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Ver la versión completa : Amenaza en Palma de Mallorca



winters
19/08/2010, 21:11
Hola compañeros,

Hace ya dos años y medio (desde que la tengo) que aparco mi AC delante de mi casa, cuando no la uso entre semana), es una calle tranquila de un solo sentido y en el cual esta permitido aparcar tanto a la derecha como a la izquierda. La calle NO es de paso, solo la usamos los pocos que vivimos en las plantas bajas de dicha calle, con lo cual no hay muchos coches aparcados ni se entorpece el paso ya que es una calle relativamente ancha.
Pues bien, hoy al medio día, al llegar a casa he encontrado un papelito verde de la polícia municipal en el parabrisas que pone:

En pre-impreso:

"Ajuntament de Palma y tal y tal... (y los datos de mi vehículo a boli)
Este vehículo está infringiendo la normativa de tráfico y Seguridad vial, motivo por el cual podría ser sancionado.
El respeto a las normas de tráfico facilita la convivencia y aumenta la seguridad del tráfico.
ayúdenos a crear una ciudad mejor."

y continúa a boli:
"La ordenanza municipal de circulación prohibe el estacionamiento de autocaravanas, excepto como medio de transporte en uso. Por favor retire el vehiculo" (y una firma)

:icon_shock:


¿excepto como medio de transporte en uso?


:icon_shock:


¿y eso que coj... significa????????

Por que yo, usarla, la uso... como se usa cualquiera de los coches aparcados de la calle!!! :icon_evil:

Me voy a a ver las paginas de mi excelentiiiisimo ayuntamiento y encuentro un pdf con la normativa de trafico y segurida en donde leo:

Article 40.

Queda prohibit l’estacionament, total o parcial, en les següents circumstàncies:
.
.
.
33. De remolcs sense vehicle portador, autocaravanes quan manifestament se’n faci un ús que
excedeixi de la mera funció de transport, carros, carretons i elements similars de transport.


os traduzco:
Articulo 40.

Queda prohibido estacionar, total o parcialmente, en las siguientes circunstancias:
.
.
.
33. De remolques sin vehículo portador, autocaravanas cuando manifiestamente se haga un uso que exceda la mera función de transporte, carros, carretillas y elementos similares de transporte.



¿alguien me lo puede explicar??????????


puedo tener mi coche fuera y no puedo tener mi AC???? :icon_evil:


¿y que pasa con el camión frigorífico de 3,5tm que hay aparcado en una calle adjacente desde hace también años y no le han puesto la tarjetita de visita?????

según leo en:
http://www.viajarenautocaravana.com/legislacion_detall.php?idg=22849&viajar_en_autocaravana=deef4440c78f856d6741c5687cc 7ae7a

Las competencias municipales en materia de ordenación del tráfico en las vías públicas urbanas, están recogidas en el artículo 93.1 del Reglamento General de Tráfico, al amparo de los artículos 7.b "Competencias de los Municipios" y 38.4 "Normas Generales de Paradas y Estacionamientos" de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que dice:

"El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas limitaciones horarias de duración del estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del vehículo o su inmovilización cuando no se halle provisto de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación del conductor (artículo 38.4 del texto articulado)."

Sin embargo los mismos textos legales establecen que los fines de estas competencias son el reparto equitativo de las plazas de estacionamiento y evitar el entorpecimiento de tráfico. Además, los límites legales se recogen en el artículo 93.2 que dice:

"En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este Reglamento."

Recientemente ante las dudas de interpretación legal de los textos, y tras una insistente demanda de algunas Asociaciones, con motivo de la Mesa GT53 de autocaravanas, la Dirección General de Tráfico ha emitido el pasado 28 de enero de 2008, la Instrucción 08/V-74 en la que, desde su posición como Organismo encargado de velar por el cumplimiento de las leyes de tráfico, interpreta:

"Por ello, a juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la exclusión de determinados usuarios debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehículos o su masa máxima autorizada, pero no por su criterio de construcción o utilización ni por razones subjetivas como pueden ser los posibles comportamientos incívicos de algunos usuarios tales como ruidos nocturnos, vertido de basura o de aguas usadas a la vía pública, monopolización del espacio público mediante la colocación de estructuras y enseres u otras situaciones de abuso contra las cuales las autoridades locales disponen de herramientas legales eficaces que deben ser utilizadas de forma no discriminatoria contra todos los infractores, ya sean usuarios de autocaravanas o de cualquier otro tipo de vehículo.

Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo."


Vuestra opinión, please. ¿que haríais? ¿ir al ayuntamiento a montar el pollo? ¿esperar a que mañana el poli de turno me meta una multa y tener que empezar un cachondeo de reclamaciones? ¿tengo que tener miedo o la ley me ampara?


Me han amargado la tarde.

Malvide
20/08/2010, 02:41
Según el articulo 33 y si no la usas mas que para desplazamientos, no incumple con la ordenanza, otra cosa es que se use como vivienda o entorpezca la visibilidad a algún vecino, yo contestaría con el aviso diciendo que es vehículo habitual para tu desplazamiento y que solo lo usas como vivienda cuando viajas fuera de tu domicilio.



Saludos desde este rincón gallego.

Fernandorojiblanco
20/08/2010, 08:06
Os-tias, es que ésto ya es de cachondeo.............¿Estos son los políticos a los que les pagamos el pedazo de sueldo que tienen?????? Yo me iba al alcalde y lo ponía a caldo.......

winters
20/08/2010, 17:33
Hola compañeros,

pues bien, hoy han pasado y me han puesto una multa de 90€ por incumplir el art.40.33.02 por ESTACIONAR AUTOCARAVANAS EXCEDIENDO EL USO MERAMENTE DE TRANSPORTE

ademas, me ha colocado una pegatina amarilla en el cristal que reza:

ATENCIÓN
ESTE VEHÍCULO HA SIDO DENUNCIADO POR
ABANDONO AL INCUMPLIR LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE.
ROGAMOS AL PROPIETARIO SU RETIRADA INMEDIATA, EN CASO CONTRARIO, DE ACUERDO CON LA NORMATIVA VIGENTE, ESTE AYUNTAMIENTO PROCEDERÁ A SU RECOGIDA Y POSTERIOR SUBASTA COMO RESIDUO SÓLIDO.
20-08-10


:icon_shock:

AUREANA
23/08/2010, 11:19
Vamos a ver. Segun tengo entendido vives alli mismo con lo cual pagaras tu impuesto de circulacion alli tambien. Si es asi, si yo fueras tu montaba un pollo!!!
Algun dia esto explotara y espero verlo.
Yo de momento no me paso nada de esto pero leer estas cosas me pongo de mala leche. Desde luego estos alcaldes se creen que somos ****** o retrasados. Si yo fuese abogado mas de uno se acordaria de mi porque iba a ir detras de el a pillarle por todos los lados que es lo que mas les duele. Me ca....wepfowpiefowowhowh:icon_evil::icon_evil::ico n_evil:
Ya nos contaras tu aventura y animo

guillermeitor27
23/08/2010, 12:08
Sinceramente, no montes ningún pollo, no funciona, vete a algún abogado o a alguna asociación de consumidores y con las leyes en la mano montales un recurso de los buenos y de momento saca esa autocaravana de ahí que te van a fastidiar más aún.
Las normativas de aparcamiento en los municipios son tema de los ayuntamientos así que tienen el poder, pero lo mejor es orientarse con un profesional y actuar con tranquilidad aunque cuesta, porque imagino que estarás de una mala ostia...
Suerte kompañero.

winters
23/08/2010, 13:12
Bueno, el tema por parte de la policia parece que se ha 'resuelto', parece que han entendido que exceder manifiestamente el uso de transporte, no es estar aparcado delante de tu casa. Al final buena voluntad por su parte y se agradece.
Pero la norma sigue ahí, para que cada agente la interprete segun le vaya al pelo, porque lo de 'manifiestamente' tiene tela... :icon_mad:
Al parecer hay algun vecino descontento con mi AC (que no molesta a nadie, ni entorpece el tráfico) y por eso se quejaron a la Policia de Barrio.
Ayer noche fuí a moverla (como me recomendó el policia) para que esté una semanita en la calle de allado y así que no pueda decir que está abandonada y mi sorpresa fué encontrar una rueda pinchada. que casualidad!

que he hecho yo para merecerme esto... :icon_evil:

AUREANA
23/08/2010, 13:18
Las normativas de aparcamiento en los municipios son tema de los ayuntamientos así que tienen el poder :icon_question:
Estas dando a entender que cualquier ayuntamiento que saque una ordenanza en contra es legal y yo no lo veo asi.
De todas manera si uno paga el impuesto de circulacion en una ciudad o pueblo no creo que te obliguen a quitar la autocaravana. A mi no me entra en la cabeza que estes pagando un derecho a un ayuntamiento y luego te diga que no puedes ejercerlo. Yo desde luego iria a pedir explicaciones y por supuesto denunciarlo.

AUREANA
23/08/2010, 13:22
Pues ahora si que tienes un problema y gordo. Sencillamente tienes a un vecino envidioso. Lo malo que sera un cobarde que te hara la vida imposible porque me temo que esta gentuza no paran hasta que los cojan.

esscapar
23/08/2010, 13:37
Pues ahora si que tienes un problema y gordo. Sencillamente tienes a un vecino envidioso. Lo malo que sera un cobarde que te hara la vida imposible porque me temo que esta gentuza no paran hasta que los cojan.

Yo pienso lo mismo, ¡¡ ahora si tienes un problema!!. Ya lo siento:icon_mad:

Bueno como supongo que estarás a punto de hacer alguna barbaridad:icon_wink:, intenta calmarte y pensar como resolver esto de la mejor manera posible "con los vecinos".
Mira de hablar con ellos "de forma amigable" y ver cual es su disgusto, ofreciendote para lo que ellos crean mejor.
Ya se que es facil decirlo, pero no entres en guerra..........debe ser un suplicio sin fin.
Solo intento ponerme en tu lugar y pienso que por las "buenas" (aunque sea de mentirijilla), puedes llegar a un entendimiento que te beneficie.

Un saludo

puntodemira
23/08/2010, 13:46
Bueno, el tema por parte de la policia parece que se ha 'resuelto', parece que han entendido que exceder manifiestamente el uso de transporte, no es estar aparcado delante de tu casa. Al final buena voluntad por su parte y se agradece.
Pero la norma sigue ahí, para que cada agente la interprete segun le vaya al pelo, porque lo de 'manifiestamente' tiene tela... :icon_mad:
Al parecer hay algun vecino descontento con mi AC (que no molesta a nadie, ni entorpece el tráfico) y por eso se quejaron a la Policia de Barrio.
Ayer noche fuí a moverla (como me recomendó el policia) para que esté una semanita en la calle de allado y así que no pueda decir que está abandonada y mi sorpresa fué encontrar una rueda pinchada. que casualidad!

que he hecho yo para merecerme esto... :icon_evil:
Tu vivienda tiene algún balcón frente a la AC mas o menos directo? alguna camarita web pequeñita por ahí colgada? :icon_rolleyes:

A mi me paso algo muy parecido, vinieron los polis y me dijeron que la moviera porque se quejó algún vecino, la moví y el inútil (porque otras palabras no me dejan) me puso una fotocopia de un modelo de la policía diciéndome que a la próxima me iban a denunciar. Me presenté con el Jefe de la P. Local con dicho papelito y me dijo que olvidara el tema. Hubo temporadas que si que la tenía bastante tiempo aparcada en la puerta de casa (varias semanas) pero otras estaba en un parking de AC. La vendí y con la nueva la estoy dejando poco tiempo aparcada, pero ya la he tenido una semana entera frente a casa y de momento no hay novedades. Lo cachondo es que en la misma calle tengo una AC "fija" casi todo el año por no decir todo entero y le pregunto al dueño y me dice que ni los locales ni ningún vecino se le ha quejado, échale bemoles al asunto, y encima está a 100 metros de la mía :icon_exclaim:

Un saludo y suerte con la vecindad :icon_fight:

bebelo
23/08/2010, 14:08
Bueno, el tema por parte de la policia parece que se ha 'resuelto', parece que han entendido que exceder manifiestamente el uso de transporte, no es estar aparcado delante de tu casa. Al final buena voluntad por su parte y se agradece.
Pero la norma sigue ahí, para que cada agente la interprete segun le vaya al pelo, porque lo de 'manifiestamente' tiene tela... :icon_mad:
Al parecer hay algun vecino descontento con mi AC (que no molesta a nadie, ni entorpece el tráfico) y por eso se quejaron a la Policia de Barrio.
Ayer noche fuí a moverla (como me recomendó el policia) para que esté una semanita en la calle de allado y así que no pueda decir que está abandonada y mi sorpresa fué encontrar una rueda pinchada. que casualidad!

que he hecho yo para merecerme esto... :icon_evil:

Esa es la cuestión amigo mio, algún vecino os tiene envidia y cada vez que ve la AC aparcada en tu puerta, le da una ataque, como ha visto que no ha podido ser con la Policia, te la ha pinchado, menudo h.jo de p.ta.:icon_evil:

A mi tambien me ha ocurrido algo parecido, anda que si lo cojo, arañandola, que a gusto hubiese pagado la multa o carcel por las lesiones:icon_rolleyes:

Saludos y para el vecino cab.ron, sadkljhaSLKJHasdlkjHASDKLJHSA:icon_evil: