En 2º mano se paga el famoso impuesto?

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  • nuwanda
    Usuario
    • 14 jul, 2006
    • 2529
    • (Huesca)

    En 2º mano se paga el famoso impuesto?

    Muy buenas tengais, una duda existencial, sabeis si en una operación de compraventa entre particulares o concesionario/particular de un vehículo de 2ª mano aparte del impuesto de transmisión patrimonial se tiene que pagar el famoso impuesto de lujo?

    Sucede lo mismo con un vehículo importado?. Mil gracias por vuestra ayuda.
    Buscando el bien de nuestros semejantes, encontraremos el nuestro.
  • Juancar
    Usuario
    • 22 abr, 2007
    • 1081
    • SANT VICENT DEL RASPEIG (Alicante)

    #2
    No fastidies, solo faltaba que también hubiera que pagar otro impuesto a parte del 4% del valor de compraventa.

    En cuanto a las traídas de alemania ya no se que decirte, lo desconozco. Pero aquí en España, si es de segundamano, le añades al precio acordado el 4% del valor que figure en el contrato de compraventa y arreando.

    De todas formas busca en el foro que hay mucha información sobre esto.

    un saludo.

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    • Agusti r 100
      Usuario
      • 12 ene, 2008
      • 3855
      • CAT

      #3
      Y si el vehículo tiene mas de 10 años, está exento de dicho impuesto

      Comentario

      • somongui
        Usuario
        • 23 abr, 2009
        • 130
        • Mallorca

        #4
        Originalmente publicado por Agusti r 100
        Y si el vehículo tiene mas de 10 años, está exento de dicho impuesto
        pregunto lo mismo, a ver si alguien lo sabe!!
        QUE LAS LOCURAS SON MÍAS SI QUIERES TE INVITO A VER UN MAR QUE ESTÁ POR GRAN VÍA UN SUEÑO QUE ME HE INVENTÁO, DONDE SE INVENTAN LOS SUEÑOS QUE ES DONDE SE ESCONDE EL DÍA......

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        • CAPITAN TAN
          Usuario
          • 1 nov, 2006
          • 5660
          • Mataró

          #5
          En adquisiciones en territorio español no se paga, sería una doble imposición, en matriculaciones tanto de nuevos como usados procendetes de fuera de España si se paga.

          Tambien cabe la posiblidad, aunque remota, que el vehiculo hubiese sido matriculado en España, despues va a Francia (por ejemplo) se matricula allí y con el tiempo vuelve a España y se vuelve a matricular aqui, esta re-matriculación tampoco se pagaría.
          En los supuestos de exentos y no obligados, no está contemplada la exención a partir de los diez años, pero si reducciones según los años que tenga el vehiculo.


          Saludos
          sigpic

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