Bolsón O Arcón En Portabicis

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  • FDH
    Usuario
    • 8 ago, 2007
    • 421
    • TOMIÑO (Pontevedra)

    Bolsón O Arcón En Portabicis

    Ola a todos otra vez.
    Quisiera que me dieseis opinión sobre lo siguiente: Quiero colocar un arcón en el portabicis y mi pregunta es la siguiente: ¿Que será mejor, colocar una bolsa de vinilo en el portabicis "CARGO BACK" como la de FIAMMA, que creo que la única ventaja es que cuando quieres la puedes recoger y no ocupa casi nada o un Arcón rígido en el mismo sitio?
    Gracias por atenderme y soportarme.
  • Alpebret
    Usuario
    • 21 nov, 2006
    • 36827
    • PEÑISCOLA (Castellon)

    #2
    Itv

    Originalmente publicado por FDH
    Ola a todos otra vez.
    Quisiera que me dieseis opinión sobre lo siguiente: Quiero colocar un arcón en el portabicis y mi pregunta es la siguiente: ¿Que será mejor, colocar una bolsa de vinilo en el portabicis "CARGO BACK" como la de FIAMMA, que creo que la única ventaja es que cuando quieres la puedes recoger y no ocupa casi nada o un Arcón rígido en el mismo sitio?
    Gracias por atenderme y soportarme.
    Pongas lo que pongas tendras que pasar por ITV y ellos te daranla receta y el visto bueno ,si aportas toda la documentacion. saludos y suerte

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    • mamita
      Usuario
      • 21 sep, 2006
      • 91
      • ESPAÑA

      #3
      si lo que quieres poner no es fijo. Es extraible no tiene que pasar la I.T.V.

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      • KOKI
        Usuario
        • 19 ago, 2007
        • 261
        • MOREDA

        #4
        Yo tengo un "Omistol" de 500 litros...es muy practico y caro solo en el momento de pagarlo,pero en cuanto te pongas a cargar veras que la compra es buena...ganas un maletero como de una berlina media...también tengo un "bricofacil" que me permite tener arcón y porta esquís...junto...

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        • MikelAsc
          Usuario
          • 31 ago, 2007
          • 319
          • Iruñea/Pamplona

          #5
          Hola a todos , yo llevo uno Fiamma rigido de 500 lts. y meto una mesa y 4 sillas plegables , un cubo donde meto los cables,tubo de desaguar, roscas ...ect, otro cubo donde pongo un par de garrafas para el Thetford y una garrafa de 10 lts.y otra de litro para coger agua en caso de apuro, tambien llevo los calzos y algún que otro cacharro inutil que ahora no me acuerdo , a mi me viene muy practico ya que mi Ac es pequeñita y no lleva garaje, lo que no sabía es que hay que ir a la ITV a que te den el visto bueno, es correcto? te pueden multar o quitar puntos ? alguien sabe algo?
          Saludos...

          Comentario

          • Alpebret
            Usuario
            • 21 nov, 2006
            • 36827
            • PEÑISCOLA (Castellon)

            #6
            Itv

            Originalmente publicado por MikelAsc
            Hola a todos , yo llevo uno Fiamma rigido de 500 lts. y meto una mesa y 4 sillas plegables , un cubo donde meto los cables,tubo de desaguar, roscas ...ect, otro cubo donde pongo un par de garrafas para el Thetford y una garrafa de 10 lts.y otra de litro para coger agua en caso de apuro, tambien llevo los calzos y algún que otro cacharro inutil que ahora no me acuerdo , a mi me viene muy practico ya que mi Ac es pequeñita y no lleva garaje, lo que no sabía es que hay que ir a la ITV a que te den el visto bueno, es correcto? te pueden multar o quitar puntos ? alguien sabe algo?
            Saludos...
            Cada uno es libre de sus accesorios ,pero puntos no te quitaran ,ni el baul tampoco pero si no esta reflejado en la ficha tecnica si te pueden multar, pero seguro ,otra cosa es que ni se den cuenta y pasan los años . Tu mismo. nsaludos

            Comentario

            • MikelAsc
              Usuario
              • 31 ago, 2007
              • 319
              • Iruñea/Pamplona

              #7
              No se , me colocaron el portabicis y el arcón "de regalo" cuando compré la AC y la verdad no me he fijado si están reflejados en la ficha técnica pero lo dudo , casi que me arriesgaré y lo llevaré como siempre, no me apetece pasar por caja en la ITV, cuando tenga que pasarla dentro de 3 años ya veremos a ver que pasa
              Gracias..por cierto KOKI menudo culamen:icon_flipi:.
              Saludos..

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              • KOKI
                Usuario
                • 19 ago, 2007
                • 261
                • MOREDA

                #8
                No es necesario pasar por la ITV por el tema arcón...El arcón es carga,por lo que lo único que si necesitaremos es la señal correspondiente de señalizacion de carga sobresaliendo del vehículo...Exactamente la placa V 20 http://www.cametal.es/Imagenes/accesorios/PLACAV20.jpg
                Que aunque los hombrecillos de verde hagan la vista gorda no quiere decir que no te puedan crujir si no la traes puesta...Yo la tengo adhesiva,y pegada al arcon...¡¡¡Ojo con la que usáis la gran mayoría de auto caravaneros!!!

                Esta es la francesa...y aquí esta es papel mojado...como si no trajerais nada...La nuestra es de tres franjas rojas sobre fondo blanco...Con esto ni ITV ni problemas con trafico
                Un saludo

                Comentario

                • Alpebret
                  Usuario
                  • 21 nov, 2006
                  • 36827
                  • PEÑISCOLA (Castellon)

                  #9
                  Itv

                  Pues si el arcon es carga voy a colgar mi moto ,unos cuantos sacos de patatas para el viaje y la piragua para el Segre.y encima me pasaré de medidas y no me importa el peso al eje trasero,pondré la presion a 6 kg, y todo solucionada ,con una placa todo solucionado . Pues cada cual puede hacer lo que le de la gana ,solo me preocupa el desconocimiento del Reglamento General de Vehiculos.
                  Allá cada cual.......

                  Comentario

                  • oskarmb
                    Usuario
                    • 28 nov, 2007
                    • 62
                    • algorta

                    #10
                    yo tengo un portamotos , que no uso para moto, pero estoy pensando si se podira hacer un arcon a medida para meter las bicis y todos los trastos, no se si es legal. la idea es hacerlo de fibra, que no sobresalga y ocupe todo lo ancho de la ac y la altura hasta la ventana, con lo que entrarian las bicis y las mesas, sillas, etc, lo bueno seria que no hay que preocuparse de que nos roben porque iria cerrado. sabe alguien si es legal y si te pueden poner pegas?, como he leido que si esfijo hay que pasar la itv , lo pondria que se pueda quitar anclandolo las barras del portamontos, si me podeis alclarar algo , me pongo a hacerlo mañana.

                    Comentario

                    • Boromir04
                      Usuario
                      • 24 jun, 2006
                      • 2327
                      • Planeta Tierra

                      #11
                      Segun tengo leido y no sè donde, el porta motos debes quitaro cuando lo llevas vacio, esta prohibido llevarlo vacio, me extraño muxo pero un user lo expuso por ser sancionado por este tema.-salu2

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                      • Alpebret
                        Usuario
                        • 21 nov, 2006
                        • 36827
                        • PEÑISCOLA (Castellon)

                        #12
                        Accesorios

                        Originalmente publicado por oskarmb
                        yo tengo un portamotos , que no uso para moto, pero estoy pensando si se podira hacer un arcon a medida para meter las bicis y todos los trastos, no se si es legal. la idea es hacerlo de fibra, que no sobresalga y ocupe todo lo ancho de la ac y la altura hasta la ventana, con lo que entrarian las bicis y las mesas, sillas, etc, lo bueno seria que no hay que preocuparse de que nos roben porque iria cerrado. sabe alguien si es legal y si te pueden poner pegas?, como he leido que si esfijo hay que pasar la itv , lo pondria que se pueda quitar anclandolo las barras del portamontos, si me podeis alclarar algo , me pongo a hacerlo mañana.
                        Como he dicho antes uno por su cuenta no puede hacer nada de importancia necesitas un
                        Certificado del fafricante de la AC ( autorizacion)
                        Certificado de homologacion de lo que vayas a montar
                        Certificado del taller que lo monta
                        Pasar ITV y pagar
                        La administracion quiere saber quien es el responsable si se cae durante la marcha y hay un accidente.
                        Al mismo tiempo habrá que declararlo al seguro.
                        Y si uno piensa que es carga el seguro no entra si no tienes un seguro de responsabildad civil de la carga.
                        Ejemplo cae un tronco de madera de un camion y hay muertos ? quien paga esas muertes¿
                        Solo pretendo que la gente sepa lo que hay . Cada uno es cada uno.........

                        Comentario

                        • KOKI
                          Usuario
                          • 19 ago, 2007
                          • 261
                          • MOREDA

                          #13
                          Originalmente publicado por Alpebret
                          Pues si el arcon es carga voy a colgar mi moto ,unos cuantos sacos de patatas para el viaje y la piragua para el Segre.y encima me pasaré de medidas y no me importa el peso al eje trasero,pondré la presion a 6 kg, y todo solucionada ,con una placa todo solucionado . Pues cada cual puede hacer lo que le de la gana ,solo me preocupa el desconocimiento del Reglamento General de Vehiculos.
                          Allá cada cual.......
                          Como te preocupa el desconocimiento del reglamento de circulacion te voy a asesorar para que te quedes tranquilo y ademas de gratis:icon_flipi::icon_flipi:

                          ART 14:

                          1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:

                          a. Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.

                          b. Comprometer la estabilidad del vehículo.

                          c. Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.

                          d. Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.

                          ART 15:

                          1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes.

                          2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:

                          a. En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:

                          I. En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.

                          II. En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.

                          b. En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

                          3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 % de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 %.

                          Creo que en ese tanto por ciento caben de sobra una ó dos bicis.

                          5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

                          6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 (la cuadrada con rayas diagonales). Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de V invertida.
                          Alpebret,saca tus propias conclusiones....
                          Un saludo...¡¡¡de nada!!!



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                          • Alpebret
                            Usuario
                            • 21 nov, 2006
                            • 36827
                            • PEÑISCOLA (Castellon)

                            #14
                            Itv-dgt

                            Originalmente publicado por KOKI
                            Como te preocupa el desconocimiento del reglamento de circulacion te voy a asesorar para que te quedes tranquilo y ademas de gratis:icon_flipi::icon_flipi:

                            ART 14:

                            1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:

                            a. Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.

                            b. Comprometer la estabilidad del vehículo.

                            c. Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.

                            d. Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.

                            ART 15:

                            1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes.

                            2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:

                            a. En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:

                            I. En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.

                            II. En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.

                            b. En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

                            3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 % de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 %.

                            Creo que en ese tanto por ciento caben de sobra una ó dos bicis.

                            5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

                            6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 (la cuadrada con rayas diagonales). Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de V invertida.
                            Alpebret,saca tus propias conclusiones....
                            Un saludo...¡¡¡de nada!!!


                            Todo lo que tu expones no me interesa para nada ,ya que por libros no será para estar bien documentado.
                            Yo no tengo ese problema eres tu quien tendras que explicarselo a la G.C o en su dia a la ITV.
                            Haz una encuesta para saber que opina el resto de foreros .
                            Como te he dicho yo estoy muy tranquilo ,pero los foreros deben de saber lo que hay sobre reglamentaciones.
                            Tu que estas seguro de lo que haces dime si cae el baul y ocasiona daños quien será el responsable.
                            Un saludo y que disfrutes por lo menos como yo.

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