La Comunidad Valenciana rectifica

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  • Jufona
    Usuario
    • 11 jul, 2011
    • 2098
    • Valencia

    La Comunidad Valenciana rectifica

    http://www.turismecv.com/nota-aclara...nto-turistico/ o eso entiendo yo. Un saludo

    Vive tus sueños y no sueñes tu vida

    El que está acostumbrado a viajar,sabe siempre que es necesario partir algún día.
  • Jufona
    Usuario
    • 11 jul, 2011
    • 2098
    • Valencia

    #2
    Originalmente publicado por Jufona
    http://www.turismecv.com/nota-aclara...nto-turistico/ o eso entiendo yo. Un saludo

    Vive tus sueños y no sueñes tu vida
    Aquí la nota emitida.

    Vive tus sueños y no sueñes tu vida

    El que está acostumbrado a viajar,sabe siempre que es necesario partir algún día.

    Comentario

    • Cresbar

      #3
      Originalmente publicado por Jufona
      Aquí la nota emitida.

      Vive tus sueños y no sueñes tu vida
      La nota la ha redactado el mismo que la norma. ¡No se entiende un carajo! Lo he tenido que leer 3 veces. Que alguien le enseñé a poner comas para hacerlo legible.

      Por cierto, buenas noticias.

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      • Guarnon
        Usuario
        • 4 mar, 2016
        • 83
        • Granada

        #4
        Es interesante eso de "estacionamiento con o sin intención de pernocta".
        Se supone entonces que consienten que pernoctes estando estacionado.
        El matiz es interesante.

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        • FranciscoNaval
          Usuario
          • 5 mar, 2020
          • 956
          • Navalcarnero

          #5
          Pues me alegro infinitamente.
          Caga matojos no...!
          Llévate tu mojón o entierralo, marran@...!

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          • Angel y Nuria
            Usuario
            • 3 mar, 2009
            • 19753
            • Casarrubios del Monte ( Toledo)

            #6
            Gracias por la información

            Saludos
            El viajar es como una droga para los jóvenes, un lujo para los mayores y una obligación para los ancianos.

            http://autocaravanasporelmundo.blogspot.com/

            sigpic

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            • bugsknk
              Usuario
              • 25 mar, 2016
              • 960
              • Cuenca

              #7
              No es que rectifique, es una nota aclaratoria para quien necesite que le digan que el reglamento general de circulación prevalece.

              http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?150182-Portugal-comunidad-valenciana/page5
              BUGSKNK

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              • Tonioga
                Usuario
                • 30 may, 2019
                • 944
                • Barcelona

                #8
                Originalmente publicado por bugsknk
                No es que rectifique, es una nota aclaratoria para quien necesite que le digan que el reglamento general de circulación prevalece.

                http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?150182-Portugal-comunidad-valenciana/page5
                +1 Es nota aclaratoria

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                • afbs
                  Usuario
                  • 8 ago, 2006
                  • 11805
                  • Santurtzi (Bizkaia)

                  #9
                  Lo que tienen que corregir es la Ley que sacaron, porque esta norma puede tener el valor de la Instrucción

                  Me alegro que rectifiquen pero que corrijan

                  Un saludo


                  No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

                  Comentario

                  • José_Antonio
                    Usuario
                    • 30 jul, 2014
                    • 2078
                    • Galicia

                    #10
                    Yo creo que la nota de rectificación es clara. Pone que excluye el estacionamiento de las Autocaravanas porque como apuntaba otro forero no es competencia autonómica de la administración turística que para el caso entiendo que es la misma entidad. Esa nota para los que tengamos intención de ir a la Comunidad Valenciana, yo quiero ir en los próximos meses si se puede, es interesante llevarla encima para mostrarla en caso de ser necesario, no está de más.
                    Buena noticia sin duda. Gracias a Jufona por publicarla.

                    Comentario

                    • Ritayandres
                      Usuario
                      • 21 abr, 2019
                      • 33
                      • Madrid

                      #11
                      Es de agradecer que lo aclaren porque madre mia como redactan las leyes.......

                      Comentario

                      • santiracing
                        Usuario
                        • 30 may, 2011
                        • 6070
                        • anguciana-la rioja

                        #12
                        bueno ,parece que al final el lobo no se come al rebaño, es buena señal. saludos riojanos

                        Comentario

                        • jamsa
                          Usuario
                          • 17 dic, 2013
                          • 8
                          • a coruña

                          #13
                          Originalmente publicado por santiracing
                          bueno ,parece que al final el lobo no se come al rebaño, es buena señal. saludos riojanos
                          Al final y como dice la nota aclartatoria , el estacionamiento está en manos de los Ayuntamientos

                          Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

                          Artículo 7 Competencias de los municipios

                          Corresponde a los municipios:

                          a) La regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina, por medio de agentes propios, del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como la denuncia de las infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente atribuida a otra Administración.
                          b) La regulación mediante ordenanza municipal de circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos ....
                          f) El cierre de vías urbanas cuando sea necesario.
                          g) La restricción de la circulación a determinados vehículos en vías urbanas por motivos medioambientales.

                          Comentario

                          Trabajando...