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Normas de educación y cortesía
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10.- Para evitar discusiones, no se permitirán mensajes de religión y/o política, a no ser que guarde una estrecha relación con el autocaravanismo.
Normativa para Firmas y Avatares
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5.- Está permitido incluir en las firmas, enlaces hacia blogs y paginas personales, pero queda prohibido incluir enlaces a webs y foros de esta misma índole. La publicidad de cualquier producto o negocio tanto propio como ajeno esta totalmente prohibida.
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7.- Cualquier avatar o firma que sea ofensivo/a o insultante hacia AC Pasión o para cualquiera de sus miembros, colaboradores o administradores será retirado/a inmediatamente.
8.- AC Pasión se reserva el derecho de solicitar la modificación, o modificar el avatar o firma de un usuario cuando éste no se ciña a las normas aquí establecidas.
Sobre baneos e infracciones
A partir de hoy día 24/07/08, los baneos o infracciones no serán obligatoriamente avisados con anterioridad por mensaje privado o email, a fin de evitar interpretaciones de tipo “me estáis amenazando, etc...”.
Si el administrador o un moderador ven un post ilegal lo borrará e, inmediatamente después, procederá al baneo del usuario que escribió dicho mensaje.
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EL DESCONOCIMIENTO DE LAS NORMAS POR PARTE DE LOS USUARIOS NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO Y MUCHO MENOS LES DA DERECHO A QUE EL ADMINISTRADOR O LOS MODERADORES TENGAN QUE JUSTIFICAR SUS ACTOS EN CUMPLIMIENTO DE DICHAS NORMAS.
Buenas, si miramos la normativa vigente en este momento Real Decreto 2828/98, de 23 de diciembre en su ANEXO XI
V-16. DISPOSITIVO DE PRESEÑALIZACIÓN DE PELIGRO
1. Indica que el vehículo ha quedado inmovilizado en la calzada o que su cargamento se encuentra caído sobre la misma.2. Estos dispositivos se colocarán, uno por delante y otro por detrás del vehículo o la carga, como mínimo a 50 metros de distancia y en forma tal que sean visibles desde 100 metros, al menos, por los conductores que se aproximen.En calzadas de sentido único, o de más de tres carriles, bastará la colocación de un sólo dispositivo, situado como mínimo 50 metros antes en la forma anteriormente indicada.3. Las dimensiones, color y características técnicas de este dispositivo se ajustarán a lo dispuesto en el Reglamento ECE, número 27.4. Opcionalmente, además, podrá colocarse en el exterior del vehículo inmovilizado un dispositivo luminoso de color amarillo auto que tenga las siguientes características:a) Irradiación: el sistema óptico estará diseñado de forma que la luz cubra un campo de visibilidad horizontal de 360 grados y en vertical un mínimo ± 8 grados hacia arriba y hacia abajo.b) Intensidad luminosa: la intensidad debe ser en el grado 0, entre 40 y 80 candelas efectivas, durante al menos 30 minutos.c) Alimentación: autónoma a través de una pila o batería que garantice un mínimo del 90% de su capacidad nominal al cabo de 18 meses desde su instalación en el equipo.d) Grado de protección IP: al menos será IP54.e) Estabilidad: el equipo estará diseñado para quedar estable sobre una superficie plana, no desplazándose frente a una corriente de aire que ejerza una presión dinámica de 180 Pa, en la dirección más desfavorable para su estabilidad.f) Frecuencia de destello: entre 0,8 y 2 Hz.g) Se garantizará el funcionamiento de la luz a temperaturas de -10.ºC y 50.ºC.h) Realización de los ensayos: la comprobación de cumplimiento de las características definidas en los párrafos a) hasta g) anteriores se realizará en un laboratorio acreditado de acuerdo a la norma UNE EN-ISO 17025 por la Entidad Nacional de Acreditación (o por cualquier otro Organismo Nacional de Acreditación designado por otro Estado miembro de acuerdo al Reglamento CE n.º 765/2008 y en las condiciones establecidas en el artículo 11 de dicho Reglamento) para el Reglamento CEPE/ONU 65. El laboratorio, si los ensayos son satisfactorios, emitirá un certificado en tal sentido, indicando las marcas que la identifiquen en la tulipa del dispositivo.
En un principio no se ve que sea obligatorio y si optativo, toda luz se queda corta cuando la noche cae y te quedas en el arcen de una carretera, yo particularmente estoy a favor igual que en su momento las luces diurnas.
Mucho animo y esperemos vernos en las carreteras, haber si nos deja este dichoso bicho. MUCHO ANIMO!!
Hijo mío, la felicidad está hecha de pequeñas cosas: un pequeño yate, una pequeña mansión, una pequeña fortuna..
Un intermitente implica un cambio de carril o una emergencia si se pone los cuatro, y se ve, pero la información que quiere transmitir puede ser errónea.
Estas luces dan flashes que se ven mejor y la información es muy clara. Pasa lo mismo son las luces de los vehículos de las obras. Se ven mejor los flashes que una cosa dando vueltas como antiguamente.
El que vea un ese dispositivo ya sabe que es un vehículo parado. Los triángulos de día no se ven y no llaman la atención porque es muy habitual ver triángulos olvidados en las cunetas. Si la carreteras es estrecha, el triangulo con el primer coche se cae.
Un triangulo es para avisar 50 metros antes o 100 metros. Estas luces llegan al kilómetro o mas
Está claro que no hay nada infalible. Los que hemos circulado por Francia hemos visto en los peajes las furgonetas de obras destrozadas. Naranjas, con señales de varios metros iluminadas. Y se los llevan por delante.
Poner triángulos no será ilegal, por lo que el que se sienta mas seguro los puede poner
De día vemos las luces de los flashes del radar sin problemas, y levantamos el pie automáticamente. Es mas de educación que de ver.
Un saludo
No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)
Respecto a las homologaciones, nadie se va a poner a mirar el número de homologación. Llevas o no llevas.
Nunca me han pedido los triángulos, pero si no los pongo cuando hace falta me pueden denunciar.
Con las luces lo mismo, seguramente nadie las pedirá, pero pobre si no la pones cuando hace falta
Las que venden como V16 funcionaran perfectamente. He visto algunas que se cargan con USB, otras con bluetooth que al activarlo te hace llamada de emergencia, etc. Lo importante es que de luz cuando haga falta. Si el aparato es verde, rojo, amarillo, es lo de menos.
Un saludo
No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)
Buenas, si miramos la normativa vigente en este momento Real Decreto 2828/98, de 23 de diciembre en su ANEXO XI
V-16. DISPOSITIVO DE PRESEÑALIZACIÓN DE PELIGRO
1. Indica que el vehículo ha quedado inmovilizado en la calzada o que su cargamento se encuentra caído sobre la misma.2. Estos dispositivos se colocarán, uno por delante y otro por detrás del vehículo o la carga, como mínimo a 50 metros de distancia y en forma tal que sean visibles desde 100 metros, al menos, por los conductores que se aproximen.En calzadas de sentido único, o de más de tres carriles, bastará la colocación de un sólo dispositivo, situado como mínimo 50 metros antes en la forma anteriormente indicada.3. Las dimensiones, color y características técnicas de este dispositivo se ajustarán a lo dispuesto en el Reglamento ECE, número 27.4. Opcionalmente, además, podrá colocarse en el exterior del vehículo inmovilizado un dispositivo luminoso de color amarillo auto que tenga las siguientes características:a) Irradiación: el sistema óptico estará diseñado de forma que la luz cubra un campo de visibilidad horizontal de 360 grados y en vertical un mínimo ± 8 grados hacia arriba y hacia abajo.b) Intensidad luminosa: la intensidad debe ser en el grado 0, entre 40 y 80 candelas efectivas, durante al menos 30 minutos.c) Alimentación: autónoma a través de una pila o batería que garantice un mínimo del 90% de su capacidad nominal al cabo de 18 meses desde su instalación en el equipo.d) Grado de protección IP: al menos será IP54.e) Estabilidad: el equipo estará diseñado para quedar estable sobre una superficie plana, no desplazándose frente a una corriente de aire que ejerza una presión dinámica de 180 Pa, en la dirección más desfavorable para su estabilidad.f) Frecuencia de destello: entre 0,8 y 2 Hz.g) Se garantizará el funcionamiento de la luz a temperaturas de -10.ºC y 50.ºC.h) Realización de los ensayos: la comprobación de cumplimiento de las características definidas en los párrafos a) hasta g) anteriores se realizará en un laboratorio acreditado de acuerdo a la norma UNE EN-ISO 17025 por la Entidad Nacional de Acreditación (o por cualquier otro Organismo Nacional de Acreditación designado por otro Estado miembro de acuerdo al Reglamento CE n.º 765/2008 y en las condiciones establecidas en el artículo 11 de dicho Reglamento) para el Reglamento CEPE/ONU 65. El laboratorio, si los ensayos son satisfactorios, emitirá un certificado en tal sentido, indicando las marcas que la identifiquen en la tulipa del dispositivo.
En un principio no se ve que sea obligatorio y si optativo, toda luz se queda corta cuando la noche cae y te quedas en el arcen de una carretera, yo particularmente estoy a favor igual que en su momento las luces diurnas.
Mucho animo y esperemos vernos en las carreteras, haber si nos deja este dichoso bicho. MUCHO ANIMO!!
Un tema a tener en cuenta y a lo que me refería en anterior mensaje es el apartado donde dice que será un haz de luz de 360 grados, eso solo se puede hacer puesto encima del vehículo. Toca llevar escalera par algunos vehículos.
Y está claro que los haces de luz flaseados son eficientes, pero eso se soluciona con un tipo BTp conectado mediante cable a toma mechero y con luces led y con batería de emergencia
Y está claro que los triángulos, que bien puestos pueden ser de ayuda para señalizar el problema a veces se presenta en el peligro de colocarlos y luego recogerlos, porque desde que existe la avería hasta que puedes llegar a colocarlos, y después de recogerlos existe un riesgo importante
Creo haber leído información sobre que las luces de emergencia que se se homologuen, dispondrán de un emisor que emita la ubicación donde se encuentra el vehículo, no se hasta que punto darle credibilidad de que vaya a ser así. Si localizo donde lo vi lo pondré.
Creo haber leído información sobre que las luces de emergencia que se se homologuen, dispondrán de un emisor que emita la ubicación donde se encuentra el vehículo, no se hasta que punto darle credibilidad de que vaya a ser así. Si localizo donde lo vi lo pondré.
Lo he encontrado, aquí: https://www.motor.es/noticias/baliza...202074088.html
se puede leer en el ultimo párrafo
Dicha homologación señala además las cualidades de esta baliza luminosa que, gracias a su base imantada, puede colocarse en el techo del vehículo o en cualquier otra parte de la carrocería sin la necesidad de tener que caminar durante cientos de metros por el margen de la calzada o incluso sin salir del vehículo. Sus características de uso y homologación son las siguientes:
Indica que el vehículo ha quedado inmovilizado en la calzada o que su carga se encuentra caída sobre la misma.
Este dispositivo de color amarillo auto se colocará en el exterior del vehículo inmovilizado.
Irradiación: el sistema óptico estará diseñado de forma que la luz cubra un campo de visibilidad horizontal de 360 grados y en vertical un mínimo de ± 8 grados hacia arriba y hacia abajo.
Intensidad luminosa: la intensidad debe ser en el grado 0, entre 40 y 80 candelas efectivas, y en los grados ±8, de un mínimo de 25 candelas. En ambos casos, dicha intensidad se mantendrá durante al menos 30 minutos.
Grado de protección IP: al menos será IP54.
Estabilidad: el equipo estará diseñado para quedar estable sobre una superficie plana, no desplazándose frente a una corriente de aire que ejerza una presión dinámica de 180 Pa, en la dirección más desfavorable para su estabilidad.
Frecuencia de destello: entre 0,8 y 2 Hz.
Se garantizará el funcionamiento de la luz a temperaturas de -10 ºC y 50 ºC.
La alimentación del dispositivo será autónoma a través de una pila o batería que deberá garantizar su uso al cabo de 18 meses. Se considerará que los dispositivos que utilicen una batería recargable y siempre que la carga del mismo se pueda realizar en el propio vehículo cumplen con este requisito.
Opcionalmente, este dispositivo comunicará su activación, desactivación y geoposicionamiento, al punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad.
Creo que son cortinas de humos para hacer ver que esta gente trabaja para nosotros digo esto porque si tu llevas una luz más en tu vehiculo por seguridad te sancionan.
Recuerdo bien que no dejaban poner pegatinas reflectantes en el contorno de los camiones que alguien con buen criterio inventó , pues bien 6 meses despues NO se puede matricular un camión trayler o semi-remolque si no lleva esas pegatinas detrás y por los lados........me creo más que pongan en esa luz un chip para controlarnos pero no para ser mas visibles.........
Éstas negativo Alpebret... La razón de las pegatinas y luces en los vehículos prohibidas u obligatorias es que han de estar reguladas de alguna forma. Imagina que nos dejan a nuestro libre albedrío poner luces o lo que sea en los vehículos, algunos parecerían una feria hortera como he visto en algunos vehículos extranjeros, camiones llenos de luces de todos los colores encendiendose y apagándose que al final no sabía si era un vehículo que venía de frente hacia mi o era la atracción de Feria de un pueblo. Las luces las necesarias y obligatorias para no inducir a error en el resto de conductores.
Y eso que los del NORTE son más adelantados que nosotros ,aquí con tal de llevar dos luces rojas detrás y si se funde uno pues que te den por detrás, así se mato un amigo mío bajando el puerto de AZACETA llegando a Vitoria. Cuantas más mejor para la seguridad tuya y la de los demás sin deslumbrar ,vamos es mi opinión y yo en mi AC llevo doble en todo y paso mis ITVs. Salud
Negativo NO ,indignado sí por lo que he aprendido en esta vida.
Yo este tema de las luces lo veo bien, no tienes que bajarte del coche y si es en la auto, muchos tenemos venyana trasera y todos laterales en la parte de atras- Con llevar una arandela de metal férrica pegada a la pared de la auto aunque sea de polyester o fibra ya vale para que se sujete el imán de la base de la luz. Yo hace años que uso imanes para colgar cosas o sujetar y la fuerza que tienes es tremenda.
Fijars si no en las nuevas luces que llevan las ambulancias que se ven a centenares de metros de diatancia. Ya puedes ser un conductor sordo que las verás. De hecho ya lo comentaba en otro hilo de este foro, noto que ahora las ambulancias hacen menos uso de las señakes acústicas incluso de dia porque esa luces azules que llevan son la leche. Pues con estas que se quieren normalizar para sustituir a los triángulos igual. Yo de hecho tengo linternas de taller que emiten destellos rojos en uno de sus modos y probando ayer de noche era capaz de verlas bien a más de un kilómetro de distancia de mi casa cuando saqué al perro a pasear. Asi que ya me direis. Estas linternas las compré por 10 euros el par, vale que no son las que pedirán pero de momento me valen para iluminar el vano motor, rincones donde no tengo luz y en caso necesario pues señalizar una averia o amergencia en ruta.
Y pediré los martillos para romper ventanas en cuanto pasen estos dias de temporal para evitar retrasos en la entrega.
Y he de mirar también por un extintor que puede ser otra cosa bastante útil, ya veré.
El tema de luces y sonido en vehículo de emergencias, si el código de circulación no ha cambiado (si ha cambiado no tengo constancia) es distinto...
Un vehículo de emergencia con luces y sin sirena se le facilita sus maniobras siempre y cuando sea posible, es un servicio prioritario y no urgente de gravedad, un vehículo con sirenas y luces es prioritario y urgente.
Quizás somos más conscientes y en el momento que vemos un vehículo prioritario con luces le facilitamos directamente el paso y es por ello que no necesitan poner la sirena, aunque hay veces que a algunos sí que les hace falta que les pongan las sirenas para que se aparten.
Además estos vehículos ya llevan las luces en el techo por lo que su visión es de 360 grados y desde una altura distante del suelo. Para que esas luces V16 sean efectivas tienen que estar en el techo
Editado por última vez por mikitoy; 12/01/2021, 13:09:48.
Creo que son cortinas de humos para hacer ver que esta gente trabaja para nosotros digo esto porque si tu llevas una luz más en tu vehiculo por seguridad te sancionan.
Recuerdo bien que no dejaban poner pegatinas reflectantes en el contorno de los camiones que alguien con buen criterio inventó , pues bien 6 meses despues NO se puede matricular un camión trayler o semi-remolque si no lleva esas pegatinas detrás y por los lados........me creo más que pongan en esa luz un chip para controlarnos pero no para ser mas visibles.........
¿ Nadie se acuerda que con la tercera luz de freno paso lo mismo que dice Alpebret ?. AL principio se las ponía la gente y les multaban, y al poco paso a ser obligatoria en los vehículos nuevos y opcional en los mas viejos.
Antes de salir la "lucecita" a la venta y hace muuuchos años, llevaba una linterna de esas que llevaban foco, fluorescente y luz destellante naranja y roja. Yo seguiré llevando los triángulos + la lucecita help-flash, si te quedas averiado después de una curva con poca visibilidad pondré los triángulos en la carretera antes de la curva y la luz destellante en la AC.
quien no ha tenido una de estas dos???
La blanca creo recordar que era de la marca Tudor, esa la tenía mi padre y no veas las veces que la utilicé cuando era niño en un terreno que tenían mis padres con una barraca y la luz era con batería de coches y bombillas también de coche, esas baterías nos las llevábamos a casa y durante la semana las cargabamos con un cargador enchufado a la red. Hasta la TV la teníamos a 12v con dos pinzas a la batería (eso sí, en blanco y negro y si mando a distancia y la antena de "cuernos" jjjj) que tiempos aquellos y como a veces se siente nostalgia que con menos cosas éramos más felices y lo teníamos todo, me refiero al todo lo suficiente para vivir
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