Impuesto de circulacion IVTM autocaravana

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  • benatgar
    Usuario
    • 22 mar, 2023
    • 6
    • Auñamendi

    Impuesto de circulacion IVTM autocaravana

    Buenas tardes


    Escribo este hilo para explicaros lo que me ha pasado con el impuesto de circulacion. A ver si le puede ayudar a alguien que le haya pasado como a mi...


    Mi furgoneta camper esta clasificada como vehiculo vivienda 3248.
    La IVTM me habian pasado como si fuese un turismo. En cambio a dos familiares como camion (la mitad de precio...)
    La cuestion es que yo tengo una ducato 2.3 multijet de 130, un familiar tiene la misma ducato mas vieja y el otro una ducato 2.3 150cv mas nueva.


    Empiezo a investigar y encuentro sitios donde dicen que deberian pagar como camion pero tambien me encuentro municipios donde dice que hay que pagar como turismo.
    En todo este caos, contacto con el ayuntamiento y le cuento que yo no tengo un turismo, que es un vehiculo vivienda y su funcionalidad es otra.


    Me dicen que las autocaravanas se consideran furgonetas y pagan como turismo si la carga util es de menos de 525kg. (carga util=F2-G de la ficha tecnica)
    En cambio si tienen mas de 525kg, se consideran camiones.
    En mi caso salida menos de 525kg asique turismo (segun cvf). En el de un familiar mas de 525kg asique camion (segun carga util).
    Pero encuentro lo siguiente en internet por lo que no me convence su explicacion...


    "Los vehículos concebidos para transporte, simultáneo o no, de cosas y personas, ya sean los derivados de turismo o los vehículos mixtos adaptables definidos en los números 30 y 31 del apartado II del Anexo I de la Orden de 16 de Julio de 1984, se clasificarán, a efectos de tributación por la anterior Tarifa, con arreglo a los siguientes criterios:
    a) Como turismos, si la carga útil autorizada fuera inferior a 525 Kg.
    b) Como camiones, cuando tuvieran autorizada carga útil por peso superior a 525 Kg."


    Les vuelvo a decir que no es una furgoneta pero me contestan que si lo es, y que se considera turismo en mi caso.


    Mi sorpresa llega cuando tras varios dias, me dicen que han revisado mi carga util y que ahora se considera camion... no me lo explico pero tampoco les pido explicaciones.
    Empiezo a investigar y me doy cuenta de lo siguiente:
    Carga util= MMA-TARA
    La MMA esta en el apartado F2 de la ficha tecnica.
    La tara no aparece. En su lugar aparece MOM (Masa en Orden de Marcha) apartado G. Se calcula sumandole a la tara 75kg que serian para simular al conductor. MOM=Tara+75kg


    Vuelvo a hacer el calculo de mi carga util y me sale 535kg, mas de 525kg por lo que lo consideran camion... Antes me salian 460 porque faltaban los 75kg del conductor.


    Como tiene menos de 1000kg de carga util, se mete en el primer grupo de los camiones. En cambio como turismo, por cvf, estaba en el tercer grupo.
    Esta tonteria me ha hecho ahorrarme 60€...


    Espero que le pueda servir a alguien para no tener que pagar de mas si le ha pasado como a mi.
    Me he intentado explicar lo mejor posible, pero es un poco lioso. Cualquier duda me decis.

    Un saludo
    Editado por última vez por benatgar; 22/03/2023, 20:33:50.
  • kjarauta
    Usuario
    • 7 jul, 2007
    • 2411
    • ERANDIO (Bizkaia)

    #2
    Tienes suerte porque lo han hecho fatal, al ser 3248 es una autocaravana o vehiculo vivienda y por lo tanto segun normativa del gobierno vasco DEBE tributar como turismo en funcion de sus caballos fiscales y en el foral de Navarra también.
    Cargue lo que cargue
    Editado por última vez por kjarauta; 22/03/2023, 20:44:18.

    Comentario

    • urru
      Usuario
      • 10 jun, 2009
      • 1315
      • Gipuzkoa

      #3
      Originalmente publicado por kjarauta
      Tienes suerte porque lo han hecho fatal, al ser 3248 es una autocaravana o vehiculo vivienda y por lo tanto segun normativa del gobierno vasco DEBE tributar como turismo en funcion de sus caballos fiscales y en el foral de Navarra también.
      Cargue lo que cargue
      +1

      Enviado desde mi SM-S901B mediante Tapatalk

      Comentario

      • benatgar
        Usuario
        • 22 mar, 2023
        • 6
        • Auñamendi

        #4
        Originalmente publicado por kjarauta
        Tienes suerte porque lo han hecho fatal, al ser 3248 es una autocaravana o vehiculo vivienda y por lo tanto segun normativa del gobierno vasco DEBE tributar como turismo en funcion de sus caballos fiscales y en el foral de Navarra también.
        Cargue lo que cargue
        increible... llevan años entonces haciendolo mal

        Comentario

        • Popoquitos
          Usuario
          • 11 nov, 2009
          • 382
          • Ciempozuelos

          #5
          Originalmente publicado por benatgar
          increible... llevan años entonces haciendolo mal
          A mi me ocurrió lo mismo, solo que me hicieron el cambio sin mediar yo y aproveché para reclamar por pago indebido todos los ejercicios reclamables presentando justificante de pago.
          La ignorancia no conoce fronteras. Allí donde pone el pié ese es su territorio.

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          • Tonioga
            Usuario
            • 30 may, 2019
            • 944
            • Barcelona

            #6
            A ver si lo he entendido.
            Antes podias aparcar donde los demas turismos, pero que los camiones tenian prohibido.
            Ahora solo puedes aparcar donde los camiones lo tengan permitido.
            ¿Es asi?

            Comentario

            • cormoran
              Usuario
              • 22 abr, 2005
              • 20521
              • VIGO (Pontevedra)

              #7
              No sera que las campera de tus familiares no están matriculadas como M1

              Léete estos textos de en internet

              https://www.serviciositv.es/blog/inf...categorias-de-24-09-12 Categorías de vehículos.pdf

              El problema viene cuando se camperiza un vehículo industrial y por ahorrar unos € no lo pasan a la categoría M (transportes de personas)
              Desearía poder cuestionar libremente y responder libremente sin adulaciones. Así se comporta aquel que persigue la verdad.
              Vicenzo Galilei
              http://t3.gstatic.com/images?q=tbn:A...4v8hCdsEFHmpgQ

              Comentario

              • raul soto
                Usuario
                • 6 nov, 2010
                • 1759
                • ASTUDILLO(Palencia)

                #8
                Originalmente publicado por cormoran
                No sera que las campera de tus familiares no están matriculadas como M1

                Léete estos textos de en internet

                https://www.serviciositv.es/blog/inf...categorias-de-24-09-12 Categorías de vehículos.pdf

                El problema viene cuando se camperiza un vehículo industrial y por ahorrar unos € no lo pasan a la categoría M (transportes de personas)
                Un N1 ahora ya no se puede pasar a M1 ni con dinero

                Enviado desde mi Mi A1 mediante Tapatalk
                Editado por última vez por raul soto; 23/03/2023, 23:17:30.
                sigpic


                Saludos Raúl

                Comentario

                • benatgar
                  Usuario
                  • 22 mar, 2023
                  • 6
                  • Auñamendi

                  #9
                  Originalmente publicado por Tonioga
                  A ver si lo he entendido.
                  Antes podias aparcar donde los demas turismos, pero que los camiones tenian prohibido.
                  Ahora solo puedes aparcar donde los camiones lo tengan permitido.
                  ¿Es asi?
                  Claro, si.

                  Las 3 autocaravanas estan clasificadas como 3248, autocaravanas de menos de 3500kg.
                  Ademas venian camperizadas por el fabricante.

                  No me queda claro.... Mirar por ejemplo en Madrid en que grupo meten las autocaravanas
                  Editado por última vez por benatgar; 23/03/2023, 23:44:40.

                  Comentario

                  • vietnam
                    Usuario
                    • 12 nov, 2007
                    • 6543
                    • Madrid

                    #10
                    Originalmente publicado por benatgar
                    Claro, si.

                    Las 3 autocaravanas estan clasificadas como 3248, autocaravanas de menos de 3500kg.
                    Ademas venian camperizadas por el fabricante.

                    No me queda claro.... Mirar por ejemplo en Madrid en que grupo meten las autocaravanas
                    https://www.madrid.es/portales/munim...000b205a0aRCRD

                    Camion
                    sigpicwww.viajeuniversal.com

                    Comentario

                    • pollotour
                      Usuario
                      • 28 ene, 2009
                      • 1479
                      • murcia

                      #11
                      Si estas catalogado como camión, ojo a los limites de velocidad, una autocaravana esta catalogada M! a todos los efectos y tienes las preferencias de un turismo, si te lo han clasificado como camión, miraría lo que dice trafico para ver los limites de velocidad que tienes y las itv cuando tienes que pasarla, hay muchas autos que pasan cada 6 meses y tienen restringida su velocidad a la de un furgón.

                      Comentario

                      • kjarauta
                        Usuario
                        • 7 jul, 2007
                        • 2411
                        • ERANDIO (Bizkaia)

                        #12
                        Benatgar, Euskadi es Euskadi, en tu caso Navarra es Navarra (regimen fiscal foral y ademas dependen de sus respectivas diputaciones), y lo otro es Madrid y otras comunidades autonomas que puede coincidir o no tener nada que ver

                        Comentario

                        • valdepeñas
                          Usuario
                          • 26 nov, 2008
                          • 759
                          • VALDEPEÑAS

                          #13
                          me sumo a tu comentario; pero añado ¿ estos vehículos están ubicados fiscalmente en la misma población?.
                          Otro aspecto a tener en cuenta, es ir a la ordenanza Municipal al apartado de tasas y ver ahí cuando se paga por tipo de vehículo.

                          Comentario

                          • Alpebret
                            Usuario
                            • 21 nov, 2006
                            • 36823
                            • PEÑISCOLA (Castellon)

                            #14
                            Cada ayuntamiento aplica lo que sabe o le interesa, yo fui camión cuando me interesaba , pero lo que mas vale es lo que la ficha tecnica dice 3248 y puedo sacarlo o pagarlo en cualquier pueblecito donde tengas una casa o propiedad.
                            NO puedes ser camión y autocaravana 32 a la vez.
                            SUERTE

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