Cuidado con los ASESINOS de la carretera.

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  • Omiug
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    • 2 oct, 2020
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    • Madrid

    Originalmente publicado por afbs
    Al juzgado hay que llevar todo, sin editar. Si está editado lo tumbarian en el juicio la defensa. Como es obvio
    Al juez se le importa poco que se vean las matrículas. Otra cosa es que luego salga en la tv
    Un saludo
    Estimado compañero Afbs, nosotros hemos ganado el pleito por la vía penal en junio del presente y nuestro abogado tenía publicados un 97% de casos ganados antes de contratarle.

    Cuando yo le plantee lo que comentas, me dijo que era peor presentar una prueba que incumple la ley, porque sería rechazada de facto.

    Acuérdate, por ejemplo, de las grabaciones telefónicas del juez Garzón.

    También me dijo que si no protegíamos los datos personales ajenos, podíamos acabar siendo inculpados, según qué juez nos tocara.

    Y que, en cambio, era mejor no editarlo si se lo ofrecíamos a la Guardia Civil.

    Espero haberos podido aclarar un poco mejor el tema.

    Os tengo que dejar ya. Mañana más, Manuel y Mikitoy.
    Editado por última vez por Omiug; 21/09/2021, 22:01:43.
    Compañero, si no quieres que nos rechacen, no masifiques y cumple

    Comentario

    • Omiug
      Usuario
      • 2 oct, 2020
      • 369
      • Madrid

      Disculpad, pero la familia me tiene un poco liado. Como me comprometí ayer, aquí va mi respuesta a vuestros últimos comentarios. Si queréis, decidme lo que sea en este hilo y yo, cuando buenamente pueda ser, os contesto conforme a lo que nos explicó nuestro abogado.

      Tenéis toda la razón en que, lógicamente, hay que grabar los hechos justo en el momento y no reconstruirlos después. A partir de entonces, se nos pueden dar estos dos casos:

      Caso 1. Si conocéis bien los datos identificativos de quien pone vuestras vidas en peligro (por ejemplo el Ex…) y queréis denunciarle personalmente porque “no hay mejor recado que el que me hago” y estáis dispuestos a gastaros los ahorros en este asunto.

      Aquí, si no os queréis arriesgar porque con los jueces nunca se sabe si “el tiro te va a salir por la culata” lo mejor —según nuestro abogado— es proteger en el vídeo los datos personales de quienes no hayan tenido que ver directamente con este presunto delito de carácter muy grave.

      Pero, al editarlo, su señoría podría sospechar que habéis intentado cambiar algo para beneficiaros (venganzas, celos…), lo cual requeriría de un informe pericial vuestro para probar que no es así. De esta manera, la defensa del culpable no tendría tan fácil ganar el juicio, como bien decía el compañero Afbs.

      Caso 2. En cambio si, como le pasó a Osconse, es un desconocido y os ocurre circulando por una carretera fuera de una población, ya sabéis que las competencias en materia de seguridad las tiene generalmente la Guardia Civil, por lo que a ellos es a quienes tenéis que ofrecerles la grabación.

      Pero lo mejor es procurar —por si os pidieran el vídeo, la tarjeta o incluso la cámara (mejor hacerlo con un móvil viejo)— que no haya rastro en ellos de unas grabaciones continuadas del espacio público, sino sólo de vídeos muy puntuales cuando hayáis sospechado que se iba a producir alguna infracción de gravedad.

      Y como la Guardia Civil no condena directamente como el juez, sino que utiliza los vídeos para investigar las responsabilidades, redactar sus informes y enviarlos al juzgado, en este supuesto no tendríais que proteger los datos personales.

      Por eso lo ideal, en este segundo caso, es presentarse en el cuartelillo más cercano, lo antes posible, para ofrecerles el móvil viejo, explicarles que lo utilizáis habitualmente como navegador auxiliar (que sea verdad) y decirles que, casualmente, habéis sido testigos de una grave infracción de tráfico y que el acompañante del conductor ha podido grabarla con ese móvil.

      De esta manera, no infringís ninguna norma ni se os puede imputar delito alguno. Y, además, tenéis las ventajas de que tampoco hay que proteger los datos, demandar al culpable o contratar abogado, procurador y perito. Sino que la propia Guardia Civil, tras la instrucción, cursaría denuncia ante la fiscalía para que actuase de oficio, decidiendo entonces si presenta vuestro vídeo conforme a lo requerido por la ley. Y, como mucho, siempre que no hayáis sufrido daños, vosotros sólo prestaríais declaración en el cuartelillo y, cuando se celebrase la vista, seríais citados como testigos.

      Espero que con esta explicación quede más claro todo lo relativo a cómo actuar ante las autoridades, ya que en el hilo de la Movilbetta me centré más en cómo debíamos grabar los vídeos.

      Así que ánimo y, al menos, a denunciar sin miedo ante la Guardia Civil, que hay que retirar de la carretera a quienes ponen en serio peligro nuestras vidas.
      Editado por última vez por Omiug; 21/09/2021, 21:57:25.
      Compañero, si no quieres que nos rechacen, no masifiques y cumple

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