Denunciado por acampada libre, en area de aparcamiento.

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  • JESUS21
    Usuario baneado
    • 27 ago, 2015
    • 751
    • Madrid

    Denunciado por acampada libre, en area de aparcamiento.

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    Editado por última vez por JESUS21; 26/11/2017, 12:47:13.
  • Tico

    #2
    Originalmente publicado por JESUS21
    Turismo de Asturias sigue aplicando el R.R. 280/2007, pero se extralimita de sus funciones. No saben distinguir cuando la sanción es a la LEy de Costas aplicable a las Riveras de los Ríos. Ó de otro ámbito lo cierto es que este conductor tendrá que pagar, por estar estacionado en un área de aparcamiento para todos los vehículos . Le aplican que en Asturias no se puede estar con una autocaravana con INTENCION DE PERMANECER Y PERNOCTAR en un lugar QUE NO SEA CAMPAMENTO DE TURISMO. ¿ ESTO TE LO DICEN CUANDO VAS A COMPRAR UNA AUTOCARVANA LOS FABRICANTES?, la denuncia fue formulada por el Agente Ism...del Puesto de castropool. La cuantía la a impuesto turismo.

    AL conductor se le olvidó aplicarse el art. 24 de la Constitución Española. Si simplemente hubiera dicho NO, NO PERNOCTÉ, NO SE LE HABRÍA DENUNCIADO POR ACAMPAR, PERO SÍ POR PERNOCTAR FUERA DE UN CAMPAMENTO DE TURISMO..

    Es triste pero es así como estamos en Asturias:El Art. 14.3 de la Ley 7/2001, vigente desde el 7 de julio
    del año 2001 prohíbe la acampada libre, y en esta Ley a tenor de los establecido en el R.D. 280/2007, de 19 de diociembre, por el que se aprueba el Reglamento de campamentos de Turismo , dice que acampada libre es permanecer y pernoctar en autocaravanas FUERA DE LOS CAMPAMENTOS DE TURISMO. SI ESTACIONAS Y NO ESTAS DENTRO ES ESTACIONAMIENTO, SI DICES QUE ESTAS DENTRO ES PERNOCTAR TANTO DE DÍA COMO DE NOCHE.
    No es necesario que exista señal de prohibición, te aplican el desconocimiento de la Ley no exime de culpabilidad.
    Una vez más queda demostrado que la It 08/V.74 no sirve para nada.

    LA ley de 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 77.5, dispone que los documentos formalizados por los Funcionarios a los que se reconoce la condición de Autoridad y los que, observándose los requisitos legales correspondientes se recojan los hechos constatados por aquellos harán prueba de éstos, salvo que se acredite lo contrario.

    Lo contrario nunca se pùede acreditar, ya que para evitar eso la denuncia la firma el que la impone y el compañero, por lo tanto siempre es valor probatorio lo que diga el Agente denunciante.

    NO SE TIENEN EN CUENTA PRESUNTAMENTE LAS JURISPRUDENCIAS EXISTENTES, SIENDO ESTO MUY GRAVE.

    La base de valoración que existe en SSTC 76/1990 y 14/1997, dice que las denuncias impuestas por los Agentes de la Autoridad no gozan de una absoluta preferencia probatoria que haga innecesaria la formación de la convicción judicial acerca de la verdad de los hechos empleando laa reglas de la lógica o de la experiencia. Las Actas o denuncias expedidas por los Agentes autoridad, incorporadas al expediente sancionador no gozan de mayor relevancia que los demás medios de prueba admitidos en derecho, y por ello, ni han de prevalecer necesariamente frente a las pruebas que conduzcan a conclusiones distintas, ni pueden impedir que el Juzgador forme su convicción sobre la base de una valoración o apreciación razonada de las pruebas practicadas.

    De igual forma la Sentencia 56/1998 dice que ese valor probatorio sólo puede referirse a comprobaciones directamente por el Funcionario, quedando fuera de su alcance las calificaciones jurídicas, los juicios de valor o las simples opiniones que pongan en las denuncias, también STC/ 76/1990. de fundamentos jurídicos... Por lo tanto no vale que un agente diga se le denuncia por pernoctar si no te ha visto dentro.


    [ATTACH=CONFIG]166451[/ATTACH]
    Por lo visto también hay quien ha pernoctado ahí mismo sin problema: http://www.acpasion.net/foro/showthr...da#post1965929. Quizás haya algo más que desconocemos?

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    • Angel y Nuria
      Usuario
      • 3 mar, 2009
      • 19753
      • Casarrubios del Monte ( Toledo)

      #3
      Esta puede ser una solucion....
      Archivos Adjuntos
      El viajar es como una droga para los jóvenes, un lujo para los mayores y una obligación para los ancianos.

      http://autocaravanasporelmundo.blogspot.com/

      sigpic

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      • JESUS21
        Usuario baneado
        • 27 ago, 2015
        • 751
        • Madrid

        #4
        Nada de desconocido, la denuncia es lo que pone.
        EL que una vez no te denuncien no significa que puedas realizarlo....Cada Agente es un mundo....No todos aplican la misma vara de medir...
        Un juez te deja libre.... otro con otro criterio te encierra....

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        • raulmb
          Usuario
          • 24 ene, 2009
          • 255
          • Aldaia

          #5
          Ahí, en esas localidades es donde deben trabajar las asociaciones, plataformas y demás, para conseguir resultados pro-autocaravanistas...

          Enviado desde mi E5823 mediante Tapatalk

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          • Angel y Nuria
            Usuario
            • 3 mar, 2009
            • 19753
            • Casarrubios del Monte ( Toledo)

            #6
            Originalmente publicado por raulmb
            Ahí, en esas localidades es donde deben trabajar las asociaciones, plataformas y demás, para conseguir resultados pro-autocaravanistas...

            Enviado desde mi E5823 mediante Tapatalk
            ....y particulares tambien
            El viajar es como una droga para los jóvenes, un lujo para los mayores y una obligación para los ancianos.

            http://autocaravanasporelmundo.blogspot.com/

            sigpic

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            • montybiker
              Usuario
              • 18 dic, 2014
              • 698
              • Murcia

              #7
              Qué lástima... Asturias es preciosa, pero el mundo es grande. Uno menos.

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              • Rderemoto
                Usuario
                • 16 abr, 2012
                • 180
                • Bilbao

                #8
                Habrá zonas de interior donde no sean tan rigurosos? Teníamos pensado acercarnos el puente de diciembre.
                Y las áreas de AC? Hay repartidas por todo Asturias? O se refiere a los campings?


                Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

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                • afbs
                  Usuario
                  • 8 ago, 2006
                  • 11805
                  • Santurtzi (Bizkaia)

                  #9
                  En Asturias si aparcas fuera de un área de autocaravanas te la juegas y la sanción no te la quita nadie.

                  Es triste pero es lo que quieren.

                  Por mucho que se diga que yo he dormido en un sitio y no me han denunciado no quiere decir que el siguiente no sea denunciado.

                  Un saludo


                  No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

                  Comentario

                  • chogori
                    Usuario
                    • 4 abr, 2012
                    • 3679
                    • Ames (A Coruña)

                    #10
                    Vamos mucho por Asturias, ya sea como punto de destino o como parada de ida/vuelta a otros lugares. Creo que es un destino muy atractivo y donde tenemos muchas opciones para movernos con AC. Quizá en en algunos aspectos son más restrictivos que en otros lugares, pero yo no pienso dejar de disfrutar de Asturias. Ya lo hacía sin AC y lo sigo haciendo con AC.

                    Saludos!
                    sigpic Keep on moving...

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                    • termikina
                      Usuario
                      • 31 oct, 2015
                      • 261
                      • Don Benito

                      #11
                      Te pueden denunciar, pero si recurres la multa aún diciendo que SI has pernoctado no se te puede multar pues no has realizado acampada, ganando el recurso sin el más mínimo problema.
                      Pero a la mayoría de nosotros por falta de tiempo o ganas al final acaba pagando en vez de recurrir.
                      Los decretos de ley, normas locales, ordenanzas etc. de una comunidad autónoma, municipio jamás pueden ser más restrictivo que la nacional.
                      Si con mi camión me aparto de la carretera y entro en un área de servicio de descanso, polígono o aparcamiento público y paro a pernoctar no me multan al igual que si lo hago con mi autocaravana y no entro en zona con limitación de peso.
                      Una ley autonómica, ordenanza local etc. jamás pueden estar limitando la ley nacional.
                      Al final todos los que se mueven mucho con la AC tendría que contratar el servicio de recurso de multas que tienen los profesionales del volante.
                      Una situación lamentable el tener que defenderse de estas ordenanzas que los políticos de bajo perfil defienden para el interés de campings y hoteles.
                      Ya verás que no te multan si haces pernocta en tu camión, pues no eres potencial cliente de camping.
                      Editado por última vez por termikina; 26/11/2017, 12:30:27.

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                      • afbs
                        Usuario
                        • 8 ago, 2006
                        • 11805
                        • Santurtzi (Bizkaia)

                        #12
                        Originalmente publicado por termikina
                        Te pueden denunciar, pero si recurres la multa aún diciendo que SI has pernoctado no se te puede multar pues no has realizado acampada. Los decretos de ley, normas locales, ordenanzas etc. de una comunidad autónoma, municipio j
                        jamás pueden ser más restrictivo que la nacional.
                        Si con mi camión me aparto de la carretera y entro en un área de servicio de descanso, polígono o aparcamiento público y paro a pernoctar no me multan al igual que si lo hago con mi autocaravana y no entro en zona con limitación de peso.
                        Una ley autonómica, ordenanza local etc. jamás pueden estar limitando la ley nacional.
                        Al final todos los que se mueven mucho con la AC tendría que contratar el servicio de recurso de multas que tienen los profesionales del volante.
                        Una situación lamentable el tener que defenderse de estas ordenanzas que los políticos de bajo perfil defienden para el interés de campings y hoteles.
                        Ya verás que no te multan si haces pernocta en tu camión, pues no eres potencial cliente de camping.
                        La Ley de Turismo de Asturias la recurrieron y ganaron, no es una ordenanza

                        Y no las quitan. A los camiones no les denuncian. No es un vehículo vivienda o autocaravana

                        Hay asociaciones o plataformas que te ofrecen ese servicio ya, está inventado desde hace años. Y creo que no se ganan en Asturias. Es mas, a una asociciación en una Kedada les denuciaron todos (o a muchos). Recurrieron pero creo que perdieron

                        Un saludo


                        No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

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                        • termikina
                          Usuario
                          • 31 oct, 2015
                          • 261
                          • Don Benito

                          #13
                          Algo hace mal la defensa cuando el decreto ley es más restrictivo que el Nacional, ese decreto me quita derechos, No me permite pernoctar con mi AC , vamos a ir sacando más decretos así en otras comunidades autónomas como que no me permita conducir con mi AC en carreteras con un arcén menor de 1m, puestos a inventar.
                          Algo se me escapa, pero no me cuadra nada esas sentencias.

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                          • afbs
                            Usuario
                            • 8 ago, 2006
                            • 11805
                            • Santurtzi (Bizkaia)

                            #14
                            Originalmente publicado por termikina
                            Algo hace mal la defensa cuando el decreto ley es más restrictivo que el Nacional, ese decreto me quita derechos, No me permite pernoctar con mi AC , vamos a ir sacando más decretos así en otras comunidades autónomas como que no me permita conducir con mi AC en carreteras con un arcén menor de 1m, puestos a inventar.
                            Algo se me escapa, pero no me cuadra nada esas sentencias.
                            No será tan fácil

                            Santander es un ejemplo. Aparca la AC en el sardinero y reclamas.

                            Un saludo


                            No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

                            Comentario

                            • termikina
                              Usuario
                              • 31 oct, 2015
                              • 261
                              • Don Benito

                              #15
                              Originalmente publicado por afbs
                              No será tan fácil

                              Santander es un ejemplo. Aparca la AC en el sardinero y reclamas.

                              Un saludo
                              Fácil no será, pero habría que leer el veredicto de esas sentencias, que claro está deben ser recurridas posteriormente a un estamento judicial mayor pues son un sin sentido. Una ley autonómica que me quita el derecho a pernoctar que si tengo con la ley de tráfico nacional.
                              Pero visto como está el patio actualmente donde milagrosamente se aprueban leyes autonómicas para beneficiar el interés de unos empresarios, ya sean del sector turismo, eléctricas, petroleras etc. para beneficio posterior de los políticos que las aprueban y estamentos que las apoyan pues así nos va.

                              Comentario

                              Trabajando...