Exceso peso - Perdida de puntos

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  • Manuel V
    Usuario
    • 24 sep, 2005
    • 5841
    • OVIEDO

    #16
    Originalmente publicado por Buenes
    Ojo...yo no hago referencia a la Ley de Transportes...sino al Código de Circulación publicado en la Dirección General de Tráfico...y ése sí que nos afecta, no?
    Podrias indicarme por favor que articulo del codigo de la circulacion se infringe, porque no lo veo y que conste que acabo de mirarlo.
    Pero solo me sirve si habla concretamente de este tema, un generico no me vale, porque ese lo usan cuando no saben que aplicar.

    Comentario

    • Manuel V
      Usuario
      • 24 sep, 2005
      • 5841
      • OVIEDO

      #17
      Originalmente publicado por yallego
      Os cuento mi experiencia y la de tres amigos más en Austria.
      Nos para la policía a las tres autocaravanas españolas (dos de MMA 5000kg y la otra con MMA 3500 Kg)y nos meten en una báscula en plena autopista
      Salimos los tres con premio.
      Mi caso:
      MMA 5000Kg.
      Resultado de la pesada 3500Kg.
      Descuento no se porque (mi alemán no es muy bueno) 50Kg
      Exceso 5250 Kg
      Multa 140€
      Observaciones:
      Te pesan como te pillan no te dejan bajar a mear al perro, a correr el niño ni vaciar aguas.
      Te multan por conducir un vehículo con exceso del peso autorizado (si te pillan muy pasado pueden inmovilizarte el vehículo ahí mismo).

      Os cuento esto porque siempre que sale un hilo de peso se monta el revuelo consiguiente, hay quien dice que mejor no hablar de esto en el foro, mirad la policía sabe perfectamente que la mayoría de las ACs que circulan van pasadas de peso, y las compañías de seguros también - que es mucho mas preocupante que lo de la policía.
      También os lo cuento porque no hablo de oidas, me ha pasado a mí.
      Que en España no se metan demasiado, de momento, con el peso no significa que en cualquier momento te encuentres encima de una báscula.

      Todo esto como información está muy bien, pero estamos en España y aqui tienen que aplicar las leyes de este pais.

      Comentario

      • ser
        Usuario
        • 2 nov, 2006
        • 5519
        • Errenteria

        #18
        Originalmente publicado por yallego
        Os cuento mi experiencia y la de tres amigos más en Austria.
        Nos para la policía a las tres autocaravanas españolas (dos de MMA 5000kg y la otra con MMA 3500 Kg)y nos meten en una báscula en plena autopista
        Salimos los tres con premio.
        Mi caso:
        MMA 5000Kg.
        Resultado de la pesada 3500Kg.
        Descuento no se porque (mi alemán no es muy bueno) 50Kg
        Exceso 5250 Kg
        Multa 140€
        Observaciones:
        Te pesan como te pillan no te dejan bajar a mear al perro, a correr el niño ni vaciar aguas.
        Te multan por conducir un vehículo con exceso del peso autorizado (si te pillan muy pasado pueden inmovilizarte el vehículo ahí mismo).

        Os cuento esto porque siempre que sale un hilo de peso se monta el revuelo consiguiente, hay quien dice que mejor no hablar de esto en el foro, mirad la policía sabe perfectamente que la mayoría de las ACs que circulan van pasadas de peso, y las compañías de seguros también - que es mucho mas preocupante que lo de la policía.
        También os lo cuento porque no hablo de oidas, me ha pasado a mí.
        Que en España no se metan demasiado, de momento, con el peso no significa que en cualquier momento te encuentres encima de una báscula.
        Hola

        Esta muy bien la aportación.....

        A los que les gusta hacer la tactica del "avestruz", (tan legítima), como cualquier otra, pueden seguir en ello.
        Yo se a ciencia cierta con absoluta seguridad que voy en peso, por lo tanto viajo sin "esa" preocupación....

        Comentario

        • yallego
          Usuario
          • 28 oct, 2004
          • 1743
          • ARANJUEZ

          #19
          Originalmente publicado por Manuel V
          Podrias indicarme por favor que articulo del codigo de la circulacion se infringe, porque no lo veo y que conste que acabo de mirarlo.
          Pero solo me sirve si habla concretamente de este tema, un generico no me vale, porque ese lo usan cuando no saben que aplicar.
          Te contesto yo: ¿conducir un vehículo con más peso del autorizado para circular?

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          • yallego
            Usuario
            • 28 oct, 2004
            • 1743
            • ARANJUEZ

            #20
            Originalmente publicado por Manuel V
            Todo esto como información está muy bien, pero estamos en España y aqui tienen que aplicar las leyes de este pais.
            En España es igual mira el BOE que te he mandado.
            Solo cuento como te pesan y lo que ocurre.

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            • yallego
              Usuario
              • 28 oct, 2004
              • 1743
              • ARANJUEZ

              #21
              Originalmente publicado por ser
              Hola

              Esta muy bien la aportación.....

              A los que les gusta hacer la tactica del "avestruz", (tan legítima), como cualquier otra, pueden seguir en ello.
              Yo se a ciencia cierta con absoluta seguridad que voy en peso, por lo tanto viajo sin "esa" preocupación....
              Es lo más sensato.
              Lo de menos es la multa, imagina que te pesan después de un accidente y el seguro ya verás lo que te dice.

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              • Manuel V
                Usuario
                • 24 sep, 2005
                • 5841
                • OVIEDO

                #22
                Originalmente publicado por yallego
                En España es igual mira el BOE que te he mandado.
                Solo cuento como te pesan y lo que ocurre.

                Lo siento , tienes que perdonarme, me he leido 2 veces el BOE que pusiste en el enlace y no veo lo que dices, podrias precisarmelo un poco mas.Gracias

                Comentario

                • yallego
                  Usuario
                  • 28 oct, 2004
                  • 1743
                  • ARANJUEZ

                  #23
                  Originalmente publicado por Manuel V
                  Lo siento , tienes que perdonarme, me he leido 2 veces el BOE que pusiste en el enlace y no veo lo que dices, podrias precisarmelo un poco mas.Gracias
                  Ahí pone lo que se puede y lo que no se puede.
                  Además actualizado.

                  Comentario

                  • Manuel V
                    Usuario
                    • 24 sep, 2005
                    • 5841
                    • OVIEDO

                    #24
                    Originalmente publicado por yallego
                    Ahí pone lo que se puede y lo que no se puede.
                    Además actualizado.
                    En ese BOE del enlace no habla para nada de los pesos, soy muy pesado , lo siento.

                    No será que tu interpretas algo que yo no interpreto igual, porque no lo veo, pon un pantallazo de lo que tu ves.

                    Comentario

                    • yallego
                      Usuario
                      • 28 oct, 2004
                      • 1743
                      • ARANJUEZ

                      #25
                      Originalmente publicado por Manuel V
                      En ese BOE del enlace no habla para nada de los pesos, soy muy pesado , lo siento.

                      No será que tu interpretas algo que yo no interpreto igual, porque no lo veo, pon un pantallazo de lo que tu ves.
                      Será.
                      Editado por última vez por yallego; 12/09/2021, 22:09:23.

                      Comentario

                      • Manuel V
                        Usuario
                        • 24 sep, 2005
                        • 5841
                        • OVIEDO

                        #26
                        Volvi a leer el BOE y lo unico que veo pero que es mas viejo que el comer, es que tipo de vehiculos se pueden conducir con cada carnet, nada nuevo, eso ya era asi hace 50 años por lo menos el clase B (el peso), ahora le añadieron el poder llevar una moto de 125 o vehiculos de transporte mas pesados si son electricos, debido al peso de las baterias.
                        Pero no tiene nada que ver con lo que trata el hilo.

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                        • JoseAH
                          Usuario
                          • 6 dic, 2020
                          • 755
                          • Horche

                          #27
                          Yo ayer me acerque a pesarla en la ITV, me dijeron que su peso está calibrado y pasa revisión periódica, que la GC lleva vehículos a pesar cuando el conductor no está de acuerdo.
                          So 5€ si quieres informe, y como no necesitaba informe me la pesaron gratis.
                          Me lleve una alegría, pues eran 80kg menos que la báscula municipal, el peso cuadraba con el de homologación de la ficha tecnica

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                          • luisdebcn
                            Usuario
                            • 11 jul, 2017
                            • 1660
                            • Baix Llobregat

                            #28
                            Así sin darle más vueltas, un vehículo que excede de peso máximo esta incumpliendo las condiciones reglamentarias, Reglamento general de vehículos articulo 12.A 200€
                            También puede ser sancionado como conducción negligente por crear una situación de riesgo para si mismo o el resto de usuarios de la vía Reglamento general de conductores 3.1 200€

                            Ambos reglamentos se aplican a todos los vehículos.
                            Aquí y ahora
                            https://www.instagram.com/convistasalmundoac/
                            https://youtube.com/channel/UCXowtDWunhYIFwOrnygLQpw
                            http://www.convistasalmundo.com

                            Comentario

                            • 63petete
                              Usuario
                              • 4 oct, 2018
                              • 1914
                              • Depende

                              #29
                              Originalmente publicado por newbye1
                              Donde pesais la ac?

                              Enviado desde mi POCOPHONE F1 mediante Tapatalk
                              Además de donde indican los compañeros, en muchos pueblos y casi todos los cabeza de comarca tienen básculas municipales para pesaje de tractores, remolques y camiones que suelen funcionar adquiriendo una moneda en el establecimiento de la localidad indicado en el mismo. 2€, 1€, 0,5€ es el precio que suelo encontrar

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                              • Manuel V
                                Usuario
                                • 24 sep, 2005
                                • 5841
                                • OVIEDO

                                #30
                                Originalmente publicado por luisdebcn
                                Así sin darle más vueltas, un vehículo que excede de peso máximo esta incumpliendo las condiciones reglamentarias, Reglamento general de vehículos articulo 12.A 200€
                                También puede ser sancionado como conducción negligente por crear una situación de riesgo para si mismo o el resto de usuarios de la vía Reglamento general de conductores 3.1 200€

                                Ambos reglamentos se aplican a todos los vehículos.
                                Pues nada nuevo, como lo de las chanclas o ir comiendo un donut

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