

                  ¿En que hubiera retrasado otras gestiones el haber respondido a esas preguntas?

                  Ya ves lo que han conseguido nuestros compañeros portugueses, es un avance, nosotros lo podríamos haber tenido también, ¿Que hay de malo?, ¿Eso impide trabajar a los demás?

                  Comentario

                  • el bruxo
                    Usuario
                    • 6 sep, 2004
                    • 2480
                    • VILLAVICIOSA DE ODON

                    #10
                    Amigo Arsenio.

                    Tu mismo lo comentabas en anteriores comunicados.

                    Sigo pensando que no es el momento de luchar contra nosotros mismos, debe ser indiferente para todos quien consiga las cosas, lo único que conseguiremos es demostrar que estamos divididos y te aseguro que hay gente política leyendo nuestros foros y que siguen pensando que lo primero que debemos hacer antes de crear nada, es dejar de luchar contra nosotros mismos o mejor dicho dejar de enfrentarnos entre nosotros mismos.

                    Perdóname que insista que aunque no nos parezca la mejor solución, es la que se ha iniciado y debemos de esperar acontecimientos.

                    Digámoslo de otra manera, La paciencia es la madre de la ciencia.

                    Saludos del Bruxo
                    el bruxo
                    La humildad se alcanza cuando se acepta que los obstáculos que se tienen enfrente no van a desaparecer.

                    Comentario

                    • Arsenio

                      #11
                      Veamos Ramón, con todo el cariño del mundo. Si te fijas en la firma verás que hay momentos en que la verdad debe pasar al ataque. Hay mas pecios que el barco de Anferán.

                      Si se están haciendo las cosas mal le hacemos un flaco favor al colectivo si nos callamos y las cosas se están haciendo mal.

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                      • M.Carme
                        Usuario
                        • 22 ene, 2004
                        • 1037
                        • GIRONA (Girona)

                        #12
                        A nosotros ya nos lo reconocieron hace tiempo. Existen escrito sobre el mismo tema

                        Comentario

                        • cormoran
                          Usuario
                          • 22 abr, 2005
                          • 20521
                          • VIGO (Pontevedra)

                          #13
                          Por favor no empecemos con las mismas lerias de siempre.

                          Si discutimos no se hace nada, si no se discute se pueden hacer las cosas aunque sea mal, pero al menos se pueden corregir.

                          Arsenio vale por tu firma, pero recuerda la poesia de Alberti, la palabra es un arma cargada de futuro, asi que hablemos, pero dejemonos de discutir
                          Desearía poder cuestionar libremente y responder libremente sin adulaciones. Así se comporta aquel que persigue la verdad.
                          Vicenzo Galilei
                          http://t3.gstatic.com/images?q=tbn:A...4v8hCdsEFHmpgQ

                          Comentario

                          • tetejose
                            Usuario
                            • 17 nov, 2004
                            • 8059
                            • OIA (Pontevedra)

                            #14

                            ¿Se puede demostrar que la "inmovilización" de la carta que cita Arsenio se debe a otras gestiones?
                            ¿Se puede demostrar que los que están trabajando con el Senado lo están haciendo mal?
                            ¿Se puede demostrar que la DGT haría caso de la susodicha carta si no es instada a hacerlo por "ordenes superiores"?
                            Como ninguna de estas cosas se pueden demostrar, todo debate sobre el tema es pura especulación y desvirtua la buena noticia en el pais vecino que es el origen del hilo.
                            No seais cascarrabias hombre!!!!
                            A los hombres les gusta el juego y el peligro, por eso les gustan las mujeres, son el juego mas peligroso. Nietzsche

                            Comentario

                            • AEROCAST
                              Usuario
                              • 26 oct, 2004
                              • 1184
                              • SEVILLA (Sevilla)

                              #15
                              Arsenio, no te lo tomes a mal pero tienes el don de amargar todos los pasteles. Vamos a olvidarnos un poquito de tanta legalidad y permitenos que nos ilusionemos con alguna buena noticia no te parece?. Saludos
                              El que quiere quedar bien con todos, acabara no agradando a nadie

                              Comentario

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