Uso de la Autocaravana en estado de alarma

Colapsar
X
 
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes
  • estresao
    Usuario
    • 19 feb, 2018
    • 1297
    • Roquetas de Mar

    #16
    Originalmente publicado por ser
    ....Una cosa es lo que dice la teoría y otra la realidad....
    Curiosa interpretación de lo legal y de lo ilegal. Que un acto ilegal no tenga consecuencias no lo convierte en legal.

    Comentario

    • ser
      Usuario
      • 2 nov, 2006
      • 5517
      • Errenteria

      #17
      Originalmente publicado por estresao
      Curiosa interpretación de lo legal y de lo ilegal. Que un acto ilegal no tenga consecuencias no lo convierte en legal.
      La ley, siempre dice unas cosas, y luego cuando profundizado un poco más descubres que hay lo que se conocen como excepciones... Que en realidad también forman parte de la ley, pero entran en un capítulo aparte..... No todo es balncco o negro, hay matices.... De ahí que es impórtate saber "navegar", en el proceloso mundo de las leyes... (yo simplemente soy un mero aprendiz).... Mejorando día a día, o por lo menos intentando mejorar....

      Comentario

      • estresao
        Usuario
        • 19 feb, 2018
        • 1297
        • Roquetas de Mar

        #18
        Originalmente publicado por ser
        La ley, siempre dice unas cosas, y luego cuando profundizado un poco más descubres que hay lo que se conocen como excepciones... Que en realidad también forman parte de la ley, pero entran en un capítulo aparte.....
        Luego lo dice la ley.

        Estoy de acurdo que la ley es a veces interpretable, y de eso nosotros los autocaravanistas ya hemos visto bastante, pero otra cosa es que lo que sí dice la ley la gente se lo pase por el arco por ya si eso ya eso.

        Te pongo un ejemplo relacionado con nuestro colectivo: Creo que está claro que apoyar la AC en las patas estabilizadoras es acampar y no está permitido hacerlo en cualquier sitio ¿Verdad?. Bien, pues hacerlo en cualquier sitio está prohibido y punto... no hay nada que interpretar ni donde "navegar". Otra cosa es que las autoridades de alguna zona consideren que no te denuncian, por las razones que sean que no viene al caso.

        Que no te sancionen por un delito no significa que no estés infringiendo la ley. Que por ejemplo, por llevarlo a un extremo, su salgas de rositas sobornando a algún cargo público para meterte un buen montón de millones en el bolsillo no quiere decir que no estés cometiendo un delito por el simple hecho de que el funcionario de turno no te denuncie.

        Comentario

        • Elcere
          Usuario
          • 16 ago, 2011
          • 2398
          • Huelva

          #19
          Si es porque es vivienda habitual, único vehiculo para uso diario... perfecto, pero si es por como la tenemos la mayoría, a quedarnos en casita, es lo que toca, ya habrá tiempo de disfrutar de ellas y con la mejor salud posible......
          Estoy probando como se pone la "cita"...Jejeje

          Comentario

          • vietnam
            Usuario
            • 12 nov, 2007
            • 6540
            • Madrid

            #20
            Como en todo siempre hay dos formas de ver las cosas, los que viven al amparo de la ley y los que continuamente la bordean y se definen como una excepción y al viven en su hecho excepcional creen que estan dentro de la ley.

            Pues no señores esta prohibido tener un domicilio una autocaravana, incluso por eso los campings no pueden tener un cliente en el mismo sitio más de tres meses.

            Un saludo
            sigpicwww.viajeuniversal.com

            Comentario

            • urru
              Usuario
              • 10 jun, 2009
              • 1315
              • Gipuzkoa

              #21
              En un ayuntamiento no puedes darte de baja en el padrón. Sólo si te mueres.
              Se da de baja cuándo el ayuntamiento dónde se ha empadronado de nuevo comunica al anterior que se le dé la baja.
              Y ningún ayuntamiento permite empradronarse en una ac, ni en ninguna vivienda que no figure como habitable y tenga la licencia de habitalidad
              A no ser que el funcionario de turno se salte las normas
              Lo sé de primera mano porque trabajo en uno

              Enviado desde mi ANE-LX1 mediante Tapatalk

              Comentario

              • mikitoy
                Usuario
                • 19 oct, 2015
                • 4777
                • Aquí y alli

                #22
                Originalmente publicado por vietnam
                Como en todo siempre hay dos formas de ver las cosas, los que viven al amparo de la ley y los que continuamente la bordean y se definen como una excepción y al viven en su hecho excepcional creen que estan dentro de la ley.

                Pues no señores esta prohibido tener un domicilio una autocaravana, incluso por eso los campings no pueden tener un cliente en el mismo sitio más de tres meses.

                Un saludo
                De acuerdo y en desacuerdo con ello. Una autocaravana no es un domicilio fijo ya que por ley no puede estar a modo fijo durante tiempo en una ubicación, entiéndase la calle.
                Pero en el tema de los campings es distinto, proliferan campings que venden parcelas para alojar mobilhomes y luego estos mobilhomes se vuelven a vender a otro titular incluyendo la parcela. Los he llegado a ver con contador propio de luz a modo de urbanización privada y en alguno de ellos tienen permanecía fija
                Información de viajes:
                https://instagram.com/nuestrosviajes...d=YmMyMTA2M2Y=

                Comentario

                • ser
                  Usuario
                  • 2 nov, 2006
                  • 5517
                  • Errenteria

                  #23
                  Originalmente publicado por mikitoy
                  De acuerdo y en desacuerdo con ello. Una autocaravana no es un domicilio fijo ya que por ley no puede estar a modo fijo durante tiempo en una ubicación, entiéndase la calle.
                  Pero en el tema de los campings es distinto, proliferan campings que venden parcelas para alojar mobilhomes y luego estos mobilhomes se vuelven a vender a otro titular incluyendo la parcela. Los he llegado a ver con contador propio de luz a modo de urbanización privada y en alguno de ellos tienen permanecía fija
                  Efectivamente, sin ir más lejos en la localidad de alado a la que resido, tenemos el camping, que sólo tiene bungalows, en el que sus 80 bungalows están ocupados de forma permanente durante los 12 meses del año.... Lo único que no está permitido es empadronarse, pero es conocido por todas las autoridades que allí residen personas de gorma habitual, a modo de (única vivienda).
                  Los precios de dichas viviendas parten de los 90.000€, dependiendo del tamaño y del estado...
                  Editado por última vez por ser; 28/03/2020, 15:16:02.

                  Comentario

                  • ser
                    Usuario
                    • 2 nov, 2006
                    • 5517
                    • Errenteria

                    #24
                    Originalmente publicado por urru
                    En un ayuntamiento no puedes darte de baja en el padrón. Sólo si te mueres.
                    Se da de baja cuándo el ayuntamiento dónde se ha empadronado de nuevo comunica al anterior que se le dé la baja.
                    Y ningún ayuntamiento permite empradronarse en una ac, ni en ninguna vivienda que no figure como habitable y tenga la licencia de habitalidad
                    A no ser que el funcionario de turno se salte las normas
                    Lo sé de primera mano porque trabajo en uno

                    Enviado desde mi ANE-LX1 mediante Tapatalk
                    Ya que trabajas en el ay-untamiento, estoy seguro que sabrás que hay otra forma de quedarse sin empadronamiento. Sin que fallezcas y además totalmente legal y reconocido oficialmente, y sin tener que empadronarse en otro. Yo no lo hice por que necesito estar empadronado.... Pero por poder se puede y es sencillo de hacer.
                    Editado por última vez por ser; 28/03/2020, 15:18:59.

                    Comentario

                    • urru
                      Usuario
                      • 10 jun, 2009
                      • 1315
                      • Gipuzkoa

                      #25
                      Originalmente publicado por ser
                      Ya que trabajas en el ay-untamiento, estoy seguro que sabrás que hay otra forma de quedarse sin empadronamiento. Sin que fallezcas y además totalmente legal y reconocido oficialmente, y sin tener que empadronarse en otro. Yo no lo hice por que necesito estar empadronado.... Pero por poder se puede y es sencillo de hacer.
                      No, no lo sé
                      Dínoslo y lo sabremos
                      Y lo de ay-untamiento, a quien va dirigido?

                      Enviado desde mi ANE-LX1 mediante Tapatalk

                      Comentario

                      • ser
                        Usuario
                        • 2 nov, 2006
                        • 5517
                        • Errenteria

                        #26
                        Originalmente publicado por urru
                        No, no lo sé
                        Dínoslo y lo sabremos
                        Y lo de ay-untamiento, a quien va dirigido?

                        Enviado desde mi ANE-LX1 mediante Tapatalk
                        Si te fijas siempre siempre escribo la palabra de esa manera..... Relee mis mensajes... Y lo podrás ver y comprobar....

                        No tengo ningún inconveniente en contar como se hace para darte de baja definitivamente (sin haber fallecido)....
                        Te cuento mi caso.... (por eso se que el ayunta-miento) me permitia empadronarme en la AC, simepre y cuando comprobarsen que realmente residía ahí......
                        Al vender mi vivienda habitual , se da la paradoja, de que inicia la búsqueda de otra vivienda., por lo tanto como aún no has adquirido otra, no tienes un lugar en el que empadronarte.... (lógico y comprensible).
                        Con lo cual, si sigues empadronado en la vivienda que has vendido,... El nuevo dueño, puede darte de baja a los 30 días, sin que tu tengas un nuevo empadronamiento..... Sencillo, simple y sin que halla fallecidos de por medio...
                        Para que ese caso no se diese,, tuve que hacérselo saber al ayunta-miento, para ver que opción quería tomar........si dejarme sin empadronamiento o dejarme empadronarme en mi vehículo cuyas características permitían desarrollar las misma función que un domicilio...
                        Podría contarte más casos de empadronamientos "legales" en viviendas sin permiso de habitabilidad.... Pero eso es ya harina de otro costal.... Y repito una cosa es la ley.... Y otra cosa es lo que ocurre en la realidad.....

                        Comentario

                        • afbs
                          Usuario
                          • 8 ago, 2006
                          • 11805
                          • Santurtzi (Bizkaia)

                          #27
                          Es como si no renuevo el DNI, o el carne de conducir, o el seguro. Me quedo sin nada.

                          Un saludo


                          No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

                          Comentario

                          • ser
                            Usuario
                            • 2 nov, 2006
                            • 5517
                            • Errenteria

                            #28
                            Originalmente publicado por afbs
                            Es como si no renuevo el DNI, o el carne de conducir, o el seguro. Me quedo sin nada.

                            Un saludo
                            No exactamente,... Aunque no renueves el DNI, el número de identificación te pertenecerá siempre a ti.... Nunca se lo van a otorgar a otro.... Te acompañará hasta el final de tus días.

                            Comentario

                            • urru
                              Usuario
                              • 10 jun, 2009
                              • 1315
                              • Gipuzkoa

                              #29
                              Originalmente publicado por ser
                              Si te fijas siempre siempre escribo la palabra de esa manera..... Relee mis mensajes... Y lo podrás ver y comprobar....

                              No tengo ningún inconveniente en contar como se hace para darte de baja definitivamente (sin haber fallecido)....
                              Te cuento mi caso.... (por eso se que el ayunta-miento) me permitia empadronarme en la AC, simepre y cuando comprobarsen que realmente residía ahí......
                              Al vender mi vivienda habitual , se da la paradoja, de que inicia la búsqueda de otra vivienda., por lo tanto como aún no has adquirido otra, no tienes un lugar en el que empadronarte.... (lógico y comprensible).
                              Con lo cual, si sigues empadronado en la vivienda que has vendido,... El nuevo dueño, puede darte de baja a los 30 días, sin que tu tengas un nuevo empadronamiento..... Sencillo, simple y sin que halla fallecidos de por medio...
                              Para que ese caso no se diese,, tuve que hacérselo saber al ayunta-miento, para ver que opción quería tomar........si dejarme sin empadronamiento o dejarme empadronarme en mi vehículo cuyas características permitían desarrollar las misma función que un domicilio...
                              Podría contarte más casos de empadronamientos "legales" en viviendas sin permiso de habitabilidad.... Pero eso es ya harina de otro costal.... Y repito una cosa es la ley.... Y otra cosa es lo que ocurre en la realidad.....
                              Respecto a lo primero, aclarado, OK
                              Sobre los casos concretos que citas, ya me informaré cual es el procedimiento, porque yo no llevo personalmente el tema del padrón, (soy técnico de urbanismo)

                              Enviado desde mi ANE-LX1 mediante Tapatalk

                              Comentario

                              • favila
                                Usuario
                                • 14 mar, 2007
                                • 864

                                #30
                                Originalmente publicado por ser
                                Con los tiempos que corren, yo no diría con tanta seguridad que NO se puede..... Por ejemplo el tema de tener una dirección se solventa de manera sencilla teniendo un apt de correos.. Me viene a la mente la de personas, que carecen de domicilio fijo y empadronamiento en este pais, desde los "homeles", que habitan por las calles de nuestras ciudades... Hasta otro gran colectivo que también carece de lo mismo.... En definitiva... Cuando yo era joven, había que ir presencialmente, a la cola del paro a sellar la "cartilla del paro", en este invierno selle el paro desde la estación de esquí, mientras disfrutaba de unas pistas vacías entre semana, y es que desde hace muchos años se sella atraves de interné....(seguro que para algunos sonata raro... Pero la tecnología avanza para todo, para lo malo y para lo bueno).... Por lo tanto tu afirmación para ti.... Yo me quedo con la constatacion de que el mundo evoluciona.... Y lo que antes no valía ahora vale..... Es ley de vida ir adaptándose a las nuevas circunstancias.... Y tiempos..... Es mas, al vender el piso, tampoco he cambiado la dirección del DNI, a pesar de ser conocedor de que la ley obliga a ello, ya va para dos años,... Una cosa es lo que dice la teoría y otra la realidad.... Lo que sí cambie fue, la dirección del vehículo, y lo hice por que el ay-untamlento se encargaba de hacer esa gestión, sin coste alguno para mi,.... Es decir no tenía que acudir a trafico, Pero resulta que ni siquiera conincide con donde estoy empadronado...en definitiva, hay múltiples formas de hacer las cosas y todas ellas válidas... Y como soy conocedor de esas cosas te diré más a nivel institucional, tema RAI, y cosas de esas, no me ha supuesto, ni me han puesto pega alguna, por que todas esas cosas que te comento no concuerden unas con las otras. Tengo comprobado que este pais es uno de los que tien más legislaciones unas absurdas y otras rozando el esperpento,... Por eso "aprendí" a navegar entre papeles... Y. Vi que ni son tan importantes que muchas veces ni saben lo que piden.....
                                Pues nada, lo que tú digas, ya te lo han dicho varios, y las razones por las que no se puede, pero parece que para algunos La Ley está para bordearla, (por el lado de afuera) luego cuando les meten el puro viene lo de "yo creique" yo "penseque". Digas lo que digas ni se puede tener como domicilio habitual una autocaravana ni se podrá en un futuro, ale menos próximo. Y lo se porque en alguno de los cursillos de perfeccionamiento que me tocó hacer se trató ese tema, y estaba muy clarito que no se podía y el por qué. Pero en fin, cada uno que haga lo que quiera. Pero no tienes por qué creernos, es fácil, te repito, vete a la DGT, o a la Policía Nacional, a cambiar el domicilio habitual para lo del DNI, o lo del carnet de conducir, y les dices que el actual va a ser una autocaravana, y luego nos cuentas la respuesta.


                                Comentario

                                Trabajando...