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  • thornberry
    Usuario
    • 16 may, 2011
    • 1504
    • San Sebastián de los Reyes

    #91
    Originalmente publicado por Metralla
    Esa excepción es solo para los casos justificados del apartado 6, o sea se puede entrar, salir o atravesar zonas confinadas para realizar los desplazamientos en los casos justificados pero no por ocio, turismo o ganas de pasear.

    Enviado desde mi Redmi Note 7 mediante Tapatalk
    Yo eso no lo veo... en el 3 habla de que “ no está sometido a restricción alguna el tránsito”, no lo refiere a ningún otro apartado, como si hace con el apartado 2.

    De todas formas, si me puede parecer todo muy ambiguo y sujeto a interpretación en cualquier momento, por la autoridad competente.

    Otra cosa es como comprobar que un vehículo va en tránsito o va a quedarse en esa comunidad en la que entra, si no es con controles MUNICIPALES. Y ya veríamos.
    Editado por última vez por thornberry; 07/02/2021, 15:03:39.
    sigpicItineo Mc 740 10Th.

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    • José_Antonio
      Usuario
      • 30 jul, 2014
      • 2078
      • Galicia

      #92
      Pues entonces gracias por aclararlo porque aqui estamos perimetrados y ya esto es un lio, pues lo dicho gracias por aclarárnoslo a los que lo habeis explicado.

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      • unaiker
        Usuario
        • 24 oct, 2007
        • 2707
        • VITORIA-GASTEIZ (Alava)

        #93
        Originalmente publicado por panerai
        Lo de ir a Andorra muy fácil.

        No conteste ayer que estuve de vuelta a Madrid.

        Yo soy de Madrid de una zona no confinada.

        Puedo ir donde sea que no haya cierre perimetral. En España peninsular la verdad no sé si algún sitio ahora mismo.

        Yo estuve mirando Andorra o Suiza. Puse todos los pros y contras y salió Andorra.

        Pasé por varios sitios con cierre perimetral como Castilla la Mancha, Castilla León, Aragón y Cataluña. Pero pasé en tránsito. Es mi derecho y nadie me dijo nada. Me encontré varios controles pero no me pararon. A los coches si.

        Eso sí me paro la aduana en la frontera e incluso entraron dentro del vehículo. Muy respetuosos y además es su derecho.

        Paré a comer en zona confinada. Muy tranquilo. Comer o dormir es parte del tránsito siempre que sea razonable.

        Y como han dicho antes, yo sí voy a zona no confinada no tengo que dar ninguna explicación a nadie.

        Por cierto en diciembre hice lo mismo con Extremadura cuando no estaba con cierre perimetral y también sin problemas.

        Al que le interese saber sus derechos le aconsejo que se lea más el BOE y se informe menos por la prensa.

        Saludos.

        Enviado desde mi Mi MIX 3 5G mediante Tapatalk
        Pues no tienen derecho a entrar en el interior de la ac sin una orden
        de victoria en victoria hasta la derrota final

        Salud y república

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        • thornberry
          Usuario
          • 16 may, 2011
          • 1504
          • San Sebastián de los Reyes

          #94
          Originalmente publicado por panerai
          Lo de ir a Andorra muy fácil.

          No conteste ayer que estuve de vuelta a Madrid.

          Yo soy de Madrid de una zona no confinada.

          Puedo ir donde sea que no haya cierre perimetral. En España peninsular la verdad no sé si algún sitio ahora mismo.

          Yo estuve mirando Andorra o Suiza. Puse todos los pros y contras y salió Andorra.

          Pasé por varios sitios con cierre perimetral como Castilla la Mancha, Castilla León, Aragón y Cataluña. Pero pasé en tránsito. Es mi derecho y nadie me dijo nada. Me encontré varios controles pero no me pararon. A los coches si.

          Eso sí me paro la aduana en la frontera e incluso entraron dentro del vehículo. Muy respetuosos y además es su derecho.

          Paré a comer en zona confinada. Muy tranquilo. Comer o dormir es parte del tránsito siempre que sea razonable.

          Y como han dicho antes, yo sí voy a zona no confinada no tengo que dar ninguna explicación a nadie.

          Por cierto en diciembre hice lo mismo con Extremadura cuando no estaba con cierre perimetral y también sin problemas.

          Al que le interese saber sus derechos le aconsejo que se lea más el BOE y se informe menos por la prensa.

          Saludos.

          Enviado desde mi Mi MIX 3 5G mediante Tapatalk
          Tu y muchos... se fueron de la CAM, no perimetrada a Extremadura, no perimetrada, y a Galicia, no perimetrada. Atravesando ambas Castillas, perimetradas, y sin problemas...
          sigpicItineo Mc 740 10Th.

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          • panerai
            Usuario
            • 18 nov, 2008
            • 519
            • MADRID

            #95
            Originalmente publicado por unaiker
            Pues no tienen derecho a entrar en el interior de la ac sin una orden
            En recinto aduanero sí tienen

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            • panerai
              Usuario
              • 18 nov, 2008
              • 519
              • MADRID

              #96
              Originalmente publicado por thornberry
              Yo eso no lo veo... en el 3 habla de que “ no está sometido a restricción alguna el tránsito”, no lo refiere a ningún otro apartado, como si hace con el apartado 2.

              De todas formas, si me puede parecer todo muy ambiguo y sujeto a interpretación en cualquier momento, por la autoridad competente.

              Otra cosa es como comprobar que un vehículo va en tránsito o va a quedarse en esa comunidad en la que entra, si no es con controles MUNICIPALES. Y ya veríamos.
              A mi particularmente si me multaban me daba igual.
              Imagina multa de hoy en Aragón.
              Recurro con tickets de gasolina de mañana en Andorra. Forfait de ski. Compras varias. Peajes.

              Es obvio que estaba en tránsito. Ademas lo tienen que demostrar ellos no yo.

              Otra cosa es que me multen haciendo fotos en la sagrada familia y diga que voy desde Madrid a Andorra. Pues no cuela.

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              • 4errantes
                Usuario
                • 29 ene, 2008
                • 6848
                • lamia

                #97
                Originalmente publicado por thornberry
                Tu y muchos... se fueron de la CAM, no perimetrada a Extremadura, no perimetrada, y a Galicia, no perimetrada. Atravesando ambas Castillas, perimetradas, y sin problemas...
                Sin problemas de legalidad

                con muchos problemas de contagios

                si no mirar las estadísticas después de Extremadura y Galicia

                Un Saludo

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                • vietnam
                  Usuario
                  • 12 nov, 2007
                  • 6545
                  • Madrid

                  #98
                  “…Tal y como recoge el artículo 6.3 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, "no estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas". Por tanto, sí se puede pasar por una comunidad que se encuentre confinada perimetralmente, siempre que las regiones de origen y destino no tengan restricciones de entradas o salidas.

                  La justificación del desplazamiento dependerá del motivo. En el caso de viajes de ocio, habría que justificar la residencia en una zona sin restricciones de movilidad mediante, por ejemplo, el certificado de empadronamiento o el contrato de alquiler, así como probar el lugar de destino con un documento que acredite segunda residencia o una factura de la reserva del hotel o del apartamento, entre otras opciones.,,”

                  No se si viajar en una autocaravana para estar en la calle puede ser uno de los casos donde se permita la movilidad. Ahora si se lleva reserva previa de un camping o de un área privada puede ser una excepción.

                  En los viajes en transito no se permite parar en las zonas confinadas y menos a comer en un restaurante, solamente se puede repostar.

                  Saludos
                  sigpicwww.viajeuniversal.com

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                  • Metralla
                    Usuario
                    • 22 jun, 2010
                    • 3375
                    • Barcelona

                    #99
                    Originalmente publicado por thornberry
                    Yo eso no lo veo... en el 3 habla de que “ no está sometido a restricción alguna el tránsito”, no lo refiere a ningún otro apartado, como si hace con el apartado 2.

                    De todas formas, si me puede parecer todo muy ambiguo y sujeto a interpretación en cualquier momento, por la autoridad competente.

                    Otra cosa es como comprobar que un vehículo va en tránsito o va a quedarse en esa comunidad en la que entra, si no es con controles MUNICIPALES. Y ya veríamos.
                    La explicación que he dado es que si tu comunidad o la de destino no tiene cierre no hay problema de tránsito hasta ella aunque pases por otros que si lo tengan... Pero si hay restricción en la tuya o en la de destino solo se puede viajar en los casos excepcionales que están regulados. Yo ahora mismo no puedo ir a mi segunda residencia que tengo a sólo 25 kms porque pertenece a otro municipio y donde estaría muchísimo más seguro contra contagios que donde estoy. Incongruencias, pero es asi.

                    Enviado desde mi Redmi Note 7 mediante Tapatalk
                    Editado por última vez por Metralla; 07/02/2021, 15:54:01.

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                    • Metralla
                      Usuario
                      • 22 jun, 2010
                      • 3375
                      • Barcelona

                      Originalmente publicado por vietnam
                      “…Tal y como recoge el artículo 6.3 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, "no estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas". Por tanto, sí se puede pasar por una comunidad que se encuentre confinada perimetralmente, siempre que las regiones de origen y destino no tengan restricciones de entradas o salidas.

                      La justificación del desplazamiento dependerá del motivo. En el caso de viajes de ocio, habría que justificar la residencia en una zona sin restricciones de movilidad mediante, por ejemplo, el certificado de empadronamiento o el contrato de alquiler, así como probar el lugar de destino con un documento que acredite segunda residencia o una factura de la reserva del hotel o del apartamento, entre otras opciones.,,”

                      No se si viajar en una autocaravana para estar en la calle puede ser uno de los casos donde se permita la movilidad. Ahora si se lleva reserva previa de un camping o de un área privada puede ser una excepción.

                      En los viajes en transito no se permite parar en las zonas confinadas y menos a comer en un restaurante, solamente se puede repostar.

                      Saludos
                      Asi es...

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                      • thornberry
                        Usuario
                        • 16 may, 2011
                        • 1504
                        • San Sebastián de los Reyes

                        Originalmente publicado por Metralla
                        La explicación que he dado es que si tu comunidad o la de destino no tiene cierre no hay problema de tránsito hasta ella aunque pases por otros que si lo tengan... Pero si hay restricción en la tuya o en la de destino solo se puede viajar en los casos excepcionales que están regulados. Yo ahora mismo no puedo ir a mi segunda residencia que tengo a sólo 25 kms porque pertenece a otro municipio y donde estaría muchísimo más seguro contra contagios que donde estoy. Incongruencias, pero es asi.

                        Enviado desde mi Redmi Note 7 mediante Tapatalk
                        Estamos partiendo de casos de CCAA de origen y destino sin restricciones perimetrales, como pasó en Navidades entre Madrid, Extremadura y Galicia. De eso partíamos.
                        Si no fuera así, entramos en el primer apartado, el de excepciones.
                        El compañero sale de Madrid, no cerrada perimetralmente, se va a otra comunidad no cerrada perimetralmente atravesando CCAA si cerradas...
                        Si una CA como Madrid tuviera cerrada perimetralmente Castilla La Mancha y Castilla Leon, ¿qué sentido tendría que estuviera abierta si no se puede atravesar, ojo atravesar, las colindantes??? Y lo mismo con Galicia... ¿Que sentido tiene no confinar Galicia perimetralmente si Asturias y Castilla Leon están confinadas???
                        Pues el sentido están en que SE PUEDEN ATRAVESAR... ojo, ATRAVESAR.
                        sigpicItineo Mc 740 10Th.

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                        • thornberry
                          Usuario
                          • 16 may, 2011
                          • 1504
                          • San Sebastián de los Reyes

                          Originalmente publicado por 4errantes
                          Sin problemas de legalidad

                          con muchos problemas de contagios

                          si no mirar las estadísticas después de Extremadura y Galicia

                          Un Saludo
                          Estoy de acuerdo... pero aquí entran otras consideraciones aparte de la legalidad.
                          sigpicItineo Mc 740 10Th.

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                          • unaiker
                            Usuario
                            • 24 oct, 2007
                            • 2707
                            • VITORIA-GASTEIZ (Alava)

                            Originalmente publicado por panerai
                            En recinto aduanero sí tienen

                            Enviado desde mi Mi MIX 3 5G mediante Tapatalk
                            Lo desconocía. Gracias por tu aclaración
                            de victoria en victoria hasta la derrota final

                            Salud y república

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                            • Buenes
                              Usuario
                              • 19 oct, 2014
                              • 3614
                              • Sant Joan Despi

                              Originalmente publicado por unaiker
                              Lo desconocía. Gracias por tu aclaración
                              Yo tengo dudas: en varias ocasiones, (bajando de Andorra, volviendo de Marruecos), miraron dentro de la AC ...pero sin acceder a ella,...siempre mirando desde fuera... no se!
                              ...dia a dia...siempre Andalucia...

                              Comentario

                              • panerai
                                Usuario
                                • 18 nov, 2008
                                • 519
                                • MADRID

                                Originalmente publicado por vietnam
                                “…Tal y como recoge el artículo 6.3 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, "no estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas". Por tanto, sí se puede pasar por una comunidad que se encuentre confinada perimetralmente, siempre que las regiones de origen y destino no tengan restricciones de entradas o salidas.

                                La justificación del desplazamiento dependerá del motivo. En el caso de viajes de ocio, habría que justificar la residencia en una zona sin restricciones de movilidad mediante, por ejemplo, el certificado de empadronamiento o el contrato de alquiler, así como probar el lugar de destino con un documento que acredite segunda residencia o una factura de la reserva del hotel o del apartamento, entre otras opciones.,,”

                                No se si viajar en una autocaravana para estar en la calle puede ser uno de los casos donde se permita la movilidad. Ahora si se lleva reserva previa de un camping o de un área privada puede ser una excepción.

                                En los viajes en transito no se permite parar en las zonas confinadas y menos a comer en un restaurante, solamente se puede repostar.

                                Saludos
                                No estoy de acuerdo.

                                Según tu los tránsitos internacionales estarían prohibidos porque nadie puede conducir sin descansar.

                                Y con la autocaravana podré dormir donde sea según la legislación de cada sitio.

                                Y repito. Derecho administrativo sancionador. Presunción de inocencia. No lo olvidemos.

                                Enviado desde mi Mi MIX 3 5G mediante Tapatalk

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