Te pueden denunciar, pero si recurres la multa aún diciendo que SI has pernoctado no se te puede multar pues no has realizado acampada, ganando el recurso sin el más mínimo problema.
Pero a la mayoría de nosotros por falta de tiempo o ganas al final acaba pagando en vez de recurrir.
Los decretos de ley, normas locales, ordenanzas etc. de una comunidad autónoma, municipio jamás pueden ser más restrictivo que la nacional.
Si con mi camión me aparto de la carretera y entro en un área de servicio de descanso, polígono o aparcamiento público y paro a pernoctar no me multan al igual que si lo hago con mi autocaravana y no entro en zona con limitación de peso.
Una ley autonómica, ordenanza local etc. jamás pueden estar limitando la ley nacional.
Al final todos los que se mueven mucho con la AC tendría que contratar el servicio de recurso de multas que tienen los profesionales del volante.
Una situación lamentable el tener que defenderse de estas ordenanzas que los políticos de bajo perfil defienden para el interés de campings y hoteles.
Ya verás que no te multan si haces pernocta en tu camión, pues no eres potencial cliente de camping.