No se como expresarme para que se entienda. La ordenanza es de tráfico, no se puede meter a considerar la pernocta en ningún sentido porque no es su competencia. Si te denuncian no será por aparcar. Pernoctar compete a turismo en este caso y sus normas prohíben la pernocta si lo consideran acampada, que lo pueden hacer. Lo que pensemos nosotros sobre lo que es albergue móvil o no, a ellos se la trae al pairo a la hora de denunciar, solo les vale su interpretación...¿se entiende?