legislacion en aparcamiento privado

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  • ixihome
    Usuario
    • 28 mar, 2011
    • 118
    • BURELA

    legislacion en aparcamiento privado

    Holaaa compañeros. Os planteo el siguiente caso que me ocurre: tengo un aparcamiento privado y cerrado a unos 50 metros de una playa. ¿Que ocurre si paso un fin de semana con mi ac en este aparcamiento? Entiendo que si no despliego nada estoy aparcando, pero si despliego por ejemplo el toldo ¿estoy acampando en mi parking?
    Espero respuestas, y gracias
  • Tifones

    #2
    te estas complicando

    Si estas en TU propiedad, es privativo hacer lo que quieras. dentro de lo legal.


    Si acampan no propietarios con tu permiso ya es una actividad supuestamente comercial pero aplicada a un uso publico y deberas recabar en tu ayuntamiento que licencia te pueden facilitar para una actividad como la descripta
    Teoricamente tendras que pedir una licencia ambiental y si te la otorgan, cumplir con las noramtivas para transformar tu propiedad en una Camping para autocaravanas.

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    • OskarAC
      Usuario
      • 28 ene, 2008
      • 657
      • valencia

      #3
      Estoy con Tifones

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      • rodriz
        Usuario
        • 7 mar, 2009
        • 1217
        • Cullera

        #4
        Este tema, ya se ha suscitado sobre lugares como Asturias.

        Lo más sencillo y práctico, es acercarse al ayuntamiento y manifestar tus intenciones.

        Te aconsejaría buscar en internet sobre esta cuestión, ya que hay en zonas que no dejan poner una caravana y en otras dejan poner una casa de madera o una prefabricada.

        Si fuera un parque natural, la cuestión se complica y la guardia civil tendría o podría decir algo.

        Informate en este foro, pero sobre todo en el ayuntamiento. Un saludo.

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        • ixihome
          Usuario
          • 28 mar, 2011
          • 118
          • BURELA

          #5
          Gracias por los consejos. En todo caso, lo estoy planteando para mi propia ac en un aparcamiento que tienen mis padres justo al lado de la playa, para pasar un fin de semana de vez en cuando.

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          • voltios
            Usuario
            • 9 sep, 2007
            • 3171
            • Valle del tietar.......... La Adrada

            #6
            pues si es tuyo y guardas las formas no te deberian decir nada,

            cochina envidia eso si.


            .
            http://www.acpasion.net/foro/showthr...=1#post1322009


            Núnca des explicaciones, tus amigos no las necesitan y tus enemigos no te creerán.

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            • seispelas
              Usuario
              • 25 jul, 2011
              • 532
              • Cangas de Morrazo

              #7
              hay ayuntamienos que te permiten aparcar en un tu terreno privado al lado de la playa, pero no te permiten pernoctar, si estan afectados por la ley de costas, aunque en galicia no suelen meterse. a menos que algun envidioso vecino, denuncie en el seprona. yo aparte del ayuntamiento, preguntaria a los gallos estos. en la explanada del muelle, portos de galicia te deja aparcar alli, pero si te quieren tocar las narices, estos gallos te levantan, un saludo y por los chulos que somos nosotros, ellos son unos envidiosos, algunos vecinos "quiero decir".
              ¡ Si la suerte te da la espalda ! "tocale el culo", ¿ nunca se sabe ?

              sigpic

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              • guiri
                Usuario
                • 3 ago, 2008
                • 979

                #8
                hasta donde mis conocimiento jurídicos llegan:

                LA LEY DE COSTAS NO ES APLICABLE EN NINGÚN CASO NI EXTREMO A UN TERRENO DE PROPIEDAD PRIVADA

                sólo afecta a terrenos públicos y a las fracciones de terrenos privados a los que se les aplica la servidumbre de paso (otra cosa es que adjudicación sea un poco subjetiva y legalmente poco definida, aunque esta situación se da en terrenos privados grandes)

                el hecho que de algunos ayuntamientos se apoyen en la ley de costas para prohibir actividades particulares en terrenos privados es absolutamente ilegal, sin ningún fundamento jurídico. Aunque todos sabemos que los alcades funcionan como ******** en sus localidades y se inventan incluso señales de tráfico (que no son de su competencia sino de la DGT)

                En resumen, mi opinión es que no tienes que tener ningún problema, si tienes la propiedad del terreno al día de papeles, pues el ayuntamiento no puede sancionarte por aplicación de la ley de costas, sólo el seprona, y estos no pueden sancionar una actividad privada en una propiedad privada

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                • ixihome
                  Usuario
                  • 28 mar, 2011
                  • 118
                  • BURELA

                  #9
                  Originalmente publicado por seispelas
                  hay ayuntamienos que te permiten aparcar en un tu terreno privado al lado de la playa, pero no te permiten pernoctar, si estan afectados por la ley de costas, aunque en galicia no suelen meterse. a menos que algun envidioso vecino, denuncie en el seprona. yo aparte del ayuntamiento, preguntaria a los gallos estos. en la explanada del muelle, portos de galicia te deja aparcar alli, pero si te quieren tocar las narices, estos gallos te levantan, un saludo y por los chulos que somos nosotros, ellos son unos envidiosos, algunos vecinos "quiero decir".
                  Y como son las normas en el de Cangas , que es en donde tengo el aparcamiento? Un saudo, vesinho

                  Comentario

                  • seispelas
                    Usuario
                    • 25 jul, 2011
                    • 532
                    • Cangas de Morrazo

                    #10
                    "si" pero "no"

                    Tu vas al ayuntamiento, hablas con el concejal de turno, que esta ahi por tus votos, le explicas el caso, te dira que "si" no hay problema, nada, nada, "si" es tuyo,no tienes problema, y "si" pasa algo vienes por aqui y lo arreglamos, seguro que esto le suena a mas de uno. Pillas la AC, aparcas en tu terreno, viene un vecino envidioso que pasaba por alli y llama ala policia local vienen y te piden que no pernoctes alli pero normalmente pasan de meterse en complicaciones, pero si llama al seprona y te denuncia, vienen quitan fotos, hacen un informe,abren un expediente te dan una copia, y medioambiente te crujira fijo.
                    La copia se la llevas al concejal, que tras unos improperios te dira que esto lo arreglo yo, pero me parece que "no", y vas a pagar. Por lo tanto pregunta antes y cuidado con los gallos del seprona estan al acecho, pues son G.C. como los de trafico.
                    ¡ Si la suerte te da la espalda ! "tocale el culo", ¿ nunca se sabe ?

                    sigpic

                    Comentario

                    • ixihome
                      Usuario
                      • 28 mar, 2011
                      • 118
                      • BURELA

                      #11
                      Holaaa. Tal vez sea un poco lelo, pero porque no puedo aparcar dia y noche en mi terreno? Yo me entiendo aparcado si no despliego el toldo, ni pongo calzos. Si tengo mesa y sillas, no son elementos de la autocaravana, sino de mi propiedad... Haber, yo lo veo asi, pero los senhores del seprona lo veran como quieran.

                      Comentario

                      • el pedrito
                        Usuario
                        • 26 feb, 2009
                        • 1382
                        • el alamo

                        #12
                        Buenos dias, yo tambien entiendo que si estoy en un terreno de mi propiedad, podre hacer lo que quiera, no veo por que no puedo aparcar o dormir dentro de mi ac y si quiero poner una mesa y unas sillas mientras que no me salga de mi terreno ¿cual es el problema?
                        Ademas, pienso que a no ser que este en un parque natural o algo asi ¿por que va a venir el seprona?
                        https://www.facebook.com/burubundishop?fref=ts

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                        • Tifones

                          #13
                          estoy sorprendido

                          Como nos vamos a poner de acuerdo en algo de las AC´s, con las definiciones que aqui se escriben.
                          Guiri es el que dio con lo cierto, al menos tiene idea clara de que es tener una PROPIEDAD PRIVADA.

                          Al menos quien pregunta no menciona que su propiedad esta en un parque nacional ni nada parecido, simplemente tiene una propidad privada y puede hacer lo que el codigo civil le habilita para ello. hacer cosas PRIVATIVAS no reñidas con la moral, etc etc

                          Me causa risa el relato de seispelas con lo del concejal de turno....................... no salimos mas del pozo.

                          Jamas he visto al Seprona hacer esto con dentro de una propiedad PRIVADA.

                          en Cangas y en todo el territorio Español el Codigo Civil es el mismo,

                          El dueño de una propiedad privada sin condicion especial de expropiacion por causa fundada en derecho podra hacer en el lo que establezcan las normas del ayuntamiento, le podran poner limites comerciales y determinar normas de edificacion que afecten a todos los vecinos pero prohibirle que vaya con una AC y duerma en SU PROPIEDAD NO!

                          Salvo que en el Ayuntamiento o en el Seprona trabajen algunos de los que contestaron este hilo..............

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                          • rodriz
                            Usuario
                            • 7 mar, 2009
                            • 1217
                            • Cullera

                            #14
                            Preguntas:

                            El terreno es edificable?

                            Conoces la legislación sobre la ley de costas?

                            Conoces sobre lo que es un bien mueble?

                            Si el terreno es edificable, al estar por encima de los 20m que requiere y colocas un bien mueble como tu autocaravana, no tendrás "ningún" problema.

                            Si es rústico, estás por debajo de los 100 m y colocas una caravana, autocaravana o "mobil home" tendrás problemas.

                            Yo no soy quien se va a arriesgar y sigo dando el mismo consejo que di en mi primera intervención. Dirígete a las autoridades competentes.

                            Un saludo.,

                            Comentario

                            • seispelas
                              Usuario
                              • 25 jul, 2011
                              • 532
                              • Cangas de Morrazo

                              #15
                              si quieres liarla "tu mismo"

                              Yo he dicho, primero pregunta en estos dos sitios, para que luego no te lleves una sorpresa, y punto.
                              Ahora te digo, propiedad de 2100mts cuadrados a mi nonbre registrda, a 20mts de la playa, afctada por costas del estado, solo puedo usarla para labores agricolas y no hay mas. puedo cerrarla, hacer una chabola, un pozo, una piscina poner una caravana,la AC, mesas, etc, pero por lo "vagines" sin hacer ruido a la "chita callada" no se si me entiendes, ahora bien, como te "denuncien" la llevas la llevas iluminada fijo.
                              Recursos y mas recursos," yo no sabia" es que soy nuevo, y leyes y apelas etc,
                              Al final y despues de todo tienes que retirar todo, y pagar la multa.
                              Has pasado años recurriendo, de mal humor momentaneo, horas y dinero que has perdido haciendo esto, "para que" y por que, ( por no preguntar donde tienes que preguntar). termino diciendo que cada uno sabe las suyas, las de los demas las saben los demas.
                              ¡ Si la suerte te da la espalda ! "tocale el culo", ¿ nunca se sabe ?

                              sigpic

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