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Lee todas las normas del foro antes de publicar cualquier mensaje, estas han sido creadas pretendiendo ir en concordancia con el sentido común, el orden y la cordialidad. Cualquier miembro del foro ACEPTA todas las condiciones del mismo antes de publicar. En caso de incumplir alguna de las normas aquí expuestas, los moderadores o el Administrador podrán borrar, editar o cerrar el mensaje en cuestión sin previo aviso. Si necesitas que el Administrador o los moderadores te resuelvan alguna duda ponte en contacto con ellos haciéndoles llegar un mensaje privado.
Los moderadores están para cuidar del cumplimiento de las normas del foro. Realizan este trabajo sin ningún tipo de compensación para el bien de todos. Tenedlo en cuenta.
El Administrador se reserva el derecho de modificar, suprimir o ampliar estas normas si lo ve conveniente, previa publicación de las mismas.
Aún cuando el Administrador y moderadores de este foro harán todo lo posible por mover cualquier material cuestionable tan pronto como sea posible, es imposible revisar todos los mensajes. Por lo tanto tu aceptas que todos los mensajes por ti publicados en este foro, expresan tus opiniones y no la del Administrador, moderadores o webmaster (excepto en mensajes publicados por ellos mismos) por lo cual no se les considerara responsables.
Normas de comportamiento y de carácter legal
1.- Presta atención a las buenas maneras en el foro, este fue creado para intercambiar opiniones y experiencias, recuerda que detrás de cada Nick hay una persona con la que estás dialogando. Los insultos, tanto directos como indirectos, a cualquier miembro del foro (ya sea usuario, Administrador o moderador) no serán tolerados. Se pide con ello respeto y educación, tanto en el trato como en las formas hacia todos los usuarios. Se editara o borrara el hilo donde esto no sea cumplido y, se pedirá a los implicados que solucionen sus diferencias por privado. En caso que se estimen, por la gravedad e insistencia, el administrador podrá bannear al usuario.
2.- Se evitará cualquier manifestación, mediante texto, hipervínculos o imágenes, que atenten contra las leyes vigentes o, incite directa o indirectamente, a la promoción de actividades ilegales.
3.- No está permitido realizar SPAM en el foro, salvo si el Administrador o los moderadores lo consideran de especial interés/actualidad.
4.- Los moderadores, están aquí para mantener el correcto funcionamiento del foro. Si un mensaje tuyo o de otro usuario es borrado, editado, movido o cerrado no abras otro, tampoco para pedir explicaciones. Se borrarán automáticamente los mensajes o hilos abiertos por este motivo. No se moderan mensajes sin ninguna razón, la explicación está en estas normas. No se permitirá el cuestionamiento público de estas normas. Si alguien tiene algún problema o sugerencia al respecto, se enviará un Mensaje Privado a un moderador o un correo electrónico al Administrador. Con gusto les responderán con los motivos del borrado, edición, traslado o cierre del mensaje. No contestarán a dudas de este tipo por otro medio que no sea ese.
5.- Por favor, utiliza los MP (Mensajes Privados) para temas personales. Evita mensajes del tipo “Para xxxx”. Recuerda que un mensaje privado es PRIVADO, y no puede ser expuesto en público sin el consentimiento del autor del mismo.
6.- En caso de incumplimiento reiterado de las normas se procederá a un baneo y pérdida de nick al usuario en cuestión. Todo mensaje queda registrado con tu IP y cada persona es responsable de sus palabras. Esto no obsta a la edición o borrado de los mensajes que no cumplan las normas descritas en esta página
7.- Para evitar agravios comparativos con las empresas colaboradoras, queda prohibido hacer publicidad de ningún tipo (Autocaravanas, piezas, talleres, recambios, servicios...) con fines lucrativos, sea nuestro o no dicho negocio, incluido en el nombre de usuario y en la firma (incluya hipervínculo o no). De esta manera los que soportan la colaboración mediante banners publicitarios no tienen competencia desleal.
8.- Está prohibida la doble personalidad, una persona solo podrá usar un nick para participar en este foro. Los nick dobles serán suspendidos sin necesidad de previo aviso. El usuario que tenga más de un nick será sancionado en consecuencia y/o expulsado temporal o permanentemente.
Normas de educación y cortesía
1.- Trata a los demás como te gustaría ser tratado. Participa siempre con educación. Las faltas de respeto repetidas pueden ser causa de expulsión del foro
2.- Piensa antes de escribir y evita frases que puedan resultar ofensivas desde los puntos de vista de religión, raza, política u orientación sexual. Recuerda que internet es global y diferentes culturas tienen diferentes costumbres.
3.- Procura dar tus opiniones con moderación. La firmeza que muestres en darlas no debe implicar un desprecio hacia los demás. Evita los enfrentamientos personales, siempre hay una forma de expresar tu criterio sin molestar a los que puedan tener otra opinión. Ayuda a que no se perpetúen guerras de mensajes incendiarios y recuerda que los insultos o ataques personales están prohibidos. Tampoco está permitido participar en discusiones simulando la opinión de personas distintas (astroturfing) ni abusar del sistema llenando de respuestas los temas tratados acaparando la conversación.
4.- Ten en cuenta que en el lenguaje escrito es difícil dar entonación. Los emoticonos están para ayudar a transmitir tu estado de ánimo o entonación.
5.- Ten paciencia, sobre todo con los principiantes y los que comenten algún error, tarde o temprano te puede pasar a ti. Las actitudes recriminadoras suelen ser mal recibidas. Siempre se acepta mejor y se hace más caso a una respuesta expresada correctamente y en tono moderado.
6.- Contra las ofensas o los intentos de provocación la medida más efectiva es la indiferencia.
7.- En este foro se respeta tu intimidad por lo que se te pide que respetes la intimidad de los demás no dando, en ningún caso, datos personales de nadie.
8.- Se respetuoso. Si reproduces información de esta u otras webs, cita la fuente de donde la has sacado y pon el enlace de la misma. No se permitirá cortar y pegar textos, este tipo de aportaciones serán eliminadas automáticamente.
Consejos y normas de publicación de mensajes
1.- Ac Pasión es un foro de ámbito nacional, y por ello el lenguaje usado en el mismo es el castellano.
2.- Antes de realizar una consulta o plantear tus dudas, revisa los temas del foro o bien utiliza la búsqueda, ya que es posible que encuentres la respuesta que buscas en algún otro mensaje publicado con anterioridad.
3.- Antes de publicar tu mensaje, elije el subforo más adecuado para el tema que deseas colgar. Si no está en el subforo que le corresponde será trasladado sin necesidad de aviso.
4.- Los títulos de los mensajes deben ser explicativos del contenido, no importa si son largos. Esto da velocidad al foro pues los foreros ya entran donde saben que les interesa y también ayuda mucho a la hora de hacer búsquedas. Por ejemplo, titular un mensaje "Una duda", "Algo falla", "SOCORRO! problemas!", "Me aconsejáis",.... no es nada explicativo y tiende a hacer perder el tiempo a los foreros. Títulos correctos serian, " Oigo un zumbido en la parte delantera al girar a derechas", "Se me funde repetidamente el mismo fusible", etc... , largos y explicativos.
5.- Solamente están permitidos mensajes de compra-venta o cambio en el foro correspondiente. Se borrará cualquier otro mensaje o enlace, incluidas las firmas que no cumplan esta norma.
6.- No cambies de tema en medio de un hilo. Intenta buscar un hilo similar o, en su defecto, abre un mensaje nuevo. Intentemos evitar contestaciones del tipo "hombre, forero X, aprovechando que te encuentro ¿me podrías comentar como hiciste X cosa?"
7.- Si has realizado una pregunta y no has recibido respuesta, pregúntate si la has hecho de forma correcta o en el subforo indicado. Ten en cuenta que los usuarios del foro son voluntarios y que, por ejemplo, muchas veces no te responderán si la solución de su problema es fácilmente localizable usando el buscador.
8.- Escribe con corrección tus mensajes respetando la ortografía y la gramática, en la medida de lo posible. Recuerda que esto es un foro, no un teléfono móvil, tienes todo el espacio que necesites para escribir, no es correcto ni necesario escribir como lo harías en un sms. Tampoco es correcto escribir todo tu mensaje en mayúsculas, en internet se considera gritar, ni usar palabras malsonantes, groseras o hirientes.
9.- Esta prohibido abrir un tema del estilo "La tienda XXX son unos estafadores", o reflotar uno ya existente con ese fin. Siempre se podrá opinar de las experiencias de cada uno en las diferentes tiendas, talleres, etc..., pero con respeto. Estos problemas habrá que solucionarlos con la propia tienda, taller, etc..., y solo en caso de que la estafa quede demostrada judicialmente se podría llegar a permitir este tipo de temas.
10.- Para evitar discusiones, no se permitirán mensajes de religión y/o política, a no ser que guarde una estrecha relación con el autocaravanismo.
Normativa para Firmas y Avatares
1.- Las firmas podrán tener un máximo de 250 caracteres y podrán contener caritas "smiles"
2.- Las firmas no podrán contener imágenes externas a acpasion.com, para insertar una imagen personalizada como firma la deberemos subir directamente desde nuestro ordenador al foro, sin utilizar páginas de almacenaje de imágenes o utilizando enlaces directos a imágenes de otros lugares.
3.- Las firmas podrán contener un máximo de una imagen y estará limitada a un tamaño máximo de 450px (ancho) por 100px (alto) y con un peso máximo 120KB.
4.- Las imágenes para los Avatares deberán tener un tamaño máximo de 110px (ancho) por 110px (alto) y con un peso máximo 50KB.
5.- Está permitido incluir en las firmas, enlaces hacia blogs y paginas personales, pero queda prohibido incluir enlaces a webs y foros de esta misma índole. La publicidad de cualquier producto o negocio tanto propio como ajeno esta totalmente prohibida.
6.- No está permitido utilizar un logotipo o marca comercial como avatar o imagen de perfil.
7.- Cualquier avatar o firma que sea ofensivo/a o insultante hacia AC Pasión o para cualquiera de sus miembros, colaboradores o administradores será retirado/a inmediatamente.
8.- AC Pasión se reserva el derecho de solicitar la modificación, o modificar el avatar o firma de un usuario cuando éste no se ciña a las normas aquí establecidas.
Sobre baneos e infracciones
A partir de hoy día 24/07/08, los baneos o infracciones no serán obligatoriamente avisados con anterioridad por mensaje privado o email, a fin de evitar interpretaciones de tipo “me estáis amenazando, etc...”.
Si el administrador o un moderador ven un post ilegal lo borrará e, inmediatamente después, procederá al baneo del usuario que escribió dicho mensaje.
Si un usuario baneado hace uso del foro a través de otro usuario el mismo será expulsado del foro.
Ponemos un email a disposición de los usuarios baneados que deseen conocer la razón por la cual han sido baneados y, dependiendo de esta y los argumentos que se expongan, se procederá o no al levantamiento de dicho baneo.
El usuario puede solicitar la baja como usuario del foro en cualquier momento remitiendo un email a la dirección: bajas@acpasion.com, si bien el usuario debe conocer que el hecho de tramitación y solicitud de baja como usuario no implica retroactividad y no podrá exigir el borrado de mensajes y/o opiniones vertidas por el mismo en el foro ya que las mismas se mantendrán en el no pudiendo exigir su eliminación con acuerdo a las normas ya establecidas en este foro. Ya que son considerados mensajes y/u opiniones en un medio público y gratuito es decir, una aportación pública, en este caso a un colectivo y en un marco de colaboración, aportando información y detalles. La eliminación de los mismos privaría a todo el colectivo del acceso a esa información.
EL DESCONOCIMIENTO DE LAS NORMAS POR PARTE DE LOS USUARIOS NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO Y MUCHO MENOS LES DA DERECHO A QUE EL ADMINISTRADOR O LOS MODERADORES TENGAN QUE JUSTIFICAR SUS ACTOS EN CUMPLIMIENTO DE DICHAS NORMAS.
El cartero tiene presunción de veracidad y si él dice que dejó notificación eso va a misa.
Luego existe la manera de notificar las multas y embargos, es con algo que leemos todas las mañanas cuando tomamos café (entiéndase el humor) , el BOE, lo notifican ahí y date por enterado.
España es un país muy garantista en el procedimiento administrativo y todo lo que contais es cierto, pero el tema de los carteros se acaba cuando va al BOE y después a pagar en hacienda.
Pero estamos hablando de Suecia, allí los procedimientos son mucho más sencillos, te mandan la carta y en todos los casas llegan al destinatario, solamente tienes dos opciones o recurrirla o pagar.
Pues eso lo que te recomiendo que la recurras o pagues. En mi caso lo que haría es como dice un compañero 40 euros no es nada y te quitas dolores de cabeza.
Estoy seguro que alguna norma habrás infringido de tiempo de aparcamiento, limitación de autocaravanas, allí la arbitrariedad casi no existe.
El cartero tiene presunción de veracidad y si él dice que dejó notificación eso va a misa. Luego existe la manera de notificar las multas y embargos, es con algo que leemos todas las mañanas cuando tomamos café (entiéndase el humor) , el BOE, lo notifican ahí y date por enterado.
Pues no señor, no sirve con "notificarlo en el BOE". La notificación en el BOE sólo sirve como último recurso de la Administración cuando se han agotado todos los intentos para hacer llegar al interesado la notificiación de la multa. Y corresponde a la Administración demostrarlo, porque como le falte algo la multa la declaran nula los tribunales. Muchas veces la Adminsitración ha recurrido a ese truco, y siempre que el afectado denuncia los Tribunales le dan la razón. Otra cosa es el costo de demostrarlo, pero ese es otro tema.
El Tribunal Constitucional ha establecido que, entre las garantías del derecho a la defensa que recoge el artículo 24 de la Constitución, están los derechos a ser informado de la acusación. Eso exige que el ciudadano sea emplazado o le sean notificadas debidamente las multas. Sólo así podrá disfrutar de una efectiva posibilidad de defensa frente a la infracción que se le imputa y, además, requiere que la Administración siga un procedimiento en el que el denunciado tenga oportunidad de aportar y proponer las pruebas que estime pertinentes y de alegar lo que a su derecho convenga. El TC ha destacado también la exigencia del emplazamiento o citación personal de los interesados, siempre que sea factible, por lo que el emplazamiento edictal constituye un remedio último o de carácter supletorio y excepcional, ya que ningún ciudadano está obligado a leer a diario los boletines oficiales para ver si en ellos aparece su nombre. Una de cada tres multas de tráfico está mal notificada Según el volumen de multas que cada día se publican en el Boletín Oficial del Estado, y los datos del último informe de auditoría de las cuentas anuales de la DGT de 2016, se estima que una de cada tres multas que se tramitan en España esta mal notificada. Y por tanto es anulable. Teniendo en cuenta que, de ellas, el 1% conlleva pérdida de puntos, 45.000 conductores cada año estarían perdiendo puntos sin que nadie se lo estuviera advirtiendo antes.
Editado por última vez por favila; 12/02/2020, 15:45:43.
Razón: Ordenar el mensaje, que Chrome había desordenado
Pues no señor, no sirve con "notificarlo en el BOE". La notificación en el BOE sólo sirve como último recurso de la Administración cuando se han agotado todos los intentos para hacer llegar al interesado la notificiación de la multa. Y corresponde a la Administración demostrarlo, porque como le falte algo la multa la declaran nula los tribunales. Muchas veces la Adminsitración ha recurrido a ese truco, y siempre que el afectado denuncia los Tribunales le dan la razón. Otra cosa es el costo de demostrarlo, pero ese es otro tema.
El Tribunal Constitucional ha establecido que, entre las garantías del derecho a la defensa que recoge el artículo 24 de la Constitución, están los derechos a ser informado de la acusación. Eso exige que el ciudadano sea emplazado o le sean notificadas debidamente las multas. Sólo así podrá disfrutar de una efectiva posibilidad de defensa frente a la infracción que se le imputa y, además, requiere que la Administración siga un procedimiento en el que el denunciado tenga oportunidad de aportar y proponer las pruebas que estime pertinentes y de alegar lo que a su derecho convenga. El TC ha destacado también la exigencia del emplazamiento o citación personal de los interesados, siempre que sea factible, por lo que el emplazamiento edictal constituye un remedio último o de carácter supletorio y excepcional, ya que ningún ciudadano está obligado a leer a diario los boletines oficiales para ver si en ellos aparece su nombre. Una de cada tres multas de tráfico está mal notificada Según el volumen de multas que cada día se publican en el Boletín Oficial del Estado, y los datos del último informe de auditoría de las cuentas anuales de la DGT de 2016, se estima que una de cada tres multas que se tramitan en España esta mal notificada. Y por tanto es anulable. Teniendo en cuenta que, de ellas, el 1% conlleva pérdida de puntos, 45.000 conductores cada año estarían perdiendo puntos sin que nadie se lo estuviera advirtiendo antes.
El problema, es el motivo del hilo, son las multas impuestas en Suecia no en España, y como resultado estaremos a lo dispuesto por la legislación sueca. Donde creo que allí todos estos rollos no sirven para nada, cuando te imponen una multa es porque has hecho una infracción.
Pues no señor, no sirve con "notificarlo en el BOE". La notificación en el BOE sólo sirve como último recurso de la Administración cuando se han agotado todos los intentos para hacer llegar al interesado la notificiación de la multa. Y corresponde a la Administración demostrarlo, porque como le falte algo la multa la declaran nula los tribunales. Muchas veces la Adminsitración ha recurrido a ese truco, y siempre que el afectado denuncia los Tribunales le dan la razón. Otra cosa es el costo de demostrarlo, pero ese es otro tema.
El Tribunal Constitucional ha establecido que, entre las garantías del derecho a la defensa que recoge el artículo 24 de la Constitución, están los derechos a ser informado de la acusación. Eso exige que el ciudadano sea emplazado o le sean notificadas debidamente las multas. Sólo así podrá disfrutar de una efectiva posibilidad de defensa frente a la infracción que se le imputa y, además, requiere que la Administración siga un procedimiento en el que el denunciado tenga oportunidad de aportar y proponer las pruebas que estime pertinentes y de alegar lo que a su derecho convenga. El TC ha destacado también la exigencia del emplazamiento o citación personal de los interesados, siempre que sea factible, por lo que el emplazamiento edictal constituye un remedio último o de carácter supletorio y excepcional, ya que ningún ciudadano está obligado a leer a diario los boletines oficiales para ver si en ellos aparece su nombre. Una de cada tres multas de tráfico está mal notificada Según el volumen de multas que cada día se publican en el Boletín Oficial del Estado, y los datos del último informe de auditoría de las cuentas anuales de la DGT de 2016, se estima que una de cada tres multas que se tramitan en España esta mal notificada. Y por tanto es anulable. Teniendo en cuenta que, de ellas, el 1% conlleva pérdida de puntos, 45.000 conductores cada año estarían perdiendo puntos sin que nadie se lo estuviera advirtiendo antes.
Eso está muy bien en la teoría, pero en la práctica con el mero hecho que el cartero diga que ha dejado dos veces notificación y no se ido a recoger la carta ya pasa al BOE.
Que tendrían la obligación de demostrarlo SI, pero te recuerdo que con la zona OTA o zona azul pasa igual y te tienes que meter en un contencioso y que te toque un juez que aplique la ley como debe de ser.
En Francia por ejemplo, si quieres recurrir una multa tienes que depositar, si mal no recuerdo, 175€ y por ejemplo para una multa de 90€ no merece ni la pena intentarlo.
Eso está muy bien en la teoría, pero en la práctica con el mero hecho que el cartero diga que ha dejado dos veces notificación y no se ido a recoger la carta ya pasa al BOE. Que tendrían la obligación de demostrarlo SI, pero te recuerdo que con la zona OTA o zona azul pasa igual y te tienes que meter en un contencioso y que te toque un juez que aplique la ley como debe de ser. En Francia por ejemplo, si quieres recurrir una multa tienes que depositar, si mal no recuerdo, 175€ y por ejemplo para una multa de 90€ no merece ni la pena intentarlo.
En eso tienes la razón, y un cartero nunca debería de mentir sobre algo tan serio, pero de todo hay en todas las profesiones. A lo que yo me refería es que no basta con ponerlo en el BOE sin intentar todos los pasos para notificar la sanción. Por ejemplo, si han publicado en el BOE, y falta un papelito, como puede ser el justificante de que el cartero dejó el aviso, la multa es nula por mucho que se haya publicado en el BOE, y el juez de lo Contencioso la va a anular. También la va a anular si la Administración no demuestra que siguió todo el procedimiento legal, para la notificación, especialmente si no envió la denuncia por carta certificada. Otra cosa distinta es que la Administración se pase la Ley por el forro, porque sabe que el 99% de la gente no va a recurrir al Contencioso para anular una multa de 50 - 100 €, porque para eso se tiene que gastar no menos de 2.000 €. La mayor parte de las multas de tráfico que anulan los Tribunales lo son por defectos de forma en la comunicación de la sanción, y de eso viven muchas compañías de las llamadas quitamultas. Hay bastante gente qu ecomo recorre muchos kilómetros al año tienen contratos con compañías de las llamadas quitamultas, y son los que habitualmente las recurren, porque le sale gratis.
Editado por última vez por favila; 12/02/2020, 20:45:12.
Como no es una multa que obliga a los estados miembros a comunicarte y cobrarte la sanción que son:
Artículo 2 Ámbito de aplicación La presente Directiva se aplicará a las siguientes infracciones de tráfico en materia de seguridad vial: a) exceso de velocidad; b) no utilización del cinturón de seguridad; c) no detención ante un semáforo en rojo; d) conducción en estado de embriaguez;
e) conducir bajo la influencia de las drogas; f) no utilización del casco de protección; g) circulación por un carril prohibido; h) utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción.
Suecia supongo que te reclama la multa por su cuenta, como a un ciudadano de su país por lo que supongo que tienes las opción de no pagarla y olvidarte del asunto, eso si no vas a viajar a Suecia ya que si te pillan por allí seguramente estarás en sus bases de datos así como si vendes la AC que puedes poner en un lio al nuevo propietario si le da por viajar por aquellas tierras.
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