Visita de municipales

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  • espepedro
    Usuario
    • 26 jul, 2015
    • 417
    • sevilla

    Visita de municipales

    Hola a tod@s, está tarde he recibido en mi casa la visita de los municipales diciéndome que antes del fin de semana tengo que retirar la ac de mi puerta,pq la ordenanza de mi pueblo dice que queda prohibido el estacionamiento de ac en todos los espacios y vías públicas del término
    Hay algo que pueda hacer al respecto??
    Mi ac está como vehículo mixto y la ordenanza dice autocaravanas , autobuses remolques etc
    Lleva 5 años y nunca paso nada los municipales dicen que ha sido un vecino
  • espepedro
    Usuario
    • 26 jul, 2015
    • 417
    • sevilla

    #2
    Decir que en el resto del pueblo hay acs y caravanas
    En mi misma calle hay una caravana y en la calle de al lado una ac, he ido a preguntar al dueño y a el no le han dicho nada

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    • ser
      Usuario
      • 2 nov, 2006
      • 5509
      • Errenteria

      #3
      Hola
      Con lo que cuentas... Si tu vehiculo, esta catalogado como vehículo mixto, parece que a nivel "teórico", de papeles.... No sé vería afectado, por la ordenanza..... (aunque habría que leerla con mucha tranquilidad....
      Por otro lado, desconociendo el "estado mental", del vecino.... Entra la duda, de lo qie puede hacer si no se retira la AC..... Aunque teniendo en cuenta, que la PL, le tiene identificado... De hacerle algo, sería el principal sospechoso,.....
      Complicado el tema.....

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      • PAMPLINAS
        Usuario
        • 28 jul, 2016
        • 977
        • BADAJOZ

        #4
        Siendo vehículo mixto no me preocuparía, el señor agente municipal debe haberte avisado sin ser consciente de que está en un error. Si persiste en su error no tendrás más que enseñarle la documentación del vehículo.

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        • panerai
          Usuario
          • 18 nov, 2008
          • 519
          • MADRID

          #5
          Y no hay desobediencia si el agente te lo ha dicho directamente?
          Quizás era informativo y no una orden.

          Hay que mirarlo todo con cuidado

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          • M. Vargas y Paqui
            Usuario
            • 15 nov, 2013
            • 1548
            • MAIRENA DEL ALJARAFE

            #6
            Tu Ac paga impuesto de circulación en tu municipio imagino.
            Si es así, iría al ayuntamiento y les diría que si mi vehículo es apto para pagar el impuesto. Tiene derecho al uso de la vía pública municipal al igual que cualquier coche que pague el impuesto.
            Diferente son las caravanas catalogadas como remolque que no pagan el impuesto de circulación.
            Si ha sacado esa ordenanza, debería habilitar un aparcamiento adecuado a los vehículos recogidos en la prohibición dentro del municipio.
            Hace unos años nos pasó lo mismo donde vivimos y tuvieron que tragarse la prohibición y retirar las placas.

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            • Antoniolopez
              Usuario
              • 6 ene, 2014
              • 142
              • Galicia

              #7
              Yo iría a Hablar con el concejal de tráfico y le llevaría el artículo 93 del reglamento general de circulación y la famosísima Instrucción 08/V-74 de la DGT.
              Si quieren prohibir aparcar vehículos de más de x metros, de más de x quilos... pueden hacerlo, pero prohibir aparcar "autocaravanas","coches feos" o "lo que a mí me de la gana" no pueden.
              Un saludo

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              • M. Vargas y Paqui
                Usuario
                • 15 nov, 2013
                • 1548
                • MAIRENA DEL ALJARAFE

                #8
                Si me van a prohibir usar la vía pública me negaría a pagar el impuesto de circulación.

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                • JAVIER B
                  Usuario
                  • 6 jun, 2007
                  • 445
                  • TUDELA

                  #9
                  Lo de no pagar el mal llamado impuesto de circulacion, mejor tenencia y disfrute de vehiculos, no creo que sea un buen consejo, a la larga terminas pagando y con apremio. Mas arriba han aconsejado hablar con el concejal de tráfico o con el jefe de policia presentando la instrucción de la DGT que harto conocemos y tener suerte, y si se puede saber el vecino denunciante, que lo dudo, pues adelante y suerte.

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                  • panerai
                    Usuario
                    • 18 nov, 2008
                    • 519
                    • MADRID

                    #10
                    Que municipio es? Quizás estaría bien leer la ordenanza primero. En algún lado estará publicada.

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                    • afbs
                      Usuario
                      • 8 ago, 2006
                      • 11805
                      • Santurtzi (Bizkaia)

                      #11
                      Lo de vehículo mixto vendrá con apellido vivienda (48), por lo que es lo mismo que autocaravana. Hace 20 años no existía autocaravana.

                      Es lo mismo que los vehículos mixtos usan el área de autocaravanas y no les multan por estacionar allí. Es una justificación pobre.

                      Yo miraría la ordenanza y hablaría con el ayuntamiento con carácter urgente.

                      En mi municipio también sacaron una ordenanza similar y la escribirles una queja el propio ayuntamiento dijo que era una ordenanza para protegerse de los gitanos rumanos que estaban dando problema por las poblaciones de alrededor pero que no se utilizaría contra los vecinos. Enfrente de mi casa hay una AC todo el año sin problemas.

                      Pero hay que leer la ordenanza en profundidad. Aunque si no se bajan del burro y no se recurrió la ordenanza cuando salió, poco margen queda.

                      El decir que no lo muevo, o que es ilegal, suena bien, pero hay unos pasos a seguir. El pagar un impuesto no da ningún derecho. Es para circular, y eso se puede hacer por todo el mundo. Los camioneros tambien pagan impuestos de circulación y tampoco pueden estacionar.

                      La ordenanza cuando se aprueba es legal hasta que se diga lo contrario, que sería un juzgado con su correspondiente denuncia

                      Un saludo


                      No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

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                      • COSTABLANCA
                        Usuario
                        • 13 abr, 2013
                        • 18522
                        • Elche

                        #12
                        Originalmente publicado por espepedro
                        Hola a tod@s, está tarde he recibido en mi casa la visita de los municipales diciéndome que antes del fin de semana tengo que retirar la ac de mi puerta,pq la ordenanza de mi pueblo dice que queda prohibido el estacionamiento de ac en todos los espacios y vías públicas del término
                        Hay algo que pueda hacer al respecto??
                        Mi ac está como vehículo mixto y la ordenanza dice autocaravanas , autobuses remolques etc
                        Lleva 5 años y nunca paso nada los municipales dicen que ha sido un vecino
                        Decirles que cuando retiren los pequeños camiones de reparto que hayan aparcados en tu pueblo, también retirarás tu la AC.
                        Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.

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                        • urru
                          Usuario
                          • 10 jun, 2009
                          • 1312
                          • Gipuzkoa

                          #13
                          En Arrasate (Gipuzkoa) se recurrió al Ararteko (Defensor del Pueblo) y éste dió la razon y tuvieron que quitar las señales y dar marcha atras.

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                          • JOSELU MCLOUIS
                            Usuario
                            • 15 nov, 2012
                            • 1261
                            • AJO

                            #14
                            En Santander capital, esta sembrado de señales de prohibido parar y estacionar a vehículos de más de 1,8 tn, ESCEPTO furgonetas, esta claro que va dirigido a nosotros

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                            • PAMPLINAS
                              Usuario
                              • 28 jul, 2016
                              • 977
                              • BADAJOZ

                              #15
                              Originalmente publicado por afbs
                              Lo de vehículo mixto vendrá con apellido vivienda (48), por lo que es lo mismo que autocaravana. Hace 20 años no existía autocaravana.

                              Es lo mismo que los vehículos mixtos usan el área de autocaravanas y no les multan por estacionar allí. Es una justificación pobre.

                              Yo miraría la ordenanza y hablaría con el ayuntamiento con carácter urgente.


                              En mi municipio también sacaron una ordenanza similar y la escribirles una queja el propio ayuntamiento dijo que era una ordenanza para protegerse de los gitanos rumanos que estaban dando problema por las poblaciones de alrededor pero que no se utilizaría contra los vecinos. Enfrente de mi casa hay una AC todo el año sin problemas.

                              Pero hay que leer la ordenanza en profundidad. Aunque si no se bajan del burro y no se recurrió la ordenanza cuando salió, poco margen queda.

                              El decir que no lo muevo, o que es ilegal, suena bien, pero hay unos pasos a seguir. El pagar un impuesto no da ningún derecho. Es para circular, y eso se puede hacer por todo el mundo. Los camioneros tambien pagan impuestos de circulación y tampoco pueden estacionar.

                              La ordenanza cuando se aprueba es legal hasta que se diga lo contrario, que sería un juzgado con su correspondiente denuncia

                              Un saludo
                              Si en la ordenanza se hace referencia a vehículos vivienda (xx48) entonces si, pero como solo hable de autocaravanas (32xx o 33xx), entonces no tiene amparo legal para impedir el estacionamiento en la vía pública. Y entiendo que si se podría denunciar a un vehículo mixto vivienda en un area, si en la ordenanza que regule ese area no recoge otra cosa que autocaravanas 32xx o 33xx. Otra cosa es que se denuncie, como se ve que ha pasado en el municipio del compi que inicia el hilo, durante años no se ha aplicado ese aspecto de la ordenanza.
                              Cierto que lo suyo es conocer exactamente lo escrito en esa ordenanza y valorar correctamente. El princio de tipicidad legar recoge que, las normas definidoras de infracciones y sanciones no serán susceptibles de aplicación analógica. Osea que o viene expresamente recogido el tipo de vehículo al que se le prohibe el estacionamiento o no vale decir que se le parece o se usa para lo mismo.

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