Tenemos derecho a estacionar en cualquier localidad

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nuevos mensajes
  • Peizoco
    Usuario
    • 8 jul, 2009
    • 35
    • Lugo

    Tenemos derecho a estacionar en cualquier localidad

    Hola a todos, antes de nada pedir disculpas si este mismo tema ha sido tratado con anterioridad en el foro. He buscado un buen rato y no he encontrado nada al respecto, lo que no quiere decir que no exista.

    Al grano, buceando por la red, y gracias a la excelente página http://www.enciclofurgo.com/enciclofurgo/, he encontrado la Instrucción de la DGT 08/V-74, que os adjunto.

    Os aconsejo que os la leáis entera, pero si os da pereza leed al menos el punto 3.1, no os llevará más de 2 minutos de reloj. En resumen, viene a decir que, independientemente de las ordenanzas municipales, las autocaravanas pueden [...] efectuar las maniobras de parada en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.

    Yo no soy abogado, pero entiendo que con esta instrucción en la mano podríamos requerir la presencia de la Guardia Civil ante cualquier multa y que levante atestado de la situación (el vehículo está correctamente estacionado, en un lugar permitido para ello, etc. etc.). Incluso creo que la posible reclamación ante el Ayuntamiento podría hacerse por la vía administrativa, adjuntando dicho atestado y una copia de la mencionada Instrucción.

    Espero que si alguno tiene conocimientos más profundos sobre el asunto me ilumine un poco y me diga si estoy en lo cierto, porque ya está bien que algunos Ayuntamientos nos traten como si fuéramos idiotas.

    Aunque me temo que, como siempre, podran sacarse de la manga cualquier artículo de una retorcida ley para que ante caso de multa no nos quede otro remedio que pagarla o recurrir a la Sala de lo Contencioso...

    En fin, vosotros diréis.

    Un saludo.
    Archivos Adjuntos
  • Damià i Carme
    Usuario
    • 3 sep, 2008
    • 14927
    • REUS (Tarragona)

    #2
    Compañero:

    la Instrucción de la DGT 08/V-74 es la "Biblia" de los autocaravanistas (la llevamos la mayoria en nuestras AC) aunque muchos ayuntamientos se la pasan por donde termina la espina dorsal por eso estamos continuamente reivindicando nuestros derechos.

    Veo por tu número de mensajes al foro que eres relativamente "nuevo" por eso te aconsejo que vayas buscando porqué sobre el tema que propones hay muchísima información, debates e hilos abiertos.

    Mira por ejemplo:



    La cantidad de hilos en los que se habla de la Insatrucción.
    Editado por última vez por Damià i Carme; 28/01/2010, 14:37:59.
    Saludos cordiales

    Carme i Damià

    sigpic



    Comentario

    • GUILLEM PEREZ

      #3
      Gracias

      yo no lo tenia.Ahora si muchaaaaaas gracias

      Comentario

      • ruma barbero
        Usuario
        • 21 ago, 2009
        • 641
        • Gijón

        #4
        Querido Peizoco, como bien dice el compañero Damiá, la "instrucción" es la biblia del autocaravanista. Ella nos da la razón sobre todo en el artículo que mencionas. Yo la llevo copiada en mi "auto". No se si me servirá, pero en caso de que traten de denunciarme, por lo menos se la leeré al municipal de turno.
        Salud para tod@s.
        ¡ Bebe la vida con cuidadín !

        Comentario

        • Manuel V
          Usuario
          • 24 sep, 2005
          • 5835
          • OVIEDO

          #5
          Me temo que los polis no son muy creyentes (lo digo por lo de la biblia), aparte de que la famosa instrucción ya tiene dos años.

          Comentario

          • Arsenio

            #6
            Un derecho no existe si no se puede ejercer.

            Para exigir un derecho primero debemos asegurarnos de que ese derecho es real de acuerdo con las leyes.

            Y en segundo lugar, si es real debemos disponder de los medios para hacerlo efectivo.

            La Instrucción no nos otorga ningún derecho, los derechos los otorgan las leyes y la Instrucción no es más que la interpretación de varias leyes que hace el Organismo Competente en el ámbito de las leyes de tráfico.

            En otros ámbitos legales como los que regulan la acampada las leyes de tráfico no son competencia y, por lo tanto, la DGT no puede pronunciarse en ese ámbito.

            De acuerdo con las leyes de tráfico los ayuntamientos no pueden prohibir estacionar autocaravanas. Sin embargo lo hacen.

            En estos caso la Instrucción no sirve de nada si no la maneja el organismo que debe hacer cumplir las leyes o se inhibe.

            Es como si un policía de tráfico no denuncia a un automovilista que va a 150 km/h por una autopista, está prohibido, pero no han actuado.

            El ayuntamiento de Mont-Ras ha aprobado unas OM presuntamente ilegales y ha infringido (presuntamente) la normativa de tráfico.

            En este momento podemos actuar por medio de la ley, después solo nos quedará, si queremos evitarlos las marchas reivindicativas.

            Actuemos ahora si queremos que las leyes de tráfico reflejadas en la Instrucción sean eficaces y no se queden en papel mojado donde tienen competencia, actuemos y denunciemos al ayuntamiento de Mont-Ras ante la DGT y obliguémosle a actuar.

            Acciones y actos reivindicativos relacionados con el Autocaravanismo

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            • tudeladn
              Usuario
              • 13 oct, 2009
              • 693
              • A caballo entre Tudela y Cascante

              #7
              Imprimire la instrucción y la llevare en la autocaravana.

              Comentario

              • eus
                Usuario
                • 21 feb, 2008
                • 1508
                • Binéfar (Huesca)

                #8
                "la Biblia"

                Yo llevo varias copias y subrayadas con rotulador. Además llevo unos carteles en los que pone: Estoy aparcado, no acampado.
                Te recomiendo que veas el video de Paco Costas que anda por Youtube.
                Un saludo hermano de rezos.
                http://bricoseus.spaces.live.com/

                Comentario

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