Ordenanza municipal de El Robledo (Ciudad Real)

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  • HERMON
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    • 5 nov, 2007
    • 482
    • Albacete

    Ordenanza municipal de El Robledo (Ciudad Real)

    Algunos ayuntamiento si que tienen claro la diferencia entre aparcar y acampar este es el caso del Ayuntamiento de El Robledo en Ciudad Real. Os dejo la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE CAMPAMENTOS, ACAMPADAS, OCIO Y RECREO
    EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE EL ROBLEDO ( CIUDAD REAL)
    Archivos Adjuntos
    sigpicHay que unirse, no para estar juntos, sino para hacer algo juntos.

    http://www.acama.es
  • unzujony
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    • 18 may, 2007
    • 2211
    • VITORIA-GASTEIZ (Alava)

    #2
    Pues sí, hace una diferenciación entre ac acampada y aparcada, pero según entiendo prohibe el estacionamiento. O no lo pillo, o está mal redactado o nos han prohibido estacionar.
    Pasaros por aquí y aportar algo "leñe". http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?t=43990

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    • unzujony
      Usuario
      • 18 may, 2007
      • 2211
      • VITORIA-GASTEIZ (Alava)

      #3
      Artículo 1.
      No podrán situarse campamentos o acampadas libres ni podrán llevarse a cabo actividades asimi -
      lables a las mismas en el término municipal de El Robledo, en particular, en parques, zonas verdes y
      las riberas de los ríos.
      Artículo 2.
      Se entiende por acampada libre la instalación o estacionamiento de uno o más albergues móvi -
      les, autocaravanas, caravanas, camper, turismos, tiendas de campaña u otros elementos análogos fácil -

      mente transportables o desmontables fuera de los lugares regulados.
      Editado por última vez por unzujony; 22/09/2010, 18:26:27.
      Pasaros por aquí y aportar algo "leñe". http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?t=43990

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      • unzujony
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        • 18 may, 2007
        • 2211
        • VITORIA-GASTEIZ (Alava)

        #4
        Artículo 5.
        Queda prohibido en las vías públicas el estacionamiento de: Caravanas, rulottes, autocaravanas,
        vehículos especiales, tractocarros, maquinaria de obras o servicios, remolques y semirremolques, sepa -
        rados del vehículos tractor, vehículos de similares características y vehículos turismos -que sean sus -
        ceptibles de uso como vivienda, conforme a lo establecido en el anexo II del Real Decreto 2822/1998,
        por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos-, en todo el término municipal, cuando de
        los mismos se haga un uso distinto del simple desplazamiento y transporte de personas, mercancías o
        cosas.
        A estos efectos, se establece la distinción entre autocaravana aparcada y acampada, estando la
        Pasaros por aquí y aportar algo "leñe". http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?t=43990

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        • unzujony
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          • 18 may, 2007
          • 2211
          • VITORIA-GASTEIZ (Alava)

          #5
          ¿De qué vale esto si ya nos prohiben el estacionamiento?

          Con carácter indiciario, se considerará que una autocaravana está aparcada y no acampada cuando:
          1. Sólo está en contacto con el suelo a través de las ruedas (no están bajadas las patas estabili -
          zadoras ni cualquier otro artilugio).
          En determinados casos, cuando el aparcamiento está situado en pendiente o con una inclinación
          lateral pronunciada, los calzos en las ruedas pueden estar justificados para mejorar la seguridad del
          vehículo.
          2. No ocupa más espacio que el de la autocaravana cerrada, es decir, no hay ventanas abiertas
          (ventanas batientes o proyectables, que pueden invadir un espacio mayor que el perímetro del vehícu -
          lo), sillas, mesas, toldos extendidos, etc.
          3. No se produce ninguna emisión de ningún tipo de fluido, contaminante o no, salvo las propias
          de la combustión del motor a través del tubo de escape, o se lleven a cabo conductas incívicas y/o in -
          salubres como el vaciado de aguas en la vía pública. No emite ruidos molestos, como, por ejemplo, la
          puesta en marcha de un generador de electricidad en horario propio de descanso o durante el día en
          períodos excesivamente largos.
          Pasaros por aquí y aportar algo "leñe". http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?t=43990

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          • HERMON
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            • 5 nov, 2007
            • 482
            • Albacete

            #6
            acampar o aparcar

            Pues yo lo veo bastante claro:
            A estos efectos, se establece la distinción entre autocaravana aparcada y acampada, estando la primera autorizada.
            Con carácter indiciario, se considerará que una autocaravana está aparcada y no acampada cuando:
            1. Sólo está en contacto con el suelo a través de las ruedas (no están bajadas las patas estabilizadoras ni cualquier otro artilugio). En determinados casos, cuando el aparcamiento está situado en pendiente o con una inclinación lateral pronunciada, los calzos en las ruedas pueden estar justificados para mejorar la seguridad del
            vehículo.
            2. No ocupa más espacio que el de la autocaravana cerrada, es decir, no hay ventanas abiertas (ventanas batientes o proyectables, que pueden invadir un espacio mayor que el perímetro del vehículo), sillas, mesas, toldos extendidos, etc.
            3. No se produce ninguna emisión de ningún tipo de fluido, contaminante o no, salvo las propias de la combustión del motor a través del tubo de escape, o se lleven a cabo conductas incívicas y/o insalubres como el vaciado de aguas en la vía pública. No emite ruidos molestos, como, por ejemplo, la puesta en marcha de un generador de electricidad en horario propio de descanso o durante el día en períodos excesivamente largos.
            sigpicHay que unirse, no para estar juntos, sino para hacer algo juntos.

            http://www.acama.es

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            • unzujony
              Usuario
              • 18 may, 2007
              • 2211
              • VITORIA-GASTEIZ (Alava)

              #7
              Originalmente publicado por HERMON
              Pues yo lo veo bastante claro:
              A estos efectos, se establece la distinción entre autocaravana aparcada y acampada, estando la primera autorizada.
              Con carácter indiciario, se considerará que una autocaravana está aparcada y no acampada cuando:
              1. Sólo está en contacto con el suelo a través de las ruedas (no están bajadas las patas estabilizadoras ni cualquier otro artilugio). En determinados casos, cuando el aparcamiento está situado en pendiente o con una inclinación lateral pronunciada, los calzos en las ruedas pueden estar justificados para mejorar la seguridad del
              vehículo.
              2. No ocupa más espacio que el de la autocaravana cerrada, es decir, no hay ventanas abiertas (ventanas batientes o proyectables, que pueden invadir un espacio mayor que el perímetro del vehículo), sillas, mesas, toldos extendidos, etc.
              3. No se produce ninguna emisión de ningún tipo de fluido, contaminante o no, salvo las propias de la combustión del motor a través del tubo de escape, o se lleven a cabo conductas incívicas y/o insalubres como el vaciado de aguas en la vía pública. No emite ruidos molestos, como, por ejemplo, la puesta en marcha de un generador de electricidad en horario propio de descanso o durante el día en períodos excesivamente largos.

              Está parte me la salté.

              Queda la cosa clara, aunque no entiendo porque en los puntos anteriores pone PROHIBIDO + ESTACIONAR + AUTOCARAVANA, para finalmente diferenciar APARCAR de ACAMPAR .

              En cualquier caso, es una buena noticia. Perdona mi confusión.
              Pasaros por aquí y aportar algo "leñe". http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?t=43990

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              • HERMON
                Usuario
                • 5 nov, 2007
                • 482
                • Albacete

                #8
                No hay de que.
                sigpicHay que unirse, no para estar juntos, sino para hacer algo juntos.

                http://www.acama.es

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                • 4errantes
                  Usuario
                  • 29 ene, 2008
                  • 6848
                  • lamia

                  #9
                  Es la misma que la de Santurtzi que tanto se critico aqui

                  prohibe la acampada en todos los terminos incluso habla de estacionamiento

                  pero señores, no le volvais a dar mas vueltas
                  todas las leyes tiene excepciones y en esta normativa se deja claro que

                  estacionar se permite

                  por mucho que diga anteriormente que estacionar Ac esta prohibido, eso es generico

                  es como una señal que primero es prohibido estacionar y despues puede llevar un anexo que diga, excepto vecinos por ejemplo

                  todo el que no sea vecion sera sancionado, el que lo sea no

                  pues aqui igual toda autocaravana que se instale o estaciones sera sancionada pero si una ac esta estacionada como marca la ley no lo sera

                  buene normativa y un bune instrumente al igual que en Santurtzi para poder ir contra los asentamientos disfrazados de legalidad

                  Saludo

                  Comentario

                  • valdepeñas
                    Usuario
                    • 26 nov, 2008
                    • 759
                    • VALDEPEÑAS

                    #10
                    Si es que esa poblacion viene en todas las guias VIP de turismo y seguramente tendran tal volumen de visitantes que tienen que regular.

                    Cuanta ****....ez tienen estos pogres

                    Comentario

                    • carmencita
                      Usuario
                      • 9 dic, 2009
                      • 56
                      • valladolid

                      #11
                      Si, pero el articulo 4, no deja de sorprenderme..pues s eincluyem los terrenos d epropiedad privada!! ¿ es que en una parcela privada no se puede? anda ya!!!

                      Comentario

                      • dina
                        Usuario
                        • 9 jul, 2007
                        • 5656
                        • En donde puedo

                        #12
                        Esperemos que los demás ayuntamientos aprendan pronto a diferenciar entre acampada y aparcamiento. Un saludo.

                        Comentario

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