sobre p.........aviso a navegantes

Colapsar
X
 
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes
  • safrusa
    Usuario
    • 30 nov, 2006
    • 66
    • MURCIA

    sobre p.........aviso a navegantes

    Adjunto un enlace que tiene un tema que a todos nos interesa, y que debemos empezar a ciudar







    saludos murcianos
  • 4errantes
    Usuario
    • 29 ene, 2008
    • 6848
    • lamia

    #2
    Originalmente publicado por safrusa
    Adjunto un enlace que tiene un tema que a todos nos interesa, y que debemos empezar a ciudar







    saludos murcianos
    No nos afecta la ley del transporte

    es solo para los vehiculos de carga o de pasajeros

    no para turismos ni autocaravanas

    Saludos

    Comentario

    • Manuel V
      Usuario
      • 24 sep, 2005
      • 5841
      • OVIEDO

      #3
      ¿Quien dijo que los autocaravanistas tenemos problemas?
      Por favor, este colectivo cumple totalmente con todas las legislaciones.
      Un saludo

      Comentario

      • Pandoratres
        Usuario
        • 1 ene, 2009
        • 67
        • Pontevedra

        #4
        Originalmente publicado por 4errantes
        No nos afecta la ley del transporte

        es solo para los vehiculos de carga o de pasajeros

        no para turismos ni autocaravanas

        Saludos
        No estaría tan seguro, a mi me multaron (Y multa bien gorda) por exceso de peso en un remolque tirado por un turismo, y aún alegando que era un particular y no un transportista me llegó la multa por hacienda a través de Transportes.
        Así que no hay que fiarse.

        Comentario

        • chesbm
          Usuario
          • 24 feb, 2010
          • 1364
          • morales del vino

          #5
          me lo podeis aclarar??

          Hola compañeros, soy novato en esto de las AC y en el reparto de cargas, asi que os pido ayuda para la comprensión del hilo:

          - en primer lugar por que no nos afecta?
          - en segundo lugar, según las tablas, a nosotros nos afectaría el de hasta 10 Tm, con lo cual comenzaría a ser falta leve con un 6 % mas del MMA, en mi caso para 3500 Kg el mínimo para que me multasen serían 3500 + (3500*0.06) = 3710 Kg. o eso es lo que yo entiendo.

          Alguien me lo puede aclarar??
          "El destino suele estar a la vuelta de la esquina. Pero lo que no hace es visitas a domicilio. Hay que ir a por él"
          sigpic
          http://de-roches.blogspot.com/

          Comentario

          • Alpebret
            Usuario
            • 21 nov, 2006
            • 36808
            • PEÑISCOLA (Castellon)

            #6
            Multa

            Originalmente publicado por Pandoratres
            No estaría tan seguro, a mi me multaron (Y multa bien gorda) por exceso de peso en un remolque tirado por un turismo, y aún alegando que era un particular y no un transportista me llegó la multa por hacienda a través de Transportes.
            Así que no hay que fiarse.
            Lo que no está claro es que ese baremo de sanciones se aplique a los vehiculos particulares ,es para mercancias v,por eso es Fomento el que hace la sancion a los camiones de carga.
            El ministerio del Interior a traves de la DGT sanciona a todos a todos los que se exceden de su ficha de inspeccion pero por otro tema ,que es seguridad vial y peso que se ejerce sobre el asfalto,tanto un eje como todo el conjunto.
            Suerte

            Comentario

            • Alpebret
              Usuario
              • 21 nov, 2006
              • 36808
              • PEÑISCOLA (Castellon)

              #7
              Exceso de peso

              Originalmente publicado por chesbm
              Hola compañeros, soy novato en esto de las AC y en el reparto de cargas, asi que os pido ayuda para la comprensión del hilo:

              - en primer lugar por que no nos afecta?
              - en segundo lugar, según las tablas, a nosotros nos afectaría el de hasta 10 Tm, con lo cual comenzaría a ser falta leve con un 6 % mas del MMA, en mi caso para 3500 Kg el mínimo para que me multasen serían 3500 + (3500*0.06) = 3710 Kg. o eso es lo que yo entiendo.

              Alguien me lo puede aclarar??
              NO te afecta esa lista para nada es mercancia general y es fomento o transportes el que vigila los pesos para que no haya competencia desleal y no cumplir con la LOTT ley de ordenacion del transporte.
              Segundo tema , a tí te puede parar la DGT y te sancionara del exceso de peso que el crea conveniente ,no existe un baremo de sanciones para turismos.
              El guardia te sanciona y luego recurre y los de las oficinas igual estiman que no es sancionable.
              Pero no le tengas miedo que de trabajo ya tienen si quieren velarpor nuestra seguridad.
              Suerte
              Editado por última vez por Alpebret; 04/07/2010, 09:49:04.

              Comentario

              • 4errantes
                Usuario
                • 29 ene, 2008
                • 6848
                • lamia

                #8
                Originalmente publicado por Pandoratres
                No estaría tan seguro, a mi me multaron (Y multa bien gorda) por exceso de peso en un remolque tirado por un turismo, y aún alegando que era un particular y no un transportista me llegó la multa por hacienda a través de Transportes.
                Así que no hay que fiarse.
                Porque un remolque, el que tu llevabas era de carga, ademas quiza el remolque tenia un peso maximo y quiza te lo pasaste

                de todas formas todos los remolques excepto las caravanas son de carga y en esos no te debes pasar ni un kilo

                el baremo es para el transporte de mercancias o personas (autobuses)

                Saludos

                Comentario

                • 4errantes
                  Usuario
                  • 29 ene, 2008
                  • 6848
                  • lamia

                  #9
                  Originalmente publicado por chesbm
                  Hola compañeros, soy novato en esto de las AC y en el reparto de cargas, asi que os pido ayuda para la comprensión del hilo:

                  - en primer lugar por que no nos afecta?
                  - en segundo lugar, según las tablas, a nosotros nos afectaría el de hasta 10 Tm, con lo cual comenzaría a ser falta leve con un 6 % mas del MMA, en mi caso para 3500 Kg el mínimo para que me multasen serían 3500 + (3500*0.06) = 3710 Kg. o eso es lo que yo entiendo.

                  Alguien me lo puede aclarar??
                  lee la ley de transporte y veras porque no nso afecta

                  de todas formas te pego el primer articulo


                  1. Se regirán por lo dispuesto en esta Ley:
                  • 1.º Los transportes de viajeros y mercancías, teniendo en consideración de tales aquellos realizados en vehículos automóviles que circulen sin camino de rodadura fijo, y sin medios fijos de captación de energía, por toda clase de vías terrestres urbanas o interurbanas, de carácter público, y asimismo, de carácter privado, cuando el transporte que en los mismos se realice sea público.
                  como veras si es un transporte propio y perosnal no afecta

                  por eso para los recursos hay que leerse bien las leyes

                  Saludos

                  Comentario

                  • chesbm
                    Usuario
                    • 24 feb, 2010
                    • 1364
                    • morales del vino

                    #10
                    ok comprendido

                    es una suerte tener compañeros que nos asesoren tan bien a los novatos.
                    gracias
                    "El destino suele estar a la vuelta de la esquina. Pero lo que no hace es visitas a domicilio. Hay que ir a por él"
                    sigpic
                    http://de-roches.blogspot.com/

                    Comentario

                    Trabajando...