Remolque para un coche

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  • Chuchiducato
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    • 14 jun, 2013
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    • Boecillo

    #16
    Archivos Adjuntos
    Editado por última vez por Chuchiducato; 05/08/2020, 15:11:58.
    Ya dijo Simone de Beauvoir "el opresor no sería tan fuerte si no tuviese complices entre los propios oprimidos"

    Comentario

    • Alpebret
      Usuario
      • 21 nov, 2006
      • 36806
      • PEÑISCOLA (Castellon)

      #17
      Categoría B 1:
      cuadriciclos definidos en el artículo 1, apartado 3, letra b) de la Directiva 2002/24/CE;
      la edad mínima para la categoría B1 se establece en 16 años;
      la categoría B1 es opcional; en los Estados miembros que no introduzcan esta categoría de permiso de conducción, se exigirá un permiso de categoría B para conducir dichos vehículos.
      b) Categoría B:automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3 500 kg y hayan sido diseñados y construidos para el transporte de un máximo de ocho pasajeros sin incluir al conductor; los automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.Sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, los automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque con una masa máxima autorizada de más de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada de este conjunto no exceda de 4250 kg. En caso de que esta combinación excediera de 3 500 kg, los Estados miembros exigirán, conforme a lo dispuesto en el Anexo V, que esta combinación sólo pueda conducirse:
      tras la superación de una formación, o
      habiendo superado una prueba de aptitud y comportamiento.
      Los Estados miembros podrán exigir también que se hayan superado tanto la formación como la prueba de aptitud y comportamientoLos Estados miembros indicarán en el permiso de conducción la autorización para conducir esta combinación mediante el código comunitario correspondiente.La edad mínima para la categoría B se establece en 18 años.
      c) Categoría BE:
      sin perjuicio de las disposiciones de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque o semirremolque cuando la masa máxima autorizada del remolque o semirremolque no supere los 3 500 kg.
      la edad mínima para la categoría BE se establece en 18 años.
      d) Categoría C1:automóviles distintos de los de las categorías D1 y D, cuya masa máxima autorizada supere los 3 500 kg, pero no sobrepase los 7 500 kg, y que se hayan diseñado y construido para el transporte de un máximo de ocho personas sin incluir al conductor; los automóviles que se puedan conducir con un permiso de la categoría C1 podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no supere los 750 kg.
      e) Categoría C1E:
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría C1 y por un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada supere los 750 kg siempre que la masa autorizada del conjunto no supere los 12 000 kg.
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría B y por un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada supere los 3 500 kg, siempre que la masa autorizada del conjunto no supere los 12 000 kg.
      La edad mínima para las categorías C1 y C1E se establece en 18 años, sin perjuicio de las disposiciones relativas a la conducción de estos vehículos de la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003, relativa a la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera (6);
      f) Categoría C:automóviles distintos de los de las categorías D1 o D cuya masa máxima autorizada exceda de 3 500 kg y hayan sido diseñados y construidos para el transporte de un máximo de ocho pasajeros sin incluir el conductor; los automóviles de esta categoría que se puedan conducir con un permiso de la categoría C podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
      g) Categoría CE:
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.
      la edad mínima para las categorías C y CE se establece en 21 años, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la conducción de dichos vehículos en la Directiva 2003/59/CE;
      h) Categoría D 1:automóviles diseñados y construidos para el transporte de no más de 16 personas, sin incluir al conductor, y cuya longitud máxima sea de 8 m; los automóviles que se puedan conducir con un permiso de la categoría D1 podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no supere los 750 kg;
      i) Categoría D1E:
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría C1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg,
      la edad mínima para las categorías D1 y D1E se establece en 21 años, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la conducción de dichos vehículos en la Directiva 2003/59/CE;
      j) Categoría D:automóviles diseñados y construidos para el transporte de más de 8 personas sin incluir al conductor; los automóviles que se puedan conducir con un permiso de la categoría D podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg;
      k) Categoría DE:
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg;
      la edad mínima para las categorías D y DE se establece en 24 años, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la conducción de dichos vehículos en la Directiva 2003/59/CE.
      Categoría B 1:
      cuadriciclos definidos en el artículo 1, apartado 3, letra b) de la Directiva 2002/24/CE;
      la edad mínima para la categoría B1 se establece en 16 años;
      la categoría B1 es opcional; en los Estados miembros que no introduzcan esta categoría de permiso de conducción, se exigirá un permiso de categoría B para conducir dichos vehículos.
      b) Categoría B:automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3 500 kg y hayan sido diseñados y construidos para el transporte de un máximo de ocho pasajeros sin incluir al conductor; los automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.Sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, los automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque con una masa máxima autorizada de más de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada de este conjunto no exceda de 4250 kg. En caso de que esta combinación excediera de 3 500 kg, los Estados miembros exigirán, conforme a lo dispuesto en el Anexo V, que esta combinación sólo pueda conducirse:
      tras la superación de una formación, o
      habiendo superado una prueba de aptitud y comportamiento.
      Los Estados miembros podrán exigir también que se hayan superado tanto la formación como la prueba de aptitud y comportamientoLos Estados miembros indicarán en el permiso de conducción la autorización para conducir esta combinación mediante el código comunitario correspondiente.La edad mínima para la categoría B se establece en 18 años.
      c) Categoría BE:
      sin perjuicio de las disposiciones de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque o semirremolque cuando la masa máxima autorizada del remolque o semirremolque no supere los 3 500 kg.
      la edad mínima para la categoría BE se establece en 18 años.
      d) Categoría C1:automóviles distintos de los de las categorías D1 y D, cuya masa máxima autorizada supere los 3 500 kg, pero no sobrepase los 7 500 kg, y que se hayan diseñado y construido para el transporte de un máximo de ocho personas sin incluir al conductor; los automóviles que se puedan conducir con un permiso de la categoría C1 podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no supere los 750 kg.
      e) Categoría C1E:
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría C1 y por un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada supere los 750 kg siempre que la masa autorizada del conjunto no supere los 12 000 kg.
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría B y por un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada supere los 3 500 kg, siempre que la masa autorizada del conjunto no supere los 12 000 kg.
      La edad mínima para las categorías C1 y C1E se establece en 18 años, sin perjuicio de las disposiciones relativas a la conducción de estos vehículos de la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003, relativa a la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera (6);
      f) Categoría C:automóviles distintos de los de las categorías D1 o D cuya masa máxima autorizada exceda de 3 500 kg y hayan sido diseñados y construidos para el transporte de un máximo de ocho pasajeros sin incluir el conductor; los automóviles de esta categoría que se puedan conducir con un permiso de la categoría C podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
      g) Categoría CE:
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.
      la edad mínima para las categorías C y CE se establece en 21 años, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la conducción de dichos vehículos en la Directiva 2003/59/CE;
      h) Categoría D 1:automóviles diseñados y construidos para el transporte de no más de 16 personas, sin incluir al conductor, y cuya longitud máxima sea de 8 m; los automóviles que se puedan conducir con un permiso de la categoría D1 podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no supere los 750 kg;
      i) Categoría D1E:
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría C1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg,
      la edad mínima para las categorías D1 y D1E se establece en 21 años, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la conducción de dichos vehículos en la Directiva 2003/59/CE;
      j) Categoría D:automóviles diseñados y construidos para el transporte de más de 8 personas sin incluir al conductor; los automóviles que se puedan conducir con un permiso de la categoría D podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg;
      k) Categoría DE:
      sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor incluido en la categoría D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg;
      la edad mínima para las categorías D y DE se establece en 24 años, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la conducción de dichos vehículos en la Directiva 2003/59/CE.

      Comentario

      • Buenes
        Usuario
        • 19 oct, 2014
        • 3613
        • Sant Joan Despi

        #18
        En cualquier caso el Smart está sobre los 1.000 kg...por tanto con el carnet B no se podrá llevar AC+Remolque+Smart, creo yo, no?
        ...dia a dia...siempre Andalucia...

        Comentario

        • joselekun
          Usuario
          • 15 nov, 2018
          • 1621
          • Pamplona

          #19
          No. Con ma ac y el B no

          Enviado desde mi SM-J600FN mediante Tapatalk

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          • jose.bur
            Usuario
            • 6 ene, 2009
            • 1927
            • Errenteria

            #20
            Hola.
            Que a estas alturas todavía estemos debatiendo si se puede o no.
            Con el permiso clase B se puede conducir un vehículo de hasta
            3.500kg y un remolque de hasta 750 kg.
            Saludos.

            Comentario

            • DM4
              Usuario
              • 9 abr, 2013
              • 1865
              • Málaga

              #21
              Originalmente publicado por jose.bur
              Hola.
              Que a estas alturas todavía estemos debatiendo si se puede o no.
              Con el permiso clase B se puede conducir un vehículo de hasta
              3.500kg y un remolque de hasta 750 kg.
              Saludos.
              Asi es, cuando el remolque es de 750kg no hay que hacer las sumas, una AC de 3500 puede llevar con el B un remolque de 750.

              Comentario

              • Buenes
                Usuario
                • 19 oct, 2014
                • 3613
                • Sant Joan Despi

                #22
                Originalmente publicado por DM4
                Asi es, cuando el remolque es de 750kg no hay que hacer las sumas, una AC de 3500 puede llevar con el B un remolque de 750.
                Conclusión: NO podemos arrastrar un Smart
                ...dia a dia...siempre Andalucia...

                Comentario

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