Multa A 95 KM/H

Colapsar
X
 
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes
  • pixku
    Usuario
    • 13 abr, 2011
    • 7
    • TOLOSA

    Multa A 95 KM/H

    Hola!

    De Vuelta a casa en este puente en una carretera comarcal en La Almunia(Zaragoza)limite 90k/h y segun el radar yo pase a 95K/h. Un poco mas adelante me para el hombre de verde y me dice que tenia que ir a 70 km/hora y yo le discuto que camion,caravana,etc. que si pero que ac que yo sepa que no.El hombre se pone en duda pero aun y todo me da la receta de 100 E y con desc del 50% (un chollo) y que si tengo razon que la recurra.

    IMPORTANTE:me puede decir alguien si realmente tenia que ir a 70 con mi ac o podia ir a90? Para recurrirla o pagarla y olvidarme de la @$&@$&@$&@$& multa
  • zevilla
    Usuario
    • 13 may, 2007
    • 5687
    • SEVILLA (Sevilla)

    #2
    hoy ,_(hace unas horas) me adelanta un mazda tipo 4x4 y lo paran,le ponen la receta(imagino de como mepaso) y al cabo de unos km me vuelve a pasar igual,.....................................niiiiii iiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiummmmmmmmmmmmmmmm mmm,hay quien no escarmienta,no viene al caso pero es escandalosamente impactante de como no escarmienta la gente,ni siquiera por unos minutos antes ponerles la receta,(no son todos,ni todos son iguales).


    ¡¡¡quien la sigue,la consigue!!!

    Comentario

    • pixku
      Usuario
      • 13 abr, 2011
      • 7
      • TOLOSA

      #3
      yo solo quiero que me diga alguien si tenia que ir a 70 o 90.
      Tengo el carnet hace 17 años y es mi primera multa , voy con dos niños de dos y tres años y conduzco con prudencia .Todos sabemos que hay gente loca por la carretera pero no es el caso, porque entonces no me hubiese comprado una ac me hubiese comprado un deportivo!

      Comentario

      • joconba
        Usuario
        • 28 feb, 2009
        • 1449
        • Alpha Centaury

        #4
        Originalmente publicado por pixku
        Hola!

        De Vuelta a casa en este puente en una carretera comarcal en La Almunia(Zaragoza)limite 90k/h y segun el radar yo pase a 95K/h. Un poco mas adelante me para el hombre de verde y me dice que tenia que ir a 70 km/hora y yo le discuto que camion,caravana,etc. que si pero que ac que yo sepa que no.El hombre se pone en duda pero aun y todo me da la receta de 100 E y con desc del 50% (un chollo) y que si tengo razon que la recurra.

        IMPORTANTE:me puede decir alguien si realmente tenia que ir a 70 con mi ac o podia ir a90? Para recurrirla o pagarla y olvidarme de la @$&@$&@$&@$& multa
        La Instrucción 8 V/74 dice: "Siendo las autocaravanas “vehículos especiales de categoría M1” distintos de los turismos se considera justificado no aplicarles los mismos límites de velocidad fuera de poblado que a este tipo de vehículos, sino aquellos correspondientes a otros vehículos de categoría M (destinados al transportes de personas), lo que daría lugar a los siguientes límites de velocidad:
        - En autopistas y autovías.......................................... .................. 100 Km/h
        - En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y carreteras con arcén pavimentado de al menos 1,50 m. De anchura o más de un carril para alguno de los sentidos de la circulación....................................... ........................................... 90 Km/h
        - En el resto de las vías fuera de poblado.................................... 80 Km/h
        Estos límites de velocidad serían aplicables a las autocaravanas que circulen sin remolque, clasificadas en su tarjeta ITV con los siguientes códigos:
        - 3148 (vehículo mixto vivienda)
        - 3200 (autocaravana sin especificar de MMA menor o igual a 3.500 Kg.)
        - 3248 (autocaravana vivienda de MMA menor o igual a 3.500 Kg.)
        Las autocaravanas clasificadas con los códigos:
        - 3300 (autocaravana sin especificar de MMA mayor de 3.500 Kg.)
        - 3348 (autocaravana vivienda de MMA mayor de 3.500 Kg.)
        - 2448 (furgón vivienda)
        Se regirían por los mismos límites de velocidad aplicables a los camiones (por razón de su masa máxima autorizada) y al resto de los furgones"

        Por otro lado, lo contenido en esta Instrucción, según el Subdirector General de Normativa y Recursos:
        "son de obligado cumplimiento para todo el personal adscrito a la Dirección General de Tráfico"

        Depende de la clasificación de tu vehiculo, te podrás librar de la multa o no.

        Saludos.
        sigpic
        Lo mejor no es saber tratar al amigo, lo mejor es hacer amigo a un enemigo .

        Comentario

        • pixku
          Usuario
          • 13 abr, 2011
          • 7
          • TOLOSA

          #5
          Gracias ,eso es lo que necesitaba,el codigo de mi ac es 3248.Ahora mi duda es si en esa comarcal tenia que ir a 80 o a 90.

          Comentario

          • juanmavfr
            Usuario
            • 28 jul, 2010
            • 668
            • getafe

            #6
            Pues egún lo expuesto, si dices que ibas por una comarcal, entiendo que el límite de velocidad para nuestros vehículos es 80 km/h.

            Comentario

            • anpuma-1
              Usuario
              • 28 feb, 2007
              • 9810
              • VALLADOLID

              #7
              Creo que seria 80 Km/h, en comarcal con AC 10 Km menos, debes asegurarte que velocidad tiene la via.
              Salu2

              Comentario

              • kjarauta
                Usuario
                • 7 jul, 2007
                • 2411
                • ERANDIO (Bizkaia)

                #8
                Es posible que el articulo por el que te ha multado y que lo pone en la multa es de aplicacion a otro tipo de vehiculos, con lo que el recurso podria ir por defecto de forma. La velocidad pienso que deberia ser de 80 Km/h

                Comentario

                • 4errantes
                  Usuario
                  • 29 ene, 2008
                  • 6848
                  • lamia

                  #9
                  Originalmente publicado por pixku
                  Gracias ,eso es lo que necesitaba,el codigo de mi ac es 3248.Ahora mi duda es si en esa comarcal tenia que ir a 80 o a 90.
                  La velocidad maxima de una AC 32 es la maxima de la via o sea como la de cualquier turismo
                  GARANTIZADO o sea que recurre que te la quitaran

                  Saludos

                  Comentario

                  • pixku
                    Usuario
                    • 13 abr, 2011
                    • 7
                    • TOLOSA

                    #10
                    Gracias por las posibles aclaraciones.
                    He hablado con el seguro y me dice qu aunque pueda ir a 90 km/h que al ir a 95 aunque recurra que a partir de 91km/h pueden tener razon,tengo que pedir la foto en trafico ,si esta bien a joderse y si esta mal a recurrir!

                    Comentario

                    • 4errantes
                      Usuario
                      • 29 ene, 2008
                      • 6848
                      • lamia

                      #11
                      Originalmente publicado por pixku
                      Gracias por las posibles aclaraciones.
                      He hablado con el seguro y me dice qu aunque pueda ir a 90 km/h que al ir a 95 aunque recurra que a partir de 91km/h pueden tener razon,tengo que pedir la foto en trafico ,si esta bien a joderse y si esta mal a recurrir!
                      Hola, dile al del seguro que cambie de oficio o que se ponga al dia

                      si la limitacion es a 90km/h y tu vehiculo puede ir a esa velocidad ( que como ya te he dicho puede ir), la ley dice claramente que en vias limitadas a 90km/h las sanciones empiezan a partir de 99Km/h ya que los radares no son 100% exactos y se considera un margen de error del 10% o sea 9km/h en tu caso

                      en pais vasco y cataluña ese margen de error es diferente en tu caso serian 5km/h o sea que hasta 95km/h no es sancionable, 96km/h si, por lo tanto ni en euskadi ni en cataluña te podrian multar, menos aun en el resto de españa.

                      mira esta tabla en este enlace


                      Saludos

                      Comentario

                      • ashigaru
                        Usuario
                        • 27 oct, 2011
                        • 14
                        • Monte

                        #12
                        Saludos

                        No soy especialista en tráfico, pero si mal no recuerdo, en vías fuera de poblado, con menos de 1,50 mtrs. de arcen y un carril para cada sentido, las acs deben ir 10 por debajo de la velocidad generica de la vía ( a 80, siendo la velocidad generica 90 ), de ahí que proceda la denuncia ( + de 10km ).

                        Si aun no das por aclarado el asunto, comentalo y lo hablo con alguno de tráfico ( quien sabe, lo mismo le pregunto al que te notifico la denuncia jejeje ). Un saludo!

                        Donde fue concretamente? si se puede saber

                        Comentario

                        • 4errantes
                          Usuario
                          • 29 ene, 2008
                          • 6848
                          • lamia

                          #13
                          Originalmente publicado por ashigaru
                          Saludos

                          No soy especialista en tráfico, pero si mal no recuerdo, en vías fuera de poblado, con menos de 1,50 mtrs. de arcen y un carril para cada sentido, las acs deben ir 10 por debajo de la velocidad generica de la vía ( a 80, siendo la velocidad generica 90 ), de ahí que proceda la denuncia ( + de 10km ).

                          Si aun no das por aclarado el asunto, comentalo y lo hablo con alguno de tráfico ( quien sabe, lo mismo le pregunto al que te notifico la denuncia jejeje ). Un saludo!

                          Donde fue concretamente? si se puede saber
                          Las AC 10 por debajo de la generica?

                          eso no existe desde 2006 que fue cuando se cambio la ley para adaptar la velocida de las AC a la de los turismos, asi mismo se igualo la ITV de las AC con la de los turismos

                          en materia de trafico AC 48 es igual a turismo
                          corrijo fue un error
                          en materia de trafico AC 32 es igual a turismo
                          Saludos
                          Editado por última vez por 4errantes; 06/11/2011, 00:31:04.

                          Comentario

                          • Alpebret
                            Usuario
                            • 21 nov, 2006
                            • 36823
                            • PEÑISCOLA (Castellon)

                            #14
                            Multa

                            Originalmente publicado por 4errantes
                            Las AC 10 por debajo de la generica?

                            eso no existe desde 2006 que fue cuando se cambio la ley para adaptar la velocida de las AC a la de los turismos, asi mismo se igualo la ITV de las AC con la de los turismos

                            en materia de trafico AC 48 es igual a turismo

                            Saludos
                            Tu dale que te pego,para que fuiste a Madrid para protestar por los 100 km de las famosas Instrucciones.
                            Que dice el nuevo BORRADOR de Seguridad Vial a 120 km lo cual indica que todavia estamos con los 100 km pero tu puedes ir a 130-140 que es tu velocidad media.

                            Y porque dices AC48 es = a turismo si no es verdad
                            AC = a vivienda sea 32-33 o 81

                            Debes de aconsejar bien o no debes pronunciarte con el tema de velocidad

                            Suerte

                            Comentario

                            • ashigaru
                              Usuario
                              • 27 oct, 2011
                              • 14
                              • Monte

                              #15
                              Instrucción 08/V-74

                              Originalmente publicado por 4errantes
                              Las AC 10 por debajo de la generica?

                              eso no existe desde 2006 que fue cuando se cambio la ley para adaptar la velocida de las AC a la de los turismos, asi mismo se igualo la ITV de las AC con la de los turismos

                              en materia de trafico AC 48 es igual a turismo
                              , como vien dice Alpebret, un turismo no es igual a una AC.

                              Saludos.

                              Con la ITV no hay dudas; el Real Decreto 711/2006, establece los plazos que todos sabemos, hasta los 4 años exentos, de 4 a 10 años bienal y apartir de los 10 años de antiguedad, anual.

                              La ultima tabla de velocidades para las Acs viene dada por la Instrucción 08/V-47; Autopistas y autovias 100 km/h, carreteras convencionales con mas de 1,50 metros de arcen asfaltado o mas de un carril para cada sentido de circulación 90 km/ h y en el resto de vias fuera de poblado 80 km/h.

                              Cito textualmente de la I 08/V-47; " Siendo las autocaravanas "vehículos especiales de la categoria M1" distintos de los turismos se considera justificado no aplicarles los mismos limites de velocidad fuera de poblado"

                              Creo que a la hora de debatir este hilo, mejor aportar la Ley que consideramos en vigor, y no el tan recurrido "por mis webs que es asi y punto", por decirlo de alguna manera, habiendo pasta de por medio, los consejos ( que sin duda se dan de buena fé ) deberían estar algo mas fundados. Un saludo y suerte!

                              Comentario

                              Trabajando...