Si esta es tu primera visita, asegúrate de echarle un vistazo a la AYUDA haciendo click en el enlace. Es posible que tengas que registrarte antes de nada. Haz click en la palabra "registrate" para iniciar el proceso de registro. Para empezar a leer mensajes, selecciona el foro que quieres leer de la lista de abajo.
Lee todas las normas del foro antes de publicar cualquier mensaje, estas han sido creadas pretendiendo ir en concordancia con el sentido común, el orden y la cordialidad. Cualquier miembro del foro ACEPTA todas las condiciones del mismo antes de publicar. En caso de incumplir alguna de las normas aquí expuestas, los moderadores o el Administrador podrán borrar, editar o cerrar el mensaje en cuestión sin previo aviso. Si necesitas que el Administrador o los moderadores te resuelvan alguna duda ponte en contacto con ellos haciéndoles llegar un mensaje privado.
Los moderadores están para cuidar del cumplimiento de las normas del foro. Realizan este trabajo sin ningún tipo de compensación para el bien de todos. Tenedlo en cuenta.
El Administrador se reserva el derecho de modificar, suprimir o ampliar estas normas si lo ve conveniente, previa publicación de las mismas.
Aún cuando el Administrador y moderadores de este foro harán todo lo posible por mover cualquier material cuestionable tan pronto como sea posible, es imposible revisar todos los mensajes. Por lo tanto tu aceptas que todos los mensajes por ti publicados en este foro, expresan tus opiniones y no la del Administrador, moderadores o webmaster (excepto en mensajes publicados por ellos mismos) por lo cual no se les considerara responsables.
Normas de comportamiento y de carácter legal
1.- Presta atención a las buenas maneras en el foro, este fue creado para intercambiar opiniones y experiencias, recuerda que detrás de cada Nick hay una persona con la que estás dialogando. Los insultos, tanto directos como indirectos, a cualquier miembro del foro (ya sea usuario, Administrador o moderador) no serán tolerados. Se pide con ello respeto y educación, tanto en el trato como en las formas hacia todos los usuarios. Se editara o borrara el hilo donde esto no sea cumplido y, se pedirá a los implicados que solucionen sus diferencias por privado. En caso que se estimen, por la gravedad e insistencia, el administrador podrá bannear al usuario.
2.- Se evitará cualquier manifestación, mediante texto, hipervínculos o imágenes, que atenten contra las leyes vigentes o, incite directa o indirectamente, a la promoción de actividades ilegales.
3.- No está permitido realizar SPAM en el foro, salvo si el Administrador o los moderadores lo consideran de especial interés/actualidad.
4.- Los moderadores, están aquí para mantener el correcto funcionamiento del foro. Si un mensaje tuyo o de otro usuario es borrado, editado, movido o cerrado no abras otro, tampoco para pedir explicaciones. Se borrarán automáticamente los mensajes o hilos abiertos por este motivo. No se moderan mensajes sin ninguna razón, la explicación está en estas normas. No se permitirá el cuestionamiento público de estas normas. Si alguien tiene algún problema o sugerencia al respecto, se enviará un Mensaje Privado a un moderador o un correo electrónico al Administrador. Con gusto les responderán con los motivos del borrado, edición, traslado o cierre del mensaje. No contestarán a dudas de este tipo por otro medio que no sea ese.
5.- Por favor, utiliza los MP (Mensajes Privados) para temas personales. Evita mensajes del tipo “Para xxxx”. Recuerda que un mensaje privado es PRIVADO, y no puede ser expuesto en público sin el consentimiento del autor del mismo.
6.- En caso de incumplimiento reiterado de las normas se procederá a un baneo y pérdida de nick al usuario en cuestión. Todo mensaje queda registrado con tu IP y cada persona es responsable de sus palabras. Esto no obsta a la edición o borrado de los mensajes que no cumplan las normas descritas en esta página
7.- Para evitar agravios comparativos con las empresas colaboradoras, queda prohibido hacer publicidad de ningún tipo (Autocaravanas, piezas, talleres, recambios, servicios...) con fines lucrativos, sea nuestro o no dicho negocio, incluido en el nombre de usuario y en la firma (incluya hipervínculo o no). De esta manera los que soportan la colaboración mediante banners publicitarios no tienen competencia desleal.
8.- Está prohibida la doble personalidad, una persona solo podrá usar un nick para participar en este foro. Los nick dobles serán suspendidos sin necesidad de previo aviso. El usuario que tenga más de un nick será sancionado en consecuencia y/o expulsado temporal o permanentemente.
Normas de educación y cortesía
1.- Trata a los demás como te gustaría ser tratado. Participa siempre con educación. Las faltas de respeto repetidas pueden ser causa de expulsión del foro
2.- Piensa antes de escribir y evita frases que puedan resultar ofensivas desde los puntos de vista de religión, raza, política u orientación sexual. Recuerda que internet es global y diferentes culturas tienen diferentes costumbres.
3.- Procura dar tus opiniones con moderación. La firmeza que muestres en darlas no debe implicar un desprecio hacia los demás. Evita los enfrentamientos personales, siempre hay una forma de expresar tu criterio sin molestar a los que puedan tener otra opinión. Ayuda a que no se perpetúen guerras de mensajes incendiarios y recuerda que los insultos o ataques personales están prohibidos. Tampoco está permitido participar en discusiones simulando la opinión de personas distintas (astroturfing) ni abusar del sistema llenando de respuestas los temas tratados acaparando la conversación.
4.- Ten en cuenta que en el lenguaje escrito es difícil dar entonación. Los emoticonos están para ayudar a transmitir tu estado de ánimo o entonación.
5.- Ten paciencia, sobre todo con los principiantes y los que comenten algún error, tarde o temprano te puede pasar a ti. Las actitudes recriminadoras suelen ser mal recibidas. Siempre se acepta mejor y se hace más caso a una respuesta expresada correctamente y en tono moderado.
6.- Contra las ofensas o los intentos de provocación la medida más efectiva es la indiferencia.
7.- En este foro se respeta tu intimidad por lo que se te pide que respetes la intimidad de los demás no dando, en ningún caso, datos personales de nadie.
8.- Se respetuoso. Si reproduces información de esta u otras webs, cita la fuente de donde la has sacado y pon el enlace de la misma. No se permitirá cortar y pegar textos, este tipo de aportaciones serán eliminadas automáticamente.
Consejos y normas de publicación de mensajes
1.- Ac Pasión es un foro de ámbito nacional, y por ello el lenguaje usado en el mismo es el castellano.
2.- Antes de realizar una consulta o plantear tus dudas, revisa los temas del foro o bien utiliza la búsqueda, ya que es posible que encuentres la respuesta que buscas en algún otro mensaje publicado con anterioridad.
3.- Antes de publicar tu mensaje, elije el subforo más adecuado para el tema que deseas colgar. Si no está en el subforo que le corresponde será trasladado sin necesidad de aviso.
4.- Los títulos de los mensajes deben ser explicativos del contenido, no importa si son largos. Esto da velocidad al foro pues los foreros ya entran donde saben que les interesa y también ayuda mucho a la hora de hacer búsquedas. Por ejemplo, titular un mensaje "Una duda", "Algo falla", "SOCORRO! problemas!", "Me aconsejáis",.... no es nada explicativo y tiende a hacer perder el tiempo a los foreros. Títulos correctos serian, " Oigo un zumbido en la parte delantera al girar a derechas", "Se me funde repetidamente el mismo fusible", etc... , largos y explicativos.
5.- Solamente están permitidos mensajes de compra-venta o cambio en el foro correspondiente. Se borrará cualquier otro mensaje o enlace, incluidas las firmas que no cumplan esta norma.
6.- No cambies de tema en medio de un hilo. Intenta buscar un hilo similar o, en su defecto, abre un mensaje nuevo. Intentemos evitar contestaciones del tipo "hombre, forero X, aprovechando que te encuentro ¿me podrías comentar como hiciste X cosa?"
7.- Si has realizado una pregunta y no has recibido respuesta, pregúntate si la has hecho de forma correcta o en el subforo indicado. Ten en cuenta que los usuarios del foro son voluntarios y que, por ejemplo, muchas veces no te responderán si la solución de su problema es fácilmente localizable usando el buscador.
8.- Escribe con corrección tus mensajes respetando la ortografía y la gramática, en la medida de lo posible. Recuerda que esto es un foro, no un teléfono móvil, tienes todo el espacio que necesites para escribir, no es correcto ni necesario escribir como lo harías en un sms. Tampoco es correcto escribir todo tu mensaje en mayúsculas, en internet se considera gritar, ni usar palabras malsonantes, groseras o hirientes.
9.- Esta prohibido abrir un tema del estilo "La tienda XXX son unos estafadores", o reflotar uno ya existente con ese fin. Siempre se podrá opinar de las experiencias de cada uno en las diferentes tiendas, talleres, etc..., pero con respeto. Estos problemas habrá que solucionarlos con la propia tienda, taller, etc..., y solo en caso de que la estafa quede demostrada judicialmente se podría llegar a permitir este tipo de temas.
10.- Para evitar discusiones, no se permitirán mensajes de religión y/o política, a no ser que guarde una estrecha relación con el autocaravanismo.
Normativa para Firmas y Avatares
1.- Las firmas podrán tener un máximo de 250 caracteres y podrán contener caritas "smiles"
2.- Las firmas no podrán contener imágenes externas a acpasion.com, para insertar una imagen personalizada como firma la deberemos subir directamente desde nuestro ordenador al foro, sin utilizar páginas de almacenaje de imágenes o utilizando enlaces directos a imágenes de otros lugares.
3.- Las firmas podrán contener un máximo de una imagen y estará limitada a un tamaño máximo de 450px (ancho) por 100px (alto) y con un peso máximo 120KB.
4.- Las imágenes para los Avatares deberán tener un tamaño máximo de 110px (ancho) por 110px (alto) y con un peso máximo 50KB.
5.- Está permitido incluir en las firmas, enlaces hacia blogs y paginas personales, pero queda prohibido incluir enlaces a webs y foros de esta misma índole. La publicidad de cualquier producto o negocio tanto propio como ajeno esta totalmente prohibida.
6.- No está permitido utilizar un logotipo o marca comercial como avatar o imagen de perfil.
7.- Cualquier avatar o firma que sea ofensivo/a o insultante hacia AC Pasión o para cualquiera de sus miembros, colaboradores o administradores será retirado/a inmediatamente.
8.- AC Pasión se reserva el derecho de solicitar la modificación, o modificar el avatar o firma de un usuario cuando éste no se ciña a las normas aquí establecidas.
Sobre baneos e infracciones
A partir de hoy día 24/07/08, los baneos o infracciones no serán obligatoriamente avisados con anterioridad por mensaje privado o email, a fin de evitar interpretaciones de tipo “me estáis amenazando, etc...”.
Si el administrador o un moderador ven un post ilegal lo borrará e, inmediatamente después, procederá al baneo del usuario que escribió dicho mensaje.
Si un usuario baneado hace uso del foro a través de otro usuario el mismo será expulsado del foro.
Ponemos un email a disposición de los usuarios baneados que deseen conocer la razón por la cual han sido baneados y, dependiendo de esta y los argumentos que se expongan, se procederá o no al levantamiento de dicho baneo.
El usuario puede solicitar la baja como usuario del foro en cualquier momento remitiendo un email a la dirección: bajas@acpasion.com, si bien el usuario debe conocer que el hecho de tramitación y solicitud de baja como usuario no implica retroactividad y no podrá exigir el borrado de mensajes y/o opiniones vertidas por el mismo en el foro ya que las mismas se mantendrán en el no pudiendo exigir su eliminación con acuerdo a las normas ya establecidas en este foro. Ya que son considerados mensajes y/u opiniones en un medio público y gratuito es decir, una aportación pública, en este caso a un colectivo y en un marco de colaboración, aportando información y detalles. La eliminación de los mismos privaría a todo el colectivo del acceso a esa información.
EL DESCONOCIMIENTO DE LAS NORMAS POR PARTE DE LOS USUARIOS NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO Y MUCHO MENOS LES DA DERECHO A QUE EL ADMINISTRADOR O LOS MODERADORES TENGAN QUE JUSTIFICAR SUS ACTOS EN CUMPLIMIENTO DE DICHAS NORMAS.
Antes de comprarnos la AC alquilamos una. Nos comentaron que una de las partes más problemáticas es el seguro. Una vez puedes decir que se la has dejado a un amigo, pero puede ser un problema si piensas hacerlo con personas anónimas. Por otro lado deberías pedir fianza para asegurar las muchas cosas que te pueden romper: una claraboya, el cassette al sacarlo, el remis aplastado.
Tengo claro que la mía recién comprada nueva no la alquilaría
Alquilar la ac no es ilegal, lo que es ilegal es no declarar esos ingresos. No me imagino el lío que debe de ser hacer ese papeleo.
Por otro lado dependerá de las circunstancias de cada uno. Una ac tiene muchas cosas fáciles de romper y caras. Hay mucho manazas suelto como para alquilarla sin conocer a esa persona.
Alquilar la ac no es ilegal, lo que es ilegal es no declarar esos ingresos. No me imagino el lío que debe de ser hacer ese papeleo.
Por otro lado dependerá de las circunstancias de cada uno. Una ac tiene muchas cosas fáciles de romper y caras. Hay mucho manazas suelto como para alquilarla sin conocer a esa persona.
Perdona que te corrija. Alquilar una Autocaravana de uso particular y así se refleja en el permiso de circulación, SI ES ILEGAL.
Para que el alquiler de una Autocaravana sea legal, tiene que cumplir estos 3 requisitos.
.- El vehículo tiene que estar matriculado como "Vehículo alquiler sin conductor" (Permiso Circulación)
.- El vehículo tiene que estar asegurado como vehículo de alquiler y el arrendatario tiene que cumplir con los requisitos del seguro (en la gran mayoría, mas 2 años permiso conducir y mas de 25 años edad)
.- La empresa Arrendadora, tiene que estar de alta para esta actividad y cumplir con la normativa vigente.
Todo fuera de estos requisitos, está considerado un alquiler ilegal y puede ocasionar graves problemas.
Esos serán los requisitos a tener en caso de ejercer la actividad a nivel profesional.
Los contratos privados entre particulares son válidos y 100% legales.
El seguro es cierto que puedes tener problema debido a las cláusula de exclusion que pueda contener, pero eso viene especificado y se cambia si sice falta pagado de más por supuesto.
Es igual que si pretendes abrir un hotel, que te pediran certificados, contraincendios, especificaciones sanitarias, etc etc, y luego vas y alquilas tu casa por Airbnb sin mayor tipo de problema ni requisitos.
No necesitas estar dado de alta, pero tendrás que declarar esos ingresos y te clavaran tanto que no te saldrá a cuenta, además del papeleo, pero hacerse se puede hacer.
Esos serán los requisitos a tener en caso de ejercer la actividad a nivel profesional.
Los contratos privados entre particulares son válidos y 100% legales.
El seguro es cierto que puedes tener problema debido a las cláusula de exclusion que pueda contener, pero eso viene especificado y se cambia si sice falta pagado de más por supuesto.
Es igual que si pretendes abrir un hotel, que te pediran certificados, contraincendios, especificaciones sanitarias, etc etc, y luego vas y alquilas tu casa por Airbnb sin mayor tipo de problema ni requisitos.
No necesitas estar dado de alta, pero tendrás que declarar esos ingresos y te clavaran tanto que no te saldrá a cuenta, además del papeleo, pero hacerse se puede hacer.
Para alquilar una autocaravana el vehículo tiene que estar matriculado en el permiso de circulación como vehículo alquiler sin conductor.
Para poder aquílar una autocaravana, se debe expedir una factura que contenga el IVA y hacer la declaración correspondiente trimestral de IVA y para ello se tiene que estar dado de alta en Hacienda en el correspondiente epígrafe como actividad empresarial, ya sea empresa o autónomo.
Para que el seguro te cubra no vale únicamente con pagar la supuesta diferencia sino que debe figurará en el permiso de circulación del vehículo. Si en este figura Uso Particular, ningún seguro va a registrar esa póliza como vehículo de alquiler. Si alquilas tu autocaravana y quieres hacerlo de forma legal Deberias realizár un contrato del mismo. Al hacer un contrato estas asintiendo que tu vehículo realiza una actividad económica y el seguro nuevamente se desentenderá ante un posible daño puesto que el vehículo figurará como de uso privado y el hecho de realizar un contrato anularía ese carácter privado y estarías admitiendo que el uso ya no es privado sino lucrativo.
Espero se haya entendido
Si para alquilar una autocaravana no hiciera falta darse de alta en Hacienda, matricular los vehículos como tal, pagar más del seguro, etc,etc, nadie lo haría, salvo los "******" de las empresas de alquiler que les gusta el masoquismo.
Por último relativo a Airbnb, Yescapa etc... Las plataformas de Economía colaborativa, su actividad se basa en poner en comunicación a A con B y cobrar un porcentaje de la operación que realicen. Lo que hagan A yB si es legal o no, exime a la entidad colaborativa, es decir, no es responsabilidad de ella. Por eso a grandes rasgos se la sopla si alquilan pisos, autocaravanas, motos, aviones de combate o trafican con armas o venden coches robados.
Editado por última vez por Elitor; 04/09/2019, 02:17:27.
Para alquilar una autocaravana el vehículo tiene que estar matriculado en el permiso de circulación como vehículo alquiler sin conductor.
Para poder aquílar una autocaravana, se debe expedir una factura que contenga el IVA y hacer la declaración correspondiente trimestral de IVA y para ello se tiene que estar dado de alta en Hacienda en el correspondiente epígrafe como actividad empresarial, ya sea empresa o autónomo.
Para que el seguro te cubra no vale únicamente con pagar la supuesta diferencia sino que debe figurará en el permiso de circulación del vehículo. Si en este figura Uso Particular, ningún seguro va a registrar esa póliza como vehículo de alquiler. Si alquilas tu autocaravana y quieres hacerlo de forma legal Deberias realizár un contrato del mismo. Al hacer un contrato estas asintiendo que tu vehículo realiza una actividad económica y el seguro nuevamente se desentenderá ante un posible daño puesto que el vehículo figurará como de uso privado y el hecho de realizar un contrato anularía ese carácter privado y estarías admitiendo que el uso ya no es privado sino lucrativo.
Espero se haya entendido
Si para alquilar una autocaravana no hiciera falta darse de alta en Hacienda, matricular los vehículos como tal, pagar más del seguro, etc,etc, nadie lo haría, salvo los "******" de las empresas de alquiler que les gusta el masoquismo.
Por último relativo a Airbnb, Yescapa etc... Las plataformas de Economía colaborativa, su actividad se basa en poner en comunicación a A con B y cobrar un porcentaje de la operación que realicen. Lo que hagan A yB si es legal o no, exime a la entidad colaborativa, es decir, no es responsabilidad de ella. Por eso a grandes rasgos se la sopla si alquilan pisos, autocaravanas, motos, aviones de combate o trafican con armas o venden coches robados.
Hay basbasta info por internet de cómo facturar legalmente sin ser autónomo ni estar dado de alta. Pego fragmento de uno de ellos
Por lo tanto, si no emites facturas habitualmente y ganas menos de 900 euros al mes puedes facturar sin ser autónomo. Eso sí, si haces facturas todos los meses y con la misma cantidad, aunque sean pocas, se considerará que estás realizando una actividad habitual y recurrente y podrías tener problemas
Perdón por el texto grande, escribo desde la tablet y se me hace difícil copiar y pegar y no puedo reducir tamaño letra.
Respecto al permiso de circulación.... Si hay alguien que te ponga pegas, seria el seguro y eso te lo solucionan plataformas como yescapa que te hacen un seguro específico. A Hacienda y a la seguridad social le importa un carajo el permiso de circulación, y a la guardia civil con que no sepan que está alquilada, dudo que se metan.
Si hubiera algún problema ya habría saltado algo de alguien en todos estos años, y yo personalmente no he escuchado nada.
Vuelvo a repetir, personalmente pienso que legalmente se puede hacer, que salga a cuenta o rentable casi seguro que no.
Por supuesto con todo el respeto para el que piense lo contrario que yo. Como ya ha dicho otro compañero NI LOCO, se de uno que lo hizo y todavía le esta pesando haberlo hecho......
Hay basbasta info por internet de cómo facturar legalmente sin ser autónomo ni estar dado de alta. Pego fragmento de uno de ellos
Por lo tanto, si no emites facturas habitualmente y ganas menos de 900 euros al mes puedes facturar sin ser autónomo. Eso sí, si haces facturas todos los meses y con la misma cantidad, aunque sean pocas, se considerará que estás realizando una actividad habitual y recurrente y podrías tener problemas
Perdón por el texto grande, escribo desde la tablet y se me hace difícil copiar y pegar y no puedo reducir tamaño letra.
Respecto al permiso de circulación.... Si hay alguien que te ponga pegas, seria el seguro y eso te lo solucionan plataformas como yescapa que te hacen un seguro específico. A Hacienda y a la seguridad social le importa un carajo el permiso de circulación, y a la guardia civil con que no sepan que está alquilada, dudo que se metan.
Si hubiera algún problema ya habría saltado algo de alguien en todos estos años, y yo personalmente no he escuchado nada.
Vuelvo a repetir, personalmente pienso que legalmente se puede hacer, que salga a cuenta o rentable casi seguro que no.
La Guardia civil con que no sepan que no tienes seguro para vehículo de alquiler.
La Guardia Civil con que no sepas que el vehículo es uso particular y no para alquiler sin conductor
Hacienda con que no sepa que estas defraudando
El seguro con que no sepa que es un vehículo de alquiler
El cliente con que no sepa que no tiene una empresa LEGAL a donde poder reclamar
Mi mujer con que no sepa que me voy con otra...
Por lo demás es todo legal, ánimo.....
Editado por última vez por juanjo_80; 05/09/2019, 17:13:18.
En 2019, la cuota de autónomo a la Seguridad Social cuesta, como mínimo, 283,3 euros al mes. Una cantidad que se mantiene intacta independientemente del nivel de ingresos que se obtengan. De ahí, que muchos se planteen si realmente les sale a cuenta o no darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Hablamos, por ejemplo, de emprendedores que acaban de lanzarse a crear su negocio y apenas facturan, de estudiantes que deciden dar clases particulares para ganar un dinero extra de forma puntual o de trabajadores por cuenta ajena con una segunda actividad por cuenta propia (conferenciantes, presentadores, etc.). Es decir, de personas que no ganan suficiente como para vivir de ese trabajo. A menudo esta cuestión de facturar sin ser autónomo genera confusión entre los interesados, ya que son muchos los portales en internet que afirman con un sí rotundo la legalidad de esta práctica. Sin embargo, la realidad es bien diferente. Hacienda obliga a estar dado de alta para facturar cualquier trabajo. Dicho esto, hay determinados supuestos en los que es posible hacerlo sin ser autónomo debido a la existencia de un vacío legal, aunque hay que tener en cuenta que conlleva sus riesgos. ¿Cuándo es posible facturar sin ser autónomo?
La normativa establece que las personas que realicen una actividad económica a título lucrativo de forma habitual, personal y directa, sin tener un contrato de trabajo, deben darse de alta en el RETA. Pero ¿qué se considera habitual? Por ilógico que resulte, para la Seguridad Social parece ser que no hay diferencia entre alguien que da clases particulares los fines de semana y alguien que dedica 40 horas semanales a su negocio. No obstante, con el paso del tiempo, esto se ha convertido en una laguna normativa que alimenta la economía sumergida y que ha llevado a sanciones. En algunas ocasiones, los jueces han dado la razón a los trabajadores que han recurrido. Concretamente, cuando estos han podido demostrar que sus ingresos eran inferiores al salario mínimo interprofesional (12.600euros anuales en 2019). A raíz de esta jurisprudencia, hay quiénes afirman que facturar sin ser autónomo cuando no se alcanzan esos ingresos mínimos (no lo confundamos con beneficios) es legal. Pero, como decimos, lo que hay realmente es un cierto laissez faire o dejar hacer por parte de la Administración y la Inspección de Trabajo. De modo que, aunque el riesgo de sanción sea bajo, existe.
Hay bastante info por internet de cómo facturar legalmente sin ser autónomo ni estar dado de alta. Pego fragmento de uno de ellos También hay bastante información en internet respecto a por qué no es legal que un particular alquile una autocaravana
Por lo tanto, si no emites facturas habitualmente y ganas menos de 900 euros al mes puedes facturar sin ser autónomo. Eso sí, si haces facturas todos los meses y con la misma cantidad, aunque sean pocas, se considerará que estás realizando una actividad habitual y recurrente y podrías tener problemas Eso es cierto en parte. Hacienda establece que se puede hacer factura y declarar por ello, "en circunstancias excepcionales" y eso siempre queda a la interpretación que haga una posible Inspección de Trabajo, es decir, dado el caso el Inspector de turno será quien determine si considera que es algo excepcional o no, luego siempre va a estar supeditado a la interpretación que él haga.
Perdón por el texto grande, escribo desde la tablet y se me hace difícil copiar y pegar y no puedo reducir tamaño letra.
Respecto al permiso de circulación.... Si hay alguien que te ponga pegas, seria el seguro y eso te lo solucionan plataformas como yescapa que te hacen un seguro específico. Artículo 32 .ley del contrato del seguro. Cuando en dos o más contratos estipulados por el mismo tomador con distintos aseguradores se cubran los efectos que un mismo riesgo puede producir sobre el mismo interés y durante idéntico período de tiempo el tomador del seguro o el asegurado deberán, salvo pacto en contrario, comunicar a cada asegurador los demás seguros que estipule. Si por dolo se omitiera esta comunicación, y en caso de sobreseguro se produjera el siniestro, los aseguradores no están obligados a pagar la indemnización. (Ninguna compañía que tenga una ac de un particular declarada como uso privado va a aceptar elevar otra póliza sobre el mismo bien y con la finalidad de alquiler. y MENOS DE OTRA COMPAÑÍA. Y aquí volvemos a entrar en el asunto del permiso de circulación y de la finalidad del vehículo)
A Hacienda y a la seguridad social le importa un carajo el permiso de circulación A Hacienda lo que le interesa es que pagues los impuestos religiosamente según establezca la Ley. Y los impuestos que pagas como particular y como empresa no tienen nada que ver. Y en la adquisición de un vehículo tampoco le da igual que lo matricules como uso particular o como uso alquiler.
A la Seguridad Social es cierto que le importa un carajo el permiso de circulación, pero que tú pagues en relación a tu situación laboral no. Si realizas una actividad empresarial ya te digo yo que no le da igual
, y a la guardia civil con que no sepan que está alquilada, dudo que se metan. Ciertamente. La Guardia civil no está para esos menesteres.
Si hubiera algún problema ya habría saltado algo de alguien en todos estos años, y yo personalmente no he escuchado nada.
Vuelvo a repetir, personalmente pienso que legalmente se puede hacer, que salga a cuenta o rentable casi seguro que no. Cierto.Que hasta la fecha estén en un limbo no lo convierte ni en algo ilegal ni en algo legal. Pero como un día salte la liebre y lo apliquen con caracter retroactivo, ya verás qué risas nos va a dar. Y no sería la primera vez que lo hacen por aquello de "cobrar lo que no se cobró en su día". Hay sentencias incluso del Supremo donde se aplica con caracter retroactivo, dígase casos de falsos autónomos etc...
Es mi opinión y no tiene por qué ser la cierta al cien por cien.
Editado por última vez por Elitor; 05/09/2019, 17:53:17.
No hay ni una ni dos ni tres webs que os explican paso por paso lo que hay que hacer para facturar sin ser autónomo ni estar dado de alta. Te ponen hasta los modelos de hacienda a rellenar.
Si os basáis en un seguro estándar de autocaravana, pues seguro que hay clausulas que os lo impiden específicamente, pero tú al seguro de tu AC le puedes hacer el que te de la gana, y mientras tengas pasta te aseguro que habrá compañías dispuestas a asegurarla. Buscas otro, que seguro que es más caro y ya verás como te cubre ¿o acaso el seguro de yescapa es un seguro de un particular en cubierto y echo en negro?
De tu comentario: Artículo 32 .ley del contrato del seguro. Cuando en dos o más contratos estipulados por el mismo tomador con distintos aseguradores se cubran los efectos que un mismo riesgo puede producir sobre el mismo interés y durante idéntico período de tiempo el tomador del seguro o el asegurado deberán, salvo pacto en contrario, comunicar a cada asegurador los demás seguros que estipule. Si por dolo se omitiera esta comunicación, y en caso de sobreseguro se produjera el siniestro, los aseguradores no están obligados a pagar la indemnización. (Ninguna compañía que tenga una ac de un particular declarada como uso privado va a aceptar elevar otra póliza sobre el mismo bien y con la finalidad de alquiler. y MENOS DE OTRA COMPAÑÍA. Y aquí volvemos a entrar en el asunto
del permiso de circulación y de la finalidad del vehículo)
Ahí lo que dice básicamente es que si tienes varios seguros debe de comunicarlo a tu compañía, vale, pues lo haces y punto. No veo donde está el problema. Es más, la gente no lo suele saber, pero hasta cuando alquilas tu vivienda tienes la obligación de comunicar a tu compañía de hogar que la vivienda se encuentra alquilada. Yo lo hice con mi vivienda y no hay problema.
A las muy malas, hay compañías que hasta permiten asegurar un vehículo por días. Pues le haces uno a esa persona y listo.
En definitiva. Si tienes seguro, pagas tus impuestos correspondientes, el vehículo es 100% legal y la persona que te lo alquila está debidamente informada, ¿me puede decir alguien cual es la parte ilegal entonces?.
¿que es mejor alquilarlo a una empresa que tiene todos sus seguros, paga su IVA y tal?, Pues eso seguro, no lo niego. Pero yo sólo he cuestionado aquí de que sea legal o ilegal en ningún momento afirmo de que sea mejor.
Comentario