Cajón en portabicicletas trasero

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  • baiia
    Usuario
    • 18 feb, 2015
    • 333
    • Elda

    Cajón en portabicicletas trasero

    Hola a todos,
    Quisiera saber si es posible y legal llevar un cajón instalado en el portabicicletas trasero.
    Y si puede ser casero.
    Es para mi cuñado con una furgoneta. Y puede que para mi en un futuro...
    Un saludo y gracias
  • Alpebret
    Usuario
    • 21 nov, 2006
    • 36781
    • PEÑISCOLA (Castellon)

    #2
    Yo te diría que no, en el portabicis porque esta para llevar bicicletas y no carga, lleves dentro lo que lleves , no te digo que no he visto extranjeros con ese cajón pero ellos no pasan ITVs tan severas como aquí. SUERTE y salud que no falte.

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    • baiia
      Usuario
      • 18 feb, 2015
      • 333
      • Elda

      #3
      Es para colocarle uno de quita y pon. Por si hacemos algún viaje largo y no llevamos las bicicletas.

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      • Alpebret
        Usuario
        • 21 nov, 2006
        • 36781
        • PEÑISCOLA (Castellon)

        #4
        Intenta en el techo pues la altura esta solo limitada a 4,50 y lo largo del vehículo seguro que pasas , es porque es muy visible por carretera y la poli puede ir detrás y llamarle la atención, si solo fuese ITV podrías quita y pon . SUERTE

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        • luisdebcn
          Usuario
          • 11 jul, 2017
          • 1659
          • Baix Llobregat

          #5
          En fiamma tienes un baul para sus portabicis. Sinceramente no lo veo mucho problema siempre y cuando este bien sujeto y no pueda caer nada,vamos como cuando llevas las bicis
          Aquí y ahora
          https://www.instagram.com/convistasalmundoac/
          https://youtube.com/channel/UCXowtDWunhYIFwOrnygLQpw
          http://www.convistasalmundo.com

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          • Alpebret
            Usuario
            • 21 nov, 2006
            • 36781
            • PEÑISCOLA (Castellon)

            #6
            Es que así lo dice el reglamento y solo que un guardia dude de su seguridad en el amarre y fuerza para aguantar peso ,ellos lo que recetan va a misa y luego reclama si quieres. SALUD

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            • joselekun
              Usuario
              • 15 nov, 2018
              • 1621
              • Pamplona

              #7
              En un portabicis en teoría SOLO puedes llevar bicis. Que mucha gente lleva otras cosas, SI, que no suelen decir nada, SI, pero solo es para bicis. Igual que en un carro (van) de caballos solo puedes llevar caballos. Qie metes una moto, pues no pasa nada, pero si quieren, te vas con receta. Yo tengo para el coche un portaobjetos (así homologado), que va a la bola, y ahí, pues puedo llevar un cajón que tengo (artesanal), un soporte de bicis, etc, porque es para objetos. Y si respeto lo que pone en los papeles acerca de pesos etc. Es legal

              Enviado desde mi SM-J600FN mediante Tapatalk

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              • baiia
                Usuario
                • 18 feb, 2015
                • 333
                • Elda

                #8
                Muchas gracias por vuestro punto de vista. Se lo trasladaré a mi Cuñado y me lo quito de la cabeza, porque iría sufriendo tos el rato. Me gusta ir conforme a la legalidad y no esperando el día que me pare los de verde.
                Un saludo

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                • Santxez
                  Usuario
                  • 26 jul, 2020
                  • 345
                  • Bilbao

                  #9
                  Es totalmente legal llevar un cajón sobre el portabicicletas, Fiamma vende uno para su portabicicletas.

                  Tienes que respetar el peso máximo del portabicicletas, no tapar luces y llevar la señal V-20. Respecto a las medidas, solo puede sobresalir un 10% de la longitud del vehículo (la AC se asemeja a turismo para esta norma, ya que no es vehículo destinado a carga).

                  "La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento y protección, deben estar dispuestos y sujetos de tal forma que no puedan desplazarse de manera peligrosa; comprometan la estabilidad del vehículo; puedan producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas; oculten los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores"
                  Qué señal llevar. La V-20 es un panel cuadrado (de 50 por 50 centímetros) y con franjas diagonales y alternas de color blanco y rojo.
                  Una señal. Si el objeto transportado es inferior el ancho máximo del vehículo por la parte de atrás (incluyendo los espejos retrovisores), se colocará una única señal V-20 (en el extremo de la carga y perpendicular al eje del vehículo).

                  Dos señales. Si la carga transportada sobresale longitudinalmente ocupando toda la anchura del vehículo (incluyendo los espejos retrovisores), el coche tendrá que llevar dos señales V-20 en la parte trasera, colocadas transversalmente en cada extremo de la mercancía de tal manera que formen una geometría de “V” invertida.

                  Sujeción de la señal. Utilizar todos los puntos de anclaje que lleva la señal para sujetarla, usando preferiblemente correas o tensores elásticos de amarre. No se recomienda el uso de abrazaderas de plástico. Sujete fuertemente la señal y la carga, lo más resguardadas posible del viento.

                  Longitud de la carga. Solo puede sobresalir la carga por la parte posterior de un turismo, según el Reglamento, un 10% de la longitud del vehículo. Si la carga es indivisible, puede exceder el largo del coche en un 15%.


                  Si la carga sobresale del ancho del vehículo, incluidos los espejos, no podras llevar dicha carga.

                  Al final el carry bike es un soporte para carga, puedes poner carriles para la bici, arcones, portaperros, porta skies...o el arcon sobre los carriles de la bici.


                  Si te hace falta no lo dudes, eso si, es un buen pico lo que cuestan.

                  Espero haberte aclarado las dudas.
                  Editado por última vez por Santxez; 06/04/2021, 08:03:14.

                  Comentario

                  • Santxez
                    Usuario
                    • 26 jul, 2020
                    • 345
                    • Bilbao

                    #10
                    Originalmente publicado por joselekun
                    En un portabicis en teoría SOLO puedes llevar bicis. Que mucha gente lleva otras cosas, SI, que no suelen decir nada, SI, pero solo es para bicis. Igual que en un carro (van) de caballos solo puedes llevar caballos. Qie metes una moto, pues no pasa nada, pero si quieren, te vas con receta. Yo tengo para el coche un portaobjetos (así homologado), que va a la bola, y ahí, pues puedo llevar un cajón que tengo (artesanal), un soporte de bicis, etc, porque es para objetos. Y si respeto lo que pone en los papeles acerca de pesos etc. Es legal

                    Enviado desde mi SM-J600FN mediante Tapatalk
                    En un carro para caballos puedes llevar lo que quieras...la bici, la moto y una nave espacial. Lo que no puedes llevar es el caballo en un carro no habilitado para animales vivos. Otra cosa es si es un remolque para transporte de alimentos u algunas sustancias.

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                    • joselekun
                      Usuario
                      • 15 nov, 2018
                      • 1621
                      • Pamplona

                      #11
                      Originalmente publicado por Santxez
                      En un carro para caballos puedes llevar lo que quieras...la bici, la moto y una nave espacial. Lo que no puedes llevar es el caballo en un carro no habilitado para animales vivos. Otra cosa es si es un remolque para transporte de alimentos u algunas sustancias.
                      Pues varios amigos policías me han dicho que aunque no se meten, no es así. Que en un portacoches por ejemplo, puedes llevar coches, no muebles por decir algo. En un portamotos lo mismo. Otra cosa es, si el carro es plataforma por ejemplo. Eso es lo que me han dicho siempre.

                      Enviado desde mi SM-J600FN mediante Tapatalk

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                      • Santxez
                        Usuario
                        • 26 jul, 2020
                        • 345
                        • Bilbao

                        #12
                        Pues es discutible... .
                        Hay que diferenciar en uso particular y realizar actividad de Transporte.

                        De todas formas habría que ver su código de clasificación de vehículo, que al final es lo que dice q es....puede parecer una nave espacial, que si el código de clasificación dice otra cosa, es lo que marca el código en la ficha de itv
                        Editado por última vez por Santxez; 06/04/2021, 09:07:59.

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                        • joselekun
                          Usuario
                          • 15 nov, 2018
                          • 1621
                          • Pamplona

                          #13
                          No lo se, no controlo de leyes. Han sido conversaciones con conocidos, precisamente porque he llevado cosas en carros que en teoría no son para eso. También es cierto que nunca me han dicho nada, y he hecho muchos kms

                          Enviado desde mi SM-J600FN mediante Tapatalk

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                          • Santxez
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                            • 26 jul, 2020
                            • 345
                            • Bilbao

                            #14
                            Originalmente publicado por joselekun
                            No lo se, no controlo de leyes. Han sido conversaciones con conocidos, precisamente porque he llevado cosas en carros que en teoría no son para eso. También es cierto que nunca me han dicho nada, y he hecho muchos kms

                            Enviado desde mi SM-J600FN mediante Tapatalk
                            Cuando te digan que no se puede en esas conversaciones, lo mejor es preguntar por que articulo denunciarían, asi se sale de dudas. Muchas veces creemos que hay cosas denunciables y no encontramos el articulo por el cual denunciar (puede que exista o no), y a la inversa...que hay cosas denunciables q desconoces. -->Curiosamente en clasificación de remolque (42y43), no veo para uso destinado a tansporte de animales (de portavehiculos si,15)--- ¡Encontrado! para animales 13

                            Pero a lo que vamos... un portabicicletas no es un vehículo como tal. Y tu puedes comprar el carrybike sin carriles de bici y con el arcón, por lo tanto ya no es un portabicis, si no un porta-arcones ¿no?
                            Editado por última vez por Santxez; 06/04/2021, 09:24:17.

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                            • Santxez
                              Usuario
                              • 26 jul, 2020
                              • 345
                              • Bilbao

                              #15
                              La realidad es que, siendo estricto, tampoco puedes ir a Ikea en tu turismo y llevarte los muebles a casa.



                              Yo sigo en lo mio....no encuentro la forma de denunciar el uso de un baúl sobre un portabicicletas. Solo se me ocurre que podría ser denunciado como una reforma de importancia no autorizada de carrocería, pero leyendo las reformas exteriores no cuadraría. Veo perfectamente legal llevar el baúl....cumpliendo los requisitos de medidas, peso, iluminación, visibilidad de la placa de matricula....
                              Editado por última vez por Santxez; 06/04/2021, 09:38:33.

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