Hondarribia. Playa.Cartel ilegal?

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  • TheFurious
    • 16 abr, 2024

    Hondarribia. Playa.Cartel ilegal?

    20191225_174443.jpg

    Hola y felices fiestas a todo el Foro.!! Alguien sabe si este cartel es legal?? Somos algunas acs aparcadas aquí, pero me huele que mañana tendremos el regalito.
    Mi ac está aparcada perfectamente dentro de las medidas de las plazas.
  • 4errantes
    Usuario
    • 29 ene, 2008
    • 6848
    • lamia

    #2
    Originalmente publicado por TheFurious
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    Hola y felices fiestas a todo el Foro.!! Alguien sabe si este cartel es legal?? Somos algunas acs aparcadas aquí, pero me huele que mañana tendremos el regalito.
    Mi ac está aparcada perfectamente dentro de las medidas de las plazas.
    es legal, te esta diciendo que no se puede estacionar ni vehículos destinados al transporte de mercancías de mas de 2.2m de altura y ningún vehículo que mida mas de 5m de largo

    Un Saludo

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    • TheFurious

      #3
      Legal aunque inoportuno. Un parking completamente desierto y no podemos aparcar. Hay algun sitio donde podamos aparcar? El camping del faro está demasiado lejos para poder llegar al centro andando.

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      • Ennekon
        Usuario
        • 8 nov, 2016
        • 114
        • Donostia

        #4
        Hola :
        En Biteri kalea , junto al fronton-escuela de pelota, teneis un buen aparcamiento de ACs.( Eso si, solo aparcamiento y pernocta, no servicios ). Y esta muy centrico.
        Saludos.

        Comentario

        • TheFurious

          #5
          Esramos aquí, a la espera de que coman los perros. Ahora nos iremos a Biteri Kalea. Mientras unos chavales fumandose unos petas, dos echando un polvete, y uno con matricula francesa, con una taja que la mitad ya sobra, pero las acs molestan.
          Hay alguien de Hondarribia que sepa dar una explicación?

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          • katxalote
            Usuario
            • 19 may, 2008
            • 352
            • pamplona

            #6
            Hola buenas Ennekon ese parquing es solo para los vecinos residentes . . Si pasan los munipas te llevaras el regalo . Hay una señal a la entrada la calle . Saludos

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            • Manuel V
              Usuario
              • 24 sep, 2005
              • 5835
              • OVIEDO

              #7
              Originalmente publicado por 4errantes
              es legal, te esta diciendo que no se puede estacionar ni vehículos destinados al transporte de mercancías de mas de 2.2m de altura y ningún vehículo que mida mas de 5m de largo

              Un Saludo

              No te entiendo en el dibujo de la altura identificas un camión, sin embargo el de la longitud ya no ves un camión , ves cualquier tipo de vehículo, desde luego alguno sois la leche porque los dos vehículos son iguales, así que siendo consecuente consideró que deberías ver que no se pueden aparcar camiones (no otra cosa).
              Espero no te ofendas por la apreciación

              Comentario

              • 4errantes
                Usuario
                • 29 ene, 2008
                • 6848
                • lamia

                #8
                Originalmente publicado por Manuel V
                No te entiendo en el dibujo de la altura identificas un camión, sin embargo el de la longitud ya no ves un camión , ves cualquier tipo de vehículo, desde luego alguno sois la leche porque los dos vehículos son iguales, así que siendo consecuente consideró que deberías ver que no se pueden aparcar camiones (no otra cosa).
                Espero no te ofendas por la apreciación
                No si no me ofendo por tu apreciación, pero deberías aprenderte el código de circulación y sus señales.

                Todas las señales de prohibición pueden llevar acarreado un pictograma que identifica el tipo de vehículo al que se le prohíbe, excepto la de longitud, que llevando el pictograma de camion, es para todos los vehiculos.

                Si tu ves una señal con un camión que pone prohibido mas de 3500gk, un autobús por ejemplo que pesa 9.000 puede entrar, pero si ves una señal que pone un camión y maximo 5 m longitud , todo vehiculo que mida mas de 5m lo tendrá prohibido, eso es así,

                Un Saludo

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                • Manuel V
                  Usuario
                  • 24 sep, 2005
                  • 5835
                  • OVIEDO

                  #9
                  Gracias por aclarármelo.
                  Como se nota que eres un profesional de la carretera y estudiaste mas que yo.Todos los días se aprende algo.

                  Comentario

                  • Metralla
                    Usuario
                    • 22 jun, 2010
                    • 3374
                    • Barcelona

                    #10
                    Originalmente publicado por 4errantes
                    es legal, te esta diciendo que no se puede estacionar ni vehículos destinados al transporte de mercancías de mas de 2.2m de altura y ningún vehículo que mida mas de 5m de largo

                    Un Saludo
                    Disculpa, pero no estoy de acuerdo con la explicación, la limitación de altura o longitud afecta a cualquier vehículo sea camión o no.
                    En este caso según dices, una ac capuchina de 3,30 de altura y menos de 5 mts. de longitud podría estacionar?

                    Saludos

                    Enviado desde Tapatalk

                    Comentario

                    • 4errantes
                      Usuario
                      • 29 ene, 2008
                      • 6848
                      • lamia

                      #11
                      Originalmente publicado por Metralla
                      Disculpa, pero no estoy de acuerdo con la explicación, la limitación de altura o longitud afecta a cualquier vehículo sea camión o no.
                      En este caso según dices, una ac capuchina de 3,30 de altura y menos de 5 mts. de longitud podría estacionar?

                      Saludos

                      Enviado desde Tapatalk
                      Si, según el código de circulación podrias
                      Un saludo

                      Comentario

                      • Metralla
                        Usuario
                        • 22 jun, 2010
                        • 3374
                        • Barcelona

                        #12
                        Desde que entró en vigor la Ley de Seguridad Vial allá por el año 89 ( mucho a llovido) el Código de la Circulacion fue derogando articulos y quedó sin vigencia el 8 de diciembre del 2009, posteriormente la LSV se ha ido desarrollando a través de varios reglamentos, de Conductores, de Vehículos de Circulación, de Tráfico y Seguridad Vial, etc, etc y resulta que después de 40 años estudiándolos y enseñándolos desconozco de donde has sacado esa información, y que si es errónea puede inducir a error y salirle caro a mas de uno que lo crea. Agradecería saber donde puedo encontrarla, en el Código no, por supuesto.


                        Saludos

                        Enviado desde Tapatalk

                        Comentario

                        • 4errantes
                          Usuario
                          • 29 ene, 2008
                          • 6848
                          • lamia

                          #13
                          Originalmente publicado por Metralla
                          Desde que entró en vigor la Ley de Seguridad Vial allá por el año 89 ( mucho a llovido) el Código de la Circulacion fue derogando articulos y quedó sin vigencia el 8 de diciembre del 2009, posteriormente la LSV se ha ido desarrollando a través de varios reglamentos, de Conductores, de Vehículos de Circulación, de Tráfico y Seguridad Vial, etc, etc y resulta que después de 40 años estudiándolos y enseñándolos desconozco de donde has sacado esa información, y que si es errónea puede inducir a error y salirle caro a mas de uno que lo crea. Agradecería saber donde puedo encontrarla, en el Código no, por supuesto.


                          Saludos

                          Enviado desde Tapatalk
                          Me parece un poco triste sobre todo para tus alumnos si es que enseñas el código de circulación que no sepas lo que significa la señal R 203, búscala en normas y señales dgt por ejemplo verás una longitud y un camión pero significa prohibido a todos los vehículos o conjuntos de vehículos a diferencia de cualquier otra señal en la que aparece un camión que si pone prohibido a vehículos destinados al transporte de mercancías. Pero repito si es verdad que llevas 40 años enseñando y no lo sabías uffff llevo yo más de 40 conduciendo autobuses y repasando el código para renovar El CAP y lo se, en fin es lo que hay
                          Un saludo

                          Comentario

                          • Metralla
                            Usuario
                            • 22 jun, 2010
                            • 3374
                            • Barcelona

                            #14
                            Originalmente publicado por 4errantes
                            Me parece un poco triste sobre todo para tus alumnos si es que enseñas el código de circulación que no sepas lo que significa la señal R 203, búscala en normas y señales dgt por ejemplo verás una longitud y un camión pero significa prohibido a todos los vehículos o conjuntos de vehículos a diferencia de cualquier otra señal en la que aparece un camión que si pone prohibido a vehículos destinados al transporte de mercancías. Pero repito si es verdad que llevas 40 años enseñando y no lo sabías uffff llevo yo más de 40 conduciendo autobuses y repasando el código para renovar El CAP y lo se, en fin es lo que hay
                            Un saludo
                            Y en que momento he dicho yo lo contrario respecto a la r203? Yo solo comenté la limitación de altura r205 que dices que solo afecta a camiones pero si es otro vehículo que rebasa esa altura en un tunel o bajo un puente si puede pasar... Y sin menospreciar a nadie, serás muy profesional, pero yo también he puesto en orden durante muchos años mediante la correspondiente receta a muchísimos profesionales que lo sabían todo..y reitero que el Código de Circulacion se derogó hace muchas lunas, no se por que me remites a él. De buen rollo lo comento. Aquí se acaba mi debate profesional y sin menospreciar a nadie al que no conozco.

                            Saludos y Buen Año..

                            Saludos

                            Enviado desde Tapatalk
                            Editado por última vez por Metralla; 27/12/2019, 13:19:00.

                            Comentario

                            • PAMPLINAS
                              Usuario
                              • 28 jul, 2016
                              • 977
                              • BADAJOZ

                              #15
                              @4errantes tiene razón, solo hay que echarle un vistazo a las señales en vigor. Siendo estrictos la señal del camión con limitación de altura no existe. Las limitaciones que afectan a todos no llevan ningún pictograma de vehículo, solo las flechitas y la cifra. Y lo queda claro es que cualquier señal con el camioncito solo afecta a vehículos de transporte de mercancias, salvo si limita longitud que afecta a todos.

                              Comentario

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