Tambien mire la tuya paisano, y lo mismo puedo poner 225/70/15, no entiendo porque pone en ficha tecnica como opcional la 225/75/16
Indice de peso en rueda
Colapsar
X
-
-
Tan fácil, como pagando pones lo que quieras aguantado el peso.
Pagas a un ingeniero y listo.Natural,Naturaleza,Sinceridad,Libertad,Verde.
Comentario
-
Comentario
-
Yo tengo Iveco rueda gemela. Original 195/75/16 y le puse 205/65/16. No es compatible en el 3%. Pero si pagando 300 € a un ingeniero.Natural,Naturaleza,Sinceridad,Libertad,Verde.
Comentario
-
Todos los chasis Fiat (15") desde 2013 traen en su ficha técnica la observación de homologación de neumáticos 225/75-16.
Por lo tanto, el cambio se puede realizar perfecta y legalmente. Por eso, los concesionarios han podido incluir como extra las llantas de aluminio de 16" sin tener que homologar.
Cada vez son más raras las ACs que salen de fabrica con llanta 15
Un Saludo,sigpicComentario
-
Todos los chasis Fiat (15") desde 2013 traen en su ficha técnica la observación de homologación de neumáticos 225/75-16.
Por lo tanto, el cambio se puede realizar perfecta y legalmente. Por eso, los concesionarios han podido incluir como extra las llantas de aluminio de 16" sin tener que homologar.
Cada vez son más raras las ACs que salen de fabrica con llanta 15
Un Saludo,
En la documentación del vehículo (Tarjeta de Inspección Técnica de vehículos o ficha técnica) se puede ver qué medida de neumáticos ha homologado el fabricante para el vehículo concreto.
Con la nueva medida instalada deberemos comprobar entre otros requerimientos que se indican abajo que la variación del diámetro no supera el 3%. En el caso de cumplir con todos los requerimientos, los neumáticos son equivalentes y no tendremos que legalizar la situación.
Según Real Decreto 866/2010 será obligatoria la legalización cuando los nuevos neumáticos no cumplan los siguientes criterios de equivalencia:
- Índice de capacidad de carga igual o superior a los mínimos indicados en la tarjeta ITV
- Categoría de velocidad igual o superior a los mínimos indicados en la tarjeta ITV
- Igual diámetro exterior, con una tolerancia de ± 3%.
- Que el perfil de llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.
Muy importante: Está prohibida la sustitución de neumáticos cuando la misma implique riesgos de interferencias con otras partes del vehículo, aun siendo equivalentes.
No obstante, si los neumáticos no son equivalentes, ni incluso con los de la ficha reducida, siempre se puede regularizar la situación aportando los siguientes documentos para su legalización e inclusión en la Tarjeta de Inspección:
- Informe de conformidad según modelo del anexo II, del Real Decreto 866/2010, emitido por un SERVICIO TÉCNICO DESIGNADO PARA REFORMAS DE VEHÍCULOS, o por el FABRICANTE DEL VEHÍCULO, inscrito en el registro de firmas autorizadas de fabricantes de la autoridad de homologación, en el que se hará constar que el vehículo reformado, según se solicita, cumple los requisitos de los actos reglamentarios que son de aplicación conforme a las reformas tipificadas en el anexo I y al Manual de Reformas de Vehículos y deberá asegurar en dicho informe la compatibilidad entre llanta y neumático.
- Certificado del Taller instalador según modelo del Anexo III, del RD 866/2010, emitido por un taller debidamente dado de alta en el Registro Especial de talleres correspondiente. Debe especificar en el apartado de Observaciones la identificación de los equipos o sistemas modificados, garantizando que se cumple lo previsto en el artículo 6 del Reglamento General de vehículos y, en su caso, en el artículo 5 del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regula la actividad industrial en talleres de vehículos automóviles, de equipos y sus componentes, modificado por 455/2010 , de 16 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.
En la documentación del vehículo (Tarjeta de Inspección Técnica de vehículos o ficha técnica) se puede ver qué medida de neumáticos ha homologado el fabricante para el vehículo concreto.
Con la nueva medida instalada deberemos comprobar entre otros requerimientos que se indican abajo que la variación del diámetro no supera el 3%. En el caso de cumplir con todos los requerimientos, los neumáticos son equivalentes y no tendremos que legalizar la situación.
Según Real Decreto 866/2010 será obligatoria la legalización cuando los nuevos neumáticos no cumplan los siguientes criterios de equivalencia:
- Índice de capacidad de carga igual o superior a los mínimos indicados en la tarjeta ITV
- Categoría de velocidad igual o superior a los mínimos indicados en la tarjeta ITV
- Igual diámetro exterior, con una tolerancia de ± 3%.
- Que el perfil de llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.
Muy importante: Está prohibida la sustitución de neumáticos cuando la misma implique riesgos de interferencias con otras partes del vehículo, aun siendo equivalentes.
No obstante, si los neumáticos no son equivalentes, ni incluso con los de la ficha reducida, siempre se puede regularizar la situación aportando los siguientes documentos para su legalización e inclusión en la Tarjeta de Inspección:
- Informe de conformidad según modelo del anexo II, del Real Decreto 866/2010, emitido por un SERVICIO TÉCNICO DESIGNADO PARA REFORMAS DE VEHÍCULOS, o por el FABRICANTE DEL VEHÍCULO, inscrito en el registro de firmas autorizadas de fabricantes de la autoridad de homologación, en el que se hará constar que el vehículo reformado, según se solicita, cumple los requisitos de los actos reglamentarios que son de aplicación conforme a las reformas tipificadas en el anexo I y al Manual de Reformas de Vehículos y deberá asegurar en dicho informe la compatibilidad entre llanta y neumático.
- Certificado del Taller instalador según modelo del Anexo III, del RD 866/2010, emitido por un taller debidamente dado de alta en el Registro Especial de talleres correspondiente. Debe especificar en el apartado de Observaciones la identificación de los equipos o sistemas modificados, garantizando que se cumple lo previsto en el artículo 6 del Reglamento General de vehículos y, en su caso, en el artículo 5 del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regula la actividad industrial en talleres de vehículos automóviles, de equipos y sus componentes, modificado por 455/2010 , de 16 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.
Comentario
-
No le des muchas vueltas Alpebret. Toda esa documentación es correcta, pero en el momento que Fiat homologa sus chasis con dos posibles dimensiones de neumáticos, ya es igual lo del 3%.
Esta cifra ya solo se tendrá en cuenta dependiendo de la llanta que lleves.
En cuanto al cambio en el desarrollo y su desviación en velocímetro tampoco es problema, es mas, con llanta 16" el velocímetro será mas exacto puesto que Fiat los calibra con la llanta 16". El mayor error está en los modelos equipados con la llanta 15"sigpicComentario
-
No se puede mezclar llanta y neumático para el uso del velocímetro, los turismos deportivos algunos llegan hasta la llanta 19´ pero el neumatico casi no se ve su altura y sin embargo el Toyota 4x4 lleva menos diámetro de llanta y mucha altura de neumático, digo altura para que todos lo comprendan ,resumiendo si su desarrollo es XX da igual que llanta y neumatico lleve si cumple con lo que dice fabrica que lo homologó.
Osea como dices puede salir con una llanta u otra homologada pero entre las dos no puede haber una diferencia de más del 3%.
Espero haberme explicado, de lo contrario creo que los camioneros lo tendrían fácil para engañar al tacógrafo y así a las horas de conducción y descanso. SaludosComentario
-
Agradecería poder conocer cual es el índice mayor de carga que existe en unas ruedas 225/75/R16. Yo uso Continental camper C y, como voy a cambiarlas en breve, agradeceré esta información al respecto.
Muchas gracias y saludos cordiales.Comentario
-
No se puede mezclar llanta y neumático para el uso del velocímetro, los turismos deportivos algunos llegan hasta la llanta 19´ pero el neumatico casi no se ve su altura y sin embargo el Toyota 4x4 lleva menos diámetro de llanta y mucha altura de neumático, digo altura para que todos lo comprendan ,resumiendo si su desarrollo es XX da igual que llanta y neumatico lleve si cumple con lo que dice fabrica que lo homologó.
Osea como dices puede salir con una llanta u otra homologada pero entre las dos no puede haber una diferencia de más del 3%.
Espero haberme explicado, de lo contrario creo que los camioneros lo tendrían fácil para engañar al tacógrafo y así a las horas de conducción y descanso. Saludos
En cuanto a los camioneros y el tema del tacógrafo, no veo correspondencia con este tema, pero ya que lo mencionas me imagino que tiene que ver con una práctica extendida entre algunos camioneros portugueses. Pero de esto tu sabes mucho mas
Un Saludo,
Saludos,sigpicComentario
-
Si claro con €€€ se arregla todo, pero si hay alguien aqui que lo ha hecho que nos diga papeles y €€€.
Si fuera tan simple yo le pongo unas grandes dimensiones a mi camión y el que va legal hace 750 kms legales con 9-10 h , en autopista y yo ,haria con el mismo tiempo 1.000 kms eso no es ir legal,ya lo intente en mis tiempos pero hoy en las ITVS te miran muy bien tu medida. Un saludoComentario
Comentario