Busco info sobre obligación reflector trasero para porta moto

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  • Kitu
    Usuario
    • 7 ene, 2008
    • 10679
    • Cambrils

    Busco info sobre obligación reflector trasero para porta moto

    Tengo una duda sobre la obligariedad del reflector homologado V20 (cuadrado con linéas rojas sobre fondo blanco), que hay que colocar detrás del porta moto.

    Cuando se trata de un porta bicis, que sobre pasa la longitud del vehículo, sin luces adicionales, lo tengo claro, es necesario, pero cuando se trata de un porta moto con todas sus luces en regla, ¿ qué sentido tiene llevar este reflector, es verdaderamente obligatorio para esos casos?
    Lo mismo que un remolque no tiene porqué llevarlo, pienso que un porta moto, con sus luces y triángulos reflectores, tampoco tendría que llevarlo...

    ¿ Sabe alguno de ustedes algo en concreto?

    Gracias.


    Solamente he encontrado esta explicación, que tampoco me lo deja muy claro...

    TRANSPORTE DE MERCANCÍAS O COSAS
    Artículo 15. Dimensiones de la carga.
    (Nota: Carga de bicicletas y condiciones para los portabicicletas traseros)

    3. En (…) los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por ciento.

    4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.

    6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de "v" invertida.
    Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
    Editado por última vez por Kitu; 22/06/2013, 11:20:22.
    Benimar capuchina, Benimar Europe, Moncayo Halcón 421, Rapido 9083DF, Pössl Road Cruiser.

    Si das el desierto a los tecnócratas
    al mes tendrás que importar arena.

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  • Agustmaiz
    Usuario
    • 2 feb, 2007
    • 21125
    • SILLA (Valencia)

    #2
    Si en un remolque, sobresale la carga de la línea de luces, es obligado poner la V-20 para señalización de la carga....

    Te lo digo seguro, y los 90€ que me costó la multa, por llevar la cola del motor fueraborda de mi Zodiac, sin la V-20. El motor tiene Trim eléctrico y sobresalía el final de la cola con la hélice y las dos puntas del final del final de los flotadores de la Zodiac.
    Y me libré de la segunda multa, por textualmente" Llevar objetos punzantes que pueden dañar a terceros".. Como dice????, la hélice, debe de ir tapada....

    Saludos

    Agustín.
    Mi página de bricos:

    http://picasaweb.google.com/108474959811368681058

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    • Kitu
      Usuario
      • 7 ene, 2008
      • 10679
      • Cambrils

      #3
      Hola Agustín,

      eL caso es que NO sobrepasa NADA de la moto al exterior del porta moto...
      Entonces ¿ V-20 ? ¿o no es necesario?
      Benimar capuchina, Benimar Europe, Moncayo Halcón 421, Rapido 9083DF, Pössl Road Cruiser.

      Si das el desierto a los tecnócratas
      al mes tendrás que importar arena.

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      • Agustmaiz
        Usuario
        • 2 feb, 2007
        • 21125
        • SILLA (Valencia)

        #4
        Por lo que yo sé, si no sobresale nada de la planta del remolque y no sobrepasa la longitud de las luces, no hace falta nada.

        Saludos

        Agustín.
        Mi página de bricos:

        http://picasaweb.google.com/108474959811368681058

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        • foxperuvian
          Usuario
          • 8 ago, 2007
          • 2364
          • Dos continentes. Hoy en Valencia

          #5
          Originalmente publicado por Kitu
          Hola Agustín,

          eL caso es que NO sobrepasa NADA de la moto al exterior del porta moto...
          Entonces ¿ V-20 ? ¿o no es necesario?
          Hola Kitu, recuerdo que en su "dia" me dijiste que era obligatoria la placa V-20 en el porta-motos

          Ahora en serio... Si el portamotos, lleva sus propios pilotos, no hace falta la placa, pero por si acaso siempre la llevo colgada detrás.
          En mi caso cuando enciendo las luces, incluso van puestas las del para golpe, jamas me han llamado la atención la Benemérita.

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          • Kitu
            Usuario
            • 7 ene, 2008
            • 10679
            • Cambrils

            #6
            Originalmente publicado por foxperuvian
            Hola Kitu, recuerdo que en su "dia" me dijiste que era obligatoria la placa V-20 en el porta-motos

            Ahora en serio... Si el portamotos, lleva sus propios pilotos, no hace falta la placa, pero por si acaso siempre la llevo colgada detrás.
            En mi caso cuando enciendo las luces, incluso van puestas las del para golpe, jamas me han llamado la atención la Benemérita.

            Cierto, porqué los manillares de las motos sobrepasan ligeramente del porta moto y en caso de un "quisquilloso", nos podría multar, pero en esta
            nueva moto mía, me di cuenta que el manillar es más estrecho y no sobresale...
            No me cuesta nada poner la V20 que tengo, hasta pasar la frontera a Europa, pero me gustaría saber qué dice la ley...
            Benimar capuchina, Benimar Europe, Moncayo Halcón 421, Rapido 9083DF, Pössl Road Cruiser.

            Si das el desierto a los tecnócratas
            al mes tendrás que importar arena.

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            • O CAVI
              Usuario
              • 4 feb, 2013
              • 562
              • madrid

              #7
              Transcribo articulo nº 15 del código de la circulación en vigor.

              ARTÍCULO 15. Dimensiones de la carga.
              1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro mas próximo a aquél.
              2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:
              A. En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
              a. En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.
              b. En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.
              B. En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.
              3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías, la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud y si fuera indivisible, un 15 por ciento.
              4. En los vehículos de anchura inferior a un metro, la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.
              5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.
              Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
              6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de “V” invertida.
              6. Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo, de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco y hacia atrás, por medio de una luz roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.
              8. En el caso de circulación de vehículos en régimen de transporte especial se estará a lo dispuesto en su autorización.

              Un agente un poco quisquilloso te puede exigir incluso que pongas dos......

              Saludos


              Escucho y leo mucho para intentar aprender pero debo ser muy torpe porque me cunde muy poco.

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              • Kitu
                Usuario
                • 7 ene, 2008
                • 10679
                • Cambrils

                #8
                Hola O Cavi,

                No te habrás fijado, pero el artículo 15 lo puse arriba del todo.
                Eso es correcto para una carga que sobrepase del vehículo ó remolque, pero un porta moto tiene todas las luces reglamentarias, es decir que es como un remolque y si nada sobrepasa de un remolque, no tiene porqué llevar esa V-20 colgada detrás, entonces, ¿será lo mismo para un porta moto, si nada sobrepasa su perímetro exterior? ¿verdad?
                Editado por última vez por Kitu; 22/06/2013, 18:46:15.
                Benimar capuchina, Benimar Europe, Moncayo Halcón 421, Rapido 9083DF, Pössl Road Cruiser.

                Si das el desierto a los tecnócratas
                al mes tendrás que importar arena.

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                • O CAVI
                  Usuario
                  • 4 feb, 2013
                  • 562
                  • madrid

                  #9
                  La verdad es que no lo tengo claro porque los portabicicletas esos que se montan en la bola de remolque y que llevan luces que es un caso similar si que es obligatorio, personalmente creo que el portamotos y portabicicletas de día y vacíos pueden despistar al sobresalir y tener muy poca superficie visible, prácticamente solo la de la matricula, pero de noche con las luces encendidas o cargados son perfectamente visibles por lo que no parece por seguridad necesaria la placa V20, legalmente no lo tengo claro.

                  Como mas vale prevenir y si ademas dices que tienes la placa, yo de momento la pondría hasta poder preguntarlo y confirmarlo en Trafico, es mas que probable que si preguntas a varios policías te den respuestas contradictorias o se vayan directamente a la obligatoriedad para cubrirse las espaldas. No creo que sea muy complicado poner fija la señal con unas escuadras, algún, sistema telescópico o algo similar en un sitio que no te moleste para subir y bajar la moto, así reforzarás la seguridad independientemente de lo que sea necesario legalmente y sobre todo mejorarás mucho la visión del portamotos cuando no lleves la moto.

                  Yo llevo siempre las luces de cruce encendidas, de día y de noche creo que es una forma de que te vean mejor como pasa con las motos, al llevar portamotos te lo aconsejo independientemente de que pongas o no la señal V-20.

                  Saludos
                  Escucho y leo mucho para intentar aprender pero debo ser muy torpe porque me cunde muy poco.

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                  • cesare
                    Usuario
                    • 8 oct, 2009
                    • 499
                    • Madrid

                    #10
                    Hola Kitu,

                    Si es un remolque, entiendo que no es necesario, siempre que la carga del remolque no sobresalga del perímetro del remolque.
                    Pero si estás hablando de un portamotos instalado en la parte posterior de la autocaravana (igual que un portabicis u otro elemento de carga), entonces sí es necesario y pienso que te pueden multar por ello. De hecho, como se ha comentado más arriba, si el portamotos tiene el ancho de la autocaravana, incluso podrían exigirte dos placas V20, una a cada lado.

                    El hecho de que el portamotos lleve pilotos y matrícula tiene que ver más (me imagino) con que éste (o la carga que soporta) pueda tapar los pilotos y la matrícula del vehículo total o parcialmente. En sí no constituye una señalización de la carga (que en condiciones de visibilidad difícil se tiene que hacer con una luz roja sobre el extremo más saliente de la carga), aunque considero que en un portamotos o portabicis donde el portamatrículas con los pilotos accesorios (incluida la luz de posición roja) está en el límite posterior se puede argumentar que los pilotos sirven para señalizar la carga.

                    Yo llevo un portabicis con su propio set de pilotos y portamatrículas, y siempre llevo la V-20. Nunca he tenido problemas, aunque sí he visto vehículos con portabicicletas sin V-20 parados por la guardia civil.

                    Un saludo,

                    César.

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                    • Kitu
                      Usuario
                      • 7 ene, 2008
                      • 10679
                      • Cambrils

                      #11
                      Gracias por vuestras respuestas.
                      Mientras esté circulando por "Spain", llevaré puesta la V20 por si acaso, y al pasar los Pirineos, la guardaré en el maletero.
                      Benimar capuchina, Benimar Europe, Moncayo Halcón 421, Rapido 9083DF, Pössl Road Cruiser.

                      Si das el desierto a los tecnócratas
                      al mes tendrás que importar arena.

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                      • Alpebret
                        Usuario
                        • 21 nov, 2006
                        • 36781
                        • PEÑISCOLA (Castellon)

                        #12
                        Originalmente publicado por Kitu
                        Gracias por vuestras respuestas.
                        Mientras esté circulando por "Spain", llevaré puesta la V20 por si acaso, y al pasar los Pirineos, la guardaré en el maletero.

                        Por si te la roban los franceses ja ja .....es broma amigo Kitu roban en todos los lados.
                        Yo entiendo que se debe de señalizar todo aquello que pueda dar confusion y hacerse daño , YO la pondria..
                        Saludos

                        Comentario

                        • Kitu
                          Usuario
                          • 7 ene, 2008
                          • 10679
                          • Cambrils

                          #13
                          Originalmente publicado por Alpebret
                          Por si te la roban los franceses ja ja .....es broma amigo Kitu roban en todos los lados.
                          Yo entiendo que se debe de señalizar todo aquello que pueda dar confusion y hacerse daño , YO la pondria..
                          Saludos

                          ¿Ya hemos vuelto entre los compis? , amigo Antonio.

                          PD: este invento en Francia no lo utilizan, así que puedo ir tranquilo, me calentarán la moto antes que la chapa...
                          Editado por última vez por Kitu; 24/06/2013, 12:13:19.
                          Benimar capuchina, Benimar Europe, Moncayo Halcón 421, Rapido 9083DF, Pössl Road Cruiser.

                          Si das el desierto a los tecnócratas
                          al mes tendrás que importar arena.

                          sigpic

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