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  • Correkaminos
    Usuario
    • 14 sep, 2014
    • 481
    • Cantabria

    #46
    Originalmente publicado por joac1976
    Sigo el hilo,me interesa...mi hermano está barajando compra y tengo un amigo en el mismo caso,en Barcelona con más de 33% y nada,está recurrido.
    Preguntó sin saber mucho del tema. No se estaría en indefensión jurídica por zona geográfica? Porque si en Catalunya todas!!! A ver si hay algún abogado que explique si se puede hacer recurso unitario estatal ,al defensor del pueblo o estamento comunitario europeo oportuno, porque está claro que es tema económico simplemente...que quieren cobrar el estado siempre el máximo!

    No no te sabría decir, como España es un puzzle indescifrable donde cada autonomía va por libre....

    Por ejemplo aquí en Cantabria tenemos el impuesto de matriculación casi al doble que en el resto de comunidades, aunque si es cierto que lo de la minusválida lo aceptan.

    Comentario

    • jlbr
      Usuario
      • 17 nov, 2011
      • 107
      • esparreguera

      #47
      Yo no entiendo si la tributaria viene del gobierno central, como en cada autonomia lo interpretan de manera diferente.

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      • titu
        Usuario
        • 21 feb, 2007
        • 543
        • Tineo

        #48
        Originalmente publicado por Correkaminos
        No no te sabría decir, como España es un puzzle indescifrable donde cada autonomía va por libre....

        Por ejemplo aquí en Cantabria tenemos el impuesto de matriculación casi al doble que en el resto de comunidades, aunque si es cierto que lo de la minusválida lo aceptan.
        Lo de pagar el doble es el impuesto matriculación o el impuesto municipal?

        Ah y a mi me denegaron la reducción al 4 % de iva en el 2005 a la GV. Alegaron que no era un vehículo de uso diario.

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        • Correkaminos
          Usuario
          • 14 sep, 2014
          • 481
          • Cantabria

          #49
          Originalmente publicado por titu
          Lo de pagar el doble es el impuesto matriculación o el impuesto municipal?

          Ah y a mi me denegaron la reducción al 4 % de iva en el 2005 a la GV. Alegaron que no era un vehículo de uso diario.
          En el impuesto de matriculación, y en lo de si el vehículo es para uso diario o no legalmente no tiene ninguna base, porque así no está recogido en la ley

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          • jlbr
            Usuario
            • 17 nov, 2011
            • 107
            • esparreguera

            #50
            Respuesta de agencia tributaria, Las autocaravanas y los vehiculos cuando se acndicionen para ser utilizados como vivienda estaran sujetos al IEDMT, con la excepcion de los clasificados M2 y M3.

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            • rober69
              Usuario
              • 21 sep, 2013
              • 476
              • Pamplona

              #51
              [QUOTE=Correkaminos;2070726]No no te sabría decir, como España es un puzzle indescifrable donde cada autonomía va por libre....
              Editado por última vez por rober69; 30/10/2019, 00:36:25.

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              • rober69
                Usuario
                • 21 sep, 2013
                • 476
                • Pamplona

                #52
                hh
                Editado por última vez por rober69; 30/10/2019, 00:37:28.

                Comentario

                • rober69
                  Usuario
                  • 21 sep, 2013
                  • 476
                  • Pamplona

                  #53
                  Originalmente publicado por jlbr
                  de momento tengo la autocaravan nueva pagada con iva y parada a la espera del recurso
                  te cito para que leas mis respuestas, y si la tienes pagada , úsala que no creo te devuelvan el dinero (jajaja), porqué no la vas a usar?, te la vas a tener que quedar te apliquen el iva al 21 o al 4%

                  Comentario

                  • rober69
                    Usuario
                    • 21 sep, 2013
                    • 476
                    • Pamplona

                    #54
                    [quote=cimiento;2025340]miguedejun;
                    Editado por última vez por rober69; 30/10/2019, 00:38:02.

                    Comentario

                    • rober69
                      Usuario
                      • 21 sep, 2013
                      • 476
                      • Pamplona

                      #55
                      Originalmente publicado por Lelete
                      La exención del impuesto de matriculación por discapacidad sólo se aplica a un vehículo y tienen que pasar cuatro años para poder comprar otro vehículo con el mismo certificado de minusvaía, o bien, liquidar el impuesto o presentar un certificado de la compañía de seguros por siniestro total del vehículo.
                      puedes pedir antes de 4 años, si el vehículo anterior lo vendes, liquidas y devuelves los impuestos que te eximieron, con intereses.

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                      • CIMIENTO
                        Usuario
                        • 29 dic, 2011
                        • 301
                        • JEREZ

                        #56
                        Originalmente publicado por rober69
                        madre mía, como estamos del cogote, la exención (no excepción) del impuesto de circulación es un vehículo por persona discapacitada, tu vehículo lo tendrás domiciliado en tu casa, con lo cual será tu ayuntamiento quién te de la exención, si cumples los requisitos, si tienes discapacidad y 2 vehículos, como vas a matricularlo en otra población si va a tu nombre y en tu domicilio?, podrías ponerlo en otra población a nombre de otra persona con discapacidad (que lo dudo porque tendrá las mismas necesidades), y aún así pondrías tu vehículo a nombre de otra persona por ahorrarte 100€/año?
                        Pues no cogote! Yo tengo dos vehículos, cada uno en distintas poblaciones, y me aplican el descuento por discapacidad en cada ciudad, y si! El ahorro es más de 100€.

                        Enviado desde mi Armor_3 mediante Tapatalk
                        SALUDOS Y CERVEZAS

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                        • CIMIENTO
                          Usuario
                          • 29 dic, 2011
                          • 301
                          • JEREZ

                          #57
                          Originalmente publicado por rober69
                          puedes pedir antes de 4 años, si el vehículo anterior lo vendes, liquidas y devuelves los impuestos que te eximieron, con intereses.
                          O tienes un accidente en el cual se declare siniestro total, por si no lo sabías!

                          Enviado desde mi Armor_3 mediante Tapatalk
                          SALUDOS Y CERVEZAS

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                          • PAMPLINAS
                            Usuario
                            • 28 jul, 2016
                            • 977
                            • BADAJOZ

                            #58
                            [QUOTE=rober69;2135422]
                            Originalmente publicado por Metralla
                            Se están mezclando conceptos.... el impuesto de matriculación depende del gobierno central, se aplica a cualquiera con discapacidad del 33% o más.
                            El impuesto municipal de circulación depende del ayuntamiento y se aplica sólo un vehículo que este a su nombre.


                            con lo que estáis hablando, deduzco que a ninguno os corresponde, pues no sabéis ni de qué habláis, el vehículo nuevo lleva iva e iedmt (impuesto especial de determinados medios de transporte), este IEDMT es igual en todos sitios, no como dice un forero que en cantabria pagan más, por favor¡¡¡¡
                            el IEDMT se paga en relación a las emisiones de co2 del vehículo, una autocaravana está normalmente en el 9,75% (entre 160 y 200 grs co2), de ese 9,75% se le deduce un 30% en concepto de la parte de vivienda del vehículo, con lo que dicho IEDMT queda en el 6,82%
                            El impuesto de circulación es lo que gravan los ayuntamientos, y no por tener discapacidad estás exento, (un impuesto de circulación pueden ser 100-130€ anuales), esa exención la regulan los ayuntamientos, pero como norma generalizada debes tener discapacidad 33% y "x" puntos de movilidad reducida, o vehículo adaptado, y normalmente tener menos de 12 cv FISCALES (un motor de 1600 cm3)
                            El IEDTM no es igual en todos los sitios, hay CCAA que te meten hasta casi un 3% más en cada tramo o en algunos tramos, así que a ver si antes de aseverar algo con esa rotundidad nos informamos un poco más. Extremadura por ejemplo está en el grupo de CCAA que más alto tiene este impuesto.

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                            • rober69
                              Usuario
                              • 21 sep, 2013
                              • 476
                              • Pamplona

                              #59
                              Originalmente publicado por CIMIENTO
                              O tienes un accidente en el cual se declare siniestro total, por si no lo sabías!

                              Enviado desde mi Armor_3 mediante Tapatalk
                              claro,si tienes un accidente con siniestro total, pero que los cuatro años podrían no ser, si el vehículo anterior sobre el cual te has desgravado lo vendes y liquidas los beneficios que tuviste.

                              Comentario

                              • rober69
                                Usuario
                                • 21 sep, 2013
                                • 476
                                • Pamplona

                                #60
                                Originalmente publicado por CIMIENTO
                                Pues no cogote! Yo tengo dos vehículos, cada uno en distintas poblaciones, y me aplican el descuento por discapacidad en cada ciudad, y si! El ahorro es más de 100€.

                                Enviado desde mi Armor_3 mediante Tapatalk
                                bueno, si eres de jerez, cualquier cosa, en el 98% de poblaciones de españa es un vehículo por discapacitado, sin más por el simple hecho de que dos vehículos no usas a la vez y con el fin de acabar con la picaresca de poner vehículos a nombre de personas con discapacidad, pero dependiendo que comunidades, siguen con ciertos desbarajustes.

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