Imp matriculación exento

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  • JABRUZON
    Usuario
    • 1 abr, 2018
    • 3
    • CADIZ

    Imp matriculación exento

    Buenos dias
    pueden decirme si tengo una minusválida del 33%, estaría exento el impuesto de matriculación al comprar una ac. comprada en Madrid y matriculada en para Andalucía.
    gracias
  • Agustmaiz
    Usuario
    • 2 feb, 2007
    • 21125
    • SILLA (Valencia)

    #2
    Nueva o usada?

    Enviado desde mi SM-J500FN mediante Tapatalk
    Mi página de bricos:

    http://picasaweb.google.com/108474959811368681058

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    • JABRUZON
      Usuario
      • 1 abr, 2018
      • 3
      • CADIZ

      #3
      Hola la compra es de ac nueva

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      • Deobriga
        Usuario
        • 8 mar, 2007
        • 5480
        • D.E.P.

        #4
        Donde mejor saldràs de dudas es viendo esto: https://www.agenciatributaria.es/AEA...ehiculos.shtml
        EN MEMORIA DE LUIS MARIA SAN JOSÉ (DEÓBRIGA)

        D.E.P

        04/03/1946 - 07/10/2022

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        • lccano
          Usuario
          • 10 feb, 2014
          • 169
          • España

          #5
          Originalmente publicado por JABRUZON
          Buenos dias
          pueden decirme si tengo una minusválida del 33%, estaría exento el impuesto de matriculación al comprar una ac. comprada en Madrid y matriculada en para Andalucía.
          gracias
          Yo no lo sé fijo pero es un impuesto estatal así que en principio entre Madrid y Andalucía debería dar igual. Pide cita previa para confirmar o llama por teléfono.

          Enviado desde mi Elephone P6000 02 mediante Tapatalk

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          • adpetrum
            Usuario
            • 11 jun, 2012
            • 502
            • Cádiz

            #6
            Si tienes derecho a la deducción. La compres donde la compres. Se va a matricular en Andalucia. Así que la exención lo pedirán a la hacienda andaluza. Lo hacen mediante una gestoría
            Originalmente publicado por JABRUZON
            Buenos dias
            pueden decirme si tengo una minusválida del 33%, estaría exento el impuesto de matriculación al comprar una ac. comprada en Madrid y matriculada en para Andalucía.
            gracias
            Enviado desde mi MI 5 mediante Tapatalk

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            • marino1
              Usuario
              • 15 ene, 2008
              • 1123
              • CÁDIZ

              #7
              Lo debe solicitar el vendedor al tramitar el papeleo en tu lugar de residencia, tu le comunicas tu minusvalia y la gestora hace el resto
              Yo también participe en tres Marchas y casi en una cuarta y tu.
              Que bonita es la amistad ¿Donde vive?

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              • zosso5
                Usuario
                • 28 mar, 2015
                • 567
                • --

                #8
                Y tiene que pasar un minimo de cuatro años entre una deduccion y la siguiente , creo recordar ,saludos

                Comentario

                • JABRUZON
                  Usuario
                  • 1 abr, 2018
                  • 3
                  • CADIZ

                  #9
                  Muchas gracias, por vuestras opiniones, ya contare el resultado


                  Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk

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                  • masofo
                    Usuario
                    • 2 abr, 2014
                    • 24
                    • Puigverd de Lleida

                    #10
                    Lo puedes llevar a la gestora o que lo haga el concesionario donde compras la AC. Pero yo te recomendaría que hicieras los tramites tú mismo. Normalmente rechazan las exenciones por considerar las ACs como artículo de lujo. Pero si insistes te la daran.

                    Comentario

                    • Buenes
                      Usuario
                      • 19 oct, 2014
                      • 3613
                      • Sant Joan Despi

                      #11
                      En mi opinion, y segun el enlace de Deobriga, no es suficiente tener el 33%...hay que tener la declaracion de movilidad reducida...creo!

                      Salu2
                      ...dia a dia...siempre Andalucia...

                      Comentario

                      • zosso5
                        Usuario
                        • 28 mar, 2015
                        • 567
                        • --

                        #12
                        Originalmente publicado por Buenes
                        En mi opinion, y segun el enlace de Deobriga, no es suficiente tener el 33%...hay que tener la declaracion de movilidad reducida...creo!

                        Salu2
                        Lo de la movilidad reducida es para la rebaja del IVA ,con la minusvalia estas exento del impuesto de matriculacion (teniendo que pasar 4 años para poder venderlo sin tener que liquidarlo) y de la viñeta (por un solo vehiculo) ,saludos

                        Beneficios fiscales en el Impuesto especial sobre determinados medios de transporte


                        Vehículos no sujetos al ImpuestoLos vehículos para personas con movilidad reducida se encuentran no sujetos al Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte (IEDMT).Para efectuar la matriculación del vehículo es necesario presentar ante la Administración tributaria el modelo 06 al que se acompañara la ficha técnica del vehículo (original y fotocopia). La matriculación del vehículo no exige el previo reconocimiento de la Administración tributaria.Vehículos exentos del impuestoPor su parte, los vehículos automóviles matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo, siempre que concurran los siguientes requisitos, se encuentran exentos del IEDMT:
                        1. Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. No obstante, este requisito no se exigirá en supuestos de siniestro total de los vehículos, debidamente acreditado.
                        2. Que no sean objeto de una transmisión posterior por actos «inter vivos» durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.
                        3. Que se obtenga la previa certificación de discapacidad del IMSERSO o entidad gestora correspondiente a la Comunidad Autónoma que tenga transferida su gestión.

                        Para solicitar la exención se presentará el modelo 05 ante la Administración tributaria, con anterioridad a la matriculación del vehículo. En ningún caso, podrá matricularse definitivamente el vehículo hasta que no se haya producido el reconocimiento del beneficio fiscal por parte de la Administración.A la solicitud deberán acompañarse los siguientes documentos:
                        • Certificación de invalidez expedida por IMSERSO o entidad gestora correspondiente a la Comunidad Autónoma que tenga transferida su gestión.
                        • Ficha Técnica del vehículo.
                        • Certificado de la Compañía Aseguradora en el supuesto de producirse siniestro total en su vehículo adquirido en análogas condiciones en el transcurso de 4 años.

                        Editado por última vez por zosso5; 26/06/2018, 00:15:24.

                        Comentario

                        • ANCEA
                          Usuario
                          • 6 ene, 2020
                          • 13
                          • Castelldefels

                          #13
                          Si alguno ha presentado un recurso porque le han denegado el pedido exención del IEDMT. Lo podría compartir? Hay información contradictoria y yo tengo una minusválida del 33% y querría asegurar que dispongo de todos lo argumentos para presentarlos a la Agencia Tributaria en Cataluña cuando llegue la autocaravana porque hice una primera consulta y me dijeron que no procedía porque la consideraban vivienda y no vehículo a motor pero por lo que he leído hay personas que presentando un recurso han podido conseguirlo. Gracias anticipadas por vuestra ayuda!!

                          Comentario

                          • jose.bur
                            Usuario
                            • 6 ene, 2009
                            • 1927
                            • Errenteria

                            #14
                            Hola.
                            Bienvenido al foro.

                            Comentario

                            • ANCEA
                              Usuario
                              • 6 ene, 2020
                              • 13
                              • Castelldefels

                              #15
                              Hola José. Muchas gracias

                              Comentario

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