peso maximo de las ac

Colapsar
X
 
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes
  • Choquera
    Usuario
    • 11 jun, 2013
    • 141
    • Huelva

    peso maximo de las ac

    tengo una duda. las ac se pueden conducir con 3500 kg, no ? pero eso incluye el peso de la carga que llevamos tambien ?
  • Vagamun2
    Usuario
    • 27 ago, 2007
    • 603
    • Andalucía

    #2
    Por supuesto, ese es el máximo peso que puedes llevar en total con una tolerancia del 5%. Saludos

    Comentario

    • EXCAMIONERO
      Usuario
      • 18 ago, 2011
      • 1213
      • simancas(valladolid)

      #3
      Originalmente publicado por Choquera
      tengo una duda. las ac se pueden conducir con 3500 kg, no ? pero eso incluye el peso de la carga que llevamos tambien ?
      Buenos dias Choquera, ese es el peso total 3500 Kg, con todo dentro, incluso las personas, agua, combustible,etc.etc......

      Comentario

      • afbs
        Usuario
        • 8 ago, 2006
        • 11805
        • Santurtzi (Bizkaia)

        #4
        Es en orden de marcha, como esteis viajando en el momento.

        Y no hay ningún tipo de tolerancia

        C A P Í T U L O II
        DE LA CARGA DE VEHÍCULOS Y DEL TRANSPORTE DE PERSONAS Y MERCANCÍAS O COSAS
        ARTÍCULO 8. Carga de vehículos y transporte de personas y mercancías o cosas.
        Se prohíbe cargar los vehículos o transportar en ellos personas, mercancías o cosas de forma distinta a la que se determina en este capítulo.
        SECCIÓN 1; TRANSPORTE DE PERSONAS
        ARTÍCULO 9. Del transporte de personas
        1. El número de personas transportadas en un vehículo no podrá ser superior al de plazas autorizadas para el mismo que, en los de servicio público y en los autobuses, deberá estar señalado en placas colocadas en su interior, sin que, en ningún caso, pueda sobrepasarse, entre viajeros y equipaje, la masa máxima autorizada para el vehículo.
        2. A efectos de cómputo del número de personas transportadas:
        a) En turismos, autobuses y vehículos mixtos adaptables no se contará cada menor de dos años que vaya al cuidado de un adulto distinto del conductor, siempre que no ocupe plaza.
        b) En los turismos, cada menor de más de dos años y menos de 12 se computará como media plaza, sin que el número máximo de plazas así computado pueda exceder del que corresponda al 50 por ciento del total, excluida la del conductor.
        c) En los automóviles autorizados para transporte escolar y de menores se estará a lo establecido en la legislación especifica sobre la materia.
        3. Las infracciones a este precepto en cuanto suponga aumentar en un 50 por ciento el número de plazas autorizadas excluido el conductor, tendrán la consideración de muy graves de acuerdo con lo estipulado en el artículo 65.5 d) del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, y se procederá a la inmovilización del vehículo por los agentes de la autoridad, manteniéndolo inmovilizado mientras subsista la causa de la infracción, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 70.3 del citado texto articulado.
        Un saludo
        Editado por última vez por afbs; 19/06/2013, 12:33:59.


        No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

        Comentario

        • estize
          Usuario
          • 27 sep, 2009
          • 761
          • Bilbao

          #5
          Originalmente publicado por afbs
          Es en orden de marcha, como esteis viajando en el momento.

          Y no hay ningún tipo de tolerancia

          Un saludo
          Bueno lo de la tolerancia, supongo que quería decir que las básculas tienen un margen de error, y ese margen de error es el que aplican.

          Comentario

          • afbs
            Usuario
            • 8 ago, 2006
            • 11805
            • Santurtzi (Bizkaia)

            #6
            A mi lo que me dijeron los que pesan, otra cosa es que se recurra

            Pero me dijeron que tolerancia 0. Ademas no se donde pone el 5% de la tolerancia y si pone "sin que, en ningún caso".

            Lo digo sin acritud, solamente aportando lo que me dijeron, con artículo y todo.

            Tolerancia 0, tenemos un PMA inamovible.

            Nos meterían por el art. 9.1 del Reglamento General de Circulación siempre y cuando no se ponga en peligro a nadie y por ser leve se pagarían 80 euros de multa y 40 euros si hay pronto pago (50%)
            Un saludo


            No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

            Comentario

            • Choquera
              Usuario
              • 11 jun, 2013
              • 141
              • Huelva

              #7
              entonces cuando veo que se vende una ac y pone que pesa 3400 kg, nada mas montarse 4 personas ya sobrepasas los 3500 . entonces que necesitas otro carnet ?

              Comentario

              • afbs
                Usuario
                • 8 ago, 2006
                • 11805
                • Santurtzi (Bizkaia)

                #8
                Originalmente publicado por Choquera
                entonces cuando veo que se vende una ac y pone que pesa 3400 kg, nada mas montarse 4 personas ya sobrepasas los 3500 . entonces que necesitas otro carnet ?
                El tipo de carnet, no va por lo que pesa, sino por lo que te ponga en el papel de la ITV

                Si pone 3800 MMA con el C

                Si pone 3500 MMA con el B

                Si se conduce con el B y te pasas de peso, te multan por exceso de peso.

                La diferencia entre TARA ( En vacio o supuestamente como viene de fábrica ) y MMA ( http://es.wikipedia.org/wiki/MMA ) es lo que puedes llevar en total en teoría, pero nunca pasarte del MMA

                Un saludo


                No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

                Comentario

                • GuiSer
                  Usuario
                  • 14 may, 2012
                  • 1919
                  • Madrid

                  #9
                  En una AC que pesa 3400kg, sólo puede viajar el conductor, para que se pudiera conducir con el permiso B
                  sigpic

                  Comentario

                  • afbs
                    Usuario
                    • 8 ago, 2006
                    • 11805
                    • Santurtzi (Bizkaia)

                    #10
                    Originalmente publicado por GuiSer
                    En una AC que pesa 3400kg, sólo puede viajar el conductor, para que se pudiera conducir con el permiso B
                    Lo que no se si el 3400 es de TARA o de MMA, me imagino que de MMA

                    Un saludo


                    No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

                    Comentario

                    • GuiSer
                      Usuario
                      • 14 may, 2012
                      • 1919
                      • Madrid

                      #11
                      Originalmente publicado por afbs
                      Lo que no se si el 3400 es de TARA o de MMA, me imagino que de MMA

                      Un saludo
                      Claro,claro......doy por hecho que hablamos de MMA
                      sigpic

                      Comentario

                      • Dedalo
                        Usuario
                        • 26 may, 2006
                        • 10945
                        • ALBACETE (Albacete)

                        #12
                        Existen dos limitaciones, una tecnica, el peso para el que esta autorizado un vehiculo, y otra administrativa, el tipo de permiso que tiene el conductor.

                        El carnet B sirve para conducir vehiculos hasta 3500 Kg. Si la GC te para y (sin pesar nada) conduces un vehiculo homologado para mas de 3500 Kg y un carnet B (que te permite conducir un vehiculo hasta 3500 Kg) te crujen.

                        Ademas de eso, el vehiculo estará homologado para un peso masximo, en el caso de mi AC hasta 3350 Kg. Aunque yo tengo carnet C, que me permite conducir vehiculos de cualquier peso, como mi AC no esta homologada para mas de 3350, si me la pesan y da en bascula 3351, me crujen, pero no por mi carnet, sino porque el peso supera la homologacion del vehiculo.

                        Ademas, hay otro limite, que es el peso por eje. Mi PAVA esta homologada para 3350 Kg, y tiene un peso maximo en el eje trasero de 1950 Kg y 1800 Kg en el eje delantero, yo no puedo cargar todo el peso en el eje trasero, si pongo la moto en el culo de la PAVA, todo su peso se irá al eje trasero, asi que tengo que contar con que no sobrepase los 1950 Kg en el eje trasero.

                        Afortunadamente mi PAVA pesa en la bascula 2950 Kg cuando la llevo cargada en viaje, y el reparto es mas o menos de 1300 y 1650 Kg sobre los ejes. Aun en el caso de poner una moto de 200 Kg no llegaría al peso maximo para el que esta homologada ni estaría sobrecargando el eje trasero, pues apenas tiene 1 metro de voladizo trasero y la separacion entre ejes es de casi los 4 metros..

                        P.D. Una moto de 200 Kg cargada detras de un voladizo de 2 m, si la separacion entre ejes es de 4 m, provoca una carga de 300 Kg en el eje trasero y aligera 100 Kg en el delantero, porque desplazamos hacia atras el CDG de la AC. La suma total de peso en la AC es de +200 Kg, pero el peso maximo del eje trasero se puede sobrepasar.
                        Editado por última vez por Dedalo; 19/06/2013, 13:59:31.
                        Si todavía te sientes libre es que aun no has volado lo suficiente como para pegarte con los barrotes.
                        sigpic

                        Comentario

                        • BOTERO
                          Usuario
                          • 28 feb, 2012
                          • 239
                          • España

                          #13
                          Mucho hemos escrito sobre este tema, pero muy pocos nos concienciamos de cual es la capacidad real de nuestra auto, es necesario conocerlo.

                          Antes de comprarla ya habría que pesarla por si nos interesa o no y por supuesto si la compramos, cuando la tenemos, debiéramos llenar depósitos, meter dentro lo que pensamos llevar y nosotros mismos y marchar a una báscula, las hay diseminadas, muchas están en pueblos, en cooperativas del campo, de transporte, polígonos industriales, debemos localizar una y marchar para allá, es la única forma de ser consciente del problema y poner remedio antes.

                          Luego cada accesorio que le metemos de equipamiento tiene su peso, cualquier tontería extra supone más carga.
                          Desengañémonos, muchas cargan menos que un turismo y queremos llevarnos media casa. Cuidado que el pecado es caro y no podremos decir que el Sr. agente es un ... él no tiene la culpa.
                          Lo que este País necesita, es mayor cantidad de políticos en el paro y a algunos de ellos en la cárcel.

                          Comentario

                          • Choquera
                            Usuario
                            • 11 jun, 2013
                            • 141
                            • Huelva

                            #14
                            Es x eso, xq como queremos comprarnos una pues quiero tener todo visto . Creo que se me van despejando las dudas.

                            Comentario

                            • Vagamun2
                              Usuario
                              • 27 ago, 2007
                              • 603
                              • Andalucía

                              #15
                              Lo del 5% de tolerancia me lo dijo un guardia civil de tráfico. Y efectivamente lo aplican por el error que pueda tener la báscula, ahora bien, si sobrepasas ese porcentaje, te crujen desde los 3500 kg.

                              Comentario

                              Trabajando...