Bueno, pues ya tenemos respuesta de Jefatura.
Tras las convenientes explicaciones técnicas sobre la línea a seguir por parte de la DGT, y teniendo en cuenta que desde 2009 ha habido 9 modificaciones de la normativa, sacan la siguiente conclusión:
Entendiendo por tanto que con el dispositivo que menciona en su consulta se puede conseguir la funcionalidad del antiguo espejo interior panorámico.
Por tanto puedes estar tranquilo ya que ERIP ya no existe. Era el antiguo 42.04. Actualmente se aplica el siguiente código:
42.03 |
Retrovisor interior suplementario para controlar el tráfico |
Creo que es una buena noticia para todos.