Zonas de dominio publico y denuncias de la ley de costas

Colapsar
X
 
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes
  • COSTABLANCA
    Usuario
    • 13 abr, 2013
    • 18529
    • Elche

    #16
    Originalmente publicado por pamo
    Pues no hablemos de los camping,, en la costa que ni dejan espacio de servidumbrismo y llegan directamente hasta la playa por el morro.....¿ Y los multan ?
    ¿ Y los hoteles que tienen playa privada con sombrillas propias donde a ti te prohíben terminantemente poner la tuya, e incluso sentarte en la arena ?
    Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.

    Comentario

    • afbs
      Usuario
      • 8 ago, 2006
      • 11805
      • Santurtzi (Bizkaia)

      #17
      Los espacios públicos por ordenanzas municipales o costas están regulados. Da igual sombrillas que hamacas que terrazas. Tienen unos requisitos y los tienen que cumplir. Tampoco puedo poner una mesa de camping en el medio de una terraza.

      Pagan por ello y por metros.

      También es el que va en tienda de campaña y tiene que ir al camping a dormir y nosotros dormimos en la calle. También dirán: Don dinero.

      Nosotros por comprar la autocaravana no tenemos ningún derecho de parcela ni espacio como algunos creen.

      Costas hace unos años hizo una actualización después de la salvajada anterior. Muchas viviendas están en dominio de costas pero si tienen una antigüedad se quedan. Mis padres tienen un apartamento en esas condiciones. Costas amplió su dominio por el cambio de la playa.

      Lo que tienen que cambiar (y siempre lo he dicho) es donde pone instalación para referirse según interpretaciones a la autocaravana quedando muy ambiguo y nos han metido en el saco por costumbre. Y la costumbre se hace ley.

      Pero con la ley en la mano, todos los vehículos tendrían que ser multados por estar por la noche estacionados en zona de costas. Y no unos si (autocaravanas) y otros no (resto vehículos)

      Un saludo
      Editado por última vez por afbs; 14/10/2018, 10:43:10.


      No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

      Comentario

      • favila
        Usuario
        • 14 mar, 2007
        • 864

        #18
        Originalmente publicado por mikitoy
        Creo que ya no es obligado el remitirte notificación certificada. Hacen el envío, dejan pasar los días oportunos y lo publican en el BOE, con esto entienden ellos que te das por avisado. Ojo con hacer la jugada que se hacía de cuando llegaba una multa sin certificar uno se hacía el loco, le han metido con recargo a más de uno por este motivo.
        No es como dices, sigue siendo obligatoria la notificación certificada, sin la cual el procedmiento es nulo, salvo que hayas proporcionado mal la dirección, o te niegues a recibirla, o que pase el cartero dos veces, en días y horas distintas, y no estés en casa. Y el no hacer caso de una multa notificada mediante correo ordinario no es una jugada, es un derecho que tú tienes el que se te notifique correctamente el inicio del expediente, ya que así queda constancia del recibo de la misma, así como de la fecha y hora en que la recibes, datos imprescindibles cuando quieres hacer un recurso, ya que es la única forma de demostrar cuándo lo recibiste.



        Editado por última vez por favila; 13/10/2018, 23:23:48.


        Comentario

        • afbs
          Usuario
          • 8 ago, 2006
          • 11805
          • Santurtzi (Bizkaia)

          #19
          Pero esto no es una denuncia de tráfico. Es de Costas. No tiene nada que ver y los procedimientos son diferentes

          Un saludo


          No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

          Comentario

          • paticas
            Usuario
            • 20 sep, 2008
            • 743
            • España

            #20
            Yo no se porque le buscais tres pies al gato,ya ha mencionado que la direccion que tiene trafico no es la correcta (se abra cambiado de domicilio y no lo ha notificado a trafico)
            Trafico manda a hacienda un embargo y hacienda si tiene la direccion correcta(por la declaracion) y te envia la nota de embargo , No hay mas y de estos casos hay miles
            Aun le pueden caer 200 euros de denuncia por no haber notificado el cambio de domicilio

            Comentario

            • WRAITH
              Usuario
              • 5 sep, 2012
              • 4530
              • VINARÒS

              #21
              Originalmente publicado por paticas
              Yo no se porque le buscais tres pies al gato,ya ha mencionado que la direccion que tiene trafico no es la correcta (se abra cambiado de domicilio y no lo ha notificado a trafico)
              Trafico manda a hacienda un embargo y hacienda si tiene la direccion correcta(por la declaracion) y te envia la nota de embargo , No hay mas y de estos casos hay miles
              Aun le pueden caer 200 euros de denuncia por no haber notificado el cambio de domicilio

              Exacto, asi es y así debe de ser... aver cuando de una vez la gente también se responsabiliza de sus actos y no digo solo el de aparcar, si no el de tener todo en regla y comunicar los cambios de vivienda etc. De haber sido así hubiera recibido la comunicación y podría haber alegado.
              Somo todos muy propensos de echar balones fuera y no asumir nuestros errores.
              KOLDO.
              sigpic Weinsber caracompac 600 MEG Pepper edition

              Volar, volar, volar... lo que se dice volar; No vuelo

              https://subaruaventuras.mforos.com/

              Comentario

              • Salas
                Usuario
                • 2 nov, 2017
                • 128
                • Aquí

                #22
                Originalmente publicado por alikarte
                Aupa¡¡
                Viendo el mapa y las leyendas me lio, cual seria la zona que no se puede aparcar y/o pernoctar y cual seria la que si se puede,.
                Segun lo entiendo yo, de la linea verde hacia atras se podria.

                Un saludo.

                Comentario

                • favila
                  Usuario
                  • 14 mar, 2007
                  • 864

                  #23
                  Originalmente publicado por afbs
                  Pero esto no es una denuncia de tráfico. Es de Costas. No tiene nada que ver y los procedimientos son diferentes Un saludo
                  Cualquier denuncia administrativa (y las de Costas lo son) ha de seguir el mismo procedimiento, no sirve la notificación por correo ordinario, sino por el procedimiento de que quede constancia de que lo has recibido, o lo has rehusado, o estabas ausente, o eres desconocido en esa dirección. No es tan difícil de entender, NO SIRVE LA NOTIFICACIÓN POR CORREO ORDINARIO, para cualquier notificación de sanciones, sea de la DGT, de Costas, del Ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma, de la Policía Local, etc. Y ya he dicho antes el por qué, o al menos una de las razones, que es que ante cualquier comunicación de inicio de un procedimiento sancionador, el afectado tiene derecho a hacer alegaciones, o presentar recurso, para lo que tienes unos días x de plazo. La única manera que hay de determinar cuándo comienza el plazo, y cuando termina, es mediante la prueba del momento en que recibiste, o rehusaste, la comunicación. Es de perogrullo.
                  Editado por última vez por favila; 15/10/2018, 00:28:23. Razón: falta de ortografía


                  Comentario

                  • afbs
                    Usuario
                    • 8 ago, 2006
                    • 11805
                    • Santurtzi (Bizkaia)

                    #24
                    Todo esto si das tu dirección correcta

                    Un saludo
                    Originalmente publicado por favila
                    Cualquier denuncia administrativa (y las de Costas lo son) ha de seguir el mismo procedimiento, no sirve la notificación por correo ordinario, sino por el procedimiento de que quede constancia de que lo has recibido, o lo has rehusado, o estabas ausente, o eres desconocido en esa dirección. No es tan difícil de entender, NO SIRVE LA NOTIFICACIÓN POR CORREO ORDINARIO, para cualquier notificación de sanciones, sea de la DGT, de Costas, del Ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma, de la Policía Local, etc. Y ya he dicho antes el por qué, o al menos una de las razones, que es que ante cualquier comunicación de inicio de un procedimiento sancionador, el afectado tiene derecho a hacer alegaciones, o presentar recurso, para lo que tienes unos días x de plazo. La única manera que hay de determinar cuándo comienza el plazo, y cuando termina, es mediante la prueba del momento en que recibiste, o rehusaste, la comunicación. Es de perogrullo.


                    No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

                    Comentario

                    • favila
                      Usuario
                      • 14 mar, 2007
                      • 864

                      #25
                      Originalmente publicado por afbs
                      Todo esto si das tu dirección correcta Un saludo
                      Por supuesto, creo que quedaba claro con lo de "o eres desconocido en esa dirección". Es obligatorio al poner a tu nombre un vehículo el dar tu domicilio real, y comunicar cualquier cambio posterior de dicho domicilio.


                      Comentario

                      • J Pablo
                        Usuario baneado
                        • 22 may, 2016
                        • 735
                        • Elburgo, Alava

                        #26
                        Al margen de las cuestiones legales sobre como se tramitan las denuncias, si se pueden rechazar o no de forma encubierta, de la cuantía y de los organismos que las tramitan..., me quedo con la ignorancia que tenemos sobre la ley de costas y lo poco claro que está para los usuarios. Yo en Cabo de Gata he visto mas de una vez a última hora de la tarde cómo pasan agentes de medio ambiente para decir verbalmente con muy buenos modales que no está permitido pernoctar en los parquin de diversas playas. Se molestan en comunicarlo a todos, especialmente autocaravanas porque saben que son quienes somos habituales de esta práctica. Y cuando se van hay bastantes ACs que se quedan a dormir.
                        Estos agentes no pueden multar, pero la guardia civil sí.
                        Insisto en que no se trata de qué hacer cuando nos multan, se trata de tener información clara sobre la ley de costas y de mejorar nuestra disposición para no lamentarse después.
                        Saludos

                        Comentario

                        • Dedalo
                          Usuario
                          • 26 may, 2006
                          • 10942
                          • ALBACETE (Albacete)

                          #27
                          Este tema es similar al de los parques naturales. Hace años se podía dormir en las lagunas de Ruidera, pero desde que lo hicieron parque natural, o te vas al aparcamiento de alguno de los hoteles (si te dejan) o te vas al pueblo, porque el resto es parque natural y no hace falta una señal especifica que lo prohíba, es una prohibición a nivel nacional... "En los parques naturales no se pernocta."
                          Hablando con la GC, me dijeron que puedo estar hasta las 3 de la madrugada de tertulia con mis sillas y mi mesa después de cenar en alguna de las áreas que hay para esto, que se llenan de mesas y sillas (y no solo de AC, tambien de turismos que traen su nevera sillas y mesas) casi todos los fines de semana, pero no se puede dormir.
                          Si todavía te sientes libre es que aun no has volado lo suficiente como para pegarte con los barrotes.
                          sigpic

                          Comentario

                          • favila
                            Usuario
                            • 14 mar, 2007
                            • 864

                            #28
                            Originalmente publicado por Dedalo
                            Este tema es similar al de los parques naturales. Hace años se podía dormir en las lagunas de Ruidera, pero desde que lo hicieron parque natural, o te vas al aparcamiento de alguno de los hoteles (si te dejan) o te vas al pueblo, porque el resto es parque natural y no hace falta una señal especifica que lo prohíba, es una prohibición a nivel nacional... "En los parques naturales no se pernocta."
                            Hablando con la GC, me dijeron que puedo estar hasta las 3 de la madrugada de tertulia con mis sillas y mi mesa después de cenar en alguna de las áreas que hay para esto, que se llenan de mesas y sillas (y no solo de AC, tambien de turismos que traen su nevera sillas y mesas) casi todos los fines de semana, pero no se puede dormir.
                            Es que dormir es muy peligroso para el medio ambiente.


                            Comentario

                            Trabajando...