Sistema de vigilancia exterior

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  • Yugular
    Usuario
    • 1 mar, 2015
    • 18
    • Aragón

    Sistema de vigilancia exterior

    ¡¡Hola a todos!!

    Resulta que cuando por fin cumplimos con la ilusión de nuestras vidas, todo se tuerce: aparece el COVID y se pega 3 meses confinada hasta que puedo ir a recogerla, reclamación al banco, reclamación al concesionario de Madrid, reclamación al concesionario de Zaragoza, y para colmo, ahora un vecino se entretiene rayándola.

    La cuestión es, que nos gustaría pillarlo y que pague los desperfectos causados. Hemos contactado con una empresa de seguridad de Zaragoza para que nos instale un sistema de vigilancia, y encima de que cobra un ojo, no nos hace ni caso, parece que no le interesa mucho hacer el servicio.

    También hemos pensado en instalar cámaras nosotros mismos, pero nos ahogamos en el mar de posibilidades.

    La idea sería poner unas cámaras disimuladas en el exterior con sensor de movimiento, conexión WIFI y conexión a la nube para poder recibir las alertas al móvil y no tener que estar revisando las tarjetas con las grabaciones.

    Ahora mismo, estamos abiertos a todas las opciones. ¿Alguno se ha instalado algo similar en su autocaravana? ¿Lo habéis instalado vosotros mismos? ¿Lo habéis llevado a alguna casa a que os lo instalen? ¿Conocéis algún sitio "relativamente de cerca" de Zaragoza dónde nos lo pudieran instalar (Lérida, Pamplona, Madrid...)?

    Muchas gracias!!! y Felices Fiestas
  • Luisianavan
    Usuario
    • 13 jul, 2019
    • 79
    • Barcelona

    #2
    ¿No sería mejor llevarla a un parking? Lamento lo que os ha pasado, excepto por el tema rayadas (la guardo en casa) del resto estoy igual que vosotros.

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    • JOSELU MCLOUIS
      Usuario
      • 15 nov, 2012
      • 1261
      • AJO

      #3
      Buscate un parking a cubierto, y para el vehículo mejor y para ti tambien

      Comentario

      • Nassim
        Usuario
        • 16 feb, 2020
        • 968
        • Asturias

        #4
        Hola. Problema: es legal instalar cámaras " en la calle"?. Evidentemente, no todo el mundo tiene la posibilidad de párking cubierto.
        "El que lee mucho y anda mucho, ve mucho y sabe mucho". Cervantes dixit 📖 🌍

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        • COSTABLANCA
          Usuario
          • 13 abr, 2013
          • 18521
          • Elche

          #5
          Como bien te han dicho, lo que pienses gastarte en cámaras, gástatelo y guardarla en un parking.
          Vive lo mejor posible, y trabaja lo necesario para poder hacerlo.

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          • loa16
            Usuario
            • 28 may, 2009
            • 149
            • Pto. Sta. Maria

            #6
            Creo puedes tener problemas legales si grabas en la calle, por aquí existía un hilo sobre ese tema, no es lo mismo grabar conduciendo, que grabar la calle en parado.

            Comentario

            • luisdebcn
              Usuario
              • 11 jul, 2017
              • 1659
              • Baix Llobregat

              #7
              No es legal instalar cámaras en la calle. Dicho esto opción descartada
              Aquí y ahora
              https://www.instagram.com/convistasalmundoac/
              https://youtube.com/channel/UCXowtDWunhYIFwOrnygLQpw
              http://www.convistasalmundo.com

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              • WENRI
                Usuario
                • 2 may, 2020
                • 465
                • Malaga

                #8
                Si pones una cámara vas a tener un primer problema, que tienes que estar todos los días viendo si te causa desperfectos (revisando). Si tienes la "suerte" de pillar al hijo de su madre, porque todos somos hijos de una madre , no vas a poder llevar la prueba a ningún lado porque no es legal, es más, te puedes buscar un lío con la protección de datos, encimas que te joden, la ley, la policía, INE y si vas a juicio, todos van a estar a favor del otro delincuente. Por lo que te queda pocas soluciones, la primera, poner cámara y esperar que actúe y después tomarte la justicia por tu mano antes o después, yo soy mas partidario de después. Y la segunda solución, lo que dicen los compis, parking y te jod....

                Sea lo que sea, te j....

                Ayer un vecino me robó una madera que iba a utilizar en la AC, sin comentario que ofendo

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                • Manuel V
                  Usuario
                  • 24 sep, 2005
                  • 5835
                  • OVIEDO

                  #9
                  Quien dijo que poner cámaras en la calle es ilegal, entonces los comercios, los chalets, etc, que las tienen son todas ilegales ?, lo que se tendrá es que cumplir con la ley de protección de datos, colocando un cartel como todo el mundo hace advirtiendo de ello.

                  Quizás el susodicho las vea y por lo menos parará de hacerlo, y por desgracia algo tengo de experiencia de ello.

                  Comentario

                  • WENRI
                    Usuario
                    • 2 may, 2020
                    • 465
                    • Malaga

                    #10


                    Y no es la ley.

                    Comentario

                    • Manuel V
                      Usuario
                      • 24 sep, 2005
                      • 5835
                      • OVIEDO

                      #11
                      Originalmente publicado por WENRI
                      Con tu permiso, esto esta extraído de tu enlace.
                      ¿Qué requisitos debo cumplir para instalar una cámara de seguridad en mi casa?


                      Si queremos instalar una cámara de videovigilancia en nuestro hogar, debemos seguir una serie de requisitos para evitar infringir la normativa y ser sancionados.
                      En primer lugar, es necesario indicar que la mera captación de imágenes en el interior de nuestra vivienda no es objeto de la Ley de Protección de Datos ya que se considera que se ha realizado en el ejercicio de una actividad personal o doméstica.
                      Ahora bien, cuando nuestras cámaras van a captar la imagen de otras personas, la cosa cambia. La grabación de imágenes de personas sí es objeto de regulación y es preceptivo cumplir con una serie de garantías que están recogidas en la normativa de protección de datos:
                      • La obligación por parte del titular de la inscripción previa a la captura, en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española (AEPD).
                      • También es necesario informar mediante un cartel en lugar visible que advierta a las personas que están accediendo a una zona videovigilada. Además, en el cartel debe constar quién es el responsable de la instalación y ante quién y dónde se puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que regula la normativa de protección de datos.
                      • Sólo tendrá acceso a las imágenes el titular responsable. Si la conexión es a través de internet, el acceso estará restringido por código de usuario y contraseña.
                      • El lugar donde se encuentre ubicado el sistema de grabación debe estar vigilado o con acceso restringido, y sólo accesible para persona autorizada mediante código de acceso y usuario.
                      • Existe la obligación de conservar las imágenes durante un mes desde su captación.


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                      • WENRI
                        Usuario
                        • 2 may, 2020
                        • 465
                        • Malaga

                        #12
                        Originalmente publicado por Manuel V
                        Con tu permiso, esto esta extraído de tu enlace.
                        ¿Qué requisitos debo cumplir para instalar una cámara de seguridad en mi casa?


                        Si queremos instalar una cámara de videovigilancia en nuestro hogar, debemos seguir una serie de requisitos para evitar infringir la normativa y ser sancionados.
                        En primer lugar, es necesario indicar que la mera captación de imágenes en el interior de nuestra vivienda no es objeto de la Ley de Protección de Datos ya que se considera que se ha realizado en el ejercicio de una actividad personal o doméstica.
                        Ahora bien, cuando nuestras cámaras van a captar la imagen de otras personas, la cosa cambia. La grabación de imágenes de personas sí es objeto de regulación y es preceptivo cumplir con una serie de garantías que están recogidas en la normativa de protección de datos:
                        • La obligación por parte del titular de la inscripción previa a la captura, en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española (AEPD).
                        • También es necesario informar mediante un cartel en lugar visible que advierta a las personas que están accediendo a una zona videovigilada. Además, en el cartel debe constar quién es el responsable de la instalación y ante quién y dónde se puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que regula la normativa de protección de datos.
                        • Sólo tendrá acceso a las imágenes el titular responsable. Si la conexión es a través de internet, el acceso estará restringido por código de usuario y contraseña.
                        • El lugar donde se encuentre ubicado el sistema de grabación debe estar vigilado o con acceso restringido, y sólo accesible para persona autorizada mediante código de acceso y usuario.
                        • Existe la obligación de conservar las imágenes durante un mes desde su captación.


                        Todo eso y más le vas a pedir al compañero que lo cumpla para poner una cámara en su auto.

                        Vamos a ver, que no quiero hacer un monologo de este tema, que estamos para ayudar al compi. Que poder se puede poner, que hay que cumplir la ley, totalmente de acuerdo contigo.

                        Que me dices que todos los comercios cumplen, pues nada, todos lo hacen bien.

                        Aconseja al compañero y de camino a los demás para que podamos poner una cámara sin problemas, por mi parte le digo que ponga la auto en un parking, está protegida de las inclemencias y de los señores

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                        • VIVA-3100
                          Usuario
                          • 7 may, 2012
                          • 22
                          • Castellón

                          #13
                          Lo siento, es una faena, pero para cumplir con la ley de protección de datos, solo puedes apuntar a tu propiedad, sin grabar a la gente que pasa por la calle ( hay sanciones economicas importantes a gente que para evitar vandalismo ha colocado la camada en una zona con amplia cobertura y grababa a gente que no entraba en su negocio) con la ley de proteccion de datos , cuidado, que muchas veces más que ayudar dificulta y mucho en el caso de la videovigilancia. Puedes instalar las camaras que quieras apuntando a tu autocaravana, pero que no graben a la gente que pasará alrededor de ella, con lo que no sirve exactamente para vandalismo en el exterior de la auto, además tienes que poner esas placas amarillas donde informas de quien tiene los datos grabados y donde se puede acudir para pedir explicaciones , con lo que o les das la dirección de la empresa de alarmas o les estas dando tu dirección y datos de contacto a cualquier persona que pasa por la calle.

                          Si la aparcas delante de casa , puedes grabar la auto, pero repito no a la gente que vaya alrededor, y si no es un ****** que pasó por allí sino que es un vecino, te puede dar muchos dolores de cabeza en el juzgado.

                          Si haces números tienes la opción de un seguro todoriesgo que lo incluya todo ( y es un dineral) y algún lugar donde puedas guardarla a buen recaudo. Planteate que un sistema de grabación que por ejemplo estuviera grabando alrededor de la AC, no puede grabar a la gente que pasa al lado, por lo que solo podrás grabar legalmente el brazo del ******* que te esté rallando la AC. Para vigilancia, esta ley es un incordio, aunque sea muy útil en otros temas.


                          Si la dejas donde haya una cámara, como se tiene obligación de guardar los datos un mes, ha habido gente que el juzgado ha tardado en pedir las imagenes y ya se han borrado, es una pena, pero aunque vayas tu al sitio diciend que anoche te abrieron el coche, hasta que no llegue el requerimiento del juzgado no se van a guardar las imágenes.

                          Ánimo.

                          Comentario

                          • Manuel V
                            Usuario
                            • 24 sep, 2005
                            • 5835
                            • OVIEDO

                            #14
                            Originalmente publicado por WENRI
                            Todo eso y más le vas a pedir al compañero que lo cumpla para poner una cámara en su auto.

                            Vamos a ver, que no quiero hacer un monologo de este tema, que estamos para ayudar al compi. Que poder se puede poner, que hay que cumplir la ley, totalmente de acuerdo contigo.

                            Que me dices que todos los comercios cumplen, pues nada, todos lo hacen bien.

                            Aconseja al compañero y de camino a los demás para que podamos poner una cámara sin problemas, por mi parte le digo que ponga la auto en un parking, está protegida de las inclemencias y de los señores
                            Tampoco quiero liarlo, solo decirle que cumpliendo ciertos requisitos se puede hacer, yo no se si todos los comercios cumplen, pero no se oye de denuncias.
                            Algunos jueces ven las filmaciones porque yo personalmente se las he enseñado personalmente un par de veces por motivos que no vienen al caso, otra cosa es que influyan en el, pero verlas te garantizo que las vio.

                            Para evitar el vandalismo entre otras cosas y yo estar un poco "mas tranquilo". Yo la tengo guardada en una nave,

                            Comentario

                            • FranciscoNaval
                              Usuario
                              • 5 mar, 2020
                              • 956
                              • Navalcarnero

                              #15
                              Hay micro cámaras en tiendas venta online que todos conocemos donde puedes conseguir unas adaptables a los espejos retrovisores para que abarquen todo el lateral.

                              Si eres maños@ puedes poner una a cada lado luego pones un cartel discreto en una ventanilla y ya estás cumpliendo la ley, eso si, procura que solo se vea el lateral, no toda la acera hasta donde alcance la vista.
                              Tambien la puedes poner en un gálibo.
                              Sé que algunos compañeros las tienen y pueden ver los dos laterales desde un monitor si oyen algun ruido.
                              Caga matojos no...!
                              Llévate tu mojón o entierralo, marran@...!

                              Comentario

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