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  • COSTABLANCA
    Usuario
    • 13 abr, 2013
    • 18522
    • Elche

    #16
    Originalmente publicado por M. Vargas y Paqui
    Esto es otra "pantomima" de la Junta.
    Yo no veo nada definido, estamos igual que antes ....
    Ojana. ...


    Un saludo
    Desde el Aljarafe Sevillano
    Totalmente de acuerdo...
    Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.

    Comentario

    • afbs
      Usuario
      • 8 ago, 2006
      • 11805
      • Santurtzi (Bizkaia)

      #17
      Habrá que leer toda la ley cuando esté firmado. Esto es un resumen bastante resumido y encima escueto.

      Pero de momento yo tampoco soy optimista.

      Un saludo


      No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

      Comentario

      • pcamara
        Usuario
        • 20 ago, 2010
        • 2784
        • Pontevedra

        #18
        Buenos días AFBS. Yo lo que tengo en mis manos es el primer borrador, del 12/04/2017. En el mismo, capítulo II (Campamentos de turismo), artículo 7, punto 3 dice textualmente:
        "Son áreas de pernocta de autocaravanas, aquellos campamentos de turismo destinados exclusivamente a la acogida y pernocta de autocaravanas, caravanas o campers en tránsito, así como a las personas que viajan en ellas, para su descanso y mantenimiento propio de estos vehículos, tales como: vaciado y limpieza de depósitos y suministro de agua potable y electricidad, durante un período máximo de estancia de 72h.
        Se considerará que no está acampada, y por lo tanto no hay pernocta, aquella autocaravana, caravana o camper estacionada, de acuerdo con las normas de tráfico y circulación, en zonas debidamente autorizadas, que no amplíe su perímetro de estacionamiento mediante la transformación o despliegue de elementos de aquella".
        Lo que desconozco por el momento es si hay modificaciones posteriores a esto...

        Comentario

        • cormoran
          Usuario
          • 22 abr, 2005
          • 20521
          • VIGO (Pontevedra)

          #19
          Pues si pone eso, perdona vuelven a lo mismo de siempre, una cosa es la pernocta y otra la acampada, personalmente puedo estar pernoctando y no estar acampado y puedo estar acampado sin pernoctar...... me entiendes verdad
          Desearía poder cuestionar libremente y responder libremente sin adulaciones. Así se comporta aquel que persigue la verdad.
          Vicenzo Galilei
          http://t3.gstatic.com/images?q=tbn:A...4v8hCdsEFHmpgQ

          Comentario

          • afbs
            Usuario
            • 8 ago, 2006
            • 11805
            • Santurtzi (Bizkaia)

            #20
            Originalmente publicado por pcamara
            Se considerará que no está acampada, y por lo tanto no hay pernocta, aquella autocaravana, caravana o camper estacionada, de acuerdo con las normas de tráfico y circulación, en zonas debidamente autorizadas, que no amplíe su perímetro de estacionamiento mediante la transformación o despliegue de elementos de aquella".
            Lo que desconozco por el momento es si hay modificaciones posteriores a esto...
            Gracias por el aporte. La frase que pongo en negrita y la palabra que subrayo es la que me preocupa. Creo que da mucho margen para interpretaciones. Poniendome de abogado del diablo, como ayuntamiento podría sancionar a una AC perfectamente estacionada porque está fuera de una en zonas debidamente autorizadas (que se puede entender como área, camping, campamento o cualquier punto descrito como habilitado)

            Lo digo rizando el rizo, pero lo que nos hace daño son las malas interpretaciones que hace el interesado

            Un saludo


            No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

            Comentario

            • afbs
              Usuario
              • 8 ago, 2006
              • 11805
              • Santurtzi (Bizkaia)

              #21
              Tambien me extraña que ninguna asociación salga a explicar un poco esto. Alguna estará haciendo el seguimiento/participando por los intereses de los autocaravanistas.

              Un saludo


              No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

              Comentario

              • markez13
                Usuario
                • 28 jul, 2016
                • 199
                • Valle de Mena (Burgos)

                #22
                Como de costumbre los políticos dejan puertas abiertas para interpretar y modificar a gusto de cada cual, ¿algún día tendremos unas leyes claras?.
                QUIEN HIZO LA LEY HIZO LA TRAMPA

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                • playaluz
                  Usuario
                  • 31 ene, 2017
                  • 88
                  • Sevilla

                  #23
                  Originalmente publicado por pcamara
                  Buenos días AFBS. Yo lo que tengo en mis manos es el primer borrador, del 12/04/2017. En el mismo, capítulo II (Campamentos de turismo), artículo 7, punto 3 dice textualmente:
                  "Son áreas de pernocta de autocaravanas, aquellos campamentos de turismo destinados exclusivamente a la acogida y pernocta de autocaravanas, caravanas o campers en tránsito, así como a las personas que viajan en ellas, para su descanso y mantenimiento propio de estos vehículos, tales como: vaciado y limpieza de depósitos y suministro de agua potable y electricidad, durante un período máximo de estancia de 72h.
                  Se considerará que no está acampada, y por lo tanto no hay pernocta, aquella autocaravana, caravana o camper estacionada, de acuerdo con las normas de tráfico y circulación, en zonas debidamente autorizadas, que no amplíe su perímetro de estacionamiento mediante la transformación o despliegue de elementos de aquella".
                  Lo que desconozco por el momento es si hay modificaciones posteriores a esto...
                  Según esto sólo se puede PERNOCTAR (incluyendo las autocaravanas) en los campamentos de turismo destinados exclusivamente a la acogida y pernocta de autocaravanas, caravanas o campers en tránsito.

                  Y sólo se considerará estacionada y no acampada si no hay PERNOCTA (Se considerará que no está acampada, y por lo tanto no hay pernocta, aquella autocaravana, caravana o camper estacionada, de acuerdo con las normas de tráfico y circulación)

                  Mal asunto, no entiendo la euforia de los primeros post de este hilo.

                  Comentario

                  • rapido997
                    Usuario
                    • 15 ene, 2017
                    • 107
                    • sevilla

                    #24
                    La verdad que nos lo van poner más complicado para este año, no entiendo como no hay movilizaciones de las asociaciones , la cosa se va a poner aún peor

                    Comentario

                    • favila
                      Usuario
                      • 14 mar, 2007
                      • 864

                      #25
                      Originalmente publicado por playaluz
                      Según esto sólo se puede PERNOCTAR (incluyendo las autocaravanas) en los campamentos de turismo destinados exclusivamente a la acogida y pernocta de autocaravanas, caravanas o campers en tránsito. Y sólo se considerará estacionada y no acampada si no hay PERNOCTA (Se considerará que no está acampada, y por lo tanto no hay pernocta, aquella autocaravana, caravana o camper estacionada, de acuerdo con las normas de tráfico y circulación) Mal asunto, no entiendo la euforia de los primeros post de este hilo.
                      Pues lo de la euforia de los primeros post es muy fácil de entender, se llama falta de comprensión lectora. Algunos han lanzado las campanas al vuelo, pero si se confirma no seran tañidos de gloria, sino de funeral.


                      Comentario

                      • conrad
                        Usuario
                        • 4 abr, 2007
                        • 1627
                        • Llavaneres

                        #26
                        Ante la duda, yo siempre aconsejo dirigirse a la fuente original, en este caso la Junta de Andalucía, y como se puede ver claro, el texto se encuentra todavía en elaboración.



                        Al igual que ha sucedido en otras Comunidades, se trata de un Decreto destinado a la regulación de las áreas de Autocaravanas privadas, cuya "figura" no existia en nuestro país, lo que las hacía estar en un "limbo legal", y pese a que el texto se ha ce un poco de lio entre lo que es "estacionar" "pernoctar" y "acampar" yo creo que en su preambulo lo deja muy claro:

                        Esta nueva figura alojativa para autocaravanas no debe centrarse en el concepto de estacionamiento o parking de estos vehículos, que se regulará por su propianormativa sectorial, sino que debe circunscribirseal concepto de zona o establecimiento turístico para la acampada de autocaravanas

                        Así mismo, en el Articulo 1, apartado 3b deja también muy claro que quedan excluidas de su ambieto de aplicación:

                        Las zonas de estacionamiento para autocaravanas, caravanas y campers en vías urbanas, que se regularán por ordenanza municipal, y en vías interurbanas, atendiendo al Reglamento General de Circulación, o cualquier lugar reservado al estacionamiento para autocaravanas regulado por sunormativa sectorial.

                        En este sentido, el estacionamiento en la vía pública, ya sean parkings expecíficos o no, continuan quedando excentos de este reglamento pues la comunidad autonoma no tiene competencias para regular el tráfico. Otra cosa es que el modelo que están estableciendo estos nuevos reglamentos parece el de un "camping low-cost", dejando a un lado otras posibilidades de pernocta tan interesantes como las granjas o los puertos, entre otros.
                        Editado por última vez por conrad; 30/01/2018, 12:50:13.
                        La vida es como una partida de Póker, no puedes elegir con qué cartas jugar, solo intentar hacer la mejor partida con ellas.

                        Comentario

                        • Fernandorojiblanco
                          Usuario
                          • 17 jul, 2006
                          • 1117
                          • Sevilla

                          #27
                          Originalmente publicado por conrad
                          Ante la duda, yo siempre aconsejo dirigirse a la fuente original, en este caso la Junta de Andalucía, y como se puede ver claro, el texto se encuentra todavía en elaboración.



                          Al igual que ha sucedido en otras Comunidades, se trata de un Decreto destinado a la regulación de las áreas de Autocaravanas privadas, cuya "figura" no existia en nuestro país, lo que las hacía estar en un "limbo legal", y pese a que el texto se ha ce un poco de lio entre lo que es "estacionar" "pernoctar" y "acampar" yo creo que en su preambulo lo deja muy claro:

                          Esta nueva figura alojativa para autocaravanas no debe centrarse en el concepto de estacionamiento o parking de estos vehículos, que se regulará por su propianormativa sectorial, sino que debe circunscribirseal concepto de zona o establecimiento turístico para la acampada de autocaravanas

                          Así mismo, en el Articulo 1, apartado 3b deja también muy claro que quedan excluidas de su ambieto de aplicación:

                          Las zonas de estacionamiento para autocaravanas, caravanas y campers en vías urbanas, que se regularán por ordenanza municipal, y en vías interurbanas, atendiendo al Reglamento General de Circulación, o cualquier lugar reservado al estacionamiento para autocaravanas regulado por sunormativa sectorial.

                          En este sentido, el estacionamiento en la vía pública, ya sean parkings expecíficos o no, continuan quedando excentos de este reglamento pues la comunidad autonoma no tiene competencias para regular el tráfico. Otra cosa es que el modelo que están estableciendo estos nuevos reglamentos parece el de un "camping low-cost", dejando a un lado otras posibilidades de pernocta tan interesantes como las granjas o los puertos, entre otros.
                          Way

                          Comentario

                          • cormoran
                            Usuario
                            • 22 abr, 2005
                            • 20521
                            • VIGO (Pontevedra)

                            #28
                            conrad no cero que las areas públicas hechas por los ayuntamientos este en el limbo legal, me explico los ayuntamientos tienen las potestad de regular la circulación y por tanto el aparcamiento siempre cumpliendo la ley, los parking privados podrían especializarse en las ac por lo tanto cumpliendo la ley serian totalmente legales las areas de descanso privadas sin retocar mucho
                            Desearía poder cuestionar libremente y responder libremente sin adulaciones. Así se comporta aquel que persigue la verdad.
                            Vicenzo Galilei
                            http://t3.gstatic.com/images?q=tbn:A...4v8hCdsEFHmpgQ

                            Comentario

                            • afbs
                              Usuario
                              • 8 ago, 2006
                              • 11805
                              • Santurtzi (Bizkaia)

                              #29
                              Originalmente publicado por cormoran
                              conrad no cero que las areas públicas hechas por los ayuntamientos este en el limbo legal, me explico los ayuntamientos tienen las potestad de regular la circulación y por tanto el aparcamiento siempre cumpliendo la ley, los parking privados podrían especializarse en las ac por lo tanto cumpliendo la ley serian totalmente legales las areas de descanso privadas sin retocar mucho
                              En el limbo estaban las privadas y expuestas a los camping. En este sentido se supone que están protegidas

                              Las públicas poco afectan si es un parking con unos servicios básicos

                              Un saludo
                              Editado por última vez por afbs; 30/01/2018, 18:48:58.


                              No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

                              Comentario

                              • conrad
                                Usuario
                                • 4 abr, 2007
                                • 1627
                                • Llavaneres

                                #30
                                Originalmente publicado por cormoran
                                conrad no cero que las areas públicas hechas por los ayuntamientos este en el limbo legal, me explico los ayuntamientos tienen las potestad de regular la circulación y por tanto el aparcamiento siempre cumpliendo la ley, los parking privados podrían especializarse en las ac por lo tanto cumpliendo la ley serian totalmente legales las areas de descanso privadas sin retocar mucho
                                Totalmente deacuerdo con ambos. De hecho, coincido con afbs en que las areas municipales creo que sería mejor llamarlas "Parkings específicos para autocaravanas" con punto de servicio (en caso de que lo tengan), para evitar así la confusión.

                                El problema de las áreas privadas reside principalmente en las Licencias de dichos establecimientos, pues no están tipificados y por lo tanto hasta el momento se consideraban simplemente Parkings. Luego, existe el tema de si son o no establecimientos dedicados a alojar turistas (muy plemico aquí en Cataluña pues existe una tasa turistica) y por si no fuera poco, hay quienes quieren impulsar que en las áreas se pueda sacar toldo y mesas como en un camping .... Es por ello que, en este caso, entiendo necesaria la regulación. Para lo demás .... ya tenemos el Reglamento General de Circulación!
                                Editado por última vez por conrad; 30/01/2018, 20:34:09.
                                La vida es como una partida de Póker, no puedes elegir con qué cartas jugar, solo intentar hacer la mejor partida con ellas.

                                Comentario

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