Conducir AC, que no está a tu nombre.

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  • PAMPLINAS
    Usuario
    • 28 jul, 2016
    • 977
    • BADAJOZ

    #16
    Originalmente publicado por COSTABLANCA
    Ah pillín, que tienes la AC a nombre de la empresa para ahorrarte el IVA...…..
    Sobre este tema tengo mucho discutido con amigos. Para mi es una vergüenza que se permitan ciertos vehículos a nombre de empresa o de ciertas empresas. Se de un panadero con un Porsche Cayenne Turbo S a nombre de la panaderia, al que le hemos subencionado entre todos un 21% más lo que se desgrabe por el resto del gasto. Lo dicho una vergüenza.

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    • Guayaquil
      Usuario
      • 8 ene, 2019
      • 295
      • Burgos

      #17
      Originalmente publicado por PAMPLINAS
      Sobre este tema tengo mucho discutido con amigos. Para mi es una vergüenza que se permitan ciertos vehículos a nombre de empresa o de ciertas empresas. Se de un panadero con un Porsche Cayenne Turbo S a nombre de la panaderia, al que le hemos subencionado entre todos un 21% más lo que se desgrabe por el resto del gasto. Lo dicho una vergüenza.
      Hombre ahora mismo si te desgravas el 21% sobre un vehículo así al (y cualquier vehículo casi) al ponerlo de empresa te hacen inspección seguro y ya puedes justificar claramente que solo lo usas para trabajar. Lo normal es que la afectación sea al 50%, vehículo de uso empresarial y particular.


      Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk

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      • COSTABLANCA
        Usuario
        • 13 abr, 2013
        • 18532
        • Elche

        #18
        Originalmente publicado por PAMPLINAS
        Sobre este tema tengo mucho discutido con amigos. Para mi es una vergüenza que se permitan ciertos vehículos a nombre de empresa o de ciertas empresas. Se de un panadero con un Porsche Cayenne Turbo S a nombre de la panaderia, al que le hemos subencionado entre todos un 21% más lo que se desgrabe por el resto del gasto. Lo dicho una vergüenza.

        No solo eso, después piden una tarjeta Solted para pagar el combustible a cargo de la empresa, se ahorran el IVA del gas-oil y además lo cargan como gastos en la empresa.
        Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.

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        • ballenita

          #19
          Buenos días. Tal y como manifesté, si te paran en el momento de la infracción, la sanción va al conductor. En los supuestos de aparcamiento, radar, etc, aquí no se identifica al conductor porque sencillamente no está. Entonces la sanción va al titular. Pura lógica. Un saludo.

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          • COSTABLANCA
            Usuario
            • 13 abr, 2013
            • 18532
            • Elche

            #20
            Originalmente publicado por ballenita
            Buenos días. Tal y como manifesté, si te paran en el momento de la infracción, la sanción va al conductor. En los supuestos de aparcamiento, radar, etc, aquí no se identifica al conductor porque sencillamente no está. Entonces la sanción va al titular. Pura lógica. Un saludo.

            No exactamente, cuando ponen una multa de radar por exceso de velocidad a un vehículo que está a nombre de una empresa lo que piden es que en plazo de 15 días se notifique al conductor que conducía el vehículo en ese momento.
            Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.

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            • Acorveira
              Usuario
              • 20 oct, 2004
              • 842
              • Cabana de Bergantiños (A Coruña)

              #21
              Por tema del seguro, tal como te dicen, no vas a tener mayor problema. Incluso pueden aparecer dos conductores en la póliza, innecesario si no estás en el grupo de excepción por tema de edad y/o experiencia.
              El único problema puede surgir en el extranjero si te paran e identifican; en algunos países son muy, pero que muy quisquillosos con que coincida propietario y conductor. Como en tu caso va a nombre de tu pareja, se supone que viajareis juntos. De lo contrario autorización escrita. Tema este que deberíamos prácticar con más regularidad en este país.
              Por experiencia, que te paren en un control de madrugada y no coincida ni nombre de propietario, ni tomador del seguro, ni domicilio en el DNI. Lío seguro a poco que los agentes cumplan con su trabajo.
              Saúdos desde A Costa da Morte!

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              • ser
                Usuario
                • 2 nov, 2006
                • 5530
                • Errenteria

                #22
                Originalmente publicado por Acorveira
                Por tema del seguro, tal como te dicen, no vas a tener mayor problema. Incluso pueden aparecer dos conductores en la póliza, innecesario si no estás en el grupo de excepción por tema de edad y/o experiencia.
                El único problema puede surgir en el extranjero si te paran e identifican; en algunos países son muy, pero que muy quisquillosos con que coincida propietario y conductor. Como en tu caso va a nombre de tu pareja, se supone que viajareis juntos. De lo contrario autorización escrita. Tema este que deberíamos prácticar con más regularidad en este país.
                Por experiencia, que te paren en un control de madrugada y no coincida ni nombre de propietario, ni tomador del seguro, ni domicilio en el DNI. Lío seguro a poco que los agentes cumplan con su trabajo.
                Saúdos desde A Costa da Morte!
                Hola
                Efectivamente justo se da el caso contrario....
                Muchas veces viajaré solo, de ahí que tenía previsto hacer, en varios idiomas (por suerte la compi es profa de inglés), una autorización en la que quedase reflejado, eso mismo.....
                Que me autorizar a pilotar "su" AC,.....
                Me falta darle una forma "oficial", a esa autorización, así que será un tema pendiente.... Que intentaré consultar en algún estamento oficial.....
                Buen apunte.....
                Una cosa que también pensaba hacer es llevarme los papeles antiguos,(copia) en los que figuro "yo", como antiguo titular, ya se que carecen de validez alguna, pero seguro que ayudan..
                Editado por última vez por ser; 18/06/2020, 10:44:18. Razón: Corrección ortografia

                Comentario

                • Barquero
                  Usuario
                  • 21 jun, 2005
                  • 5714
                  • Barcelona

                  #23
                  De la web de la Dirección General de Tráfico se puede bajar un modelo oficial de autorización del propietario del vehículo a que lo conduzca otra persona. Se llama "comunicación conductor habitual". Este es el enlace: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos...ctor-habitual/ Así podrás viajar tranquilo.

                  Comentario

                  • ser
                    Usuario
                    • 2 nov, 2006
                    • 5530
                    • Errenteria

                    #24
                    Originalmente publicado por Barquero
                    De la web de la Dirección General de Tráfico se puede bajar un modelo oficial de autorización del propietario del vehículo a que lo conduzca otra persona. Se llama "comunicación conductor habitual". Este es el enlace: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos...ctor-habitual/ Así podrás viajar tranquilo.
                    OK....
                    Me has quitado el tener que darle forma al escrito, por que ya veo que esta hecho.....
                    Gracias....

                    Comentario

                    • Marcos Montesiers
                      Usuario
                      • 17 oct, 2019
                      • 189
                      • Grecia

                      #25
                      Cambiar de nombre un vehiculo...

                      No hay problema mientras tengas el carnet de conducir, es mas, el titular puede ser que ni tenga carnet para conducir.

                      O que el titular tenga la residencia en el pais de matricula y asi as hace falta cambiarsela.
                      Saludos.
                      www.soltaramarras.com
                      www.youtube. com/soltaramarras?sub_confirmation=1

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                      • COSTABLANCA
                        Usuario
                        • 13 abr, 2013
                        • 18532
                        • Elche

                        #26
                        Originalmente publicado por Marcos Montesiers
                        Cambiar de nombre un vehiculo...

                        No hay problema mientras tengas el carnet de conducir,


                        No hace falta, hay infinidad de vehículos a nombre de empresas y las empresas que yo sepa solo tienen que dar el nombre del conductor o conductores avitualles.
                        Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.

                        Comentario

                        • ballenita

                          #27
                          Buenas tardes. De sentido común que si el vehículo está a nombre de una empresa, ésta notificará quien es el conductor. Distinto es un particular.Un saludo

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                          • COSTABLANCA
                            Usuario
                            • 13 abr, 2013
                            • 18532
                            • Elche

                            #28
                            Originalmente publicado por ballenita
                            Buenas tardes. De sentido común que si el vehículo está a nombre de una empresa, ésta notificará quien es el conductor. Distinto es un particular.Un saludo
                            En un particular es lo mismo, si le dejas el coche a un amigo y le ponen una multa en un radar, puedes identificar al conductor que conducía el coche ese día.
                            Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.

                            Comentario

                            • ballenita

                              #29
                              Efectivamente es así. Un saludo.

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