Montaje portamotos

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  • kjarauta
    Usuario
    • 7 jul, 2007
    • 2411
    • ERANDIO (Bizkaia)

    Montaje portamotos

    Me he decidido a instalar un portamotos en mi Ac Cualquier pregunta ya sabeis
    Archivos Adjuntos
  • pedro40
    Usuario
    • 7 sep, 2013
    • 102
    • grancanaria

    #2
    Muchas gracias compañero, todo muy bien explicado y detallado saludos

    Comentario

    • Dedalo
      Usuario
      • 26 may, 2006
      • 10967
      • ALBACETE (Albacete)

      #3
      ¿Y el problema ITV?
      Si todavía te sientes libre es que aun no has volado lo suficiente como para pegarte con los barrotes.
      sigpic

      Comentario

      • kjarauta
        Usuario
        • 7 jul, 2007
        • 2411
        • ERANDIO (Bizkaia)

        #4
        Originalmente publicado por Dedalo
        ¿Y el problema ITV?
        No necesita ITV es desmontable y por lo tanto considerado como por ejem una baca, de todos modos en las ultimas modificaciones de las reformas ya viene citado explicitamente como no reforma, eso si el portamotos en si ha de estar homologado

        Comentario

        • kjarauta
          Usuario
          • 7 jul, 2007
          • 2411
          • ERANDIO (Bizkaia)

          #5
          Con perdón pero me gustaria saber como lo veis veo que lo leeis pero nadie comenta nada no se ??

          Comentario

          • xtina
            Usuario
            • 18 jun, 2015
            • 13
            • Gran Canaria - Las Palmas

            #6
            Buenos días Kjaruta, te felicito por la explicación, nosotros también estamos pensando en instalar un portamotos y no sabíamos que si el portamotos está homologado no hace falta pasar la ITV. Muchas gracias por la información, esto nos anima a intentarlo nosotros mismos.

            Que disfrutes de tus viajes con la movilidad fantástica que da la moto.

            Saludos y buen día.

            Comentario

            • KMACU
              Usuario
              • 19 nov, 2008
              • 556
              • BARCELONA (Barcelona)

              #7
              Originalmente publicado por kjarauta
              Con perdón pero me gustaria saber como lo veis veo que lo leeis pero nadie comenta nada no se ??
              Hola Kjarauta, No puedo leerlo por el formato en que se gravo, hph, y me interesa mucho pues estoy valorando si me compensa instalar uno. Puedes gravarlo en otro formato, doc, pdf, etc. Muchas Gracias.

              Comentario

              • kjarauta
                Usuario
                • 7 jul, 2007
                • 2411
                • ERANDIO (Bizkaia)

                #8
                Pues te lo pongo en pdf
                Archivos Adjuntos

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                • KMACU
                  Usuario
                  • 19 nov, 2008
                  • 556
                  • BARCELONA (Barcelona)

                  #9
                  Muchas Gracias, ahora si. Mi situación es parecida los hijos ya van por su cuenta y estoy reduciendo peso y trastos lo que no puedo reducir (de momento) son los 7, 30 cm por lo que tengo que valorar muchas opciones, una de ellas es que aunque las bicis me han dado mucho juego tienen su limite y el mío es cada vez mas corto. unas de ellas es tu opción la otra que tiene muchos números son un par de bicis eléctricas.

                  Pros: NO ITV, NO seguro, No contaminan, Puedo circular por cualquier lado ciudad, usar el porta bicis 20 kg x2 es menos que 15 x 4 bicis de antes), no necesito instalación de bola o porta motos (precio total instalación). Necesito 2. (puede que de momento 1).

                  Contras: diferentes limites, autonomía, distancia, velocidad, vías de circulación, El PRECIO dos bicis eléctricas cuestan mas que una buena moto de 125 de ocasión.

                  Para los que tenéis experiencia en el tema podéis intervenir a favor i/o en contra moto/bici eléctrica.

                  Saludos,
                  Editado por última vez por KMACU; 03/08/2015, 14:19:56.

                  Comentario

                  • Kitu
                    Usuario
                    • 7 ene, 2008
                    • 10680
                    • Cambrils

                    #10
                    Originalmente publicado por kjarauta
                    No necesita ITV es desmontable y por lo tanto considerado como por ejem una baca, de todos modos en las ultimas modificaciones de las reformas ya viene citado explicitamente como no reforma, eso si el portamotos en si ha de estar homologado

                    Hola,
                    En esta primera itv que he pasado, les dije lo mismo y ""con la duda, me han dejado marchar"".
                    A ver si por favor, puedes facilitar el enlace donde aparece lo que explicas, preferería llevarlo por escrito...
                    Un saludo y gracias,
                    Editado por última vez por Kitu; 03/08/2015, 15:50:55.
                    Benimar capuchina, Benimar Europe, Moncayo Halcón 421, Rapido 9083DF, Pössl Road Cruiser.

                    Si das el desierto a los tecnócratas
                    al mes tendrás que importar arena.

                    sigpic

                    Comentario

                    • amalio
                      Usuario
                      • 25 jul, 2008
                      • 265
                      • LO PAGAN (MURCIA)

                      #11
                      hola compañeros. yo tengo portamotos dicho portamotos está homologado pero en la itv me mandan quitarlo para poder pasarla y aunque yo les digo que esta homologado con su sello de omologación en el portamotos pues ellos dicen que no importa lla que excede la largura del veiculo. Asi que para la itv lo saco de las barras donde esta metido y sin problemas ni discusiones. saludos

                      Comentario

                      • kjarauta
                        Usuario
                        • 7 jul, 2007
                        • 2411
                        • ERANDIO (Bizkaia)

                        #12
                        Os pongo de anticipo
                        No se considera reforma: la instalación de portaequipajes salvo que no se utilicen los soportes previstos por el fabricante,
                        deflectores y parasoles instalados en cabinas que no superen las dimensiones de homologación en longitud y anchura; la
                        instalación de carenados laterales entre los ejes de tractoras; la instalación en camiones tractores, de grupos hidráulicos y
                        neumáticos para el accionamiento del basculante del semirremolque, embellecedores de carcasa de espejos retrovisores que no
                        oculten ninguna parte de la zona de visión, embellecedores de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa que no afecten
                        a la zona de salida de la luz, molduras (salvo en la parte delantera de los vehículos), faldillas de rueda en vehículos M1,
                        deflectores de aire en ventanas, sensores de aparcamiento y retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela. También
                        quedarán fuera del ámbito de aplicación de la reforma, para las autocaravanas y los vehículos vivienda, los toldos, antenas de
                        radio y televisión y portabicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehículo. En el caso de aire
                        acondicionado exterior y siempre que la transformación no afecte a la estructura, tampoco se considerará reforma.
                        La desinstalación no será objeto de reforma, salvo en los siguientes casos: parachoques, carretillas elevadoras transportables
                        Una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o
                        supresión de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje, no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las
                        herramientas normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas.
                        Los Actos Reglamentarios relativos a protección delantera contra el empotramiento, protección de los peatones y sistemas de
                        protección delantera no se exigirán a los vehículos matriculados antes de la fecha de obligatoriedad marcada en el Real Decreto
                        2028/1986 para estos Actos Reglamentarios.
                        Para las defensas homologadas según Directiva 2005/66/CE o Reglamento 78/2009 no será necesario Proyecto Técnico.

                        Punto 8 carroceria
                        Archivos Adjuntos
                        Editado por última vez por kjarauta; 03/08/2015, 20:17:50.

                        Comentario

                        • kjarauta
                          Usuario
                          • 7 jul, 2007
                          • 2411
                          • ERANDIO (Bizkaia)

                          #13
                          En la ultima revision de marzo 2012
                          Mirar punto 8.52 pone lo mismo
                          Archivos Adjuntos

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                          • Kitu
                            Usuario
                            • 7 ene, 2008
                            • 10680
                            • Cambrils

                            #14
                            No soy capaz de encontrarlo para imprimirlo...
                            He mirado la 8 y la 8.52 pero no veo nada.
                            No se podría sacar ese texto en concreto please...
                            Editado por última vez por Kitu; 03/08/2015, 23:08:34.
                            Benimar capuchina, Benimar Europe, Moncayo Halcón 421, Rapido 9083DF, Pössl Road Cruiser.

                            Si das el desierto a los tecnócratas
                            al mes tendrás que importar arena.

                            sigpic

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                            • kjarauta
                              Usuario
                              • 7 jul, 2007
                              • 2411
                              • ERANDIO (Bizkaia)

                              #15
                              Originalmente publicado por Kitu
                              No soy capaz de encontrarlo para imprimirlo...
                              He mirado la 8 y la 8.52 pero no veo nada.
                              No se podría sacar ese texto en concreto please...
                              Abres el pdf, pones las miniaturas de pagina y te vas a la 138 y ahi lo tienes.

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