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Tema: Nuevos proyectos de reformas ITV octubre 2022 para Autocaravanas

  1. #1
    Usuario Avatar de pronillo
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    Predeterminado Nuevos proyectos de reformas ITV octubre 2022 para Autocaravanas

    Hola, abro este hilo por peticion de algun compañero, donde podramos tener infromacion mas concreta sobre las Homologaciones/modificaciones sobre el nuevo Manual de Reformas revisión n°7 y que entrará en vigor el 1 de octubre de 2022.

    El nuevo manual de reformas podéis verlo aquí:

    https://industria.gob.es/es-es/parti...ica.aspx?k=505

    Está en periodo de alegaciones hasta el 14 de Abril. Este manual no está aún en vigor pero lo estará en breve.

    Aquí las alegaciones.

    participacion_csegind@mincotur.es.

    Yo os dejo esto que leí en el nuevo borrador

    Grupo Nº 8. Carrocería
    (8.52)
    Pagina 4 de 5

    "Esta reforma se aplica a la sustitución o incorporación de elementos en el exterior del vehículo tales como:
    • Defensas.
    • Espejos, excepto: retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela / PMR
    • Soporte de rueda de repuesto.
    • Cabrestante.
    • Alerones.
    • Estribos, taloneras y peldaños fijos.
    • Peldaños asistidos.
    • Sustitución, modificación y desinstalación de los parachoques.
    • Equipos de frío/calor de vehículos de temperatura dirigida.
    • Equipos de aire acondicionado en el exterior si la transformación afecta a la estructura.
    • Portaequipajes anclados en lugares distintos a los previstos por el fabricante del vehículo.
    Instalación de dispositivos para soporte de carga no aptos para remolcar (MMR=0), uso exclusivo para portabicicletas,
    portamotos, VMP y portaanimales, debiendo de llevar una referencia de marcaje. La anotación normalizada deberá incluir
    “Instala soporte de carga: dispositivo no apto para remolcar
    ”.
    • Soportes de rótulos o carteles publicitarios, así como soportes para la instalación de sistemas de alumbrado específico. La
    anotación normalizada deberá incluir “soporte para sistemas de alumbrado específico. Uso limitado a condiciones
    reglamentas”.
    • Pasos de rueda ensanchados.
    • Instalación y desinstalación de carretillas elevadoras transportables.
    • Se incluyen también en esta reforma la sustitución de elementos del vehículo original por otros distintos que cumplan la
    misma función y que se incorporen en la carrocería o cabina.
    Instalación de placas solares rígidas, toldos y antenas parabólicas. "

    Saludos
    Última edición por pronillo; 03/04/2022 a las 14:17
    Nunca corrais mas que vuestro angel de la guarda.

  2. #2
    Usuario Avatar de Kitu
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    Predeterminado

    Escrito por Pronillo, yo solamente resalto lo poco visible en color oro del original.




    El nuevo manual de reformas podéis verlo aquí:

    https://industria.gob.es/es-es/parti...ica.aspx?k=505

    Está en periodo de alegaciones hasta el 14 de Abril.
    Este manual no está aún en vigor pero lo estará en breve.


    Yo os dejo esto que leí en el nuevo borrador

    Grupo Nº 8. Carrocería
    (8.52)
    Pagina 4 de 5

    "Esta reforma se aplica a la sustitución o incorporación de elementos en el exterior del vehículo tales como:
    • Defensas.
    • Espejos, excepto: retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela / PMR
    • Soporte de rueda de repuesto.• Cabrestante.
    • Alerones.
    Estribos, taloneras y peldaños fijos.
    Peldaños asistidos.
    • Sustitución, modificación y desinstalación de los parachoques.
    • Equipos de frío/calor de vehículos de temperatura dirigida.
    Equipos de aire acondicionado en el exterior si la transformación afecta a la estructura.
    • Portaequipajes anclados en lugares distintos a los previstos por el fabricante del vehículo.
    Instalación de dispositivos para soporte de carga no aptos para remolcar (MMR=0),
    uso exclusivo para portabicicletas, porta motos, VMP y porta animales, debiendo de llevar una referencia de marcaje.
    La anotación normalizada deberá incluir “Instala soporte de carga: dispositivo no apto para remolcar”.

    • Soportes de rótulos o carteles publicitarios, así como soportes para la instalación de sistemas de alumbrado específico.
    La anotación normalizada deberá incluir “soporte para sistemas de alumbrado específico. Uso limitado a condiciones
    reglamentas”.
    • Pasos de rueda ensanchados.
    • Instalación y desinstalación de carretillas elevadoras transportables.
    • Se incluyen también en esta reforma la sustitución de elementos del vehículo original por otros distintos que cumplan la misma función y que se incorporen en la carrocería o cabina.
    • Instalación de placas solares rígidas, toldos y antenas parabólicas. "

    Saludos[/QUOTE]
    Última edición por Kitu; 02/04/2022 a las 14:18
    Benimar capuchina, Benimar Europe, Moncayo Halcón 421, Rapido 9083DF, Pössl Road Cruiser.

    Si das el desierto a los tecnócratas
    al mes tendrás que importar arena.


  3. #3
    Usuario Avatar de ser
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    Hola
    Leyendo el borrador veo que se han dejado en el "tintero" por lo menos dos especificidades, las comento aquí por si acaso los ilustres redactores de normativas las leen.....y así vayan decidiendo si incorporarlas o no

    Las antenas de TV si no son parabólicas , parece que se salvan de la quema......

    Los paneles solares flexibles , también se salvan, pero me pregunto qué ocurre en el caso de los paneles flexibles que se han montado en "bastidor", para evitar el recalentamiento de este y mejorar su rendimiento.....

    Seguro que se podrán dar más causisticas , creo que sería mejor sacarlas por aquí todas, para conseguir no dejar "cabos sueltos" en la posible interpretación, de la normativa, que se haga tras su entrada en vigor.

  4. #4
    Usuario Avatar de Alpebret
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    Predeterminado

    Se debe entender que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresiónefectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede serdefinido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a lasprescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos, nodebe ser considerada como reforma del vehículo.

  5. #5
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    Cita Iniciado por ser Ver mensaje
    Hola
    Leyendo el borrador veo que se han dejado en el "tintero" por lo menos dos especificidades, las comento aquí por si acaso los ilustres redactores de normativas las leen.....y así vayan decidiendo si incorporarlas o no

    Las antenas de TV si no son parabólicas , parece que se salvan de la quema......

    Los paneles solares flexibles , también se salvan, pero me pregunto qué ocurre en el caso de los paneles flexibles que se han montado en "bastidor", para evitar el recalentamiento de este y mejorar su rendimiento.....

    Seguro que se podrán dar más causisticas , creo que sería mejor sacarlas por aquí todas, para conseguir no dejar "cabos sueltos" en la posible interpretación, de la normativa, que se haga tras su entrada en vigor.
    Sólo recordaros que ese borrador de la revisión 7 sólo incluye las modificaciones sobre el anterior Manual de Reformas Revisión 6.
    El que entrará en vigor contendrá lo que está incluido en el actual revisión 6 y las modificaciones incluidas en la Revisión 7 que está en periodo de alegaciones.
    En el que está en vigor se incluye como reforma, por ejemplo, la instalación de un inversor.
    Última edición por SuperUsuario; 02/04/2022 a las 17:38

  6. #6
    SuperUsuario
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    Error - Apareció duplicado

  7. #7
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    Acabo de enviar esta alegacion a ver si somos muchos y se para esta locura

    para participacion_csegind








    Se debe entender que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos, no debe ser considerada como reforma del vehículo.Tengo Autocaravana desde 2009 con placas solares, toldo antena y lo que suelen tener todas las Autocaravanas, todo montado en 2009, pasando sucesivas revisiones en la ITV sin ningún problema, así es que entiendo que sería ilegal que a mitad del partido vds. cambien las normas del juego, además de no alterar como digo al principio la naturaleza del vehículo ni presentar ningún elemento peligroso para la circulación, por lo cual solicitó la suspensión de los artículos a revisar que afectan a Placas solares fijas que no son más que un generador de corriente, antenas, toldos y todos los elementos tal como estaban.

    Un Saludo





  8. #8
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    Predeterminado

    Leyendo el artículo, no sé si os habéis dado cuenta que, al menos a mí, me da entender que hasta cambiar el equipo de audio o navegador del original que lleve la cabina a otro es considerado reforma

  9. #9
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    Predeterminado

    Buena iniciativa.
    Que tenemos que hacer?
    A donde hay que enviarla?
    O movemos ficha o van a hacer caja a costa nuestra.

  10. #10
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    Cita Iniciado por Wp34 Ver mensaje
    Buena iniciativa.
    Que tenemos que hacer?
    A donde hay que enviarla?
    O movemos ficha o van a hacer caja a costa nuestra.
    +1

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