IVA REDUCIDO 4% para AC

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  • afbs
    Usuario
    • 8 ago, 2006
    • 11805
    • Santurtzi (Bizkaia)

    #16
    Originalmente publicado por OSQUI1
    Hola, quizá tú usas la autocaravana para ir a la compra, para ir al médico o para la rehabilitación por una minusvalía, como eso es difícil de demostrar y es subjetivo al compi le costará lucharlo, pero la exención del 4% no está hecha para un vehículo méramente vacacional, saludos.
    No existen vehículos vacacionales, en mi documentación no pone nada de eso.

    Uso mi vehículo para viajar, igual que el que viaja en un Mercedes a un hotel. Es un vehículo que transporta personas a nivel particular. Lo que se haga dentro e la intimidad, lo mismo que si se echa una siesta el del Mercedes.

    Un saludo


    No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

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    • Lakuy
      Usuario
      • 24 nov, 2021
      • 23
      • Mairena del Aljarafe

      #17
      ya ha pasado mas de 4 años , lo puedes solicitar cada 4 años gracias

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      • Lakuy
        Usuario
        • 24 nov, 2021
        • 23
        • Mairena del Aljarafe

        #18
        efectivamente, un saludo

        Comentario

        • Lakuy
          Usuario
          • 24 nov, 2021
          • 23
          • Mairena del Aljarafe

          #19
          por eso el recurso que te da hacienda te da la posibilidad de Audiencia, yo tengo coche, que mi hijo le sale as piernas por el techo, 197cm. y con muchos mas cosas que creo que no debo difundir, por eso digo, si la ley es clara porque en algunos sitios se da y en otros no, porque es al libre albedrio, del funcionario, por eso he solicitado la audiencia, muchas gracias y un saludo

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          • paicon
            Usuario
            • 2 nov, 2015
            • 39
            • zafra

            #20
            La autocaravana podrá ser un vehículo vacacional, que sólo se use en vacaciones, podrá ser también un único vehículo para todo, es decir, si conocéis la gaviota viajera es un único vehículo que poseen, a parte de un scooter que se compró posteriormente, en este caso no es un vehículo vacacional, es su único vehículo, tendrá que ir con el a la compra, de médicos, de ocio, para trasladarse de un lugar a otro sin más, entonces no solo es vacacional, es su único vehículo y pasando 4 años y reuniendo los requisitos le deberían de concedes el 4% de iva, es lo que yo entiendo, es más, se que hay gente que han comprado la autocaravana nueva y le han aplicado el descuento del 4% del iva aportando toda la documentación pertinente

            Enviado desde mi SM-A505FN mediante Tapatalk

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            • Lakuy
              Usuario
              • 24 nov, 2021
              • 23
              • Mairena del Aljarafe

              #21
              Ok, Gracias un saludo

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              • Lakuy
                Usuario
                • 24 nov, 2021
                • 23
                • Mairena del Aljarafe

                #22
                De todas formas la decisión está, tomada la AC la compro aunque no tenga el derecho de IVA reducido y tampoco quiero crear Polémica con el asunto llevo 2 días y no quiero parecer un listillo, en fin muchas gracias a todos y seguiré por aquí en el Foro Saludos

                Comentario

                • Canbasc
                  Usuario
                  • 23 nov, 2010
                  • 897
                  • Collbato

                  #23
                  Originalmente publicado por Lakuy
                  De todas formas la decisión está, tomada la AC la compro aunque no tenga el derecho de IVA reducido y tampoco quiero crear Polémica con el asunto llevo 2 días y no quiero parecer un listillo, en fin muchas gracias a todos y seguiré por aquí en el Foro Saludos
                  Perdona Lakury, creo que te equivocas en una cosa.... si cumples como has dicho los requisitos que exige la ley... TIENES DERECHO A ELLO.
                  La señora que de primeras se lo quiso denegar a mi mujer insinuó lo de que era un vehículo vacacional a lo que mi mujer le contesto que si la gente con una minusvalía no tenia derecho a disfrutar de vacaciones como quisiera... por su puesto se tuvo que callar.
                  Ayer le pregunte como se había solucionado por si yo no lo tenia del todo claro... me dijo que la gestoría donde llevaban los papeles de la AC se puso en contacto con esta señora y que al final digo que "por esta vez vale" pero quien se cree que es?
                  Por eso yo seguiría mirando y haciendo todo lo posible... es mucho dinero el que te puedes ahorrar y no estas pidiendo nada que no te corresponda por mucho que parezca que a algunos les fastidie...
                  Un saludo y a por ello.
                  Ya dirás como queda todo.

                  AGUR.
                  sigpic

                  Comentario

                  • Canbasc
                    Usuario
                    • 23 nov, 2010
                    • 897
                    • Collbato

                    #24
                    Originalmente publicado por OSQUI1
                    Hola, quizá tú usas la autocaravana para ir a la compra, para ir al médico o para la rehabilitación por una minusvalía, como eso es difícil de demostrar y es subjetivo al compi le costará lucharlo, pero la exención del 4% no está hecha para un vehículo méramente vacacional, saludos.
                    Sacado del Link de 4errantes que ha puesto en la primera hoja.
                    ---------------------------
                    IVA reducido en compra, adaptación o reparación de vehículos



                    Tributarán al 4%:
                    1. Las ventas de vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad en sillas de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor de los mismos, siempre que concurran los siguientes requisitos:
                      1. Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. No obstante, este requisito no se exigirá en supuestos de siniestro total de los vehículos, debidamente acreditado.
                      2. Que no sean objeto de una transmisión posterior por actos «inter vivos» durante el plazo de los cuatro años siguientes a la fecha de su matriculación.
                      3. Que se obtenga previamente la certificación de discapacidad del IMSERSO o entidad gestora correspondiente a la Comunidad Autónoma que tenga transferida su gestión.
                        En este caso se requiere el previo reconocimiento Administración tributaria del derecho del adquirente antes de efectuar la compra del vehículo. Se deberá justificar el destino del vehículo.


                    ---------------------------




                    Hola.
                    Dice en algún sitio que la exención del Iva depende del uso del vehículo?
                    La persona que quiere disfrutar de la exención tiene que cumplir unos requisitos y es lo único que se tendría que valorar el resto sobra... porque si para todo dependemos de la valoración de una persona estamos acabados y eso es precisamente lo que paso hace 4 años en la Hacienda de Igualada, que una señora le parecía que las autocaravanas no deberían estar exentas porque ella decía que no (envidia?) y su compañero de mesa no ponía ninguna objeción ya que la persona cumplía los requisitos y el estaba para eso, para hacerlos cumplir no para valorarlos...

                    Un saludo.

                    AGUR.
                    Editado por última vez por Canbasc; 26/11/2021, 09:32:02.
                    sigpic

                    Comentario

                    • JUANJ2
                      Usuario
                      • 27 ago, 2011
                      • 222
                      • GIJON

                      #25
                      Yo no veo ningún problema salvo la interpretación particular de una funcionaria. Se habla de vehículos de TRANSPORTE DE PERSONAS, si fuera a matricular un camión la funcionaria tendría razón. No en este caso. Una autocaravana no transporta grava ni viguetas!

                      Comentario

                      • Buenes
                        Usuario
                        • 19 oct, 2014
                        • 3613
                        • Sant Joan Despi

                        #26
                        En Catalunya, a una Concorde de un compañero de salidas le acaban de reconocer el 4%...(sin problema alguno)
                        ...dia a dia...siempre Andalucia...

                        Comentario

                        • Juanón
                          Usuario
                          • 25 mar, 2008
                          • 1136
                          • Planeta Tierra, habitualmente Gijón.

                          #27
                          Respeto leyes, respeto los problemas de la gente y respeto opiniones. Pero mi problema son los agravios comparativos. Seguro que me diréis que no tiene que ver uno con otro, pero que no te subvencionen problemas auditivos, que tengas que pagar unos audífonos a un niño por no tener ayudas, que a este niño no le den grado suficiente de discapacidad, que te rateen en las ayudas a ancianos y luego consideren una autocaravana como algo esencial y necesario, como que me ofende. Vale, será legal, pero me hierve la sangre.

                          Soy asturiano, pero no lo digo en voz alta porque no me gusta presumir.

                          Comentario

                          • afbs
                            Usuario
                            • 8 ago, 2006
                            • 11805
                            • Santurtzi (Bizkaia)

                            #28
                            Originalmente publicado por Juanón
                            Respeto leyes, respeto los problemas de la gente y respeto opiniones. Pero mi problema son los agravios comparativos. Seguro que me diréis que no tiene que ver uno con otro, pero que no te subvencionen problemas auditivos, que tengas que pagar unos audífonos a un niño por no tener ayudas, que a este niño no le den grado suficiente de discapacidad, que te rateen en las ayudas a ancianos y luego consideren una autocaravana como algo esencial y necesario, como que me ofende. Vale, será legal, pero me hierve la sangre.
                            A mi me subvencionan cosas, si vas con receta médica te subvencionan.

                            Así que depende. Yo el cocje6no lo uso, pero si la AC. Porque me van a subvencionar un coche, para estar en el garaje? O para el vehículo que uso diario?

                            Lo que hay que hacer es dar lo que corresponda y no quitar lo conseguido.

                            Un saludo


                            No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo (Groucho Marx)

                            Comentario

                            • Buenes
                              Usuario
                              • 19 oct, 2014
                              • 3613
                              • Sant Joan Despi

                              #29
                              Originalmente publicado por Juanón
                              Respeto leyes, respeto los problemas de la gente y respeto opiniones. Pero mi problema son los agravios comparativos. Seguro que me diréis que no tiene que ver uno con otro, pero que no te subvencionen problemas auditivos, que tengas que pagar unos audífonos a un niño por no tener ayudas, que a este niño no le den grado suficiente de discapacidad, que te rateen en las ayudas a ancianos y luego consideren una autocaravana como algo esencial y necesario, como que me ofende. Vale, será legal, pero me hierve la sangre.
                              ...y a quienes viven en ella...?
                              ...dia a dia...siempre Andalucia...

                              Comentario

                              • 4errantes
                                Usuario
                                • 29 ene, 2008
                                • 6848
                                • lamia

                                #30
                                Aqui no valen interpretaciones

                                o cumples o no cumples

                                si cumples el funcionario no te la puede denegar y si lo hace ha de ser por escrrito y argumentando LEGALMENTE el porque

                                alguien no nos esta dando toda la informacion

                                alguien pagaria una multa por ir a 119km/h en una autopista limitada a 120 porque al policia le parece que para una autocaravana de 3500kg es mucha velocidad,?

                                Un Saludo

                                Comentario

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