Página 1 de 2 12 ÚltimoÚltimo
Resultados 1 al 10 de 17

Tema: Normativa que nos afecta

  1. #1
    Usuario Avatar de Juanjo7
    Fecha de ingreso
    25 ago, 05
    Ubicación
    ERRENTERIA (Guipuzcoa)
    Mensajes
    359

    Predeterminado Normativa que nos afecta

    Lo que nos atañe de la instrucción 08/V-74 de la DGT NO ES UNA LEY

    Habla exclusivamente de su competencia, o sea de tráfico.

    El RGC dice en su artículo 93 (competencias de aparcamiento)apartado 2
    “En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento.”

    En otro apartado dice:
    Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y
    estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que
    cualquier otro vehículo.

    Además:
    “… un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción…”

    Y también:
    Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definición ni sobre sus implicaciones.

    Acampada
    Partimos de que de forma general la acampada libre esta prohibida en toda España, sin excepciones.

    Sobre la materia de acampada y turismo hay que recordar siempre que sus competencias están transferidas a las comunidades y éstas a los municipios en ocasiones, de ahí la complejidad de luchar contra las decisiones administrativas que nos perjudican ya que son distintas en cada zona.

    A nivel nacional solo se podría hacer algo con la ley de costas y la de parques nacionales por ser competencia nacional.

    En cuanto acampada, gobiernos de comunidades y el resto de normativas que nos quieran aplicar habria que hablarlos con la federación de municipios para aunar normativas y con cada uno de ellos que pase de la federación.

    Sugiero que se aporten por aquí los distintos reglamentos y normativas que nos afecten de manera que podamos consultarlos cuando nos interese.
    Por mi parte propongo el del Pais Vasco,
    https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/...1303845a.shtml

    en su Titulo IV habla de las autocaravanas, pero destacaría que dice claramente que una autocaravana aparcada no esta acampada…es lo que nos importa.

    Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1988-18762

    Real Decreto 876/2014 aprobación REGLAMENTO LEY COSTAS https://www.boe.es/eli/es/rd/2014/10/10/876/con
    Nos afecta directamente por lo que interpretan los agentes, que es lo que les vale a los jueces, no nuestra interpretación.

    Capítulo I, Título III, Sección 2ª
    Artículo 72.
    Usos prohibidos de estacionamiento, circulación de vehículos, campamentos y acampadas.
    1. Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos, así como los campamentos y acampadas (artículo 33.5 de la Ley 22/1988, de28 de julio).
    2. Dichas prohibiciones se aplicarán a todo el dominio público marítimo-terrestre, salvo la de estacionamiento (en sitios habilitados, no donde podamos) y circulación de vehículos, que afectará solamente a las playas.
    3. Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables. Se entenderá por campamento la acampada organizada dotada de los servicios y suministros establecidos por la normativa vigente.
    4. Quienes vulneren las prohibiciones establecidas en este artículo deberán desalojar de inmediato, a requerimiento verbal de los Agentes de la Administración, el dominio público ocupado, sin perjuicio de la instrucción de expediente sancionador cuando sea procedente. El Servicio Periférico de Costas podrá interesar del Delegado del Gobierno la colaboración de la fuerza pública cuando ello sea necesario.
    Última edición por Juanjo7; 17/02/2020 a las 14:06

  2. #2
    Usuario Avatar de burgundoforo
    Fecha de ingreso
    13 mar, 06
    Ubicación
    En las tierras de poniente
    Mensajes
    7,094

    Predeterminado

    Gracias por compartirlo compañero


    YO TAMPOCO SÉ COMO VIVIR... ESTOY IMPROVISANDO

  3. #3
    Usuario Avatar de COSTABLANCA
    Fecha de ingreso
    13 abr, 13
    Ubicación
    Elche
    Mensajes
    18,480

    Predeterminado

    Gracias por la información.

    Muy interesante.
    Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.

  4. #4
    Usuario Avatar de Juanjo7
    Fecha de ingreso
    25 ago, 05
    Ubicación
    ERRENTERIA (Guipuzcoa)
    Mensajes
    359

    Predeterminado

    Esta claro con la sentencia de Hondarribi que la pelea con las señales debe ser contra el procedimiento de su colocación que debe ser respaldado por una decisión del pleno municipal, y no contra la señal en sí, de no ser así la deben retirar de inmediato. Otra cosa es el contenido o el carácter de la señal, legal o no, eso lo decide un juez, es más difícil pelear porque te enfrentas a su juicio y la sentencia no tiene porqué ser a tu favor, le da mil vueltas a las distintas leyes para convertir lo negro en blanco con aspecto de legalidad, ejemplo Velez-Málaga.

  5. #5
    Usuario Avatar de favila
    Fecha de ingreso
    14 mar, 07
    Mensajes
    864

    Predeterminado

    Aunque el tema de la instrucción 08/V-74 ya se ha tratado muchas veces, es cierto que esa Instrucción no es una Ley, sino la interpretación que la DGT hace de la Ley. Las Instrucciones de la DGT en materia de tráfico son de obligado cumplimiento para todos los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluyendo a policía autonómica y policía local.
    Ficheros adjuntos Ficheros adjuntos
    “Etiam si omnes Ego non”

    (“Aunque los demás transijan, yo no”)

  6. #6
    Usuario Avatar de Juanjo7
    Fecha de ingreso
    25 ago, 05
    Ubicación
    ERRENTERIA (Guipuzcoa)
    Mensajes
    359

    Predeterminado

    Normativa de Navarra sobre autocaravanas
    http://www.lexnavarra.navarra.es/detalle.asp?r=34817

  7. #7
    Usuario Avatar de Juanjo7
    Fecha de ingreso
    25 ago, 05
    Ubicación
    ERRENTERIA (Guipuzcoa)
    Mensajes
    359

    Predeterminado

    Lo que he encontrado de Galicia…otra cosa será cómo lo aplican.
    https://www.xunta.gal/dog/Publicados...9-0001_es.html
    Última edición por Juanjo7; 09/09/2021 a las 08:18 Razón: corrección link

  8. #8
    Usuario Avatar de Juanjo7
    Fecha de ingreso
    25 ago, 05
    Ubicación
    ERRENTERIA (Guipuzcoa)
    Mensajes
    359

    Predeterminado

    Lo que he encontrado de Cantabria
    https://boc.cantabria.es/boces/verAn...AnuBlob=337594

  9. #9
    Usuario Avatar de Juanjo7
    Fecha de ingreso
    25 ago, 05
    Ubicación
    ERRENTERIA (Guipuzcoa)
    Mensajes
    359

    Predeterminado

    Lo que he encontrado de Asturias…es una propuesta del 2017 ya que no he encontrado nada más a nivel autonómico. Si sabéis de algo, agradeceremos que lo pongáis.
    http://onroadmagazine.com/wp-content...o_Asturias.pdf
    Última edición por Juanjo7; 17/11/2020 a las 13:59

  10. #10
    Usuario Avatar de afbs
    Fecha de ingreso
    08 ago, 06
    Ubicación
    Santurtzi (Bizkaia)
    Mensajes
    11,805

    Predeterminado

    Cuando nos denuncian suele ser por acampada. Si en este párrafo ponen "excepto autocaravanas", tendríamos un 90% de problemas menos, porque tal y como está, entramos en "vehículo habitable" situándonos a la misma altura que un remolque o tienda de campaña

    3. Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables. Se entenderá por campamento la acampada organizada dotada de los servicios y suministros establecidos por la normativa vigente.
    Porque luchar ayuntamiento por ayuntamiento contra las ordenanzas es una batalla perdida y no hay millonario que pueda con el gasto. Porque donde hay que ir es a una Ley Estatal, porque la acampada es de las autonomías.

    Un saludo
    Última edición por afbs; 17/11/2020 a las 15:29 Razón: Quitar un error


    No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

Página 1 de 2 12 ÚltimoÚltimo

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes publicar respuestas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •