El quid de la cuestión es que no queda claro si podrás dormir fuera de tu domicilio en un vehículo... Coche, camión, autobús, autocaravana o moto (en moto si no lo habéis probado es altamente recomendable como experiencia) siempre y cuando no se haga en el interior de alojamientos turísticos
A partir del dia 12 de Mayo podemos salir
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El quid de la cuestión es que no queda claro si podrás dormir fuera de tu domicilio en un vehículo... Coche, camión, autobús, autocaravana o moto (en moto si no lo habéis probado es altamente recomendable como experiencia) siempre y cuando no se haga en el interior de alojamientos turísticos
Yo por ejemplo, estoy esperando a ver si puedo echar una cana al aire en el horario, no lo pone, que hago? ayuda please
Un saludoComentario
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Por poner un caso similar al nuestro, en las noticias de este mediodía han dicho que desde puertos como Denia que es uno de los pocos de la Comunidad Valenciana que están en fase uno pueden desplazarse barcos particulares de recreo a las Islas Baleares que también se encuentran en la misma fase.Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.Comentario
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Por poner un caso similar al nuestro, en las noticias de este mediodía han dicho que desde puertos como Denia que es uno de los pocos de la Comunidad Valenciana que están en fase uno pueden desplazarse barcos particulares de recreo a las Islas Baleares que también se encuentran en la misma fase.
Esta dicho expresamente que no se puede mover entreprovincias excepto causas justificadas. Y el recreo no me lo parece.
Aquí pone lo contrario también.
Fase 1: se puede navegar
Las unidades territoriales que hayan sido autorizadas por el Ministerio de Sanidad a pasar a la siguiente fase, mantienen las actividades anteriores y suman*nuevas habilitaciones.
En la*fase Inicial*se permite la navegación de recreo, con consideraciones:
La navegación tiene la consideración de*turismo activo y de naturaleza
No se permite la pesca deportiva*(tampoco la pesca desde embarcación)
Grupo limitado*de personas (máximo 10 personas a bordo)
Personas que residan en un mismo domicilio: 100% de la capacidad del barco
Personas de distinta residencia: 50% de la*capacidad autorizada
Los tripulantes deben residir en la*misma provincia*en que se encuentra la embarcación
Las embarcaciones no pueden alejarse más de*12 millas desde puerto
No se deben sobrepasar los*límites costeros provinciales
Enviado desde mi SM-A505FN mediante TapatalkHay cosas que no se hacen en ningun sitio como en casa....asi que ... Vamos a llevarla alla donde vayamos.Comentario
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Yo soy pesado,pero es que si lees el BOE lo ves claro. Se permiten los desplazamientos por la propia provincia (no limita a un vehículo determinado), se permite el ir a hoteles, apartamentos,segundas residencias (no dice que se pueda pernoctar,pero es obvio que si no se pone,es que se puede, pondría lo contrario si se quisiera recalcar algo).
Las autocaravanas son un vehículo,y como tal a partir de mañana se pueden mover por la propia provincia igual que otros vehículos,y ese BOE no especifica que haya que moverse por un motivo justificado,no hace falta motivo.
Si yo duermo en mi coche, camión o autocarava,como siempre, respetando la normativa vigente (vehículo estacionado,no acampado).
No te pueden multar con el BOE por delante porque no prohíbe nuestros desplazamientos. De hacerlo incluso pienso que no sería legal incluso,ya que haría una distinción entre vehículos.
Estoy viendo el directo en Youtube de Yuste,la gaviota viajera,un novato en autocarava,... Pero parece que tampoco van a arrojar luz.
Insisto, quién opine que no se puede salir,que aporte documentos que lo prohíban.
El único documento que de momento he visto y tiene validez es el BOE,y este nos deja.
Saludos del pesado con el BOE 😅Comentario
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Entiendo que los de fase 1,las itv abrirán mañana, toca cambiar neumáticos y pasar itv, caducó en estado d alarmaComentario
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Aquí en Madrid nos quedamos en Fase O, espero leeros pronto los que estáis en Fase 1 desde el lunes como disfrutáis de la autocaravana, aunque sea en la puerta de vuestro domicilio. Qué envidia!
Yo dese mi domicilio viviré del recuerdo
SaludosComentario
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Eso sí que no lo entiendo. ¿En qué medio has visto esas noticias?
Esta dicho expresamente que no se puede mover entreprovincias excepto causas justificadas. Y el recreo no me lo parece.
Aquí pone lo contrario también.
Fase 1: se puede navegar
Las unidades territoriales que hayan sido autorizadas por el Ministerio de Sanidad a pasar a la siguiente fase, mantienen las actividades anteriores y suman*nuevas habilitaciones.
En la*fase Inicial*se permite la navegación de recreo, con consideraciones:
La navegación tiene la consideración de*turismo activo y de naturaleza
No se permite la pesca deportiva*(tampoco la pesca desde embarcación)
Grupo limitado*de personas (máximo 10 personas a bordo)
Personas que residan en un mismo domicilio: 100% de la capacidad del barco
Personas de distinta residencia: 50% de la*capacidad autorizada
Los tripulantes deben residir en la*misma provincia*en que se encuentra la embarcación
Las embarcaciones no pueden alejarse más de*12 millas desde puerto
No se deben sobrepasar los*límites costeros provinciales
Esto es lo que he encontrado.-
Los territorios que estén en fase 1 podrán navegar también por ocio pero siempre dentro de su área territorial para la desescalada, ya sea la provincia, el área sanitaria o la isla. En las embarcaciones podrán ir hasta un máximo de 10 personas y la ocupación no podrá ser de más de la mitad, excepto si todos los viajeros viven juntos, que podrá alcanzar el 100%. Además, se amplían las visitas para mantenimiento de las embarcaciones al territorio de la desescalada, no solo al municipio.
Un saludo y disculpa el error.Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.Comentario
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Lo he visto en el telediario de la uno a mediodía, pero después de leerte lo he estado buscando en internet y parece no ser cierto tal como lo han dicho o a mí me ha parecido escucharlo.
Esto es lo que he encontrado.-
Los territorios que estén en fase 1 podrán navegar también por ocio pero siempre dentro de su área territorial para la desescalada, ya sea la provincia, el área sanitaria o la isla. En las embarcaciones podrán ir hasta un máximo de 10 personas y la ocupación no podrá ser de más de la mitad, excepto si todos los viajeros viven juntos, que podrá alcanzar el 100%. Además, se amplían las visitas para mantenimiento de las embarcaciones al territorio de la desescalada, no solo al municipio.
Un saludo y disculpa el error.
Enviado desde mi SM-A505FN mediante TapatalkHay cosas que no se hacen en ningun sitio como en casa....asi que ... Vamos a llevarla alla donde vayamos.Comentario
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Enviado desde mi SM-A505FN mediante TapatalkHay cosas que no se hacen en ningun sitio como en casa....asi que ... Vamos a llevarla alla donde vayamos.Comentario
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Comentario
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Copio y pego literal por si alguien no ha leído el BOE
CAPÍTULO II
Flexibilización de medidas de carácter social
Artículo 7. Libertad de circulación.
1. En relación a lo establecido en la presente orden, se podrá circular por laprovincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sinperjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorionacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno allugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personascon discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra deanáloga naturaleza.
Como veis, nada de motivos para circular, tipo de vehículo, ...Comentario
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UNAIKER,para tu conocimiento, decirte que el presidente de la paca, solicito a traves de secretaria de estado, esta consulta o parecida, y la contestacion que le dieron es que seria el ministro de sanidad el que responderia sobre este tema, al haber alguna otra consulta referida a las autocaravanas, decirte, que tambien lo ha hecho a alguna otra autonomia. y ademas dejarte claro que el no va diciendo que la intervencion de la diputada de bildu, lo hace a peticion suya(ella deja claro, quien le hace la peticion), ESO ES COSECHA TUYA,, lo facil es criticar y descalificar, el papel lo aguanta todo. saludos riojano
http://www.facebook.com/story.php?st...ivLReh3DOvEc3g,Editado por última vez por santiracing; 10/05/2020, 19:52:06.Comentario
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No termino de entender esto ¿puedo circular, ir a bares, ir de tiendas, etc, etc ¿pero el paseo y el deporte lo tengo restringido a la franja horaria y una vez al día?
O sea, cojo la auto, circulo al monte o a la playa y si no estoy en la franja horaria permitida ¿no puedo pasear? ¿me tengo que quedar dentro del vehículo?.....y si estoy en un sitio de bares, ¿si puedo ir paseando de un bar a otro?.....jooo, de verdad que no lo entiendo,
¿Alguien puede dar un poco de luz a esto?
Os copio y resalto en negrita el texto del BOE en cuestión y luego pongo copia al BOE por si queréis volver a leerlo (que no tengáis que buscarlo)
"Disposición final segunda. Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condicionesen las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante lasituación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.Se modifica la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las quese puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisissanitaria ocasionada por el COVID-19, que queda redactada como sigue:
Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 2, que queda redactado en lossiguientes términos:
«2. A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no profesional de los deportes individuales que no requieran contacto con terceros,así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo 5."
https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/...-2020-4911.pdfEditado por última vez por esscapar; 10/05/2020, 19:40:39.Se de donde vengo, ... pero no se a donde voy, y creo que eso me da mas ganas de ir.
..................................sigpic.................................Comentario
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No termino de entender esto ¿puedo circular, ir a bares, ir de tiendas, etc, etc ¿pero el paseo y el deporte lo tengo restringido a la franja horaria y una vez al día?
O sea, cojo la auto, circulo al monte o a la playa y si no estoy en la franja horaria permitida ¿no puedo pasear? ¿me tengo que quedar dentro del vehículo?.....y si estoy en un sitio de bares, ¿si puedo ir paseando de un bar a otro?.....jooo, de verdad que no lo entiendo,
¿Alguien puede dar un poco de luz a esto?
Os copio y resalto en negrita el texto del BOE en cuestión y luego pongo copia al BOE por si queréis volver a leerlo (que no tengáis que buscarlo)
"Disposición final segunda. Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condicionesen las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante lasituación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.Se modifica la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las quese puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisissanitaria ocasionada por el COVID-19, que queda redactada como sigue:
Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 2, que queda redactado en lossiguientes términos:
«2. A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no profesional de los deportes individuales que no requieran contacto con terceros,así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo 5."
https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/...-2020-4911.pdf
Los horarios se mantienen. Deporte mayores de 14 en su horario. Paseos con niños en su horario. Paseos de mayores de 70 en su horario.
Aparte de eso en cualquier horario se pueden realizar el resto de actividades permitidas. Y estas son, desplazarse por la comunidad, ir a comprar, ir a un bar, ir a una reunión de hasta 10 personas, practicar deporte de naturaleza, etc.
Hay que tener en cuenta que en las poblaciones de menos de 5000 habitantes los horarios desaparecen.
De esta forma puedes ir con tu autocv a una ciudad de más 5000 habitantes...y ahí debes cumplir los horarios, si quieres salir con los chicos solo un adulto y en su horario, si quieres hacer deporte o pasear en pareja en su horario.
O puedes ir a una población de menos y ahí no tienes horarios, o puedes ir a un paraje natural a practicar deporte, senderismo por ejemplo, sin horario.
Peeeeeeero y aquí viene mi duda. Tengo claro dónde quiero ir mi primera salida, es un paraje natural que pertenece a una población de menos de 5000. Resulta que para llegar hasta allí no hay ningún punto seguro para parar la auto hasta un aparcamiento a la entrada del pueblo, ya que en todo el pueblo está prohibido aparcar. Tengo mis dudas sobre cómo le sentará a la gente del pueblo que lleguemos los capullos de fuera con el riesgo del virus, les gustará que vayamos a gastar en el bar si está abierto, en la panadería? O les dará miedo que vayamos?
Os parece correcto el equilibrio de llevarles algo de dinero a cambio del peligro de contagio? Por supuesto nosotros no llevamos idea de pisar el interior del pueblo más que para gastar, y por supuesto con las medidas de prevención que podamos tomar. Nuestro destino es una zona de barbacoas que hay a 2 km del pueblo pero allí es imposible llegar con la auto. Iremos con las bicis, pero incluso eso tb es peligroso para los del lugar puesto que tienen parcelas, y algunos también lo frecuentan...
De normal siempre nos han acogido genial, pero no vamos con la auto, vamos con el 4x4 y llegamos hasta el sitio en directo, y si vamos hasta el pueblo es andando o en bici.
No se...creo que escribiri al ayuntamiento antes de ir.
Acepto opiniones, pero las órdenes no las llevo bien, que lo sepáis [emoji28]
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