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Tema: Multa por estacionar en Aranjuez

  1. #1
    Usuario
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    30 ago, 17
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    MALAGA
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    2

    Predeterminado Multa por estacionar en Aranjuez

    Hola compañeros:

    Venía desde la Seu de Urgel camino del sur, después de más de 600 kilómetros conduciendo mi familia (esposa y dos menores) y yo estábamos un poco cansados. Madrid es una ciudad muy grande, no me fio de pernoctar en cualquier lugar. Decidimos hacer unos kilómetros más y entrar en una ciudad tranquila para pasar la noche y continuar viaje al amanecer. Lugar elegido: ARANJUEZ. No hay ninguna señal que indique que se prohíban autocaravanas.

    Al día siguiente, boletín de denuncia en el parabrisas, infracción cometida: PERNOCTAR CON VEHICULO VIVIENDA EN LA VIA PUBLICA. Unos días después comunicación por escrito del ayuntamiento de ARANJUEZ, motivo de la sación: ESTACIONAR CARAVANAS O AUTOCARAVANAS EN LA VIA PUBLICA.

    Por si alguien tiene interés en leer la sanción, la adjunto en un archivo.

    Yo no vuelvo a pasar por ARANJUEZ. Cada cual que saque sus propias conclusiones.

    Saludos
    Ficheros adjuntos Ficheros adjuntos

  2. #2
    Usuario Avatar de CPi
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    23 oct, 16
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    Madrid
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    2,890

    Predeterminado

    Lamento mucho lo que te ha pasado.
    Lo que me llama la atención es la diferencia entre la nota de los agentes del parabrisas y la que te ha llegado por correo.

    No obstante después de un viaje tan largo no te vas a poner a buscar la normativa de cada pueblo que visitas cuando te da el sueño y necesitas parar.

    Si mal no recuerdo los test que hacíamos en la autoescuela antes de sacarte el carnet…recomiendan parar cada cierto tiempo para descansar, y hasta el dia de hoy, que yo sepa, descansar también implicar dormir.

    Un amigo me ha pasado esto que te pongo a continuación por si te puede ser útil. Seguro que en el foro hay personas que también pueden aportarte alguna idea.

    La DGT nos lo deja claro: “Mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, por lo tanto ningún agente podrá multar al usuario si la actividad que se desarrolla en el interior del vehículo no trasciende al exterior”

    Jurisprudencia NACIONAL - Ministerio del Interior - Instrucción 08/V-74 que las competencias de los Ayuntamiento se limitan a la regulación y ordenación del tráfico, y que en ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con los preceptos del Reglamento General de Circulación, habiendo de ser siempre una regulación que haga una distribución equitativa de los aparcamientos entre todos los usuarios.
    Esto significa que, si bien pueden restringir el estacionamiento en algunos lugares, principalmente a consecuencia del tamaño de nuestros vehículos, siempre se nos tiene que ofrecer una opción alternativa y equitativa.

    Jurisprudencia en la UE - La normativa de la UE autoriza a realizar los descansos semanales reducidos a bordo del vehículo, siempre que este cuente con litera.
    Reglamento CE 561/2006, que regula los tiempos de conducción y descanso de los conductores y que autoriza a realizar los descansos semanales reducidos –aquellos inferiores a 48 horas que los conductores efectúen en tránsito– a bordo del vehículo, «cuando este vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado».

    Última edición por CPi; 20/09/2017 a las 20:56
    Poner los altavoces a tope y disfrutar de mi sueño !!!
    https://www.youtube.com/watch?v=0HcxwYRF8rE&t=5s

  3. #3
    Usuario Avatar de andonipr
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    11 jul, 12
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    Predeterminado

    Bueno es saberlo, a tomar nota entonces, multan por estacionar... eso sí, no te notifican la multa por estar ausente. Creía que Aranjuez no estaba en contra de las autocaravanas, de hecho hace no mucho se celebró un congreso sobre ello.


    Saludos

    Andoni
    Saludos

    Andoni


  4. #4
    Usuario Avatar de carrasca
    Fecha de ingreso
    20 abr, 12
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    Predeterminado

    Lo siento por la denuncia tenias un área de autocaravana en pinto con cámaras de seguridad para otra vez si quieres te pasas
    Saludos

    Enviado desde mi ALE-L21 mediante Tapatalk
    El avatar y mis dos firmas son los antirobos, nos vemos donde nos lleve la ac y la fureza nos acompañe.

    Saludos

  5. #5
    SuperUsuario
    Visitante

    Predeterminado

    Cita Iniciado por andonipr Ver mensaje
    Bueno es saberlo, a tomar nota entonces, multan por estacionar... eso sí, no te notifican la multa por estar ausente. Creía que Aranjuez no estaba en contra de las autocaravanas, de hecho hace no mucho se celebró un congreso sobre ello.


    Saludos

    Andoni
    Yo creía que no estaba tan complicado en Aranjuez. Después de ver tu mensaje he buscado en el BOCM la ordenanza municipal en Aranjuez y pone esto:

    Artículo 33. Otros vehículos
    1. Está prohibido el estacionamiento en la vía pública, incluso en vía privada de uso público, de remolques, semirremolques, caravanas remolcadas, y vehículos asimilados de camping de nómadas, feriantes o particulares. Dichos vehículos deberán utilizar los aparcamientos especiales para ello, o en su caso contar con autorización expresa para un lugar determinado.
    2. El estacionamiento de autocaravanas en la vía pública deberá ajustarse a lo preceptuado en el artículo 32.2 de esta Ordenanza.

    Artículo 32. Camiones
    1. Queda prohibido el estacionamiento de vehículos con PMA. superior a 4.000 kilogramos de peso en la vía pública.
    2. Igualmente queda prohibido el estacionamiento en la vía pública de aquellos vehículos que teniendo un PMA. igual o inferior a 4.000 kilogramos, tengan más de seis metros de longitud o más de dos metros y medio de altura.
    3. Dichos vehículos podrán estacionar tan sólo en las zonas habilitadas al afecto, así como en aquellas partes de la vía pública que cuenten con señalización expresa autorizándolo.
    4. Lo anteriormente expuesto rige sin perjuicio de autorización, no afectando al polígono o polígonos industriales de Aranjuez, ni a aquellos terrenos o viales en que por sus características especiales en atención a la continuidad de edificaciones sean asimilables a estos efectos al polígono o polígonos industriales de Aranjuez.
    5. Será zonas habilitadas para el estacionamiento de vehículos con P.M.A. superior a los 4.000 kg. de peso, las siguientes:
    — Polígono Industrial Gonzalo Chacón.
    — Estacionamiento lateral del Polideportivo del Deleite, en su parte colindante con la antigua
    Carretera N-IV.
    — El estacionamiento disuasorio de la entrada norte de Aranjuez.


    Este es el documento publicado con las disposiciones municipales en el BOCM: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden...0111008-34.PDF

    Saludos
    Última edición por SuperUsuario; 20/09/2017 a las 13:24 Razón: No se veía bien el texto copiado

  6. #6
    Usuario Avatar de Metralla
    Fecha de ingreso
    22 jun, 10
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    Terrassa
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    3,362

    Predeterminado

    Lo siento...tienes un vehículo, pagas IMC. Seguro, impuesto de matriculación, iva.... y aun así nos denuncian por aparcar... vaya país!

    Saludos

    Tecleado como puedo...

  7. #7
    Usuario
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    29 nov, 09
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    cadiz
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    1,506

    Predeterminado

    Estas multas no se pueden recurrir?

    Enviado desde mi Aquaris E5 HD mediante Tapatalk

  8. #8
    Usuario Avatar de josemanuelagra
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    17 mar, 09
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    2,252

    Predeterminado

    Yo creo que la multa es recurrible por varios defectos de forma, que la invalidan:
    1.- Entre la denuncia que te dejaron y la comunicación de expediente, no concuerda el motivo, lo que, de por si, ya es causa para su nulidad: En una pone pernoctar y en otra estacionar.
    2.- En la comunicación pone que no se ha comunicado "por ausencia del conductor". Con esto, la propia administración asume que no estaba pernoctando (si el vehículo estaba vacío, solo estaba estacionado).
    Consulta con alguien experto, pero creo que el expediente es nulo, por no concordar el motivo de la denuncia con el motivo indicado en el expediente.
    Suerte

  9. #9
    Usuario Avatar de Er Bicho
    Fecha de ingreso
    23 may, 10
    Ubicación
    Malaga
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    4,181

    Predeterminado

    Habia alguien por este foro, que hablaba de las bondades del Ayuntamiento de Aranjuez hacia las Autocaravanas.
    Un Saludo





  10. #10
    Usuario
    Fecha de ingreso
    09 ene, 17
    Ubicación
    malaga
    Mensajes
    32

    Predeterminado

    Pues como lo siento, yo no consigo entenderlo.....
    El fin de semana pasado estuve por Madrid y la última noche la pase en aranjuez.....y que yo sepa no me han denunciado. Esperemos no me llegue.
    No sabía que lo tenían prohibido.......cada uno hace lo que se le antoja.
    Un saludo.

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