Alargar chasis para colocar portamotos .

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  • Ángel Blanco
    Usuario
    • 11 jul, 2019
    • 373
    • Sevilla

    Alargar chasis para colocar portamotos .

    Estamos viendo porta motos para nuestra ac mclouis perfilada ,es Fiat 250 pero el chasis no llega hasta el final . Hay kit de montaje para alargar ?
    Hay que homologar ?

    Estoy perdido agradecería información .
  • vietnam
    Usuario
    • 12 nov, 2007
    • 6535
    • Madrid

    #2
    Originalmente publicado por Ángel Blanco
    Estamos viendo porta motos para nuestra ac mclouis perfilada ,es Fiat 250 pero el chasis no llega hasta el final . Hay kit de montaje para alargar ?
    Hay que homologar ?

    Estoy perdido agradecería información .
    Es un tema complejo y a la vez peligroso por los resultados, en mi vida de autocaravanista he visto unas verdaderas chapuzas. Lo primero es ver si se puede poner porque hay veces que no se puede poner por las propias características del chasis, otras porque la suma de la reforma te lleva a unos pesos de más de 3500 kgs. Ir circulando siempre sobrepasado de peso es un problema de seguridad vial y de tranquilidad de los usuarios.

    Todo ello exige hacerse en un taller especializado y con garantías de homologación. He visto chasis desviados y sin poder homologarse.

    Saludos
    sigpicwww.viajeuniversal.com

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    • Berkut
      Usuario
      • 25 oct, 2009
      • 232
      • Valencia

      #3
      Buenos dias,hay kit de alargador de chasis y luego tienes que homologarlo, yo lo llevo puesto.
      Un saludo
      Un saludo

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      • BIGMYCH
        Usuario
        • 9 nov, 2008
        • 18997
        • ❤ Catalunya

        #4
        Originalmente publicado por Ángel Blanco
        Estamos viendo porta motos para nuestra ac mclouis perfilada ,es Fiat 250 pero el chasis no llega hasta el final . Hay kit de montaje para alargar ?
        Hay que homologar ?

        Estoy perdido agradecería información .
        Mira esta información de las extensiones de chasis.

        sigpic

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        • Ángel Blanco
          Usuario
          • 11 jul, 2019
          • 373
          • Sevilla

          #5
          Gracias por la información , si veo que es demasiado peso ó que el chasis no admite esa prolongación me pensaré pillar un par de bicicletas eléctricas con autonomía de 40 km y listo 😅

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          • Alpebret
            Usuario
            • 21 nov, 2006
            • 36789
            • PEÑISCOLA (Castellon)

            #6
            MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS I.- VEHÍCULOS DE CATEGORÍAS M, N y O Grupo Nº 8. Carrocería (8.52)
            MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD
            REVISIÓN: 4ª
            Fecha: marzo 2018
            SECCIÓN: I GRUPO: 8 (8.52) Carrocería Página 4 de 4
            INFORMACIÓN ADICIONAL
            Esta reforma no se aplicará a la instalación o desinstalación de elementos en el exterior del vehículo que estén incluidos en cualquier otro código de reforma. Esta reforma se aplica a la sustitución o incorporación de elementos en el exterior del vehículo tales como: • Defensas. • Espejos, excepto: retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela / PMR • Soporte de rueda de repuesto. • Cabrestante. • Alerones. • Estribos, taloneras y peldaños fijos. • Peldaños asistidos. • Sustitución o modificación de los parachoques. • Equipos de frío/calor de vehículos de temperatura dirigida. • Equipos de aire acondicionado en el exterior si la transformación afecta a la estructura. • Portaequipajes anclados en lugares distintos a los previstos por el fabricante del vehículo. • Soportes de rótulos o carteles publicitarios, así como soportes para la instalación de sistemas de alumbrado específico • Pasos de rueda ensanchados. • Carretillas elevadoras transportables. • Se incluyen también en esta reforma la sustitución de elementos del vehículo original por otros distintos que cumplan la misma función y que se incorporen en la carrocería o cabina. No se considera reforma: • Los deflectores aerodinámicos laterales tras cabina que no sobresalgan en total más de 100 mm • Dispositivos y equipos plegables diseñados para reducir la resistencia aerodinámica, siempre que no sobresalgan del extremo posterior del vehículo más de 500 mm y que no aumenten la longitud de la zona de carga. • La instalación de carenados laterales entre los ejes de tractoras. • La instalación de grupos hidráulicos y neumáticos, tanto en camiones tractores, para el accionamiento del basculante del semirremolque como en camiones tractores y semirremolques, para la carga y descarga de materiales pulverulentos y limpieza del vehículo. • Embellecedores de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa que no afecten a la zona de salida de la luz. • Los embellecedores de carcasa de espejos retrovisores que no oculten ninguna parte de la zona de visión • La instalación de un soporte de rueda de repuesto en los bajos del vehículo. • Los peldaños retractiles no asistidos (accionados por la apertura o cierre de la puerta). • Escaleras traseras y peldaños fijos traseros en vehículos de categoría M, N y O que no afecten a la estructura ni la protección trasera del vehículo ni modifiquen las dimensiones del vehículo en más de 300 mm ni aumenten la capacidad de carga del mismo. • Los sensores de aparcamiento. • Embellecedores de escape. • Faldillas de rueda en vehículos M1. • Deflectores de aire en ventanas. • Los aireadores y rejillas de ventilación del habitáculo o zona de carga. • Las molduras no metálicas instaladas mediante adhesivos. • Los toldos, antenas de radio y televisión y portabicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehículo. • Instalación de baterías en los bajos del vehículo. • La instalación o sustitución de rejas separadoras/protectores de cristal de cabina instalados en zona frontal de la caja de carga de vehículos pickup, que no varíe las dimensiones del vehículo. La desinstalación no será objeto de reforma salvo en los siguientes casos: parachoques y carretillas elevadoras transportables. En caso de que la reforma incluya la sustitución del dispositivo antiempotramiento trasero, se aplicará la directiva a último nivel. Una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o supresión de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje, no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las herramientas normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas. Los Actos Reglamentarios relativos a protección delantera contra el empotramiento, protección de los peatones y sistemas de protección delantera no se exigirán a los vehículos matriculados antes de la fecha de obligatoriedad marcada en el Real Decreto 2028/1986 para estos Actos Reglamentarios.

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            • Alpebret
              Usuario
              • 21 nov, 2006
              • 36789
              • PEÑISCOLA (Castellon)

              #7
              MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS I.- VEHÍCULOS DE CATEGORÍAS M, N y O Grupo Nº 8. Carrocería (8.52)

              Tampoco sería reforma la instalación de faldillas de rueda en vehículos M1, deflectores de aire en ventanas, sensores de aparcamiento y retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela.
              Tampoco será considerada como reforma para las autocaravanas y los vehículos vivienda, la instalación de toldos, antenas de radio y televisión y portabicicletas o portamotos. Siempre, eso sí, que no afecten a otras funciones del vehículo. En el caso de aire acondicionado exterior, y siempre que la transformación no afecte a la estructura, tampoco será necesario legalizar las modificaciones. Estas consideraciones cambian continuamente con cada revisión de la reglamentación, por lo que lo más recomendable es consultarlo al plantear la instalación, ya que lo que hoy puede ser reforma, en la siguiente revisión puede ya no serlo.
              Una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o supresión de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje, no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las herramientas normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas
              Proyecto Técnico y certificación final de obra Cuando la sustitución o instalación del equipo de frío/calor de vehículos de temperatura dirigida y equipos de aire acondicionado en el exterior no afecte a la estructura, esta reforma se tramitará sin necesidad de proyecto técnico, ni certificación final de obra, quedando reflejado de forma explícita en el informe de conformidad. Para las defensas homologadas según Directiva 2005/66/CE o Reglamento CE 78/2009 no será necesario Proyecto Técnico, ni certificación final de obra. La instalación o sustitución de estribos, taloneras y peldaños fijos en el exterior del vehículo que no supere el 3% de la masa en orden de marcha del vehículo, podrá tramitarse sin necesidad de proyecto técnico ni certificación final de obra. Tampoco será necesario en el caso de instalación de soportes de sistema de alumbrado prioritario o de emergencia.

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              • luisdebcn
                Usuario
                • 11 jul, 2017
                • 1660
                • Baix Llobregat

                #8
                En mi caso venía de serie, challenger 7m Fiat de 2017
                Aquí y ahora
                https://www.instagram.com/convistasalmundoac/
                https://youtube.com/channel/UCXowtDWunhYIFwOrnygLQpw
                http://www.convistasalmundo.com

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                Trabajando...