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Ver la versión completa : hay que recurrirlas...



jorge2203
05/11/2009, 00:58
¿a quien no le han asustado con denunciarle alguna vez?... pues que os denuncien y luego recurrir sin contemplaciones

En vista de la STSJ Andalucía, Sevilla (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª), de 15 julio 1999, RJCA 1999\3141, “Acampar”: implica ocupación y cierta permanencia continuada”. Dado que no queda demostrado el ánimo de permanencia continuada del denunciado en el paraje que se indica en la denuncia, puesto que parece que se trata de un área recreativa donde se produce de manera habitual el estacionamiento de vehículos, procede declarar el sobreseimiento del expediente sancionador.

josemanuelagra
05/11/2009, 10:31
Hablamos siempre de multas en torno a los 100/150 euros. Presentar Alegaciones y Recurso de Alzada es gratis, pues se hace ante la administración que nos denunció. Pero al Contencioso-Administrativo hay que acudir con abogado y a juicio: cuesta tiempo y dinero (bastante más que el importe de la sanción). Por eso la administración abusa de los ciudadanos, a sabiendas que no van a recurrir al contencioso, pues en éste se ganan una gran mayoría de reclamaciones.
Sin embargo, sería bueno que publicases la sentencia del T.S.J. de Andalucía, para acompañarla en nuestros recursos.

ale
05/11/2009, 16:56
¿cuanto cuesta recurrir al tribunal contencioso-administrativo una multa de esa cuantía?

anpuma-1
05/11/2009, 17:18
Es bueno saberlo, pero estoy tambien en acuerdo que en el contencioso es CARISIMO y se pierde mucho tiempo, quizas por ello la Administracion abusa.
Salu2

4errantes
05/11/2009, 17:23
¿cuanto cuesta recurrir al tribunal contencioso-administrativo una multa de esa cuantía?

Si no tienes un abogado que no te cobre porque sea familiar etc etc

unos 3.000€ con procurador etc


Saludos

Alpebret
05/11/2009, 17:38
Aparte que creo que es a partir de hoy hay que pagar primero unas tasas para recurrir,
no lo digo yo lo dijo la tele ayer por la noche. Lo han hecho porque algunos decidiremos pagarlas al 50% y chim pum, euritos a las arcas del estado.
Suerte

Arsenio
05/11/2009, 17:44
El procurador unos 40 euros y el otorgamiento de poder ante notario los 40.

Un recurso contencioso solo puede estar justificado desde el colectivo cuando se pretende crear jurisprudencia.

josemanuelagra
05/11/2009, 20:35
El juzgado no cobra por sus actos ni autos. Existen unas tasas por abogado y procurador, que son los gastos que tenemos que pagar. Solamente, en casos muy aislados, si perdemos la reclamación, y si el abogado contrario lo solicita, en la sentencia pueden cargarnos las costas de la administración.
El poder no es necesario hacerlo ante notario; se hace directamente en el Juzgado y gratis (hablo del poder que hacemos a favor de nuestro abogado, para que nos represente).
Yo he recurrido multas de tráfico, con mi abogado de siempre, y, alguna vez no me ha cobrado y, en alguna ocasión me cobró sobre 400 euros. Hay unas minutas de honorarios de abogados establecidas oficialmente, pero que no obligan a los profesionales a cobrarlas.
En cuanto a la referencia de Arsenio, para conseguir jurisprudencia, es correcta, pero no hace falta ser un colectivo: Un simple ciudadano puede llegar con su reclamación al Supremo y gratis. Como quiera que, aunque será largo y laborioso, es un tema que puede llegar a interesarnos, voy abrir un hilo para explicarlo y que valdrá para que mucha gente pueda recurrir.