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Aún cuando el Administrador y moderadores de este foro harán todo lo posible por mover cualquier material cuestionable tan pronto como sea posible, es imposible revisar todos los mensajes. Por lo tanto tu aceptas que todos los mensajes por ti publicados en este foro, expresan tus opiniones y no la del Administrador, moderadores o webmaster (excepto en mensajes publicados por ellos mismos) por lo cual no se les considerara responsables.
Normas de comportamiento y de carácter legal
1.- Presta atención a las buenas maneras en el foro, este fue creado para intercambiar opiniones y experiencias, recuerda que detrás de cada Nick hay una persona con la que estás dialogando. Los insultos, tanto directos como indirectos, a cualquier miembro del foro (ya sea usuario, Administrador o moderador) no serán tolerados. Se pide con ello respeto y educación, tanto en el trato como en las formas hacia todos los usuarios. Se editara o borrara el hilo donde esto no sea cumplido y, se pedirá a los implicados que solucionen sus diferencias por privado. En caso que se estimen, por la gravedad e insistencia, el administrador podrá bannear al usuario.
2.- Se evitará cualquier manifestación, mediante texto, hipervínculos o imágenes, que atenten contra las leyes vigentes o, incite directa o indirectamente, a la promoción de actividades ilegales.
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6.- En caso de incumplimiento reiterado de las normas se procederá a un baneo y pérdida de nick al usuario en cuestión. Todo mensaje queda registrado con tu IP y cada persona es responsable de sus palabras. Esto no obsta a la edición o borrado de los mensajes que no cumplan las normas descritas en esta página
7.- Para evitar agravios comparativos con las empresas colaboradoras, queda prohibido hacer publicidad de ningún tipo (Autocaravanas, piezas, talleres, recambios, servicios...) con fines lucrativos, sea nuestro o no dicho negocio, incluido en el nombre de usuario y en la firma (incluya hipervínculo o no). De esta manera los que soportan la colaboración mediante banners publicitarios no tienen competencia desleal.
8.- Está prohibida la doble personalidad, una persona solo podrá usar un nick para participar en este foro. Los nick dobles serán suspendidos sin necesidad de previo aviso. El usuario que tenga más de un nick será sancionado en consecuencia y/o expulsado temporal o permanentemente.
Normas de educación y cortesía
1.- Trata a los demás como te gustaría ser tratado. Participa siempre con educación. Las faltas de respeto repetidas pueden ser causa de expulsión del foro
2.- Piensa antes de escribir y evita frases que puedan resultar ofensivas desde los puntos de vista de religión, raza, política u orientación sexual. Recuerda que internet es global y diferentes culturas tienen diferentes costumbres.
3.- Procura dar tus opiniones con moderación. La firmeza que muestres en darlas no debe implicar un desprecio hacia los demás. Evita los enfrentamientos personales, siempre hay una forma de expresar tu criterio sin molestar a los que puedan tener otra opinión. Ayuda a que no se perpetúen guerras de mensajes incendiarios y recuerda que los insultos o ataques personales están prohibidos. Tampoco está permitido participar en discusiones simulando la opinión de personas distintas (astroturfing) ni abusar del sistema llenando de respuestas los temas tratados acaparando la conversación.
4.- Ten en cuenta que en el lenguaje escrito es difícil dar entonación. Los emoticonos están para ayudar a transmitir tu estado de ánimo o entonación.
5.- Ten paciencia, sobre todo con los principiantes y los que comenten algún error, tarde o temprano te puede pasar a ti. Las actitudes recriminadoras suelen ser mal recibidas. Siempre se acepta mejor y se hace más caso a una respuesta expresada correctamente y en tono moderado.
6.- Contra las ofensas o los intentos de provocación la medida más efectiva es la indiferencia.
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8.- Se respetuoso. Si reproduces información de esta u otras webs, cita la fuente de donde la has sacado y pon el enlace de la misma. No se permitirá cortar y pegar textos, este tipo de aportaciones serán eliminadas automáticamente.
Consejos y normas de publicación de mensajes
1.- Ac Pasión es un foro de ámbito nacional, y por ello el lenguaje usado en el mismo es el castellano.
2.- Antes de realizar una consulta o plantear tus dudas, revisa los temas del foro o bien utiliza la búsqueda, ya que es posible que encuentres la respuesta que buscas en algún otro mensaje publicado con anterioridad.
3.- Antes de publicar tu mensaje, elije el subforo más adecuado para el tema que deseas colgar. Si no está en el subforo que le corresponde será trasladado sin necesidad de aviso.
4.- Los títulos de los mensajes deben ser explicativos del contenido, no importa si son largos. Esto da velocidad al foro pues los foreros ya entran donde saben que les interesa y también ayuda mucho a la hora de hacer búsquedas. Por ejemplo, titular un mensaje "Una duda", "Algo falla", "SOCORRO! problemas!", "Me aconsejáis",.... no es nada explicativo y tiende a hacer perder el tiempo a los foreros. Títulos correctos serian, " Oigo un zumbido en la parte delantera al girar a derechas", "Se me funde repetidamente el mismo fusible", etc... , largos y explicativos.
5.- Solamente están permitidos mensajes de compra-venta o cambio en el foro correspondiente. Se borrará cualquier otro mensaje o enlace, incluidas las firmas que no cumplan esta norma.
6.- No cambies de tema en medio de un hilo. Intenta buscar un hilo similar o, en su defecto, abre un mensaje nuevo. Intentemos evitar contestaciones del tipo "hombre, forero X, aprovechando que te encuentro ¿me podrías comentar como hiciste X cosa?"
7.- Si has realizado una pregunta y no has recibido respuesta, pregúntate si la has hecho de forma correcta o en el subforo indicado. Ten en cuenta que los usuarios del foro son voluntarios y que, por ejemplo, muchas veces no te responderán si la solución de su problema es fácilmente localizable usando el buscador.
8.- Escribe con corrección tus mensajes respetando la ortografía y la gramática, en la medida de lo posible. Recuerda que esto es un foro, no un teléfono móvil, tienes todo el espacio que necesites para escribir, no es correcto ni necesario escribir como lo harías en un sms. Tampoco es correcto escribir todo tu mensaje en mayúsculas, en internet se considera gritar, ni usar palabras malsonantes, groseras o hirientes.
9.- Esta prohibido abrir un tema del estilo "La tienda XXX son unos estafadores", o reflotar uno ya existente con ese fin. Siempre se podrá opinar de las experiencias de cada uno en las diferentes tiendas, talleres, etc..., pero con respeto. Estos problemas habrá que solucionarlos con la propia tienda, taller, etc..., y solo en caso de que la estafa quede demostrada judicialmente se podría llegar a permitir este tipo de temas.
10.- Para evitar discusiones, no se permitirán mensajes de religión y/o política, a no ser que guarde una estrecha relación con el autocaravanismo.
Normativa para Firmas y Avatares
1.- Las firmas podrán tener un máximo de 250 caracteres y podrán contener caritas "smiles"
2.- Las firmas no podrán contener imágenes externas a acpasion.com, para insertar una imagen personalizada como firma la deberemos subir directamente desde nuestro ordenador al foro, sin utilizar páginas de almacenaje de imágenes o utilizando enlaces directos a imágenes de otros lugares.
3.- Las firmas podrán contener un máximo de una imagen y estará limitada a un tamaño máximo de 450px (ancho) por 100px (alto) y con un peso máximo 120KB.
4.- Las imágenes para los Avatares deberán tener un tamaño máximo de 110px (ancho) por 110px (alto) y con un peso máximo 50KB.
5.- Está permitido incluir en las firmas, enlaces hacia blogs y paginas personales, pero queda prohibido incluir enlaces a webs y foros de esta misma índole. La publicidad de cualquier producto o negocio tanto propio como ajeno esta totalmente prohibida.
6.- No está permitido utilizar un logotipo o marca comercial como avatar o imagen de perfil.
7.- Cualquier avatar o firma que sea ofensivo/a o insultante hacia AC Pasión o para cualquiera de sus miembros, colaboradores o administradores será retirado/a inmediatamente.
8.- AC Pasión se reserva el derecho de solicitar la modificación, o modificar el avatar o firma de un usuario cuando éste no se ciña a las normas aquí establecidas.
Sobre baneos e infracciones
A partir de hoy día 24/07/08, los baneos o infracciones no serán obligatoriamente avisados con anterioridad por mensaje privado o email, a fin de evitar interpretaciones de tipo “me estáis amenazando, etc...”.
Si el administrador o un moderador ven un post ilegal lo borrará e, inmediatamente después, procederá al baneo del usuario que escribió dicho mensaje.
Si un usuario baneado hace uso del foro a través de otro usuario el mismo será expulsado del foro.
Ponemos un email a disposición de los usuarios baneados que deseen conocer la razón por la cual han sido baneados y, dependiendo de esta y los argumentos que se expongan, se procederá o no al levantamiento de dicho baneo.
El usuario puede solicitar la baja como usuario del foro en cualquier momento remitiendo un email a la dirección: bajas@acpasion.com, si bien el usuario debe conocer que el hecho de tramitación y solicitud de baja como usuario no implica retroactividad y no podrá exigir el borrado de mensajes y/o opiniones vertidas por el mismo en el foro ya que las mismas se mantendrán en el no pudiendo exigir su eliminación con acuerdo a las normas ya establecidas en este foro. Ya que son considerados mensajes y/u opiniones en un medio público y gratuito es decir, una aportación pública, en este caso a un colectivo y en un marco de colaboración, aportando información y detalles. La eliminación de los mismos privaría a todo el colectivo del acceso a esa información.
EL DESCONOCIMIENTO DE LAS NORMAS POR PARTE DE LOS USUARIOS NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO Y MUCHO MENOS LES DA DERECHO A QUE EL ADMINISTRADOR O LOS MODERADORES TENGAN QUE JUSTIFICAR SUS ACTOS EN CUMPLIMIENTO DE DICHAS NORMAS.
Buenas a todos!
Hemos comprado una ac y tenemos intenciones de pagar la OTA anual de residentes(sale mucho más barata que pagar poco a poco, y se queda la ac bastante céntrica), pero ebtre los requisitos a cumplir pone "deberá pertenecer a la clase "turismo" según la clasificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica"
Alguien sabe si somos "turismo"?
Un saludo y gracias!!
Buenas a todos!
Hemos comprado una ac y tenemos intenciones de pagar la OTA anual de residentes(sale mucho más barata que pagar poco a poco, y se queda la ac bastante céntrica), pero ebtre los requisitos a cumplir pone "deberá pertenecer a la clase "turismo" según la clasificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica"
Alguien sabe si somos "turismo"?
Un saludo y gracias!!
Segun la legislacion actual si lo es siempre y cuando este clasificada como 3248 ó 3200
pagas impuesto de matriculacion como un turismo
es un vehiculo clase m1 o sea destinado al transporte de personas hasta un maximo de 9 incluido el conductor y hasta 3500kg de MMA,
si esta clasificada como 3148 seria un vehiculo mixto y no podrias.
Cuantas cosas hay que leer por Dios
una AC es un vehiculo especial y aunque sea la la categoria M nada tiene que ver con un turismo,NO se parece en nada,solo si lleva 4 ruedas en total.
Epigrafe 5.1 dicho por el maestro Arsenio
Por ^^ autocaravana^^ se entenderá todo VEHICULO ESPECIAL de categoria M fabricado de modo que incluya una zona habitable con el equipo minimo siguiente.
Mesas,sillas XXXXXXX
Evidentemente no se parece en nada a un turismo, pero lo que quiero saber es que si a efectos legales se considera turismo, por que lo demás, que se considera? Vehículo comercial tampoco es...
Un saludo y gracias a los dos por responder!
Evidentemente no se parece en nada a un turismo, pero lo que quiero saber es que si a efectos legales se considera turismo, por que lo demás, que se considera? Vehículo comercial tampoco es...
Un saludo y gracias a los dos por responder!
A efectos legales es un turismo clase M1
tampoco se `parece en nada mi TT 4x4 a un smart, pero los dos son turismos
en cuanto a que es un vehiculo especial hoy en dia y a efectos de legalidad en España no lo es
es un vehiculo construido con proposito especial que es muy diferente
Evidentemente no se parece en nada a un turismo, pero lo que quiero saber es que si a efectos legales se considera turismo, por que lo demás, que se considera? Vehículo comercial tampoco es...
Un saludo y gracias a los dos por responder!
Hola no se si conoces las famosas INSTRUCCIONES 08/V-74 que muchos las llevan encima y creen en ellas ,otros solo cojen lo que les conviene y otros se las pasan por el ........
Imprimetelas y lee
En CONCEPTO
Se trata de un vehiculo de la categoria M perpo su carroceria no está incluida en los tipos previstos para los turismos sino en los denominados ^^ VEHICULOS ESPECIALES ^^
Si quieres leer mas
COMUNICAT INFORMATIU 3/e 1 COMUNICAT INFORMATIU 3/2008 Relatiu a la normativa d ... - [ Traducir esta página ]
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Buenas a todos!
Hemos comprado una ac y tenemos intenciones de pagar la OTA anual de residentes(sale mucho más barata que pagar poco a poco, y se queda la ac bastante céntrica), pero ebtre los requisitos a cumplir pone "deberá pertenecer a la clase "turismo" según la clasificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica"
Alguien sabe si somos "turismo"?
Un saludo y gracias!!
No es lo mismo la clasificación que nos atribuye industria, que la deciden darte los ayuntamientos. Mi autocaravana tiene una clasificación 3248 y es un vehiculo de clase M1, pero el impuesto de circulación que pago al ayuntamiento, es como camión (que es mucho mas barato que por un turismo).
Desconozco como clasifica el ayuntamiento de Bilbao a las autocaravanas, cada población es diferente. En según que ciudades pagan el impuesto de circulación como un turismo. Si ese es tu caso, lo lógico es que la clasificación para la OTA de residentes sea la misma que para el impuesto de circulación.
Saludos,
"Ni la contradicción es indicio de falsedad, ni la falta de contradicción es indicio de verdad".
Jajajaj, no hombre ni pego a nadie ni me dejo pegar, de eso se trata de discutir
lo que pasa es que jamas te veo poner en el foro leyes, solo pegas articulos, me han dicho, he leido, una amigo mio que es no se que, etc
y te recuerdo que España es un Estado de Derecho y como tal se rige por LEYES
no por opiniones ni interpretaciones ni tan siquiera instrucciones por muy famosas que sean
por cierto lcaro que las medidas no son como las de un utilitario, tampoco las de una limusina algunas mas largas que mi AC y sin embargo tambien son un turismo,
A ver si algun dia pones una ley cuando afirmes, y no articulos de prensa o de internet
porque en un recurso o juicio no valen esos articulos, son las leyes lo que valen como es normal y logico.
Jajajaj, no hombre ni pego a nadie ni me dejo pegar, de eso se trata de discutir
lo que pasa es que jamas te veo poner en el foro leyes, solo pegas articulos, me han dicho, he leido, una amigo mio que es no se que, etc
y te recuerdo que España es un Estado de Derecho y como tal se rige por LEYES
no por opiniones ni interpretaciones ni tan siquiera instrucciones por muy famosas que sean
por cierto lcaro que las medidas no son como las de un utilitario, tampoco las de una limusina algunas mas largas que mi AC y sin embargo tambien son un turismo,
A ver si algun dia pones una ley cuando afirmes, y no articulos de prensa o de internet
porque en un recurso o juicio no valen esos articulos, son las leyes lo que valen como es normal y logico.
Saludos
Si no me dirijo a tí como te lo tomas tan mal ,pero ya puestos de LEYES
Dime donde pone que puede una AC de 3.400 kg de tara como la tuya ir a 120 km X h
Lastima de tiempo que pierdo porque quiero ,con lo bien que se esta en la playa o en el Nortkapp
Una autocaravana **no** es un turismo. Tampoco es un vehículo especial.
Desde un punto de vista legal, según el anexo II del Reglamento General de Vehículos, turismos y autocaravanas comparten algunas características, pero las tres "clasificaciones" son diferentes:
Turismo: Automóvil destinado al transporte de personas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.
Autocaravana: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.
Vehículo especial: Vehículo, autopropulsado o remolcado, concebido y construido para realizar obras o servicios determinados y que, por sus características, está exceptuado de cumplir alguna de las condiciones técnicas exigidas en este Reglamento o sobrepasa permanentemente los límites establecidos en el mismo para masas o dimensiones, así como la maquinaria agrícola y sus remolques.
Las definiciones del anexo II del Reglamento General de Vehículos, son el resultado de la trnsposición de la Directiva 2001/116/CE, sustituida en este momento por la 2007/46/CE, que indica que la autocaravana es un vehículo de tipo "M", es decir, destinado al transporte de pasajeros, característica que comparte con los turismos, pero eso no quiere decier que legalmente un turismo y una autocaravana son el mismo vehículo a efectos legales.
Tampoco una autocaravana es un vehículo especial aunque se defina como un vehículo construido con propósito especial.
Buenas a todos!
Hemos comprado una ac y tenemos intenciones de pagar la OTA anual de residentes(sale mucho más barata que pagar poco a poco, y se queda la ac bastante céntrica), pero ebtre los requisitos a cumplir pone "deberá pertenecer a la clase "turismo" según la clasificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica"
Alguien sabe si somos "turismo"?
Un saludo y gracias!!
Son derivados de un turismo, acabamos de venir de pagar l
el rodaje y hemos pagado lo mismo que por el coche.
Una autocaravana **no** es un turismo. Tampoco es un vehículo especial.
Entonces a efectos legales que es lo que pregunta e compañero que es?
En cuanto a la velocidas es como un turismo
en cuanto a la ITV es como un turismo
en cuanto a la parada y estacionamiento es como un turismo
en cuanto a IMPUESTOS es como un turismo
porque si lo es nada para deberes no va a serlo para derechos, digo yo!!
Saludos
Editado por última vez por 4errantes; 27/07/2009, 14:10:17.
Desde un punto de vista legal, el concepto “vehículo especial” es diferente en el Reglamento General de Vehículos que en la Directiva 2007/46/CE.
La Directiva define a la autocaravana como:
Por «vehículo especial» se entenderá todo vehículo destinado a desempeñar una función que requiera disposiciones especiales de la carrocería o del equipo. Esta categoría incluirá los vehículos accesibles en silla de ruedas.
Por “autocaravana” se entenderá todo vehículo especial de categoría M…
Categoría “M”: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.
El concepto “vehículo especial” que cita el Anexo II del reglamento General de Vehículos tiene una definición completamente distinta a la de una autocaravana.
Espero que no os molestéis, pero no lo estáis liando un poco? Entiendo que lo que el compañero pregunta es mucho mas sencillo, su duda es si su autocaravana cumple la clasificación que le exige el ayuntamiento, y esta clasificación según su escrito, esta basada en la que tiene asignada el vehiculo al pagar el impuesto de circulación :
"deberá pertenecer a la clase "turismo" según la clasificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica"
"Ni la contradicción es indicio de falsedad, ni la falta de contradicción es indicio de verdad".
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