Es de agradecer que lo aclaren porque madre mia como redactan las leyes.......
Es de agradecer que lo aclaren porque madre mia como redactan las leyes.......
bueno ,parece que al final el lobo no se come al rebaño, es buena señal. saludos riojanos
Al final y como dice la nota aclartatoria , el estacionamiento está en manos de los Ayuntamientos
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
Artículo 7 Competencias de los municipios
Corresponde a los municipios:
a) La regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina, por medio de agentes propios, del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como la denuncia de las infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente atribuida a otra Administración.
b) La regulación mediante ordenanza municipal de circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos ....
f) El cierre de vías urbanas cuando sea necesario.
g) La restricción de la circulación a determinados vehículos en vías urbanas por motivos medioambientales.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.ph...E-A-2015-10197