Muchas incognitas y falta de legislación cuando vamos a vender nuestra Ac, principalmente en el pago del impuesto sobre el valor que determinar cara a hacienda.<br>A falta de tablas específicas de este valor en algunas comunidades autónomas y buscando el modelo de vehículo, en mi caso Fiat Ducatto del año 2007, 2.8cc y 147cv, me encuentro que ya ni aparece en la tabla publicada en el BOE para determinar su precio de nuevo y poder aplicar la depreciación que conlleva en casi 13 años, pero me ciño a una motorización similiar aunque no igual y me dice que Fiat Ducatto 2.3 y 148cv en el año 2015 tiene un valor de nuevo de unos 26000€. a partir de ahi y como supuestamente son mas de 12 años, esa furgoneta tendría un valor venal de aproximadamente 2500€ y sobre estos tributaría en mi caso el 8%, en definitiva pagaría unos impuestos que rondarían los 200€.en la transferencia.<br>A lo que voy, entiendo que el impuesto a falta de tablas, repito, se paga por transacción de vehículo a motor y por eso entiendo que el valor carrozado del habitáculo no debe tributar, la depreciación se ejecuta sobre el vehículo tractor (Fiat) ya que si compramos una furgoneta de 13 años y esa motorizacion y pagas lo acordado según las tablas y pretendes carrozarla como autocaravana, el carrocero te va a cobrar pongamos por ejemplo 20000€ y de ahí concluyo el valor de mercado de nuestras casitas.<br>Obtendriamos una autocaravana que la podriamos vender en 20000+2500€, y el comprador trasferirla nuevamente por 200€, por esto es tan complicado y nos causa desasosiego indicar a hacienda el precio real de la venta, porque para nada les interesa, lo que se paga es la transaccion de un vehículo, ya tenga montado una autocaravana o un puente grua.<br>Perdonadme el tocho y espero que hayais podido entenderme, pues estoy en esa texitura.<br>Un saludo.