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Consejos y normas de publicación de mensajes
1.- Ac Pasión es un foro de ámbito nacional, y por ello el lenguaje usado en el mismo es el castellano.
2.- Antes de realizar una consulta o plantear tus dudas, revisa los temas del foro o bien utiliza la búsqueda, ya que es posible que encuentres la respuesta que buscas en algún otro mensaje publicado con anterioridad.
3.- Antes de publicar tu mensaje, elije el subforo más adecuado para el tema que deseas colgar. Si no está en el subforo que le corresponde será trasladado sin necesidad de aviso.
4.- Los títulos de los mensajes deben ser explicativos del contenido, no importa si son largos. Esto da velocidad al foro pues los foreros ya entran donde saben que les interesa y también ayuda mucho a la hora de hacer búsquedas. Por ejemplo, titular un mensaje "Una duda", "Algo falla", "SOCORRO! problemas!", "Me aconsejáis",.... no es nada explicativo y tiende a hacer perder el tiempo a los foreros. Títulos correctos serian, " Oigo un zumbido en la parte delantera al girar a derechas", "Se me funde repetidamente el mismo fusible", etc... , largos y explicativos.
5.- Solamente están permitidos mensajes de compra-venta o cambio en el foro correspondiente. Se borrará cualquier otro mensaje o enlace, incluidas las firmas que no cumplan esta norma.
6.- No cambies de tema en medio de un hilo. Intenta buscar un hilo similar o, en su defecto, abre un mensaje nuevo. Intentemos evitar contestaciones del tipo "hombre, forero X, aprovechando que te encuentro ¿me podrías comentar como hiciste X cosa?"
7.- Si has realizado una pregunta y no has recibido respuesta, pregúntate si la has hecho de forma correcta o en el subforo indicado. Ten en cuenta que los usuarios del foro son voluntarios y que, por ejemplo, muchas veces no te responderán si la solución de su problema es fácilmente localizable usando el buscador.
8.- Escribe con corrección tus mensajes respetando la ortografía y la gramática, en la medida de lo posible. Recuerda que esto es un foro, no un teléfono móvil, tienes todo el espacio que necesites para escribir, no es correcto ni necesario escribir como lo harías en un sms. Tampoco es correcto escribir todo tu mensaje en mayúsculas, en internet se considera gritar, ni usar palabras malsonantes, groseras o hirientes.
9.- Esta prohibido abrir un tema del estilo "La tienda XXX son unos estafadores", o reflotar uno ya existente con ese fin. Siempre se podrá opinar de las experiencias de cada uno en las diferentes tiendas, talleres, etc..., pero con respeto. Estos problemas habrá que solucionarlos con la propia tienda, taller, etc..., y solo en caso de que la estafa quede demostrada judicialmente se podría llegar a permitir este tipo de temas.
10.- Para evitar discusiones, no se permitirán mensajes de religión y/o política, a no ser que guarde una estrecha relación con el autocaravanismo.
Normativa para Firmas y Avatares
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2.- Las firmas no podrán contener imágenes externas a acpasion.com, para insertar una imagen personalizada como firma la deberemos subir directamente desde nuestro ordenador al foro, sin utilizar páginas de almacenaje de imágenes o utilizando enlaces directos a imágenes de otros lugares.
3.- Las firmas podrán contener un máximo de una imagen y estará limitada a un tamaño máximo de 450px (ancho) por 100px (alto) y con un peso máximo 120KB.
4.- Las imágenes para los Avatares deberán tener un tamaño máximo de 110px (ancho) por 110px (alto) y con un peso máximo 50KB.
5.- Está permitido incluir en las firmas, enlaces hacia blogs y paginas personales, pero queda prohibido incluir enlaces a webs y foros de esta misma índole. La publicidad de cualquier producto o negocio tanto propio como ajeno esta totalmente prohibida.
6.- No está permitido utilizar un logotipo o marca comercial como avatar o imagen de perfil.
7.- Cualquier avatar o firma que sea ofensivo/a o insultante hacia AC Pasión o para cualquiera de sus miembros, colaboradores o administradores será retirado/a inmediatamente.
8.- AC Pasión se reserva el derecho de solicitar la modificación, o modificar el avatar o firma de un usuario cuando éste no se ciña a las normas aquí establecidas.
Sobre baneos e infracciones
A partir de hoy día 24/07/08, los baneos o infracciones no serán obligatoriamente avisados con anterioridad por mensaje privado o email, a fin de evitar interpretaciones de tipo “me estáis amenazando, etc...”.
Si el administrador o un moderador ven un post ilegal lo borrará e, inmediatamente después, procederá al baneo del usuario que escribió dicho mensaje.
Si un usuario baneado hace uso del foro a través de otro usuario el mismo será expulsado del foro.
Ponemos un email a disposición de los usuarios baneados que deseen conocer la razón por la cual han sido baneados y, dependiendo de esta y los argumentos que se expongan, se procederá o no al levantamiento de dicho baneo.
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EL DESCONOCIMIENTO DE LAS NORMAS POR PARTE DE LOS USUARIOS NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO Y MUCHO MENOS LES DA DERECHO A QUE EL ADMINISTRADOR O LOS MODERADORES TENGAN QUE JUSTIFICAR SUS ACTOS EN CUMPLIMIENTO DE DICHAS NORMAS.
El problema no es con la futura revisión 7....es con la revisión 6 en la que las placas no aparecen ni sin reforma o con reforma. Y el Ministerio dice que a criterio de cada ca.
Pero cansa repetir lo mismo... vienés a Euskadi...te plantas y te pasas un año en procesos judiciales.
Y de todos...Yo he sido el único que he preguntado a mi c.a. la situación.
Preguntar a vuestras ccaa la consideración de las placas.
Quizás más de uno se llevaría una sorpresa.
Ya vale... repetidamente de insinuar que somos cobardes... que nos dejamos avasallar...
Ion!!! Creo que eres valiente, nadie a dicho que seas cobarde, es más has hecho más cosas que muchos de nosotros. Nosotros sólo lo vemos desde otro lado el lado que no podemos llegar a entender de que la ley se tiene que cumplir por mucho que diga la CCAA de tu territorio que se haga caso a otra ley que no está en vigor o que le diga a una empresa que se dedique a interpretar una ley restrictivamente..... Por lo de los plazos y los costes del recurso que has puesto en otro post también te doy la razón, pero lo que no me puedes negar es que si vas tu a pecho descubierto lo tendrás mucho más difícil y el coste en todos los sentidos sería mucho mayor que por ejemplo montar desde alguna de las asociaciones de AC de vuestra Región una plataforma de afectados que seguro que hay muchos.
Ion!!! Creo que eres valiente, nadie a dicho que seas cobarde, es más has hecho más cosas que muchos de nosotros. Nosotros sólo lo vemos desde otro lado el lado que no podemos llegar a entender de que la ley se tiene que cumplir por mucho que diga la CCAA de tu territorio que se haga caso a otra ley que no está en vigor o que le diga a una empresa que se dedique a interpretar una ley restrictivamente..... Por lo de los plazos y los costes del recurso que has puesto en otro post también te doy la razón, pero lo que no me puedes negar es que si vas tu a pecho descubierto lo tendrás mucho más difícil y el coste en todos los sentidos sería mucho mayor que por ejemplo montar desde alguna de las asociaciones de AC de vuestra Región una plataforma de afectados que seguro que hay muchos.
Saludos
Me gusta tu tono.
Pero no has leído todo el mensaje. La ley de reforma que se aplica en Euskadi es la 6.
Yo no tengo problema hasta el 2023 pero me he informado por algunos post del hilo, he preguntado a dos empresas de ac. Al gobierno Vasco y a una itv en la que a mi en el 2021 me dieron favorable.
Su respuesta fue que ellos trabajan con el manual de reformas y solo siguiendo el manual. Y cuando surge una duda preguntan a quien manda... industria del gobierno Vasco. Les salió la duda y preguntaron al g.vasco....y les respondieron lo que a mí....que es reforma.
Y desde ese reciente momento aplican las instrucciones del gobierno Vasco.
Y si alguien quiere reclamar, esa reclamación la resuelve el departamento de industria...los que han decidido que es reforma...y todo porque así el Ministerio se lo deja a su criterio.
Yo me he informado....luego vendrá el texto de la rev7.... Que sera la que me toque.
Editado por última vez por ION LUZEA; 25/05/2022, 18:31:19.
El verano está encima y todos estamos soñando con viajes...en nuestro plan no es pasar un año de juicios por cuatro meses que quedan para el nuevo texto.
Ayudemos a aquellos con problemas...en Euskadi u otra ccaa.
Yo he leído todo el hilo...y se comentan en más lugares. Sobre placas y más.
Todos los que hablan de juicios....no se si han vívido alguno....o incluso si en cuanto reciben una multa...se quejan mucho pero salen corriendo a pagar por el descuento.
Editado por última vez por ION LUZEA; 25/05/2022, 18:28:47.
Entendí perfectamente tu expuesto desde el principio Ion.
También lo había interpretado así, leyendo el escrito que colgaste.
Lo increíble es que al final, el organismo central dejé que cada C.A vaya a su bola.
Si al final en octubre, dicen que no es retrospectiva, que pasará con el dinero y el tiempo que habrán hecho gastar a los afectados que obligaron a homologar ?
La verdad es que no se entiende lo poco que nosotros, los de a pie les importamos.
Somos carne de cañon y punto.
Saludos
Editado por última vez por Kitu; 25/05/2022, 18:59:28.
Hoy he pasado por la ITV de Arrigorriaga con otro vehículo ya que en la de Trapagaran me daban cita para dentro de 5 días.
Había dos autocaravanas con sus respectivos conductores en acalorada discusión, y me he acercado.
Los dos se han llevado el correspondiente disgusto relativo a la homologación de las placas solares.
Así que esa es otra estación a evitar.
Me gusta tu tono.
Pero no has leído todo el mensaje. La ley de reforma que se aplica en Euskadi es la 6.
Yo no tengo problema hasta el 2023 pero me he informado por algunos post del hilo, he preguntado a dos empresas de ac. Al gobierno Vasco y a una itv en la que a mi en el 2021 me dieron favorable.
Su respuesta fue que ellos trabajan con el manual de reformas y solo siguiendo el manual. Y cuando surge una duda preguntan a quien manda... industria del gobierno Vasco. Les salió la duda y preguntaron al g.vasco....y les respondieron lo que a mí....que es reforma.
Y desde ese reciente momento aplican las instrucciones del gobierno Vasco.
Y si alguien quiere reclamar, esa reclamación la resuelve el departamento de industria...los que han decidido que es reforma...y todo porque así el Ministerio se lo deja a su criterio.
Yo me he informado....luego vendrá el texto de la rev7.... Que sera la que me toque.
Entiendo lo que dices, pero se pueden hacer muchas cosas como por ejemplo explicar a los medios nuestra situación y que se sepa como nos tratan. Todo esto no es aconsejable, bajo mi punto de vista, que se haga a nivel individual, siempre tendría que haber alguna asociación por medio, y perdonad que haga siempre inciso en las asociaciones pero es lo que nos puede unir y nos hace más fuertes.
Referente a que se trabaja con la reforma 6, lo se, lo entiendo, pero no lo comparto. p.ej: si viene a pasar una revisión una AC que lleva una placa solar y los de la estación de la ITV miran en la reforma 6, en esta reforme na dice nada sobre si las placas sean reforma o no(esto también se ha colgado en este hilo o en otro ilo si no recuredo mal)y lo que hacen desde la estación de la ITV "como tienen dudas y en la reforma 6 no lo explica bien, llaman a sus superiores y les dicen que no pasa la revisión porque es reforma"
..... T O M A Y A.....blanco y en botella encima los puedes denunciar por prevaricación(delito que hace un funcionario público, autoridad o juez , que dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas que dicha resolución es injusta o contraria a la ley) y encima parece que hay lucro, ya que lo que se está buscando es que se pague una cierta cantidad de dinero para homologar(lo que no es reforma) e incluirlo en la ficha técnica.
Según he podido leer entre todos los escritos adjuntados en éste foro, se entiende que la administración interpreta que cualquier artefacto que no este especialmente citado en la revisión quedará al libre albedrío de la Itv, decidir si es reforma o no lo es.
Dicho en plata, cachondeo total.
Según he podido leer entre todos los escritos adjuntados en éste foro, se entiende que la administración interpreta que cualquier artefacto que no este especialmente citado en la revisión quedará al libre albedrío de la Itv, decidir si es reforma o no lo es.
Dicho en plata, cachondeo total.
Esto en la reforma 6, en la que se aplica actualmente en Euskadi?.
Según he podido leer entre todos los escritos adjuntados en éste foro, se entiende que la administración interpreta que cualquier artefacto que no este especialmente citado en la revisión quedará al libre albedrío de la Itv, decidir si es reforma o no lo es.
Dicho en plata, cachondeo total.
Esto en la reforma 6, en la que se aplica actualmente en Euskadi?.
SI.
En la anterior reforma antes de la 6, se especificaba que las placas, toldos y porta motos NO era reforma.
Pero en la 6, ya no se nombran éstos extras.
Editado por última vez por Kitu; 25/05/2022, 21:14:07.
Por desgracia hay algunas mentes pensantes que necesitan un lavado de cerebro y estudiar un poco más... "Lo que no está prohibido explícitamente es que esta permitido..." y ellos aplican todo lo contrario. Lo que es gracioso es que solo lo aplican en 2 o 3 comunidades, las demás deben de saber menos que ellos, yo la he pasado hace unos días sin ningún problema en Cataluña.
Enviado desde mi Redmi Note 7 mediante Tapatalk
Editado por última vez por Metralla; 25/05/2022, 21:26:40.
Si tienes una autocaravana es decir 32xx o 33xx, por una placa solar es decir un generador de energía, no pueden darte desfavorable, si lo hacen y te dejas, tu mismo
la ultima revision la 6º lo deja claro, y la proxima la 7º tambien
dice asi:
A efectos de lo dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 866/2010, la aplicación del Anexo XI de la Directiva 2007/46/CEimplica el cumplimiento de los AR de aplicación para la nueva categoría, no siendo necesario listado complementario.No se considera reforma la instalación de aire acondicionado en el interior del vehículo y generador de corriente para lasAutocaravanas
Quieres decir que desde el 2010 no ha habido otras instrucciones?
Porqué la que nos fastidia es la 6...
He escrito aquí en éste foro que en una Itv que pasé con un coche en marzo, había jaleo con una Ac y le decían que había que homologar las placas.
Entonces pregunté si era cierto y me confirmaron que sí...
Tengo todas las facturas de la fabrica alemana Dethleffs que me montó placas y parabólica, pero así todo, cada vez que se va a la itv uno se echa a temblar y eso no es para nada normal.
Acompañe a primos míos a sus Itv en Francia y ahí es todo amabilidad y si te falla una luz, el mismo taller te la cambia.
Aqui, cómo una especie de seres prepotentes se hicieron con todas las Itv, poco podemos hacer.
Saludos
Editado por última vez por Kitu; 26/05/2022, 07:36:44.
Si tienes una autocaravana es decir 32xx o 33xx, por una placa solar es decir un generador de energía, no pueden darte desfavorable, si lo hacen y te dejas, tu mismo
la ultima revision la 6º lo deja claro, y la proxima la 7º tambien
dice asi:
A efectos de lo dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 866/2010, la aplicación del Anexo XI de la Directiva 2007/46/CEimplica el cumplimiento de los AR de aplicación para la nueva categoría, no siendo necesario listado complementario.No se considera reforma la instalación de aire acondicionado en el interior del vehículo y generador de corriente para lasAutocaravanas
si os dejáis dar allá vosotros
yo no
Un Saludo
Para ti la razón...al final siempre terminas como el aceite...
Ion solo ha comentado lo que le han informado desde g.v., desde ITV, eso en Euskadi. Interpretación de las ITV.
Siento ser tan claro ya, esto parece un concurso de testosterona para ver quién la tiene más grande...
La revisión 6 es la que están haciendo cumplir, la 7 no está aún lógicamente...
Comentario